La descarga está en progreso. Por favor, espere

La descarga está en progreso. Por favor, espere

PROMOCION DEL ALUMNADO. F.P REGLADA F.P OCUPACIONAL F.P CONTINUA F.P PARA EL EMPLEO R.D. 395/2007.

Presentaciones similares


Presentación del tema: "PROMOCION DEL ALUMNADO. F.P REGLADA F.P OCUPACIONAL F.P CONTINUA F.P PARA EL EMPLEO R.D. 395/2007."— Transcripción de la presentación:

1 PROMOCION DEL ALUMNADO

2 F.P REGLADA F.P OCUPACIONAL F.P CONTINUA F.P PARA EL EMPLEO R.D. 395/2007

3 Ordenación General de la Formación Profesional del Sistema Educativo Real Decreto 1538/2006 de 15 de diciembre (BOE 3/01/2007). Real Decreto 1538/2006 de 15 de diciembre (BOE 3/01/2007). Establece la estructura de los nuevos títulos de Formación Profesional teniendo como base el Catalogo Nacional de Cualificaciones Profesionales. Establece la estructura de los nuevos títulos de Formación Profesional teniendo como base el Catalogo Nacional de Cualificaciones Profesionales.

4  Los títulos quedarán agrupados en veintiséis familias para adecuarlos al Catálogo Nacional de las Cualificaciones Profesionales.  El perfil profesional vendrá determinado por las cualificaciones.  Revisión de los actuales títulos: SSCINAFMESANQUIMSPHOT

5 Formación relacionada con las areas prioritarias: Formación relacionada con las areas prioritarias: Tecnologías de la información y comunicación. Idiomas Prevención de Riesgos  Módulo profesional de proyecto

6 DEMANDA CICLOS FORMATIVOS DE GRADO MEDIO: CICLOS FORMATIVOS DE GRADO MEDIO: INF-21.- 9,4% ( VARONES ) 4º MAS DEMANDADO. INF-21.- 9,4% ( VARONES ) 4º MAS DEMANDADO. CICLOS FORMATIVOS DE GRADO SUPERIOR: CICLOS FORMATIVOS DE GRADO SUPERIOR: INF-31.- 12,5% ( VARONES) 2º MAS DEMANDADO INF-31.- 12,5% ( VARONES) 2º MAS DEMANDADO INF-32.- 6,7% ( VARONES) 5º MAS DEMANDADO INF-32.- 6,7% ( VARONES) 5º MAS DEMANDADO

7 LA EVALUACION EN LA FORMACION PROFESIONAL ESPECIFICA

8 LEGISLACION Orden de 14 de noviembre de 1994 ( BOE 24/11/94 ). Orden de 14 de noviembre de 1994 ( BOE 24/11/94 ). Resolución de 30/4/96 ( BOE 17/5/96 ). Resolución de 30/4/96 ( BOE 17/5/96 ). Instrucción de la Dirección General de Ordenación, Renovación y Centros (15/10/2002). Instrucción de la Dirección General de Ordenación, Renovación y Centros (15/10/2002). Instrucción de la DGFP ( MEC ) ( 2/4/97 ). Instrucción de la DGFP ( MEC ) ( 2/4/97 ). Instrucciones de la Dirección General de Formación Profesional y Promoción Educativa Instrucciones de la Dirección General de Formación Profesional y Promoción Educativa

9 Matriculaciones y Convocatorias En la modalidad presencial, un alumno podrá cursar hasta un máximo de tres veces un mismo módulo profesional. En la modalidad presencial, un alumno podrá cursar hasta un máximo de tres veces un mismo módulo profesional. Tendrá derecho a cuatro evaluaciones, entre ordinarias y extraordinarias, excepto en el módulo de FCT donde tendrá un máximo de dos evaluaciones. Tendrá derecho a cuatro evaluaciones, entre ordinarias y extraordinarias, excepto en el módulo de FCT donde tendrá un máximo de dos evaluaciones.

10 Matricula extraordinaria Autorización especial para cursar por cuarta y última vez en régimen presencial un mismo módulo profesional: Autorización especial para cursar por cuarta y última vez en régimen presencial un mismo módulo profesional: 1. El alumno formulará la solicitud y la presentará en el IES donde se encuentre su expediente académico 2. El director del IES la remitirá a la Dirección Provincial junto con una certificación académica donde consten las fechas y carácter ( presencial o no ) de las matrículas y convocatorias, así como informe d circunstancias del alumno y pronóstico de las posibilidades de aprovechamiento de la medida que solicita. 3. Dirección Provincial: informe valorativo del Servicio de Inspección que será remitido junto con la solicitud a la Dirección General de Ordenación, Renovación y Centros.

11 Convocatoria de Gracia Autorización especial para la evaluación y calificación de módulos profesionales en los que el alumno haya agotado las cuatro convocatorias previstas. Autorización especial para la evaluación y calificación de módulos profesionales en los que el alumno haya agotado las cuatro convocatorias previstas. 1. Se podrá solicitar siempre que dicho módulo no haya sido cursado en régimen presencial por cuarta vez ( matrícula extraordinaria ) 2. El alumno formulará la solicitud y la presentará en el IES donde se encuentre su expediente académico 3. El director del IES la remitirá a la Dirección Provincial acompañada de una certificación académica en la que conste la fecha y el carácter de las convocatorias en las que aparece calificado el módulo profesional objeto de la solicitud, así como un informe sobre las circunstancias que concurran en el alumno y pronóstico sobre sus posibilidades de aprovechamiento. 4. La Dirección Provincial resolverá, a tenor del informe valorativo del Servicio de Inspección Educativa. La resolución del Director/a Provincial deberá adjuntarse al expediente académico.

12 Anulación de matrícula / Renuncia a Evaluación Anulación.- Pérdida de: Anulación.- Pérdida de: 1. Derechos a la enseñanza. 2. Evaluación 3. Calificación Renuncia.- A la evaluación y calificación de determinados módulos profesionales. Convocatoria ordinaria o extraordinaria. Renuncia.- A la evaluación y calificación de determinados módulos profesionales. Convocatoria ordinaria o extraordinaria. De todos los módulos profesionales de los que se hubiera matriculado.

13 Procedimiento de anulación y renuncia Solicitud al director del centro. Solicitud al director del centro. Plazo: al menos dos meses antes de la evaluación final del curso que se pretende anular o de la evaluación y calificación final, ordinaria o extraordinaria del módulo profesional. Plazo: al menos dos meses antes de la evaluación final del curso que se pretende anular o de la evaluación y calificación final, ordinaria o extraordinaria del módulo profesional. Resolución del director del centro ( plazo máximo 10 días ) Resolución del director del centro ( plazo máximo 10 días ) Circunstancias: enfermedad prolongada, incorporación a un puesto de trabajo, obligaciones de tipo familiar o personal. Circunstancias: enfermedad prolongada, incorporación a un puesto de trabajo, obligaciones de tipo familiar o personal.

14 Convalidaciones, correspondencias y Exenciones Convalidaciones.- Con estudios anteriores Convalidaciones.- Con estudios anteriores 1. Documentación: certificación académica oficial fotocopia del título, libro de calificaciones. 2. Son convalidables: Módulos profesionales comunes a varios CCFF, que tengan idéntica denominación, duración, mismas capacidades terminales y criterios de evaluación. Módulos profesionales comunes a varios CCFF, que tengan idéntica denominación, duración, mismas capacidades terminales y criterios de evaluación. En todo caso el módulo de FOL superado en un CFGS tendrá convalidado el módulo de FOL del CFGM. En todo caso el módulo de FOL superado en un CFGS tendrá convalidado el módulo de FOL del CFGM. Módulos profesionales d CFGM con materias de Bachillerato, Anexo IV R.D 777/98. Módulos profesionales d CFGM con materias de Bachillerato, Anexo IV R.D 777/98. Módulos profesionales incluidos en los certificados de profesionalidad FP Ocupacional R.D 797/95. Módulos profesionales incluidos en los certificados de profesionalidad FP Ocupacional R.D 797/95. Orden de 20/12/2001 ( BOE 9/1/02 ) por la que se determinan convalidaciones de estudios de formación profesional. Orden de 20/12/2001 ( BOE 9/1/02 ) por la que se determinan convalidaciones de estudios de formación profesional.

15 Correspondencias Se solicita la correspondencia entre un módulo profesional y la experiencia laboral. Se solicita la correspondencia entre un módulo profesional y la experiencia laboral. Documentación: Certificación de la Tesorería General de la Seguridad Social o Mutualidad Laboral y certificación de la empresa donde conste duración del contrato, actividad desarrollada y tiempo dedicado a esa actividad. Documentación: Certificación de la Tesorería General de la Seguridad Social o Mutualidad Laboral y certificación de la empresa donde conste duración del contrato, actividad desarrollada y tiempo dedicado a esa actividad. Comprobación documental. Comprobación documental. Realización de una prueba tomando como referente las capacidades terminales con sus criterios de evaluación para medir el grado de consecución de estas, en función de la experiencia laboral del solicitante. Realización de una prueba tomando como referente las capacidades terminales con sus criterios de evaluación para medir el grado de consecución de estas, en función de la experiencia laboral del solicitante.

16 Exenciones Sólo se utilizará esta figura para el caso de la FCT. Sólo se utilizará esta figura para el caso de la FCT. Se deberá acreditar una experiencia laboral de al menos un año relacionada con los estudios profesionales que permitan demostrar las capacidades terminales correspondientes al módulo de FCT. Se deberá acreditar una experiencia laboral de al menos un año relacionada con los estudios profesionales que permitan demostrar las capacidades terminales correspondientes al módulo de FCT. La exención de este módulo podrá ser total o parcial. La exención de este módulo podrá ser total o parcial.

17 Procedimiento administrativo para convalidaciones, correspondencias y exenciones Matriculación previa. Matriculación previa. Solicitud al director del centro educativo acompañada de la correspondiente documentación. Solicitud al director del centro educativo acompañada de la correspondiente documentación. Reconocimiento: corresponde a la dirección del centro educativo. Reconocimiento: corresponde a la dirección del centro educativo.

18 Características y objeto de la evaluación 1. Será continua y se efectuará por módulos profesionales. 2. La condición que permite la aplicación de la evaluación continua en la modalidad presencial, es la asistencia del alumnado a clase. 3. Tendrá por objeto valorar los avances de los alumnos en relación con la competencia general del título y con los objetivos generales del ciclo formativo (referencias para la evaluación ).

19 ORDEN DE 14 DE NOVIEMBRE DE 1994.- ART.5º APTDO.4º. ORDEN DE 14 DE NOVIEMBRE DE 1994.- ART.5º APTDO.4º. Ciclos formativos cuyas enseñanzas en el centro educativo tengan una duración superior a un curso académico, los alumnos que al finalizar el primer curso tengan pendientes de superación módulos profesionales cuya suma horaria no sea superior al 25% de la duración de los módulos profesionales correspondiente al primer curso académico podrán acceder al siguiente curso. En caso de que sea superior deberán repetir las actividades programadas para los módulos profesionales pendientes. En el primer supuesto, el alumnado deberá ser informado de las actividades de recuperación de los módulos pendientes, del periodo de su realización y de las fechas en las que se celebren las evaluaciones extraordinarias de los módulos pendientes; en el segundo supuesto el alumnado deberá repetir todas las actividades programadas para los módulos que tenga pendientes de superación.

20 ORDEN DE 14 DE NOVIEMBRE DE 1994 ART.5º PTO2º.- ORDEN DE 14 DE NOVIEMBRE DE 1994 ART.5º PTO2º.- El equipo educativo responsable de impartir el ciclo formativo podrá considerar la oportunidad de autorizar el acceso al módulo profesional de FCT a aquellos alumnos que tengan pendiente de superación un solo módulo profesional siempre que las horas asignadas a ese módulo supongan menos del 25% de la duración del conjunto de los módulos profesionales realizados en el curso. El equipo educativo responsable de impartir el ciclo formativo podrá considerar la oportunidad de autorizar el acceso al módulo profesional de FCT a aquellos alumnos que tengan pendiente de superación un solo módulo profesional siempre que las horas asignadas a ese módulo supongan menos del 25% de la duración del conjunto de los módulos profesionales realizados en el curso.

21 Ciclos Formativos Cortos Evaluación ordinaria Junio Superan todo Pdte. 1 módulo < 25 % Pdtes. Módulos Carga > 25% F.C.T Evaluación Extraordinaria septiembre Evaluación Extraordinaria septiembre

22 Evaluación Extraordinaria septiembre Superan todo Pendiente 1 Módulo Carga < 25% Pendientes Módulos Carga > 25% F.C.T Repiten matrícula de Los módulos pendientes

23 Ciclos Formativos Largos Evaluación Ordinaria Junio Superan todo Pendiente Módulos Carga < 25% Pendiente Módulos Carga > 25% Promociona a 2º Evaluación Extraordinaria septiembre Repite Matrícula Módulos pdtes.

24 Evaluación Ordinaria 2º curso Superan todo Pendiente 1 módulo Carga < 25% Pendientes Módulos Carga > 25% F.C.T Evaluación Extraordinaria Junio Repite matrícula Módulos pendientes

25 Decisiones del equipo educativo respecto a la evaluación Módulos profesionales susceptibles de evaluación en convocatoria extraordinaria, en función de: Módulos profesionales susceptibles de evaluación en convocatoria extraordinaria, en función de: Carga horaria Actividades de recuperación Períodos de realización de las actividades de recuperación y fechas de las evaluaciones extraordinarias. Períodos de realización de las actividades de recuperación y fechas de las evaluaciones extraordinarias. Calendario para la prueba de correspondencia de módulos profesionales con la experiencia laboral. Calendario para la prueba de correspondencia de módulos profesionales con la experiencia laboral.

26 Proyecto Curricular y Programaciones Didácticas En el marco de ambos, y con respecto a la evaluación, se establecerán entre otros los siguientes aspectos: En el marco de ambos, y con respecto a la evaluación, se establecerán entre otros los siguientes aspectos: 1. Criterios de evaluación de cada módulo profesional, con especial referencia a los mínimos exigibles para su superación. Para ello se tendrán en cuenta las capacidades terminales y los criterios de evaluación especificados en los R.D que establecen los títulos y las correspondientes enseñanzas mínimas. 2. Procedimientos para evaluar el proceso de aprendizaje de los alumnos. 3. Criterios de calificación. 4. Actividades de recuperación de los módulos profesionales pendientes de superación. 5. Adaptación de las actividades de formación, criterios y procedimientos de evaluación cuando el ciclo vaya a ser cursado por alumnos con necesidades educativas especiales que lo precisen; esta adaptación en ningún caso supondrá la supresión de objetivos o capacidades que afecten a la competencia general del título. 6. Pautas para la evaluación, que contendrá al menos: Periodos extraordinarios para la realización del módulo de FCT Periodos extraordinarios para la realización del módulo de FCT Módulos profesionales susceptibles de evaluación en convocatoria extraordinaria. Módulos profesionales susceptibles de evaluación en convocatoria extraordinaria. Periodos de realización de la convocatoria extraordinaria. Periodos de realización de la convocatoria extraordinaria. Plan de recuperación de alumnos con módulos profesionales pendientes de 1º curso ( ciclos largos ). Plan de recuperación de alumnos con módulos profesionales pendientes de 1º curso ( ciclos largos ).

27 Actuaciones del Proceso de Evaluación Sesiones de evaluación.- al menos se celebrará una sesión de evaluación cada trimestre lectivo. Sesiones de evaluación.- al menos se celebrará una sesión de evaluación cada trimestre lectivo. Evaluación final.- Se realizará con anterioridad al inicio de la FCT y en ella se realizará la calificación final de los distintos módulos profesionales cursados en el centro. Podrá ser ordinaria o extraordinaria. Evaluación final.- Se realizará con anterioridad al inicio de la FCT y en ella se realizará la calificación final de los distintos módulos profesionales cursados en el centro. Podrá ser ordinaria o extraordinaria. Evaluación final de ciclo.- En esta se calificará el módulo de FCT, y en su caso, aquellos módulos profesionales pendientes en el supuesto de que el alumno haya cursado la FCT con un módulo profesional pendiente. Podrá ser ordinaria o extraordinaria. Evaluación final de ciclo.- En esta se calificará el módulo de FCT, y en su caso, aquellos módulos profesionales pendientes en el supuesto de que el alumno haya cursado la FCT con un módulo profesional pendiente. Podrá ser ordinaria o extraordinaria.

28 INF-21( 1º CURSO) MODULOSH/SEMAN.H/TOTAL % S/SEM. % S/TOT. IMAO723023,3423,96 IMEI723023,3423,96 IMRL824026,6725 RET2656,676,77 SOMM61952020,32 TOTAL30960

29 INF-21 (2º CURSO) MODULOSH/SEMAN.H/TOTAL % S/SEM. % S/TOT. AGCP49513,3414,40 FOL365106,77 IMSI715023,3422,73 MPI817026,6725,76 OBD818026,6727,28 TOTAL30660 FCT380

30 INF-31 (1º CURSO) MODULOSh/SEMANAh/TOTAL%S/SEM. % S/TOT. SIMYM825526,6726,57 RAL92903030,21 F.PROG92853029,17 RET2656,676,77 FOL2656,676,77 TOTAL30960

31 INF-31 (2º CURSO) MODULOSh/SEMAN.h/TOTAL % s/ sem. % s / total IAIG122604039,40 DFSJN817526,6726,52 SGBD1022533,3434,09 TOTAL30660 FCT380

32 INF-32 (1º CURSO) MODULO H/ seman. H/ total % s/h sem % s/h tot. SIMR826026,6727,09 ADAIG1032033,3433,34 PLE123804039,59 TOTAL30960

33 INF-32 (2º CURSO) MODULOH/SEMAN. H/ TOTAL % s/sem. % s/total DA4G1431046,6746,96 DRSP1022033,3333,33 RET365109,84 FOL365109,84 TOTAL30660 FCT380


Descargar ppt "PROMOCION DEL ALUMNADO. F.P REGLADA F.P OCUPACIONAL F.P CONTINUA F.P PARA EL EMPLEO R.D. 395/2007."

Presentaciones similares


Anuncios Google