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Dirección General de Formación Profesional y Educación Permanente Servicio de Educación Permanente LA EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA PARA PERSONAS ADULTAS.

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Presentación del tema: "Dirección General de Formación Profesional y Educación Permanente Servicio de Educación Permanente LA EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA PARA PERSONAS ADULTAS."— Transcripción de la presentación:

1 Dirección General de Formación Profesional y Educación Permanente Servicio de Educación Permanente LA EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA PARA PERSONAS ADULTAS Proyecto de Orden

2 NORMATIVA DE APLICACIÓN  Ley Orgánica 2/2006 de 3 de mayo de Educación  Real Decreto 1631/2006 de 29 de diciembre por el que se establecen las enseñanzas mínimas correspondientes a la Educación Secundaria Obligatoria.  Decreto por el que se establece la ordenación y las enseñanzas correspondientes a la Educación Secundaria Obligatoria en Andalucía. (en proceso de trámite) Dirección General de Formación Profesional y Educación Permanente Borrador de Orden para la regulación de la ESPA

3  Flexibilidad: oferta parcial, tres modalidades.  Adecuación normativa y curricular al alumnado adulto.  Currículo interdisciplinar. Propuesta de contenidos integrados y contextualizados.  Regulación del proceso de valoración inicial.  Reconocimiento de experiencias previas no formales e informales.  Sistema de equivalencias con otras vías de acceso a la titulación básica.  Reconocimiento de aprendizajes adquiridos. Dirección General de Formación Profesional y Educación Permanente Borrador de Orden para la regulación de la ESPA CARACTERÍSTICAS MÁS RELEVANTES

4 ORDENACIÓN ACADÉMICA  Las enseñanzas de E.S.P.A. se organizarán de forma modular en tres ámbitos y dos niveles.  La organización de estas enseñanzas deberá permitir su realización en dos años COMUNICACIÓN CIENTÍFICO-TECNOLÓGICO SOCIAL Nivel INivel II Dirección General de Formación Profesional y Educación Permanente Borrador de Orden para la regulación de la ESPA COMUNICACIÓN CIENTÍFICO-TECNOLÓGICO SOCIAL Cada ámbito tendrá tres módulos, con contenidos de carácter interdisciplinar

5 REFERENTES CURRICULARES ÁMBITO COMUNICACIÓN Lengua Castellana y Literatura Primera lengua extranjera ÁMBITO SOCIAL Ciencias Sociales Geografía e Historia Educación para la ciudadanía Eduación Plástica y Visual (aspectos de percepción) Música Dirección General de Formación Profesional y Educación Permanente Borrador de Orden para la regulación de la ESPA ÁMBITO CIENTÍFICO-TECNOLÓGICO Matemáticas Ciencias de la Naturaleza Tecnología Educación Física (aspectos relacionados con la salud y el medio ambiente)

6 ACCESO A LOS NIVELES Dirección General de Formación Profesional y Educación Permanente Borrador de Orden para la regulación de la ESPA NIVEL I Haber superado el nivel de Formación de Base (Decreto 156/1997, de 10 de junio) Haber superado un Plan Educativo de Formación Básica. Haber cursado uno o dos cursos del primer ciclo de ESO en régimen ordinario. Haber superado el proceso de Valoración Inicial descrito en la orden. NIVEL II Estar en posesión del Titulo de Graduado Escolar. Haber superado el primer ciclo de E.S.O. en régimen ordinario o para personas adultas. Haber superado el proceso de Valoración Inicial descrito en la orden.

7 PROMOCIÓN Y TITULACIÓN Dirección General de Formación Profesional y Educación Permanente Borrador de Orden para la regulación de la ESPA  El acceso del nivel I al nivel II en cada ámbito :  Superación de, al menos, dos módulos del ámbito correspondiente en el nivel I  Obtención de una validación para el ámbito de nivel I a través de: - Prueba de valoración inicial - Equivalencia con Educación Secundaria Obligatoria  Se obtendrá el TÍTULO DE GRADUADO en E.S.O.:  Por superación de todos los ámbitos de la etapa.

8 LA PRUEBA DE VALORACIÓN INICIAL Dirección General de Formación Profesional y Educación Permanente Borrador de Orden para la regulación de la ESPA DIRIGIDA A:Personas sin requisitos académicos que deseen matricularse por primera vez en ESO para personas adultas. VALORA:Madurez personal. Aprendizajes no formales o informales adquiridos. OFRECE:Orientación y adscripción al nivel correspondiente (I ó II) en cada ámbito. RESULTADO:  Si la valoración tiene resultado positivo con respecto a la adscripción en la etapa, el resultado se incorporará al expediente con la calificación correspondiente.  En caso contrario, la persona podrá inscribirse en un CEPER o SEPER en el nivel que corresponda del Plan Educativo de Formación Básica.

9 VALIDACIÓN Y EQUIVALENCIAS Dirección General de Formación Profesional y Educación Permanente Borrador de Orden para la regulación de la ESPA DIRIGIDAS A:Personas que acceden a la ESPA y aspiran a la obtención de la titulación básica, tras no haber conseguido este objetivo: - En ESO - En la prueba libre para mayores de 18 años. OFRECE:Validación de uno o más ámbitos de conocimiento. REQUISITOS:  Realizarse en el momento de la matriculación.  Certificación académica de las materias superadas en la etapa de E.S.O. ordinaria, o grupos superados en la prueba libre.  La equivalencia se hará teniendo en cuenta la relación expuesta en el anexo de la Orden.

10 MODALIDADES DE ENSEÑANZA I Dirección General de Formación Profesional y Educación Permanente Borrador de Orden para la regulación de la ESPA Modalidad PRESENCIAL Asistencia regular y seguimiento directo del alumno/a. Evaluación: -Pruebas presenciales parciales. -Realización de tareas. -Participación en clase. -Actitud del alumno. Periodos lectivos semanales: - ámbito de Comunicación: 7 h. - ámbito Científico-Tecnológico: 8 h. - ámbito Social: 5 h. Modalidad SEMIPRESENCIAL Sesiones presenciales y actividades no presenciales a través de Plataforma Virtual de Aprendizaje. Posibilidad de apoyo y seguimiento del alumno/a en CEPER o SEPER. Evaluación: -Pruebas presenciales parciales. -Realización de tareas. -Participación en los foros. Periodos lectivos semanales presenciales: - ámbito de Comunicación: 3 h. - ámbito Científico-Tecnológico: 3h. - ámbito Social: 2 h.

11 MODALIDADES DE ENSEÑANZA II Dirección General de Formación Profesional y Educación Permanente Borrador de Orden para la regulación de la ESPA Modalidad A DISTANCIA Asistencia al centro educativo sólo para las pruebas presenciales parciales y finales. Tutorización del alumno/a a través de sistema de teleformación. Aprendizaje a partir de una Plataforma Virtual, con uso de herramientas de comunicación asociadas a Internet.

12 ENLACES WEB DE INTERÉS Dirección General de Formación Profesional y Educación Permanente Borrador de Orden para la regulación de la ESPA WEB DE EDUCACIÓN A DISTANCIA WEB DE EDUCACIÓN PERMANENTEWEB DE NOVEDADES DE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN WEB DE EDUCACIÓN SEMIPRESENCIAL

13 Gracias por su atención… Dirección General de Formación Profesional y Educación Permanente


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