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Mazatlán, Sinaloa. Octubre 1, 2009 Inscripción y/o reinscripción al Diesel Marino Dirección General de Planeación, Programación y Evaluación.

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1 Mazatlán, Sinaloa. Octubre 1, 2009 Inscripción y/o reinscripción al Diesel Marino Dirección General de Planeación, Programación y Evaluación

2 Diesel Marino 2010 (1 de Octubre de 2009) Dirección General de Planeación, Programación y Evaluación

3 Diesel marino 2010 El periodo de inscripción y/o reinscripción para el ciclo 2010, será del 1 de octubre al 30 de noviembre del 2009. Tendrán acceso las personas físicas o morales, titulares de concesiones, autorizaciones o permisos vigentes dedicados a las actividades de pesca y acuacultura (incluyendo a los acuicultores que no requieran estos títulos) comerciales y de fomento, que cuenten con embarcaciones de combustión interna a diesel de bandera mexicana o unidades acuícolas en funcionamiento y que cumplan los requisitos que se establecen. Los interesados deberán acudir a la Subdelegación de Pesca y/o a la Oficina Federal de Pesca que corresponda, a solicitar su incorporación ó reinscripción al programa.

4 Incorporación al programa Inscripción: Se presenta una solicitud de inscripción acompañada de la documentación solicitada si el interesado no gozó del beneficio en el ciclo anterior (2009) en el activo productivo a inscribir, independientemente si tiene o no tarjeta de diesel marino, (estas solicitudes solo serán inscritas si se cuenta con bajas en el padrón 2009). Reinscripción: Si es reinscripción sin modificación. Deberá exhibir el original con fines de cotejo y entregar la copia del permiso o título de concesión vigente de los bienes que opera, copia del permiso de siembra vigente, en caso de ser aplicable (para instalaciones acuícolas), copia del certificado de seguridad marítima vigente expedido por la SCT (para embarcaciones), carta compromiso vigente del sujeto de lograr una mayor eficiencia productiva y energética, y carta con declaración bajo protesta de decir verdad de no adeudo fiscal vigente. Si es reinscripción con modificación. Deberá exhibir el original con fines de cotejo y entregar la copia de los documentos que motivaron la modificación, así como todos los documentos del punto anterior. Todos los interesados deberán entregar su solicitud debidamente llenada y firmada

5 Cambio en Lineamientos El 31 de diciembre de 2008 se publicaron en el DOF las Reglas de Operación de los Programas de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación: De acuerdo al Artículo 18.- Programa de Atención a Problemas Estructurales (Apoyos Compensatorios), Fracción II, inciso a. que en su ultimo párrafo a la letra dice: Con el objeto de evitar duplicidad de requisitos, para el caso de Diesel Marino y Gasolina Ribereña, se tendrá por válida la acreditación de la propiedad o posesión de la unidad productiva con el permiso o concesión vigente, así como el resto de la información plasmada en el mismo, siempre y cuando se encuentre vigente. No obstante lo anterior, la autoridad se reserva el derecho de solicitar dicha información para su verificación. Es importante saber que en estos documentos oficiales, se encuentran plasmados los datos siguientes : Dirección del permisionario. RNP del permisionario y RNP de la embarcación. En el caso de los permisos la Matricula y su potencia (HP)

6 Procedimientos específicos Permisos de pesca y concesiones: Para efectos del requisito de presentar copia del permiso o concesión vigente emitido por la Secretaría en caso de que éste se encuentre en proceso de renovación ante la autoridad competente, se aceptará el documento probatorio de inicio de trámite de renovación correspondiente, con la salvedad de que se podrá hacer uso de la cuota energética a partir de la entrega de la copia del permiso o concesión vigente señalado. Permisos de siembra: Para efectos del requisito de presentar copia del permiso de siembra ciclo 2010 emitido por la Instancia competente en las entidades que lo requieran, se aceptará el documento probatorio de inicio de trámite de solicitud y/o renovación correspondiente, con la salvedad de que se podrá hacer uso de la cuota energética a partir de la entrega de la copia del permiso de siembra vigente señalado.

7 Procedimientos específicos Potencia del Motor (HP). Para las embarcaciones que cuenten con permisos vigentes, se tomará la potencia plasmada en el mismo para el cálculo de la cuota energética por asignar. Las embarcaciones que cuenten con concesiones vigentes es necesario que presenten el Certificado de Matricula expedido por la SCT vigente, se tomará de este documento la potencia para el cálculo de la cuota energética por asignar. En el caso de las embarcaciones que cuenten con permisos y concesiones vigentes, se tomará la potencia del permiso para el cálculo de la cuota energética por asignar. Si las embarcaciones cuentan con dos permisos o mas vigentes, y por algún motivo las potencias de los motores registradas en ambos permisos sean diferentes, se tomará para el cálculo de la cuota energética por asignar, la potencia del motor registrada en el permiso más reciente. Es importante que sean observados los cuatro puntos anteriores y que el dato este bien documentado en la solicitud correspondiente.

8 Funciones de las Subdelegaciones Recaban las solicitudes de ingreso y/o reingreso al programa, en las Oficinas de Pesca que los auxilian y los presentados en la Subdelegación. Generan un expediente con la documentación de cada sujeto productivo. Actualizan la base de datos de su entidad correspondiente. Envían copia semanal de la documentación y base de datos a oficinas centrales de la CONAPESCA, para que sean registrados en el programa. Todos los envíos de documentos serán acompañados de oficio firmado por el Subdelegado de Pesca, para que CONAPESCA de continuidad al trámite. El tiempo máximo para enviar la documentación a la CONAPESCA, es el 10 de diciembre de 2009.

9 Funciones de la CONAPESCA Publicar a través del portal de SAGARPA-CONAPESCA, los requisitos y formatos para la inscripción / reinscripción a más tardar el 29 de septiembre del 2009. Solo inscribirá a los sujetos productivos que vengan señalados en los oficios que el Subdelegado envié firmados y que cumplan en tiempo y forma con la información solicitada. Actualiza la base de datos del diesel marino y asigna los volúmenes para cada activo productivo. Envía la información a ASERCA, para su asignación del volumen en el portal del diesel marino.

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