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Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones MPS en la LES y en la Ley de Supervisión de seguros Laura Pilar Duque Santamaría Subdirectora General.

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Presentación del tema: "Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones MPS en la LES y en la Ley de Supervisión de seguros Laura Pilar Duque Santamaría Subdirectora General."— Transcripción de la presentación:

1 Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones MPS en la LES y en la Ley de Supervisión de seguros Laura Pilar Duque Santamaría Subdirectora General de Ordenación del Mercado de Seguros Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones

2 Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones MPS en la LES y en la Ley de Supervisión de seguros 4 de mayo de 2010

3 3 de 29 Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones Laura Pilar Duque Santamaría Índice 1.Aspectos del proyecto de LES que afectan a las MPS 2.Aspectos del borrador de anteproyecto de la Ley de supervisión de los seguros privados que afectan a las MPS

4 4 de 29 Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones Laura Pilar Duque Santamaría 1.Aspectos del proyecto de LES que afectan a las MPS  Proyecto de Ley:  Publicado en el Boletín Oficial de las Cortes Generales (sección Congreso) el 9 de abril  Plazo de enmiendas hasta el 27 de abril

5 5 de 29 Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones Laura Pilar Duque Santamaría 1.Aspectos del proyecto de LES que afectan a las MPS  DF 16ª: modifica el TRLOSSP  Nuevo inciso al final del art 24.1 (Transformación) En caso de transformación de mutuas o mutualidades de previsión social, los mutualistas que no hubieran votado a favor del acuerdo podrán separarse de la sociedad que se transforma, en los términos previstos en el artículo 15 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de sociedades mercantiles. En la valoración de las partes sociales que corresponden al socio que se separa se tendrán en cuenta las aportaciones que realizó al fondo mutual y el reembolso de la parte de la prima no consumida de los contratos de seguro que se resuelvan

6 6 de 29 Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones Laura Pilar Duque Santamaría 1.Aspectos del proyecto de LES que afectan a las MPS  DF 16ª: modifica el TRLOSSP (cont)  Avances en transparencia: art 60 Aspectos aplicables a todas las formas jurídicas de entidad aseguradora Vida ahorro: rentabilidad esperada (1-1-2013) Enfermedad y decesos: información previa al tomador  Criterios a aplicar a la renovación de pólizas  Criterios sobre actualización de primas en períodos futuros Requiere desarrollo reglamentario

7 7 de 29 Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones Laura Pilar Duque Santamaría 2.Aspectos del borrador de anteproyecto de la Ley de supervisión de los seguros privados que afectan a las MPS  Se trata de un borrador de anteproyecto en el que aún se está trabajando  Junta Consultiva: Ya han pasado para información los Títulos I, II y III Colaboración con la industria

8 8 de 29 Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones Laura Pilar Duque Santamaría 2.Aspectos del borrador de anteproyecto de la Ley de supervisión de los seguros privados que afectan a las MPS  Algunos aspectos no relacionados con los requerimientos de recursos propios…  Título I: Disposiciones generales (1)  Art. 9: Gobierno de la entidad: capacidad de la entidad para implantar mecanismos de control interno y externo adecuados, que incluye la función de gestión del riesgo, la función de cumplimiento, la función de auditoría interna y la función actuarial Externalización de funciones: cualquier tipo de acuerdo celebrado entre una entidad aseguradora o reaseguradora y un tercero, ya sea o no una entidad sujeta a supervisión, en virtud del cual éste, directamente o por subcontratación, realiza una actividad o una función que corresponde realizar a la propia entidad de aseguradora o reaseguradora

9 9 de 29 Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones Laura Pilar Duque Santamaría 2.Aspectos del borrador de anteproyecto de la Ley de supervisión de los seguros privados que afectan a las MPS  Algunos aspectos no relacionados con los requerimientos de recursos propios…  Título I: Disposiciones generales (y 2)  Art. 13: Nuevo régimen de distribución de competencias con las CCAA PUNTOS DE CONEXIÓN MPS y cooperativas: domicilio social + >75% negocio Resto de formas jurídicas : domicilio social + ámbito de operaciones + localización de riesgos o asunción de compromisos

10 10 de 29 Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones Laura Pilar Duque Santamaría 2.Aspectos del borrador de anteproyecto de la Ley de supervisión de los seguros privados que afectan a las MPS  Título II: Acceso a la actividad aseguradora y reaseguradora (1)  Requisitos generales de autorización: Sistema eficaz de gobierno de la entidad Resto de requisitos: análogos a TRLOSSP con la necesaria adaptación en recursos propios (capital social o fondo mutual + MCR + SCR) Forma jurídica:  SA y SA europea  mutuas, cooperativas y MPS sólo podrán operar a prima fija

11 11 de 29 Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones Laura Pilar Duque Santamaría 2.Aspectos del borrador de anteproyecto de la Ley de supervisión de los seguros privados que afectan a las MPS  Título II: Acceso a la actividad aseguradora y reaseguradora (2)  Fondo mutual: MPS con ampliación de prestaciones = mutuas:  Nuevas:  7.500.000 €: vida, crédito, caución y RC  2.200.000 € resto de ramos  Existentes a la entrada en vigor de nueva Ley:  4.507.591 €: vida, crédito, caución, RC  1.051.771 €: accidentes, enfermedad, defensa jurídica, asistencia y decesos  1.502.530 €: resto de ramos Desaparición de los regímenes transitorios anteriores y de la distinción con/sin derrama pasiva MPS sin ampliación de prestaciones: en estudio ¿?

12 12 de 29 Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones Laura Pilar Duque Santamaría 2.Aspectos del borrador de anteproyecto de la Ley de supervisión de los seguros privados que afectan a las MPS  Título II: Acceso a la actividad aseguradora y reaseguradora (3)  Idoneidad de quienes desempeñan dirección efectiva y funciones fundamentales: Honorabilidad + cualificación o experiencia: igual que TRLOSSP Conflictos de interés: aplicación del art. 127 ter del TRLSA (deberes de lealtad)127 ter Evaluación previa e inscripción de dirección efectiva en Registro administrativo en DGSFP

13 13 de 29 Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones Laura Pilar Duque Santamaría 2.Aspectos del borrador de anteproyecto de la Ley de supervisión de los seguros privados que afectan a las MPS  Título II: Acceso a la actividad aseguradora y reaseguradora (4)  Requisitos específicos de MPS: concepto: igual que TRLOSSP Requisitos: como en la legislación vigente con matices a)Distribución del resultado: Los resultados positivos de cada ejercicio, una vez constituidas las garantías financieras exigidas, se aplicarán a la dotación de las reservas legales, se destinarán a la compensación de resultados negativos de ejercicios anteriores, a la devolución de las aportaciones reintegrables a socios o mutualistas realizadas para constituir el fondo mutual, a las derramas activas o retornos que, en cuanto procedan de primas no consumidas no tendrán la consideración de rendimiento del capital mobiliario para los mutualistas; o, finalmente, a incrementar reservas patrimoniales. Si los resultados fueran negativos, serán absorbidos por reservas patrimoniales, por las derramas pasivas, si así lo prevén los estatutos de la entidad, y, en último término, por el fondo mutual

14 14 de 29 Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones Laura Pilar Duque Santamaría 2.Aspectos del borrador de anteproyecto de la Ley de supervisión de los seguros privados que afectan a las MPS  Título II: Acceso a la actividad aseguradora y reaseguradora (5)  Requisitos específicos de MPS: Requisitos para poder otorgar prestaciones sociales:  Vinculadas a las contingencias, prestaciones y operaciones de seguros que realicen  Autorización específica de la DGSFP  Sólo para mutualistas o beneficiarios  Absoluta separación económico. Financiera y contable de las operaciones de seguro  Financiadas con recursos de libre disposición  En DT: régimen aplicable a las actualmente autorizadas (en estudio)

15 15 de 29 Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones Laura Pilar Duque Santamaría 2.Aspectos del borrador de anteproyecto de la Ley de supervisión de los seguros privados que afectan a las MPS  Título II: Acceso a la actividad aseguradora y reaseguradora (6)  Requisitos específicos de MPS: prestaciones Naturaleza: como vigente TRLOSSP salvo  Riesgos sobre las personas: desaparece la referencia “invalidez para el trabajo” (es accidente y/o enfermedad) y se sustituye “ayudas familiares” por “ayudas”  Riesgos sobre las cosas: desaparecen (DT en estudio) Cuantía: Renta < 30.000 €/año Capital < Min {equivalente actuarial ; 300.000 €} (DT en estudio) Ámbito de cobertura superior a lo anterior: requiere autorización de ampliación de prestaciones

16 16 de 29 Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones Laura Pilar Duque Santamaría 2.Aspectos del borrador de anteproyecto de la Ley de supervisión de los seguros privados que afectan a las MPS  Título II: Acceso a la actividad aseguradora y reaseguradora (y 7)  Requisitos específicos de MPS: ampliación de prestaciones Requisitos: como TRLOSSP con matices  Implica pasar a sujetarse al régimen de recursos propios de Solvencia 2  Implica tener unos ingresos brutos anuales y un importe bruto de provisiones técnicas superior al de EDR Tramitación administrativa:  Por la DGSFP o CCAA  La autorización no es válida para operar en el resto de la Unión Europea La realización por una MPS de actividades sujetas a autorización de ampliación de prestaciones sin tenerla Operación prohibida Nulidad de pleno derecho

17 17 de 29 Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones Laura Pilar Duque Santamaría 2.Aspectos del borrador de anteproyecto de la Ley de supervisión de los seguros privados que afectan a las MPS  Título III: Condiciones relativas al ejercicio de la actividad (1)  Sistema de gobierno (≠ gobierno corporativo) Finalidad: garantizar gestión sana y prudente  Estructura: tranparente con distribución de funciones y eficaz transmisión de información Aplicación del principio de proporcionalidad Políticas escritas:  Sobre gestión de riesgos, control y auditoría internos, y externalización  Aprobadas por el órgano de administración  Revisadas al menos anualmente Planes de emergencia para la continuidad de actividades DGSFP puede exigir mejoras al sistema de gobierno

18 18 de 29 Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones Laura Pilar Duque Santamaría 2.Aspectos del borrador de anteproyecto de la Ley de supervisión de los seguros privados que afectan a las MPS  Título III: Condiciones relativas al ejercicio de la actividad (2)  Gestión de riesgos Concepto: el sistema de gestión de riesgos comprenderá las estrategias, los procesos y los procedimientos de información necesarios para identificar, medir, vigilar, gestionar y notificar de forma continua los riesgos a los que, a nivel individual y agregado, estén o puedan estar expuestas, y sus interdependencias Contenido: el sistema de gestión de riesgos abarcará los que se tengan en cuenta en el cálculo del capital de solvencia obligatorio, así como los riesgos que no se tengan en cuenta o se tengan en cuenta parcialmente en dicho cálculo

19 19 de 29 Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones Laura Pilar Duque Santamaría 2.Aspectos del borrador de anteproyecto de la Ley de supervisión de los seguros privados que afectan a las MPS  Título III: Condiciones relativas al ejercicio de la actividad (3)  Gestión de riesgos: ORSA Concepto: Como parte de su sistema de gestión de riesgos, las entidades aseguradoras y reaseguradoras realizarán una evaluación interna de riesgos y solvencia con carácter periódico y, en todo caso, inmediatamente después de cualquier cambio significativo de su perfil de riesgo. Contenido:  Necesidades globales de solvencia teniendo en cuenta el perfil de riesgo, límites de tolerancia y estrategia comercial  Cumplimiento continuo de requisitos de capital y PT  Medida en que el perfil de riesgo se aparta de hipótesis de fórmula estándar o, en su caso, modelo interno (parcial o total)  Comunicado a DGSFP  No sirve para calcular ni ajustar el capital obligatorio

20 20 de 29 Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones Laura Pilar Duque Santamaría 2.Aspectos del borrador de anteproyecto de la Ley de supervisión de los seguros privados que afectan a las MPS  Título III: Condiciones relativas al ejercicio de la actividad (4)  Control interno Sistema de control interno: constará de procedimientos administrativos y contables, marco de control interno, mecanismos de información a todos los niveles de la entidad y función de cumplimiento. Función de cumplimiento:  asesorar al órgano de administración acerca del cumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias que afecten a la entidad  evaluación de las posibles repercusiones de cualquier modificación del entorno legal en las operaciones de la entidad  determinación y evaluación del riesgo legal.

21 21 de 29 Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones Laura Pilar Duque Santamaría 2.Aspectos del borrador de anteproyecto de la Ley de supervisión de los seguros privados que afectan a las MPS  Título III: Condiciones relativas al ejercicio de la actividad (5)  Auditoría interna Concepto: comprobación de la adecuación y eficacia del sistema de control interno y de otros elementos del sistema de gobierno de la entidad. Características:  Objetiva e independiente de las funciones operativas  Reporta al órgano de administración

22 22 de 29 Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones Laura Pilar Duque Santamaría 2.Aspectos del borrador de anteproyecto de la Ley de supervisión de los seguros privados que afectan a las MPS  Título III: Condiciones relativas al ejercicio de la actividad (6)  Función actuarial Qué hace?  Provisiones técnicas: a) coordinar el cálculo; b) cerciorarse de la adecuación de las metodologías y los modelos de base utilizados, así como de las hipótesis empleadas; c) evaluar la suficiencia y la calidad de los datos utilizados en el cálculo; d) cotejar las mejores estimaciones con la experiencia anterior; e) informar al órgano de administración sobre la fiabilidad y adecuación del cálculo; f) supervisar el cálculo de las provisiones técnicas en los casos en que, por no disponerse de datos precisos, se utilicen aproximaciones  g) pronunciarse sobre la política general de suscripción  h) pronunciarse sobre la adecuación de los acuerdos de reaseguro  i) contribuir a la aplicación efectiva del sistema de gestión de riesgos, en particular en lo que respecta a la modelización del riesgo en que se basa el cálculo de los requisitos de capital, y la evaluación interna de riesgos y solvencia.

23 23 de 29 Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones Laura Pilar Duque Santamaría 2.Aspectos del borrador de anteproyecto de la Ley de supervisión de los seguros privados que afectan a las MPS  Título III: Condiciones relativas al ejercicio de la actividad (7)  Función actuarial Quién? personas que tengan conocimientos suficientes de matemática actuarial y financiera, acordes con la naturaleza, envergadura y complejidad de los riesgos inherentes a la actividad de la entidad aseguradora o reaseguradora, y que puedan acreditar la oportuna experiencia en relación con las normas profesionales y de otra índole aplicables

24 24 de 29 Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones Laura Pilar Duque Santamaría 2.Aspectos del borrador de anteproyecto de la Ley de supervisión de los seguros privados que afectan a las MPS  Título III: Condiciones relativas al ejercicio de la actividad (8)  Externalización de funciones Límites: no puede…  Perjudicar la calidad de su sistema de gobierno  Aumentar indebidamente el riesgo operacional  Menoscabar la capacidad de supervisar de la DGSFP Información previa a la DGSFP Conservación de responsabilidad en la entidad que externaliza

25 25 de 29 Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones Laura Pilar Duque Santamaría 2.Aspectos del borrador de anteproyecto de la Ley de supervisión de los seguros privados que afectan a las MPS  Título III: Condiciones relativas al ejercicio de la actividad (9)  Operaciones societarias Respecto a las MPS: Sin cambios sobre el vigente TRLOSSP Transformación: conservación de propuesta de proyecto de LES sobre el vigente art 24 TRLOSSP

26 26 de 29 Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones Laura Pilar Duque Santamaría 2.Aspectos del borrador de anteproyecto de la Ley de supervisión de los seguros privados que afectan a las MPS  Título III: Condiciones relativas al ejercicio de la actividad (10)  Conductas de mercado (en estudio) Tarifas de primas y bases técnicas: suficiencia, libertad de competencia ( no es práctica restrictiva el uso de primas de riesgo basadas en estadísticas comunes) Control por la DGSFP: no control previo ni remisión sistemática, aunque sí requerimientos individualizados

27 27 de 29 Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones Laura Pilar Duque Santamaría 2.Aspectos del borrador de anteproyecto de la Ley de supervisión de los seguros privados que afectan a las MPS  Título III: Condiciones relativas al ejercicio de la actividad (11)  Conductas de mercado (en estudio) Información al tomador:  En todo caso:  EM y autoridad de supervisión  Ley aplicable al contrato  Contenido mínimo de póliza  Mecanismos de reclamaciones  Otros: desarrollo reglamentario  Vida:  No unit linked: rentabilidad esperada  Unit linked: dependencia de fluctuaciones en mercados financieros  Decesos y enfermedad: como proyecto de LES

28 28 de 29 Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones Laura Pilar Duque Santamaría 2.Aspectos del borrador de anteproyecto de la Ley de supervisión de los seguros privados que afectan a las MPS  Título III: Condiciones relativas al ejercicio de la actividad (y 12)  Conductas de mercado (en estudio) Protección de la clientela: como TRLOSSP  Mecanismos de resolución de conflictos:  Jueces y Tribunales  Arbitraje según TRLGDCU y Ley de arbitraje  Obligación de atender quejas y reclamaciones:  Remisión a la normativa de Ly 44/2002: modificada en proyecto de LES  Deber de contar con departamento o servicio de atención al cliente  Posibilidad de nombrar un Defensor del Cliente

29 29 de 29 Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones Laura Pilar Duque Santamaría Muchas gracias por su atención

30 30 de 29 Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones Laura Pilar Duque Santamaría 2.Aspectos del borrador de anteproyecto de la Ley de supervisión de los seguros privados que afectan a las MPS  Conflictos de interés: art. 127 ter del TRLSA (deberes de lealtad - 1)  Limitación a operaciones con la entidad: Los administradores no podrán utilizar el nombre de la sociedad ni invocar su condición de administradores de la misma para la realización de operaciones por cuenta propia o de personas a ellos vinculadas Ningún administrador podrá realizar, en beneficio propio o de personas a él vinculadas, inversiones o cualesquiera operaciones ligadas a los bienes de la sociedad, de las que haya tenido conocimiento con ocasión del ejercicio del cargo, cuando la inversión o la operación hubiera sido ofrecida a la sociedad o la sociedad tuviera interés en ella, siempre que la sociedad no haya desestimado dicha inversión u operación sin mediar influencia del administrador

31 31 de 29 Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones Laura Pilar Duque Santamaría 2.Aspectos del borrador de anteproyecto de la Ley de supervisión de los seguros privados que afectan a las MPS  Conflictos de interés: art. 127 ter del TRLSA (deberes de lealtad - 2)  Identificación y publicidad de las situaciones que provoquen conflicto Los administradores deberán comunicar al consejo de administración cualquier situación de conflicto, directo o indirecto, que pudieran tener, con el interés de la sociedad. En caso de conflicto, el administrador afectado se abstendrá de intervenir en la operación a que el conflicto se refiera. En todo caso, las situaciones de conflicto de intereses en que se encuentren los administradores de la sociedad serán objeto de información en el informe anual de gobierno corporativo Los administradores deberán comunicar la participación que tuvieran en el capital de una sociedad con el mismo, análogo o complementario género de actividad al que constituya el objeto social, así como los cargos o las funciones que en ella ejerzan, así como la realización por cuenta propia o ajena, del mismo, análogo o complementario género de actividad del que constituya el objeto social. Dicha información se incluirá en la Memoria

32 32 de 29 Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones Laura Pilar Duque Santamaría 2.Aspectos del borrador de anteproyecto de la Ley de supervisión de los seguros privados que afectan a las MPS  Conflictos de interés: art. 127 ter del TRLSA (deberes de lealtad - y3)y3  Identificación de personas vinculadas a los administradores 1º El cónyuge del administrador o las personas con análoga relación de afectividad. 2º Los ascendientes, descendientes y hermanos del administrador o del cónyuge del administrador. 3º Los cónyuges de los ascendientes, de los descendientes y de los hermanos del administrador. 4º Las sociedades en las que el administrador, por sí o por persona interpuesta, se encuentre en alguna de las situaciones contempladas en el art. 4 de la Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores.


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