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La Evangelización como derecho y deber de la Iglesia P. Juan María Gallardo www.oracionesydevociones.info.

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1 La Evangelización como derecho y deber de la Iglesia P. Juan María Gallardo www.oracionesydevociones.info

2 La Iglesia tiene el deber de aportar al mundo toda la doctrina evangélica. No es una contribución facultativa. Le incumbe por mandato imperativo de NS Jesucristo. El fin de la Iglesia es –justamente- la salvación de las almas. a) Objeto de la evangelización Evangelizar es anunciar a Cristo.

3 Se realiza con la predicación, la catequesis y la administración de los Sacramentos. Pero NO TODO es acción humana sino también sobrenatural: c 768, 787 y 795. (No se puede reducir la fe a los contenidos efectivos que se transmiten, sino que se debe reconocer como acción directa de Dios en las almas.

4 El objeto de la evangelización es ofrecer a los hombres el mensaje y la gracia de Cristo y, también, impregnar y perfeccionar todo el orden temporal con el espíritu del Evangelio (Ap. Auctuositatem 5). No puede haber separación absoluta entre las funciones de enseñar y santificar. Pueden distinguirse pero no separarse (PO 4). Ej.: c 773

5 b) Sujetos de la evangelización Activos y pasivos. Igualdad radical: todos portadores del depósito de la revelación. La distinción de funciones de los fieles no significa la independencia de cada fiel. Las funciones se complementan entre sí. c) D a evangelizar es independiente de cualquier poder humano (c 747,1).

6 2. El magisterio de la Iglesia NS Jesucristo ha dejado a la Iglesia su Palabra y el poder de enseñar con autoridad. Tienen el poder de magisterio aquellos que están autorizados por el D Divino y el eclesiástico. Función magisterial es enseñar públicamente en nombre de la Iglesia.

7 a) Clases de magisterio Según el grado de autoridad que asumen los maestros en su enseñanza puede ser meramente auténtico o auténtico e infalible. Se dice auténtico por proceder del auténtico Maestro que es Cristo (LG 25) Este magisterio auténtico goza de la nota de infabilidad en su conjunto, y también cuando en formulaciones concretas se compromete la autori-

8 dad en grado sumo, al declarar una doctrina con intención de definirla como de fe. Ninguna doctrina se considera definida infalible, si no consta de modo manifiesto (c 749,3). Según el modo o forma de ejercicio el magisterio puede ser: extraordinario (ex cathedra) u ordinario (puede ser universal). Según el contenido se puede referir:

9 . dogmas de fe INFALIBLEMENTE VERDADEROS.. costumbres QUE SE DEBEN SEGUIR.. juicios morales SOBRE CUESTIONES TEMPORALES.. exhortaciones SOBRE LA VIDA CRISTIANA Modalidades del magisterio auténtico (cc 752 y s):. El Romano Pontífice. El Colegio Episcopal. Los obispos individualmente, en la Conferencia Episcopal o Concilios particulares.

10 . Tiene el calificativo de AUTÉNTICO cuando actúan como pastores de la Iglesia y NO cuando actúan en modo particular o como doctores privados. Modalidades del magisterio auténtico infalible (cc 749 y s):. Son sujetos del magisterio solemne y ordinario el Romano Pontífice y el Concilio Ecuménico cuando proclaman por un acto definitorio la doctrina que debe sostenerse en ma-

11 teria de fe y costumbres. Hay que tener en cuenta que el magisterio de los Concilios, por estar solemnemente formulado y proclamado es siempre extraordinario; será infalible en aquellas materias que pretenda definir y en aquellas que recoge lo definido por el magisterio anterior. Es también infalible el magisterio or-

12 dinario y universal, que se manifiesta –por ej.- cuando el Colegio de los Obispos, dispersos por el mundo y en unión con el Romano Pontífice, concuerdan en que una opinión debe considerarse definitiva (LG 25 y c 749,2). También es infalible el sensu fidei del Pueblo de Dios (LG 12). b) Vinculación del fiel al magisterio Existen diversas maneras de vincularse (cc 750, 752-754).

13 En el magisterio infalible se debe prestar un asentimiento de fe pues existe certeza absoluta de estar inmune de error. También están obligados a evitar cualquier conducta contraria (interna o externa). Son verdades de fe divina y católica aquellas que contiene la Palabra de Dios escrita y en la tradición propuesto como revelado por Dios,

14 por el magisterio solemne o por el magisterio ordinario y universal. Aún cuando el magisterio no sea infalible, si se trata de magisterio auténtico se debe prestar un asentimiento que no se apoya en la virtud de la fe sino en la de la religión. El asentimiento religioso implica aceptar enteramente; no sólo externamente sino internamente.

15 Se prestará observancia a cualquier otro mandato racional de los legítimos Pastores. Esto supone poner por obra con exactitud lo que se manda ejecutar. c) Examen y juicio de doctrinas No existe el D al disenso cuando se opone al magisterio. No quiere decir que no exista D a la libre investigación; PERO NO SE PUEDE DIFUNDIR EL ERROR LLAMÁNDOSE CATOLICOS.

16 La agendi ratio in doctrinarum examine preve dos procedimientos: el ordinario y el extraordinario (DIÁLOGO CON EL AUTOR PARA QUE EXPLIQUE SU POSTURA Y QUE RECTIFIQUE SI CORRESPONDE). La autoridad establecerá la publicidad de la reprobación. Se puede retirar el mandato de enseñanza de teología. d) Función de enseñar de los fieles La función de evangelizar es de todos

17 los fieles; pero no tiene carácter público. Los fieles laicos están obligados al apostolado PERO NO TIENEN CAPACIDAD DE ENSEÑAR CON AUTORIDAD. e) Juicios de la Jerarquía sobre cuestiones temporales (c 747,2) La Iglesia puede llevar su mensaje a todos los hombre –NO SÓLO A LOS CRISTIANOS- por medio de juicios morales sobre cuestiones temporales

18 Su carácter vinculante dependerá del tenor de dichos juicios. No se trata de una toma de postura política, social o económica. No son juicios temporales sino sobre lo temporal. 3. El Movimiento Ecuménico Ecumenismo es un aspecto de la misión salvífica de la Iglesia hacia los hermanos separados con vistas a que

19 reintegren a la unidad El movimiento ecuménico es el conjunto de actividades e iniciativas que, según las necesidades de la Iglesia y las caracterísiticas de la época se suscitan y se ordenan a favorecer la unidad de los cristianos. Es una actividad desarrollada durante toda la historia de la Iglesia. Ver los principios generales de actua-

20 ción en el decreto unitatis redintegratio 4. Ver la bula ut unum sint de JP II. Las normas universales de actuación se encuentran: En el CIC, en el directorio ecuménico ad totam ecclesiam (1967) y spiritus domini (1970) y las normas del secretariado para la unión con los cristianos. C 755: promoción.

21 C 256: formación ecuménica de los seminarios. C 364: colaboradores en sínodos diocesanos. C 1125 y s: matrimonios mixtos.


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