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1 ESQUEMA DE LA PRESENTACIÓN EN EL FORO “FUTURO DE LAS TRANSFERENCIAS” Juan Camilo Restrepo Agosto 17 de 2006.

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1 1 ESQUEMA DE LA PRESENTACIÓN EN EL FORO “FUTURO DE LAS TRANSFERENCIAS” Juan Camilo Restrepo Agosto 17 de 2006

2 2 La Reforma Constitucional del 2001 fue apenas transitoria… Quizás por facilismo para lograr su aprobación. La razón de fondo que se esgrimió de que las transferencias no debían estar vinculadas a los altibajos de los ingresos corrientes, es una razón permanente que en rigor no tiene porque dejar de tener vigencia a partir del 2009.

3 3 Pero ésta situación plantea una discusión gigantesca… Los Gobernadores y Alcaldes –con plena razón desde el punto de vista literal del texto constitucional vigente- solicitan que a partir del 2009 se le dé aplicación a lo dispuesto en la norma constitucional actual, según la cual las transferencias volverían a representar el mismo porcentaje de los ingresos corrientes que tuvieron en el 2001.

4 4 Pero naturalmente la aplicación literal de la Constitución plantearía un incremento descomunal del nivel de las transferencias a partir del 2009… Según cálculos que ha hecho la Federación Nacional de Departamentos: “El mismo Acto Legislativo 01 estableció, en su parágrafo tercero, que a partir de 2008 las transferencias volverían a representar el mismo porcentaje vigente en el año 2001, es decir, el 45.4% de los ingresos corrientes de la Nación y mantenerse en ese nivel. Esto indica que, en el 2009 y de acuerdo con los ingresos proyectados para ese año, las transferencias deberían ascender a 24.6 billones de pesos con aumento del 33.5% con respecto a los 18.4 billones que se recibirían en el 2008”.

5 5 Aplicar literalmente la fórmula vigente… Implicaría entonces del 2008 al 2009 (cuando termina la transitoriedad del Acto Legislativo 01 del 2001) un incremento del 33.5% en el volumen de las transferencias, equivalente en valores absolutos a un aumento $6.2 billones de pesos! Esta interpretación literalmente exacta es correcta jurídicamente pero simple y llanamente es inviable fiscalmente.

6 6 El SGP según el diseño original: 53.5% para el Gobierno Central y 46.5% para entidades territoriales y gasto social Fuente: Foro”La Próxima Reforma del SGP – Comisión Vallecaucana por al Educación – Dr. Francisco Piedrahita Plata. Universidad Icesi – Mayo de 2006

7 7 Por cualquier lado que se miren las Finanzas Públicas de los años venideros… Ya sea por las proyecciones del Marco Fiscal de Mediano Plazo. O, ya sea en base a las cifras que sustentan la próxima Reforma Tributaria, es absolutamente imposible pensar que las transferencias, que ya soy hoy en día el mayor rubro del Presupuesto Nacional puedan tener (y sobre todo pueda financiarse) un incremento del 2008 – 2009 de más de $6 billones de pesos.

8 8 Por lo tanto el debate de las transferencias que se avecina tendrá que adelantarse sobre unas bases más pragmáticas. ¿Cuáles? En primer lugar, habrá de partirse de la premisa de que en términos reales no deben ni pueden disminuirse de ninguna manera los actuales niveles de las transferencias que para el año 2007 están calculadas en $17.6 billones. Partiendo de este supuesto –es decir, no reducción en el futuro en términos reales del actual nivel de transferencias- habrá que discutir “cuánto más de los niveles actuales se incrementarán, sabiendo que fiscalmente es absolutamente imposible retornar al nivel del 45.4% que estas tenían en el 2001 con relación a los ingresos corrientes de la Nación.

9 9 Para que esta discusión no se adelante en un nivel meramente emocional o intuitivo… Lo que se requiere es que el Gobierno elabore un estudio (que aún no ha realizado) supremamente sólido desde el punto de vista técnico que responda a la siguiente pregunta…

10 10 ¿Qué pregunta debe responder el estudio que falta? ¿Cuál es el volumen en términos reales de las transferencias que –dados unos índices mínimos de eficiencia en el gasto social- deben asegurarse en los años venideros para que se mantengan las coberturas actuales de educación, salud, saneamiento ambiental, etc., y para que se alcancen las ampliaciones de coberturas señaladas en los planes de desarrollo?

11 11 Mientras éste estudio no se haga… El debate que se avecina, o bien se va a desarrollar en un terreno de mera formalidad constitucional, pero que como lo hemos anotado, resulta fiscalmente inviable. O bien, será un debate sobre cifras o incrementos con relación a los niveles actuales, adelantado a mero “ojimetro”.

12 12 Probablemente, entonces… Las autoridades territoriales tendrán que ceder en su pretensión de que se le dé aplicación literal a lo dispuesto en la norma transitoria de la Reforma Constitucional del 2001 (es decir, que se vuelva a partir del 2009 a un volumen de transferencias calculado como el 45.4% de los ingresos corrientes). Y el Gobierno tendrá que ceder también en cualquier pretensión que busque rebajar el volumen real de las transferencias actuales, o aún mantener el “estatus quo”, sin que un estudio muy riguroso demuestre cuánto vale mantener las coberturas actuales y alcanzar las metas previstas en inversión social tanto en el Plan de Desarrollo como en las metas del milenio.

13 13 Pero el debate de las transferencias no puede reducirse a discutir su volumen… Al lado del análisis meramente cuantitativo, será ésta la ocasión para discutir sobre aspectos “cualitativos” de las transferencias. Habrá que revisar, y será la ocasión de hacerlo, en qué puede mejorarse los criterios de asignación previstos en la ley 715 del 2001.

14 14 La descentralización es un fino y complejísimo mecanismo de relojería… Que es necesario estar afinando periódicamente. Por eso la Ley 60 preveía que se la revisara cada 5 años.

15 15 Desde el punto de vista “cualitativo” sería la ocasión para plantearse preguntas como estas… ¿Qué tanto están estimulando y premiando las transferencias, el esfuerzo fiscal propio de las entidades territoriales? ¿Qué tan bien está cumpliendo el mecanismo de las transferencias su propósito de estimular una mayor equidad regional?

16 16 Pero además… Esta sería una buena coyuntura para modernizar la tributación local, tanto departamental como municipal. Es una lástima que en la llamada “Reforma Tribuatria Estructural” que comenzará a discutir próximamente el Congreso, solamente se hubieran incluido los tributos nacionales pero no los regionales. En este momento existen 48 tipos de tributos entre departamentales y municipales, gran parte de los cuales son anacrónicos y antitécnicos. La modernización de la tributación local es un punto aún incumplido en la agenda de la modernización fiscal del país.

17 17 Y recordemos que la gente se muestra más dispuesta a tributar en lo local que en lo nacional Basada en la Encuesta Social realizada por Fedesarrollo a 3328 hogares en cinco ciudades a (Bogotá, Medellín, Barranquilla, Bucaramanga, Cali) Tomado del libro Bases para una Reforma Tributaria Estructural en Colombia, página 544. ¿A quién preferiría pagar más impuestos?

18 18 Igualmente valdría la pena revisar lo que está sucediendo con las regalías… La idea de forzar una parte de ahorro en estas regalías es sana en el contexto actual de los notables incrementos fiscales que están generando los incrementos de combustibles.

19 19 Las entidades descentralizadas son, actualmente un factor clave en el equilibrio de las finanzas públicas agregadas. Han hecho un gran esfuerzo de saneamiento Balance Fiscal Regional y Local Consolidado (% del PIB) Fuente: Confis y Banco de la República

20 20 Conclusiones Aplicar la fórmula prevista en el Acto Legislativo 01 de 2001, a partir del 2009, resulta fiscalmente inviable. Habrá que buscar una fórmula pragmática que concilie dos premisas: - Que en ningún caso se disminuya el volumen real de las transferencias actuales hacia el futuro. - Que a partir de un estudio –que aún no existe se ilustre cuánto cuesta mantener las coberturas actuales e incrementarlas a las metas deseadas.

21 21 Conclusiones El debate no puede ser sólo cuantitativo, debe ser también cualitativo. Sería el momento oportuno para revisar como está funcionando los criterios de distribución de la Ley 715, las regalías; y, al mismo tiempo, actualizar y modernizar la tributación territorial.


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