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DICTAMEN POR ENAJENACION DE ACCIONES

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Presentación del tema: "DICTAMEN POR ENAJENACION DE ACCIONES"— Transcripción de la presentación:

1 DICTAMEN POR ENAJENACION DE ACCIONES
L.C. Alejandra Osorio Rojas. L.C. Martha Patricia Narcia Vergara. L.A.E. Carlos Girón Dávila. L.C. Cecilia Celina Ontañon Altamirano.

2 INTRODUCCIÓN El patrimonio de las sociedades mercantiles en México se encuentra representado por el conjunto de acciones y partes sociales, el valor de estos títulos se determina conforme al funcionamiento y desarrollo de la empresa. Para la transmisión de propiedad de las empresas la Ley del Impuesto Sobre la Renta establece en el marco jurídico fiscal, que esta se realice a través de la enajenación de las acciones propiedad de los socios o accionistas, para obtener el costo de las acciones en venta es importante considerar los eventos sucedidos en la organización como son entre otras las aportaciones de los socios, dividendos que hubiere percibido o distribuido la empresa, utilidades o pérdidas fiscales ocurridas en el período de tenencia de las acciones.

3 Tanto las personas morales como las personas físicas para la enajenación de sus acciones y la determinación de la utilidad o pérdida deberán de dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 24 de la LISR.

4 Por esta razón, es necesario llevar a cabo un estudio que contemple la elaboración del “Dictamen de Enajenación de Acciones” esto con el fin de poder determinar la veracidad de las variaciones que se van obteniendo en el valor de las acciones durante el paso del tiempo considerando que dichas variaciones se van determinando por efectos de:   La Inflación Económica que afecta al país. Las variaciones durante los diversos ejercicios fiscales. Y demás eventos que pudieran crear alguna modificación al valor de las acciones.

5 Razón por la cual es importante resaltar que uno de los beneficios que obtiene el dueño de las acciones de una empresa al querer enajenar dichos documentos con valor mercantil, es evitar que el adquiriente de dichos documentos de valor, le retenga el 20% del Impuesto Sobre la Renta sobre el valor de la operación. Considerando lo arriba expuesto, regularmente quien contrata los servicios profesionales es el enajenante que tiene conocimiento de la existencia de un alto costo fiscal, buscando un beneficio en la disminución de la carga fiscal por la enajenación de acciones.

6 Por obvias razones quienes poseen acciones y tiene la intención de llevar a cabo la enajenación de las mismas deberá consultar con un especialista que le asesore de forma adecuada poniendo en consideración que el hecho de dictaminar las operaciones por la enajenación de acciones tiene un costo el cual afectaría parte de su economía, además, de tener en cuenta que de resultar algún impuesto a cargo tendrá que enterarlo, es decir, evaluara si la suma de los gastos mas el impuesto por enterar es menor que el ISR si se aplica la tasa del 20% sobre el ingreso obtenido será benéfico, de lo contrario, deberá de tomar, si la hubiera alguna otra alternativa.

7 ANTECEDENTES Las acciones surgen desde 1384 cuando se crea la primera sociedad anónima, aunque no emitió acciones. En 1579 se crea la compañía Inglesa Eastland la cual emite por primera vez títulos similares a las acciones. En 1610 se crea la compañía Holandesa de la India, fue la primera sociedad en emitir acciones similares a las actuales.

8 Desde 1981 la LISR ha previsto que las pérdidas provenientes de la enajenación de acciones son un concepto no deducible. En 1988 se incluyó en la LISR un régimen cedular que permite considerar dichas pérdidas como deducibles, hasta por el monto de las ganancias que obtenga el contribuyente por el mismo concepto, en el ejercicio o en los cinco ejercicios subsecuentes, siempre que en su adquisición y enajenación se cumplan ciertos requisitos establecidos actualmente en disposiciones reglamentarias de dicha ley.

9 ASPECTOS GENERALES. DEFINICIONES La acción puede ser definida como: La parte alícuota del capital social representada en un título valor que atribuye a su tenedor legítimo la condición de socio y la posibilidad de ejecutar los derechos que de ella emanan, así como de transmitir dicha condición a favor de terceros.

10 Como las acciones constituyen una parte alícuota del capital social, de una sociedad mercantil, estas otorgan a los accionistas derechos patrimoniales y corporativos. Se distingue a la parte social de la acción, porque aquélla no puede transmitirse sin el consentimiento de los otros socios.

11 Las formas de representación de las acciones son:
Títulos al portador: Puede ejercer los derechos inherentes a la acción quien posee el título. Títulos nominativos: Para su transmisión es necesario realizar una cesión formal. Escritura pública: Muy usado en empresas pequeñas o familiares, pero con poca flexibilidad para el tráfico de las acciones. Anotación en cuenta: Muy importantes en la actualidad para acelerar las transacciones. Es indispensable en sociedades que cotizan en la bolsa.

12 Tipos de acciones Comunes: Preferentes: Voto limitado: Convertibles:
De industria: Liberadas de pago o crías: Con valor nominal: Sin valor nominal:

13 Accionista Nombre con el que se designa al socio, propietario legal de una o más acciones emitidas por una sociedad de capital o mixta. Su responsabilidad y poder de decisión depende del porcentaje de capital que aporte a la misma (mas acciones, más votos)

14 Enajenación Toda transmisión de propiedad, aún en la que el enajenante se reserva el dominio del bien enajenado, con excepción de los actos de fusión o escisión a que se refiere el mismo Código. Las adjudicaciones, aún cuando se realicen a favor del acreedor La aportación a una sociedad o asociación La que se realiza mediante el arrendamiento financiero La que se realiza a través del fideicomiso.

15 Enajenación de Acciones
Se pueden dar diferentes combinaciones de sujetos que intervienen para la enajenación de las acciones, como pueden ser: personas físicas, morales, Nacionales, Extranjeros, los cuales originan diferentes obligaciones de retención y entero de impuestos.

16 Dictamen Es el documento que suscribe el Contador Público conforme a las normas de su profesión y en el que expresa su opinión, relativo a la naturaleza, alcance y resultado del examen realizado sobre los estados financieros de la entidad de que se trate.

17 Enajenantes Son las personas físicas y morales que participan en la transmisión de una propiedad, bien o titulo. Transfiriendo así el derecho o dominio que se tiene sobre un bien.

18 Costo comprobado de adquisición
Costo original que tiene cada acción al momento de su compra y si a este le añadimos la inflación, desde el día de su adquisición y hasta el día de su venta, se obtiene el costo comprobado de adquisición actualizado. La forma más fácil de comprobar el costo de adquisición es cuando proviene de una aportación al capital social, ya que ésta, normalmente, consta en un acta de asamblea de socios o accionistas y se registra en el Registro Público de la Propiedad.

19 ACTUALIZACION DEL COSTO COMPROBADO DE ADQUISICION:
Costo comprobado de adquisición (artículo 24, de la LISR) X Factor de actualización = Costo comprobado de adquisición actualizado + La diferencia que resulte de restar al saldo de la CUFIN a la fecha de la enajenación, el saldo que tenía dicha cuenta a la fecha de la adquisición actualizados (artículo 24, fracción II, inciso a, L.I.S.R.). - Las pérdidas fiscales, los reembolsos pagados, así como la diferencia que resulte de la suma de I.S.R. mas no deducibles menos el resultado fiscal del ejercicio actualizados (artículo 24, fracción II, inciso b L.I.S.R.). + Las pérdidas fiscales de ejercicios anteriores a la fecha en que el contribuyente adquirió las acciones y que la persona moral haya disminuido de su utilidad fiscal durante el periodo que tuvo la posesión de las acciones. = Monto original ajustado (artículo 24, fracción II y III LISR) ÷ Número total de acciones en tenencia del contribuyente a la fecha de enajenación. = Costo promedio por acción

20 Dividendos Se considera dividendo o utilidad distribuido por personas morales todas las utilidades en efectivo o en bienes que envíen los establecimientos permanentes de personas morales extranjeras a la oficina central de la sociedad o a otro establecimiento permanente de ésta en el extranjero, que no provengan del saldo de la cuenta de utilidad fiscal neta o de la cuenta de remesas de capital del residente en el extranjero, respectivamente.

21 También se consideran dividendos o utilidades distribuidos, los siguientes:
Los intereses. Los préstamos a los socios o accionistas. Las erogaciones que no sean deducibles conforme a esta Ley y beneficien a los accionistas de personas morales. Las omisiones de ingresos o las compras no realizadas e indebidamente registradas. La utilidad fiscal determinada, inclusive presuntivamente, por las autoridades fiscales. La cuenta de “dividendos” es una cuenta del Pasivo del Balance, que se origina en el momento en el que la empresa decide dedicar parte del beneficio obtenido a pagar a los accionistas.

22 PÉRDIDAS FISCALES La pérdida fiscal se obtendrá de la diferencia entre los ingresos acumulables del ejercicio y las deducciones autorizadas por esta Ley, cuando el monto de estas últimas sea mayor que los ingresos. El resultado obtenido se incrementará, en su caso, con la participación de los trabajadores en las utilidades de las empresas pagada en el ejercicio en los términos del artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Artículo 61 LISR

23 OBLIGACIONES POR LA ENAJENACIÓN DE ACCIONES
ENAJENANTE ADQUIRENTE

24 CODIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN
Art. 14 Se entiende por enajenación de bienes: I. Toda transmisión de propiedad, aun en la que el enajenante se reserve el dominio del bien enajenado.

25 LEY DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO
El artículo 9 de la Ley del Impuesto al Valor Agregado señala que: “No se pagará el impuesto en la enajenación de los siguiente bienes: VII. Partes sociales, documentos pendientes de cobro y títulos de crédito, con excepción de certificados de depósitos de bienes cuando la enajenación de dichos bienes se esté obligado a pagar este impuesto y de certificados de participación inmobiliaria no amortizados u otros títulos que otorguen a su titular derechos sobre inmuebles distintos a casa habitación o suelo. En la enajenación de documentos pendientes de cobro, no queda comprendida la enajenación del bien que ampare el documento”.

26 REGLAMENTO DE LA LEY DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO
El Artículo 30 del Reglamento de la LIVA señala que: “La enajenación de títulos de crédito y los dividendos pagados en acciones quedan comprendidos dentro de lo dispuesto en la fracción VII del artículo 9 de la Ley.”

27 LEY DEL IMPUESTO EMPRESARIAL A TASA ÚNICA
El artículo 3 de la LIETU señala en su fracción I que se entiende por enajenación de bienes, la considerada como tal en la ley de IVA y por otro lado dicha ley exenta del pago de estas operaciones, por lo tanto, no juegan para IETU, pero además, el artículo 4 de la LIETU en su fracción VI inciso a) libera totalmente del pago de este impuesto a la enajenación de acciones y partes sociales.

28 LEY DEL IMPUESTO A LOS DEPÓSITOS EN EFECTIVO
En el caso del impuesto a los depósitos en efectivo, no afecta si la operación se maneja con cheque nominativo, transferencia o traspaso, pero si maneja en efectivo o cheque de caja por un importe superior a los $ 15, en un mes se causara el IDE a una tasa del 3%.

29 LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
Para determinar la ganancia por enajenación de acciones cuya tenencia haya sido superior a 12 meses los contribuyentes disminuirán del ingreso obtenido por acción, el costo promedio por enajenación de acciones.

30 LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA

31 LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA

32 DICTAMEN Resultado fiscal x compraventa. Enajenante Adquiriente
Validez, ALAFF.

33 DICTAMEN > Claridad Secciones primordiales: Secciones primordiales
Edos. fin Dictaminados x CPR y su opinión x ellos. Informe sobre la situación fiscal del contribuyente. Información adicional, establecida por la autoridad.

34 DICTAMEN Sirve a la autoridad para:
A). Proporcionar información que le sirva para propósitos de estadística tributaria. Contener calidad de información y no cantidad de información, por ello debe de buscarse su contenido. Ser un instrumento ágil para la fiscalización. Permitir la validación de la información contenida en el dictamen contra la que el contribuyente presente en áreas de la SHCP distintas a las de fiscalización. Evitar duplicidad en la fiscalización que le aplica el contribuyente la fiscalización de los estados. Minimizar hasta donde sea posible los costos de fiscalización de la autoridad correspondiente. Establecer un plazo máximo para que la autoridad revise el llenado.

35 DICTAMEN Contenido: Dictamen del CPR en términos del art. 52 del CFF.
Resultado obtenido en la enajenación. Precio de acciones x cada sociedad emisora. Costo promedio por acción. Resultado parcial. Nombre y firma del CP y número de registro que utiliza para dictaminar. Análisis del Costo promedio por acción. Utilidad o perdida por ejercicio. Cálculo del impuesto.

36 DICTAMEN Texto: La afirmación de que examinó la determinación del costo promedio por acción de las acciones enajenadas y la declaración del impuesto correspondiente y de si ambos procedimientos se llevaron a cabo en los términos de la Ley y de este Reglamento. Nombre del enajenante. Nombre del adquiriente. Nombre de la sociedad emisora de acciones. Fecha de enajenación de las acciones.

37 DICTAMEN Mención en forma específica del alcance del trabajo realizado en la verificación del: Antigüedad de las tenencias de acciones. Medios con los cuales se cercioro del costo de adquisición. UFIN neta a la fecha de adquisición y a la fecha de enajenación. Utilidades y dividendos distribuidos que correspondan por acción.

38 DICTAMEN Requisitos del CP para dictaminar (52 fracción 1 del CFF: Ó

39 DICTAMEN Solicitud se presenta en AGAFF y se debe acompañar por:

40 DICTAMEN Obligaciones del Contador Público:
ó Normas de Educación Profesional Continua.

41 PAPEL QUE DESEMPEÑA EL CONTADOR PÚBLICO

42 PLANEACIÓN DE LA AUDITORIA
Fundamental. Plazos. Depende naturaleza y condición de la empresa. Entrevista. Visita. Altos ejecutivos. Situación legal y financiera.

43 CONCLUSIONES

44 GRACIAS.


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