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Publicada porTeófila Pesina Modificado hace 9 años
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2014 CONCURSO DE PROMOCIÓN
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Se aplica para la provisión de las vacantes que no correspondan al último grado, en las plantas de: Directivos de carrera Profesionales Fiscalizadores Técnicos o Equivalentes a las antes enumeradas. CONCURSO DE PROMOCIÓN
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Los 5 funcionarios de mayor nivel jerárquico, El jefe o encargado de personal, 2 representantes del personal. Dichos representantes deben pertenecer a alguna de las plantas afectas a la promoción y son elegidos dentro de los 10 primeros días hábiles del mes de julio de cada año. En el caso de los servicios con plantas regionales en que la autoridad regional dispone el nombramiento, existen comités de selección regionales. Casos Especiales Servicio de Gobierno Interior y SERVIUS Servicio de Gobierno Interior COMITÉ DE SELECCIÓN
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“En consecuencia el comité de selección del Servicio de Gobierno Interior, deberá integrarse por el jefe o encargado de personal y los cinco funcionarios de más alto nivel jerárquico, pertenecientes a la planta de la Secretaría y Administración General del Ministerio del Interior, con excepción del Subsecretario del Interior y por dos representantes del personal del Servicio de Gobierno Interior elegidos por éste.” DICTAMEN
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Ser funcionarios de planta del servicio. Estar nombrado en los 3 grados inferiores a la vacante convocada. Cuando el número de cargos provistos en grados inferiores de la misma planta de la vacante sea menor a 20, podrán participar los funcionarios nombrados hasta en los 4 grados inferiores al cargo a proveer. Tener los requisitos exigidos para el cargo. Haber sido calificado en lista 1 o 2, en el período inmediatamente anterior. Pueden participar funcionarios de otras plantas, siempre y cuando cumplan con los requisitos estipulados. REQUISITOS DE POSTULACIÓN DICTAMEN
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“Los empleados que posean grados inferiores al de la vacante convocada, podrán participar en el concurso para proveerla; siempre que de acuerdo al orden establecido en la respectiva planta de personal, aquellos se encuentren nombrados en los tres grados inferiores al de la vacante, sin importar si el orden es o no correlativo.” DICTAMEN
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No podrán ser promovidos, quienes: No hubiesen sido calificados en lista de distinción o buena en le período inmediatamente anterior. No hubiesen sido calificados. Hubiesen sido objeto de la medida disciplinaria de censura, más de una vez, en los doce meses anteriores de producida la vacantes. Hubiesen sido sancionados con la medida disciplinaria de multa en los doce meses anteriores de producida la vacante. REQUISITOS DE POSTULACIÓN DICTAMEN
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“Pueden participar en los concursos de promoción aquellas personas que no han sido calificadas en el período anterior, pero que por cualquier causal conservan su calificación.” DICTAMEN
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La planta, el nombre y grado asignado al cargo; Función básica a desempeñar; Lugar en que deberán desempeñarse, cuando sea procedimiento de multiconcursabilidad. Cualquier otro antecedente que se considere relevante. Requisitos y condiciones que deben reunir los postulantes. Calendario con fechas y plazos de las etapas. La modalidad que éste adoptará: Simultánea o sucesiva. El lugar de presentación de antecedentes y realización de pruebas. Escalas de notas y tablas de puntuación que se considerarán para cada factor y puntajes mínimos de aprobación en cada uno y Los procedimientos para la evaluación de los antecedentes presentados. CONTENIDO DE LAS BASES
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Mediante resolución del Jefe de Servicio, la que deberá ser difundida dentro de los 3 siguientes días a su expedición. Terminado los 3 días de difusión, la recepción de antecedentes debe efectuarse en un mínimo de 8 días hábiles. Medidas necesarias para amplia difusión: circulares, oficios u otros y a través e-mail Lugar visible en las dependencias del Servicio, en la página Web y en su red de intranet. LLAMADO A CONCURSO
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Ponderación : 25% cada factor. Subfactores: se podrán incluir en cada factor, con una ponderación individual no inferior a 20%. Factores y subfactores deben expresarse en valores numéricos. FACTORES DE EVALUACIÓN
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Capacitación pertinente Evaluación del desempeño Experiencia calificada Aptitud para el cargo FACTORES A EVALUAR
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Definida por la institución para estos efectos. En diciembre de cada año, el jefe superior informa a los funcionarios, las actividades que tendrán este carácter. Deberán insertarse en los procesos de modernización y mejoramiento institucional y proporcionar herramientas para la promoción. Considera informe previo del Comité de Capacitación. El jefe superior podrá considerar, fundadamente, otras actividades de capacitación, efectuadas al interior de la institución o fuera de ella, siempre que contribuyan a habilitar a los funcionarios para asumir cargos superiores. CAPACITACIÓN PERTINENTE
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Corresponde a la última calificación obtenida según el procedimiento establecido en Estatuto Administrativo y el reglamento especial de calificaciones de cada servicio. Deben elaborarse tablas de equivalencia entre la puntuación de este factor y el puntaje o rangos de puntajes de la calificación de cada postulante. EVALUACIÓN DE DESEMPEÑO
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Corresponde al desempeño de cargos que sean precedente útil al cargo concursado. Si dentro de una planta y/o un grado se desempeñan funciones diferenciadas, pueden asignarse puntajes adicionales a las funciones con mayor concordancia al cargo concursado. Deberán elaborarse tablas que asignen de manera objetiva puntaje a los años de servicio. EXPERIENCIA CALIFICADA
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Conjunto de competencias, capacidades, formación sistemática e idoneidad que se establezcan como convenientes y aconsejables, de acuerdo a las exigencias propias del cargo al que se postula y del ejercicio de las funciones que éste tendrá asignadas. Esta aptitud se evalúa a través de pruebas, tests, entrevistas, exposiciones, títulos educacionales, certificados u otros instrumentos que se señalen en las bases del concurso. APTITUD PARA EL CARGO
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El concurso debe realizarse aunque sólo un postulante cuente con requisitos; Si no hay postulantes o ninguno de ellos alcanza el puntaje mínimo de aprobación, el concurso será declarado total o parcialmente desierto, y el jefe superior podrá llamar a un nuevo concurso, el que deberá ser público. La promoción rige a partir del momento en que quede totalmente tramitado el acto administrativo que la dispone. ASPECTOS GENERALES
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El Comité de Selección informa el resultado del concurso y comunica al Jefe de Servicio el nombre del funcionario que hubiese obtenido el mayor puntaje. RESULTADOS
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Se aplica para la provisión de las vacantes que no correspondan al último grado, en las plantas de: Directivos de carrera Profesionales Fiscalizadores Técnicos o Equivalentes a las antes enumeradas. CONCURSO DE PROMOCIÓN
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@ADP_Chile @empleospublicos @directoreschile www.serviciocivil.cl MUCHAS GRACIAS
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