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1 Haga clic para modificar el estilo de título del patrón Haga clic para modificar el estilo de texto del patrón Segundo nivel Tercer nivel Cuarto nivel Quinto nivel CENTROS DE INTERCAMBIO EN EL ALTO GUADIANA

2 Haga clic para modificar el estilo de título del patrón Haga clic para modificar el estilo de texto del patrón Segundo nivel Tercer nivel Cuarto nivel Quinto nivel La vega del río Záncara en 1969. Los Ojos del Guadiana en la actualidad. (2007) La vega del río Záncara en la actualidad.

3 Haga clic para modificar el estilo de título del patrón Haga clic para modificar el estilo de texto del patrón Segundo nivel Tercer nivel Cuarto nivel Quinto nivel Antecedentes: Situación degradada en la zona del Alto Guadiana como consecuencia de un conjunto de causas que, en su interrelación, han conducido de una forma progresiva a una amenaza importante para este territorio. ECOLOGÍA ECONOMÍA 1. INTRODUCCIÓN.

4 Haga clic para modificar el estilo de título del patrón Haga clic para modificar el estilo de texto del patrón Segundo nivel Tercer nivel Cuarto nivel Quinto nivel A lo largo de los últimos quince años se han venido sucediendo diversas acciones pero no han sido suficientes para la mejora del estado de las masas de agua subterráneas, de las zonas húmedas y ecosistemas asociados, y de los cauces superficiales: Plan de Ordenación de Extracciones: Acuífero de la Mancha Occidental 15 de diciembre de 1994 declaración sobreexplotación definitiva (ampliación área declarada sobreexplotada Junta de Gobierno de la CHG 22 agosto 2008). Acuífero del Campo de Montiel por Resolución de la Dirección General de Obras Hidráulicas de 12 de junio de 1989. Años 1994-1999 Plan de Compensación de Rentas Disminución de los volúmenes de agua extraídos con carácter coyuntural, válido para determinados cultivos.

5 Haga clic para modificar el estilo de título del patrón Haga clic para modificar el estilo de texto del patrón Segundo nivel Tercer nivel Cuarto nivel Quinto nivel Era necesario una nueva política que afrontara las causas del problema para llegar a una progresiva y permanente mejora de la situación ambiental y por consiguiente proporcionara un horizonte económicamente consolidado y sostenible de la actividad agrícola y económica en el territorio, en definitiva alcanzar el bienestar de sus habitantes. La respuesta a esta situación: La disposición adicional cuarta de la Ley 10/2001 de 5 de julio, del Plan Hidrológico Nacional, modificado por la Ley 11/2005, de 22 de junio: PLAN ESPECIAL DEL ALTO GUADIANA

6 Haga clic para modificar el estilo de título del patrón Haga clic para modificar el estilo de texto del patrón Segundo nivel Tercer nivel Cuarto nivel Quinto nivel DISPOSICIÓN ADICIONAL CUARTA 1.-Con la finalidad de mantener un uso sostenible de los acuíferos de la cuenca alta del Guadiana, se llevará a cabo un conjunto de actuaciones, además de las que se encuentran en curso, consistentes en: a.La reordenación de los derechos de uso de aguas, tendente a la recuperación ambiental de los acuíferos. b.La autorización de modificaciones en el régimen de explotación de los pozos existentes. c.La concesión de aguas subterráneas en situación de sequía d.Otras medidas tendentes a lograr el equilibrio hídrico y ambiental permanente de esta cuenca.

7 Haga clic para modificar el estilo de título del patrón Haga clic para modificar el estilo de texto del patrón Segundo nivel Tercer nivel Cuarto nivel Quinto nivel 2.-El Gobierno, mediante Real Decreto, y en el plazo de un año a partir de la aprobación de la presente Ley, desarrollará el régimen jurídico al que se ajustarán las actuaciones previstas en el apartado anterior. Se declaran de interés general las actuaciones incluidas en el Plan Especial del Alto Guadiana. DISPOSICIÓN ADICIONAL CUARTA

8 Haga clic para modificar el estilo de título del patrón Haga clic para modificar el estilo de texto del patrón Segundo nivel Tercer nivel Cuarto nivel Quinto nivel Formación del Plan Especial: Evaluación Ambiental Estratégica, Ley 9/2006, de 28 de abril, sobre evaluación de los efectos de determinados planes y programas en el medio ambiente ( Resolución de 28 de agosto de 2006 de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental ): Participación y consultas de todas las partes interesadas. Del conjunto de alegaciones se integraron aquellas que se consideraron una mejora para el Plan. Marco jurídico: Disposición adicional cuarta de la Ley 10/2001 de 5 de julio, del Plan Hidrológico Nacional, modificada por la Ley 11/2005 de 22 de junio.

9 Haga clic para modificar el estilo de título del patrón Haga clic para modificar el estilo de texto del patrón Segundo nivel Tercer nivel Cuarto nivel Quinto nivel Directiva 2000/60/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 23 de octubre de 2000, por la que se establece un marco comunitario de actuación en el ámbito de la política de aguas, con la trasposición al derecho español por el artículo 129 de la Ley 62/2003 de 30 de diciembre. Real Decreto Ley 9/2006, de 15 de septiembre, por el que se adoptan medidas urgentes para paliar los efectos producidos por la sequía en las poblaciones y en las explotaciones agrarias de regadío en determinadas cuencas hidrográficas, disposición adicional segunda y tercera.

10 Haga clic para modificar el estilo de título del patrón Haga clic para modificar el estilo de texto del patrón Segundo nivel Tercer nivel Cuarto nivel Quinto nivel El Plan Especial es aplicable a la cuenca del río Guadiana, aguas arriba de la desembocadura del río Jabalón, incluyendo la cuenca de éste. La cuenca alta del Guadiana ocupa una extensión aproximada de 18.900 km 2, los municipios ascienden a 169, considerados aquellos cuyo núcleo de población o superficie es mayor a 9 km 2. Clima mediterráneo-continental. Valor medio de precipitaciones en la Llanura Manchega es de 350 mm/año. Zona semi-árida. Comunidad Autónoma Castilla La Mancha: provincias Ciudad Real, Cuenca, Toledo y Albacete. 2. ÁMBITO TERRITORIAL Y CARACTERIZACIÓN DE LA ZONA.

11 Haga clic para modificar el estilo de título del patrón Haga clic para modificar el estilo de texto del patrón Segundo nivel Tercer nivel Cuarto nivel Quinto nivel

12 Haga clic para modificar el estilo de título del patrón Haga clic para modificar el estilo de texto del patrón Segundo nivel Tercer nivel Cuarto nivel Quinto nivel UNIDAD HIDROGEOLÓGICAMASAS DE AGUAS SUBTERRÁNEAS 04.01 Sierra de Altomira040.001 Sierra de Altomira 040.002 La Obispalía 04.02 Lillo-Quintanar040.003 Lillo-Quintanar 04.03 Consuegra-Villacañas040.004 Consuegra-Villacañas 04.04 Mancha Occidental040.005 Rus-Valdelobos 040.006 Mancha Occidental II 040.007 Mancha Occidental I 04.05 Ciudad Real040.009 Campo de Calatrava 04.06 Campo de Montiel040.010 Campo de Montiel Formaciones acuíferas:

13 Haga clic para modificar el estilo de título del patrón Haga clic para modificar el estilo de texto del patrón Segundo nivel Tercer nivel Cuarto nivel Quinto nivel PROTOCOLO DE COLABORACIÓN DE 23 DE OCTUBRE DE 2007, ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO Y LA JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTILLA LA MANCHA: 3. AUTORIDADES Y COMPETENCIAS.

14 Haga clic para modificar el estilo de título del patrón Haga clic para modificar el estilo de texto del patrón Segundo nivel Tercer nivel Cuarto nivel Quinto nivel 4. OBJETIVOS Y DEFINICIÓN DE MEDIDAS CONTEMPLADAS EN EL PLAN ESPECIAL DE ALTO GUADIANA. OBJETIVOS: Consecución del buen estado de las masas de agua subterráneas y superficiales asociadas, corrigiendo el déficit hídrico estructural existente en su ámbito territorial por medio de la ordenación de usos manteniendo su viabilidad social y económica.

15 Haga clic para modificar el estilo de título del patrón Haga clic para modificar el estilo de texto del patrón Segundo nivel Tercer nivel Cuarto nivel Quinto nivel Horizonte temporal Vigencia 31 de diciembre de 2015, podrán prorrogarse todas o algunas de las medidas contenidas en el Plan, la prorroga con las modificaciones que sean pertinentes, será adoptada mediante Real Decreto, previo acuerdo con la Junta de Comunidades de Castilla la Mancha. Recuperación de las masas de aguas subterráneas a través de las actuaciones contempladas en el Plan en el periodo de aplicación de la segunda excepcionalidad temporal (2021-2027). Zonas protegidas cumplimiento del plazo determinado en el artículo 4.1 c) de la Directiva Marco del Agua.

16 Haga clic para modificar el estilo de título del patrón Haga clic para modificar el estilo de texto del patrón Segundo nivel Tercer nivel Cuarto nivel Quinto nivel Actuaciones que han iniciado su ejecución: MEDIDAS INICIADAS PROGRAMA DE MEDIDAS GENERALES Medidas de reordenación de los derechos de uso de aguas. Transformación de los derechos sobre aguas privadas en concesiones de aguas públicas. Adquisición administrativa de derechos de uso de agua y de terrenos. Planes de Ordenación de Extracciones. Medidas sobre modificaciones en el régimen de explotación de los pozos existentes. PROGRAMA DE MEDIDAS DE ACOMPAÑAMIENTO Funcionamiento del Consorcio para la Gestión del Plan Especial del Alto Guadiana. Programa Ambiental. Medidas ambientales para recuperación de hábitats. Inicio de actuaciones en la Reserva de la Biosfera de la Mancha Húmeda. Subprograma de forestación. Programa de Información y Sensibilización Ambiental. Programa de seguimiento.

17 Haga clic para modificar el estilo de título del patrón Haga clic para modificar el estilo de texto del patrón Segundo nivel Tercer nivel Cuarto nivel Quinto nivel Facultades administrativas de modificación de los aprovechamientos de las aguas que van a estar presentes de manera expresa o implícita en las intervenciones públicas : Fijación del régimen de explotación Limitación o condicionamiento de los usos La sustitución del origen de los caudales concedidos Las medidas en situaciones excepcionales Otros instrumentos de gestión (Centros de Intercambio de derechos y contratos de cesión ) 5. CENTRO DE INTERCAMBIOS DE DERECHOS DE USO DE AGUA EN EL ÁMBITO TERRITORIAL DE APLICACIÓN DEL PLAN ESPECIAL DEL ALTO GUADIANA.

18 Haga clic para modificar el estilo de título del patrón Haga clic para modificar el estilo de texto del patrón Segundo nivel Tercer nivel Cuarto nivel Quinto nivel El centro de intercambio de derechos de uso del agua se define como un instrumento jurídico a través del cual los organismos de cuenca quedarán autorizados, mediante Acuerdo del Consejo de Ministros, a propuesta del Ministro de Medio Ambiente, para realizar ofertas públicas de adquisición de derechos de uso del agua para posteriormente cederlos a otros usuarios mediante el precio que el propio organismo oferte. Supuestos habilitantes para poder crear un centro de intercambio: Cuando lo exija la disponibilidad del recurso Para garantizar su explotación racional Recursos hidráulicos de una zona estén sobreexplotados o en riesgo de estarlo Sequías extraordinarias, estados de necesidad o concurrencia de situaciones anómalas o excepcionales

19 Haga clic para modificar el estilo de título del patrón Haga clic para modificar el estilo de texto del patrón Segundo nivel Tercer nivel Cuarto nivel Quinto nivel Centros de intercambio de derechos de uso agua : Autorización por el Consejo de Ministros de 15 de octubre de 2004 la constitución de centros de intercambio en las Confederaciones Hidrográficas del Júcar, Segura y Guadiana. Cuenca intracomunitaria: Banco de Agua Agraria Mallorca, Menorca e Ibiza Decreto 50/2003, derogado dos años más tarde, Decreto 240/2005 Demarcación Hidrográfica de la Cuenca Mediterránea Andaluza Decreto 84/2007 de 3 de abril de adopción de medidas excepcionales y de emergencia en relación con la utilización de los recursos hídricos en Cataluña, derogado Decreto 5/2009, de 13 de enero.

20 Haga clic para modificar el estilo de título del patrón Haga clic para modificar el estilo de texto del patrón Segundo nivel Tercer nivel Cuarto nivel Quinto nivel CENTRO DE INTERCAMBIOS DE DERECHOS DE USO DE AGUA EN EL ÁMBITO TERRITORIAL DE APLICACIÓN DEL PLAN ESPECIAL DEL ALTO GUADIANA.

21 Haga clic para modificar el estilo de título del patrón Haga clic para modificar el estilo de texto del patrón Segundo nivel Tercer nivel Cuarto nivel Quinto nivel Órgano de cooperación: Consorcio para la gestión del PEAG Prescripciones técnicas aprobadas por el Organismo de cuenca, propuesta del Consorcio (Plan Actuación) en materia hidrológica. Objeto DOCM: 29-08-2008.- Adquisición de derechos de usos de agua de regadío de cultivos no leñosos Requisitos y ámbito territorial Perímetro del Acuífero de declarado sobreexplotado, cesión permanente, caudales efectivos, calidad para riego, volumen del título/s acreditativos PrecioNo leñosos: 10.000 Mín. 4.000 Forestación Opción contrato de forestación en perímetros determinados: prima compensatoria forestación Criterios de preferencia para la selección de aprovechamientos Por razón de su ubicación de la toma: - Parque Nacional Tablas de Daimiel - Zonas protegidas ligadas al agua. - Zona productividad hidrogeológica. Por razón económica: menor importe por ha. de regadío. PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARA LA ADQUISICIÓN DE DERECHOS DE USO DE AGUA EN LA CUENCA ALTA DEL GUADIANA

22 Haga clic para modificar el estilo de título del patrón Haga clic para modificar el estilo de texto del patrón Segundo nivel Tercer nivel Cuarto nivel Quinto nivel Destino de la adquisición de derechos de uso de agua en el ámbito territorial de aplicación del Plan Especial del Alto Guadiana:

23 Haga clic para modificar el estilo de título del patrón Haga clic para modificar el estilo de texto del patrón Segundo nivel Tercer nivel Cuarto nivel Quinto nivel Ofertas Públicas de adquisición de derechos de uso de agua en el ámbito territorial de aplicación del Plan Especial del Alto Guadiana (datos provisionales al 15-06-2010) : Nº OFERTAS PRESUPUES TO APLICADO SUPERFICI E DE RIEGO AFECTADO (ha) VOLUMEN INSCRITO RECUPERAD O (m 3 ) VOLUMEN UTILIZABL E (m 3 ) 684.500.000 65.889.68 7 6.86629.063.00013.587.190

24 Haga clic para modificar el estilo de título del patrón Haga clic para modificar el estilo de texto del patrón Segundo nivel Tercer nivel Cuarto nivel Quinto nivel

25 Haga clic para modificar el estilo de título del patrón Haga clic para modificar el estilo de texto del patrón Segundo nivel Tercer nivel Cuarto nivel Quinto nivel 6. CONCLUSIONES, más importantes a considerar: El objetivo general del Plan Especial es el de conseguir un desarrollo sostenible en el ámbito territorial del Alto Guadiana de acuerdo al principio comunitario de integración de la protección ambiental en todas las políticas, a los objetivos de prevención del deterioro, conservación, mejora y regeneración de las masas de agua subterráneas. Para alcanzar dichos objetivos y de acuerdo al Protocolo de colaboración de 23 de octubre de 2007 entre la Administración General del Estado y la JCCM es necesario que exista una cooperación leal y efectiva entre las Administraciones Públicas competentes. En el marco de esa cooperación esencial se ha creado el Consorcio cuya función general es el impulso, seguimiento y coordinación del Plan Especial y Programa de Desarrollo Sostenible del Alto Guadiana

26 Haga clic para modificar el estilo de título del patrón Haga clic para modificar el estilo de texto del patrón Segundo nivel Tercer nivel Cuarto nivel Quinto nivel La adquisición administrativa de derechos de uso del agua como medida de eficacia directa para el ahorro de agua mejora igualmente la gobernanza pero debe acompañarse de la dotación de medios adecuados (técnicos y humanos) y de medidas eficaces de vigilancia y control. Es necesario que exista transparencia y participación activa eficaz de todas las partes interesadas e incluso del público en general, al menos respecto al seguimiento y evaluación de resultados, permitiendo mejorar el conocimiento del ámbito de aplicación, de los problemas que le afecten, detectar nuevas necesidades y mejorar la definición de objetivos, técnicas, estrategias o prioridades del mismo.

27 Haga clic para modificar el estilo de título del patrón Haga clic para modificar el estilo de texto del patrón Segundo nivel Tercer nivel Cuarto nivel Quinto nivel Gracias por su atención Parque Natural de las Lagunas de Ruidera


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