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MIGRACIÓN DESDE UNA PERSPECTIVA DE GÉNERO

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Presentación del tema: "MIGRACIÓN DESDE UNA PERSPECTIVA DE GÉNERO"— Transcripción de la presentación:

1 MIGRACIÓN DESDE UNA PERSPECTIVA DE GÉNERO
Mujeres y Migración Sonia Cavalié Apac Adjuntía para los Derechos Humanos Defensoría del Pueblo Lima, 17 de noviembre del 2012

2 Contenido Enfoque de género. Mujeres y migración:
Instrumentos que protegen los derechos de las mujeres. Mujeres en movilidad: Protección de las trabajadoras migrantes Protección de las mujeres refugiadas Trata y tráfico de personas

3 Condición irregular (55%) Sectores de ingreso medio y medio bajo (63%)
Características de la población peruana migrante INEI: 3 millones de peruanos/as migrantes 50.4% son mujeres. Edad: 20 y 39 años (67%) Condición irregular (55%) Sectores de ingreso medio y medio bajo (63%) Principales factores de migración: laborales, reagrupación familiar, estudios, violencia política. Además: violencia familiar, deseo de encontrar pareja, de obtener independencia económica y familiar.

4 ¿Qué significa la feminización de la migración?
Desde 1960 hasta la actualidad, las mujeres representan el 50% de los migrantes mundiales. Estuvieron estadísticamente invisibles. La migración genera cambios en las relaciones de género y la familia. Oportunidad para romper con algunos patrones hegemónicos de la cultura patriarcal. Altamirano (2007: 52), cinco razones: a) incremento de participación en educación superior; b) oportunidades laborales, relativos al cuidado; c) mayores posibilidades de resolver situación migratoria, por el matrimonio; d) trato más benevolente en el país de destino; y e) al realizar trabajos en hogares, son más invisibles. Nueva división internacional del trabajo refuerzan los roles sociales de género y las desigualdades intra-género. Obstáculos Oferta laboral se concentra en trabajos considerados “femeninos”: empleo doméstico, limpieza, cuidado de niños/as y ancianos/as Relaciones familiares que quedan y se forman: cadenas globales de cuidado y formación de familias transnacionales Mujeres residentes Mujeres que migran Mujeres que se quedan

5 ¿Qué es el enfoque de género?
Género: construcción sociocultural de lo femenino y masculino, es decir, lo que la sociedad identifica como propio o esperado en cuanto a comportamientos, conductas, posición de hombres y mujeres. En una sociedad sexista y androcéntrica, el género define papeles distintos y diferenciados para hombres y mujeres, en los que se espera que la mujer se someta y subordine al varón. Sistema sexo/género: permite comprender y explicar el par subordinación femenina-dominación masculina, dado que deja abierta la posibilidad de revisar la relación entre mujeres y varones, mujeres-mujeres, y varones-varones, en diversos periodos históricos, contextos, teniendo en cuenta, a su vez, que la categoría género interactúa con las categorías de clase, diversidad cultural o diversidad cultural, generacional, etc. Enfoque de género: Marco teórico de análisis que facilita repensar las construcciones sociales y culturales de la distribución del poder entre mujeres y hombres y que afectan de manera directa las formas de relacionarse de las personas en todos los ámbitos. En ese sentido, es una herramienta conceptual y práctica que permite desarrollar propuestas metodológicas de estudio, con el fin de variar la forma de estas relaciones, que han derivado en discriminación, falta de equidad, poco acceso a oportunidades y al desarrollo.

6 ¿Qué es el enfoque de género?
La integración del enfoque de género en las acciones de los Estados, implica una visión inclusiva que comprende las necesidades específicas de mujeres y hombres. Sin embargo, es necesario tener en cuenta que, por la desigualdad histórica de las relaciones de poder entre ambos, se ha colocado a las mujeres en una situación de desventaja y subordinación. Por ello, es importante enfatizar en la necesidad de los Estados en asegurar la eliminación de cualquier tipo de práctica discriminatoria contra la mujer y así lograr una real igualdad. No obstante, es común que no se tomen en consideración las condiciones particulares de las mujeres migrantes al momento de tratar este fenómeno. Es más, las mujeres migrantes se ven expuestas a una situación de doble discriminación fundada en los criterios de “sexo” y “condición migratoria”. Por ello, se requiere utilizar el enfoque de género que abarque integralmente ambos criterios. De esta manera, mediante la utilización del enfoque de género, se podrán identificar los roles, la adjudicación de tareas, las características y diferencias entre hombres y mujeres a fin de atender las demandas específicas de las mujeres migrantes, y respetar y garantizar sus derechos.

7 Mujeres y Migración Instrumentos de protección de derechos de mujeres
Convención interamericana para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer (Convención Belem do Pará) Convención de todas las formas de discriminación contra la mujer Falta de previsión de mecanismos y procedimientos precisos y adecuados para ponerla en ejecución. Recursos limitados del Comité encargado de evaluar su complimiento, con lo cual se restringe sus funciones. Omisiones: violencia de género. No obstante, el Comité ha adoptado varias medidas y aprobado recomendaciones relativas a la violencia contra las mujeres en la familia y otros ámbitos, entre éstas la recomendación general 12 y la 19. Esta última insta a los Estados a tomar medidas para prevenir y erradicar el problema de la violencia contra las mujeres, identificando, aquellas secciones en las que esta cuestión es tratada implícitamente en la Convención. Violencia contra la mujer = violación de ddhh. y libertades (clase, grupo étnico, nivel de ingresos o educacional, cultural, edad o religión. Es una manifestación de relaciones de poder. VcM se infringe en ámbito privado y público. Abarca la omisión. Amplía concepción tradicional de responsabilidad del Estado: deber de garante y responsabilizarlo por la omisión. Estados deben tener en cuenta la situación de vulnerabilidad a la violencia (condición de migrante, refugiada, menor de edad, privada de libertad, entre otras). Debería haberse incluido por orientación sexual y religión, y una clausula residual para cualquier tipo de discriminación

8 Derechos trabajadoras/es domésticos migrantes
La OIT adoptó, el 16 de junio de 2011, el Convenio sobre el Trabajo Decente para las Trabajadoras y los Trabajadores Domésticos, el cual no ha entrado en vigor y, en consecuencia, no es directamente vinculante para los Estados, representa un compromiso internacional para trabajar en el mejoramiento de las condiciones de vida y trabajo de numerosas mujeres migrantes que representan un segmento importante de la fuerza laboral. Principio general: deben ser reconocidas como trabajadoras y tener el mismo derecho que otras categorías de trabajadoras, tales como: a) a la libertad de asociación y la libertad sindical y el reconocimiento efectivo del derecho de negociación colectiva; b) la eliminación de todas las formas de trabajo forzoso u obligatorio; c) la abolición efectiva del trabajo infantil; y d) la eliminación de la discriminación en materia de empleo y ocupación.

9 Protección de las mujeres refugiadas
 La Convención sobre el Estatuto de los refugiados (1951) define al refugiado. Obstáculos principales que impiden a las mujeres recibir el estatuto de refugiadas: La violencia sexual. La existencia de normas y prácticas discriminatorias. ACNUR , desde la perspectiva de género , exige considerar que las solicitudes de refugio por motivos de género pueden ser válidas conforme a la Convención: actos de violencia sexual, violencia doméstica y familiar, planificación familiar forzada, mutilación genital femenina, castigo por transgredir los valores y costumbres morales, y f. discriminación contra los homosexuales.

10 Trata y tráfico ilícito de migrantes
¿Qué es la trata? En el art. 3 del Protocolo para prevenir, reprimir y sancionar la trata de personas, especialmente mujeres y niños/as, que complementa la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional(Protocolo de Palermo) se establece su definición. Tres elementos constitutivos: Acción Captación Transporte Traslado Acogida recepción Medios Amenaza Uso de la fuerza Coacción Engaño Abuso de poder Abuso de situación de vulnerabilidad Fines Prostitución ajena Explotación sexual Trabajos forzados Esclavitud Servidumbre Extracción de órganos

11 Trata y tráfico ilícito de migrantes
¿Qué es el tráfico ilícito de migrantes? En el art. 3 del Protocolo contra el tráfico ilícito de migrantes por tierra, mar y aire, que complementa la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional se establece su definición. El tráfico de mujeres se refiere a la facilitación de la entrada ilegal de una persona en un Estado del cual dicha persona no es nacional o residente permanente con el fin de obtener, directa o indirectamente, un beneficio financiero u otro beneficio de orden material. El tráfico ilícito de migrante implica que el traslado sea consentido. No obstante, no impide que las personas objeto de tráfico sufran vulneraciones a sus derechos humanos o que se conviertan en víctimas de trata.

12 DIFERENCIAS Trata de personas Tráfico ilícito de migrantes SEMEJANZAS
Paso fronterizo ilícito Documentos ilegales Acto voluntario Producto: un servicio (entrada irregular en otro Estado) Paso fronterizo regular, ilícito/trata interna Documentos legales o ilegales + retención de documentos Coacción y Explotación repetida + movimiento restringido y controlado Producto: una persona DELITO CONTRA EL ESTADO DELITO CONTRA LOS DERECHOS HUMANOS SEMEJANZAS Negocio lucrativo Comercio con seres humanos Redes criminales

13 Obligaciones del Estado peruano
Tipificación y penalización del delito de trata de personas Ley contra la Trata de Personas y el Tráfico ilícito de migrantes tipifica el delito con una pena no menor a 8 ni mayor a 15 años. Prevé formas agravadas. Reglamento de la Ley Nº – Ley contra la trata de personas y el tráfico ilícito de migrantes, aprobado por Decreto Supremo Nº IN (Diario El Peruano de 30 noviembre de 2008) . Falta iniciativas de investigación fiscal. Otorgamiento de asistencia y protección a las víctimas del delito A través de los CEM se puede brindar asistencia legal, psicológica y social. El MIMPV debería coordinar el alojamiento transitorio. El Ministerio Público ejecuta el programa de atención y protección de víctimas y testigos.

14 Obligaciones del Estado peruano
Prevención D. S. Nº IN que constituye el Grupo de Trabajo Multisectorial Permanente contra la Trata de Personas (Diario El Peruano 20 de febrero de 2004) Plan Nacional de Acción contra la trata de personas en el Perú Validado por el Grupo Multisectorial el 3 de julio de (Pendiente de aprobación y publicación por parte del Estado peruano) Ordenanza Regional Nº GRMDD. Plan Regional contra la trata de personas Cooperación y asistencia internacional Lineamiento para la repatriación de víctimas de trata

15 Gracias


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