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PROYECTO DE ACUERDO N° 283 DE 2006 "POR MEDIO DEL CUAL SE CREA EL SUSBSISTEMA DE PLANEACION LOCAL Y PRESUPUESTACIÓN PARTICIPATIVA EN EL MUNICIPIO DE MEDELLÍN.

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1 PROYECTO DE ACUERDO N° 283 DE 2006 "POR MEDIO DEL CUAL SE CREA EL SUSBSISTEMA DE PLANEACION LOCAL Y PRESUPUESTACIÓN PARTICIPATIVA EN EL MUNICIPIO DE MEDELLÍN EN EL MARCO DEL SISTEMA DE PLANEACION, ACUERDO 043 DE 1996 Y SE MODIFICAN ALGUNOS DE SUS ARTICULOS

2 ANTECEDENTES DEL 043 La participación enmarcada en la Constitución Política Descentralización como instrumento de gestión. Ley 152 de 1994 El modelo de gestión como respuesta a la presión de los movimientos sociales

3 DEBILIDADES Y AMENAZAS No existe el carácter vinculante en las decisiones de la Planeación Se queda en la formulación del Plan de Desarrollo y no trasciende No considera los Planes Locales No genera procesos sino planes libro

4 AVANCES DEL P. ACUERDO 283 Lo importante es el proceso social Todas las comunas con Planes Locales Aporte del Plan Local a la gobernabilidad Desarrollo de capacidades por la descentralización en la gestión pública.

5 Objeto Desarrollar lo contenido en el Acuerdo Municipal 043 de 1996 (Sistema Municipal de Planeación), precisa Crear e institucionalizar el Subsistema de Planeación Local y Presupuestación Participativa. Reglamentar los Planes de Desarrollo Local y su articulación con la Presupuestación Participativa de los recursos asignados por el Municipio de Medellín a cada una de sus Comunas y Corregimientos.

6 Finalidad Ampliar mecanismos de participación ciudadana en la planeación del desarrollo de la ciudad y el control democrático de la gestión pública. Promover la participación de la población en la elaboración, seguimiento y control de la ejecución del Presupuesto General de Gastos y del Plan anual de Inversiones Públicas que se aplica a las comunas y corregimientos de Medellín, Establecer prioridades de asignación de recursos a nivel comunal y corregimental.

7 Definición El Subsistema de Planeación Local y Presupuestación Participativa es un conjunto de principios, instancias, procedimientos e instrumentos orientados al desarrollo local (Comunal y Corregimental), que hacen parte del Sistema Municipal de Planeación democrático de la gestión pública.

8 Ámbito de aplicación Las disposiciones son de obligatorio cumplimiento para el Alcalde y la Administración Municipal y son de carácter vinculante para todas las dependencias municipales centrales. Regirá en la formulación y ejecución de los planes de desarrollo local de las Comunas y Corregimientos, barrios y veredas del Municipio de Medellín.

9 Ejes de articulación al sistema Sistema Municipal de Planeación, Acuerdo 043 de 1996 Estatuto Orgánico del Presupuesto, Decreto 006 del 1998 Plan de Ordenamiento Territorial, acuerdo 046 del 2006 Formulación y ejecución del Plan de Desarrollo Municipal Plan Operativo Anual de Inversiones - POAI Planes Estratégicos o Sectoriales

10 Conformación Autoridades de planeación Instancias Instrumentos Organismos de ejecución Organismos de control

11 Instancias El Consejo Consultivo Comunal o Corregimental(CCC): encargado de aprobar los planes de desarrollo comunal o corregimental, así como las propuestas de presupuesto participativo que serán entregadas a la Administración Municipal. Conformado por: Junta Administradora Local Delegados elegidos en las Asambleas barriales o veredales. Delegados de las organizaciones sociales y comunitarias Representante de los consejos poblacionales o sectoriales de ciudad con presencia en la comuna o corregimiento. El Alcalde o su delegado. Los equipos zonales conformados por la Administración Municipal debidamente reglamentados en el decreto con voz y sin voto. Un delegado del Concejo Municipal con voz y sin voto.

12 Escenarios Asambleas de Habitantes de Barrios y Veredas: Identificar problemas y oportunidades, y elegir delegado al respectivo Consejo Consultivo Comunal o Corregimental, por cada 25 votantes en la Asamblea. Comité Municipal de Presupuesto Participativo: Espacio de concertación entre los voceros de la ciudadanía y la administración municipal para evaluar y planear la metodología del proceso. Las Asambleas Temáticas de Ciudad: Tienen un carácter indicativo y sirven de insumo para todos los ejercicios de planeación local y presupuestación participativa.

13 Insumos del subsistema Plan de Ordenamiento Territorial Resultados de las Asambleas Barriales y Veredales. Acuerdos de las Asambleas Temáticas de Ciudad Políticas sectoriales y poblacionales Información estadística y demográfica Información anualizada sobre ejecuciones presupuéstales Marco y el Plan Financiero de Mediano Plazo Planes Estratégicos Municipales, Metropolitanos y Departamentales vigentes al momento. Recomendaciones y propuestas del Comité Municipal de Presupuesto Participativo. Evaluaciones de Planes Locales y Parciales

14 Salidas o resultados Plan Comunal o Corregimental de Desarrollo Presupuesto Participativo Anual de Inversiones Comunal o Corregimental. Instrumentos e indicadores para el seguimiento, control y evaluación de estos planes. Informes de seguimiento y evaluación.

15 Control social Para lograr y velar por la transparencia del proceso, funcionarán como organismos de vigilancia y control social: Las Juntas Administradoras Locales. Las Veedurías Sociales y Cívicas existentes

16 Planes de Desarrollo Local - PDL Definición Orientar de manera articulada al Sistema Municipal de Planeación, las decisiones y acciones, programas y proyectos de las comunas y corregimientos, bajo estrategias de desarrollo humano sostenibles y sustentables. Se constituyen en un medio para sostener procesos de planificación permanente y sistemática que dinamicen el capital social, económico y humano del territorio.

17 Formulación PDL Deberán ser construidos mediante procesos de participación ciudadana debidamente organizados y reconocidos por la comunidad y por el gobierno municipal, con el propósito de darle legitimidad, definir la ruta estratégica e identificar aquellos proyectos necesarios para el desarrollo del respectivo territorio. Para la formulación de estos planes se promoverá la participación activa de la respectiva Junta Administradora Local

18 Aprobación PDL Los Planes de Desarrollo Local serán aprobados por lo menos por las dos terceras partes de los delegados del respectivo Consejo Consultivo. Los planes zonales deberán ser aprobados por la mitad más uno de los delegados de los diferentes territorios que en ellos se agrupen. La aprobación debe ser comunicada al Departamento de Planeación y a la Junta Administradora Local mediante copia del acta de la respectiva sesión del Consejo Consultivo, la cual deberá llevar la firma de los asistentes.

19 Temporalidad El alcance de dichos planes debe ser de mediano y largo plazo, correspondiéndose con los periodos de los planes de desarrollo municipal y los proyectos estratégicos de ciudad.

20 Gestión El Consejo Consultivo Comunal o Corregimental, conformará un Grupo Coordinador encargado de la gestión organizativa y financiera del mismo. Para la ejecución de los Planes Comunales y Corregimentales se contará de manera privilegiada con los recursos asignados a cada comuna o corregimiento por el presupuesto participativo. La Administración Municipal podrá asignar partidas específicas adicionales a componentes estratégicos de estos planes dentro del Plan de Desarrollo Municipal. La Administración y los Consejos Consultivos, buscarán además financiar los proyectos de estos Planes a través de recursos metropolitanos, nacionales y de cooperación internacional. Además, podrán acordar con la administración la creación de aportes provenientes de las actividades propias de cada Comuna o Corregimiento, con destinación especifica al cumplimiento de las metas y objetivos priorizados de los CCC.

21 PRESUPUESTO PARTICIPATIVO - PP Definición Es una herramienta de gestión pública democrática del presupuesto Municipal que permite a la comunidad participar y decidir en la distribución de un porcentaje del presupuesto asignado a sus respectivas Comunas y Corregimientos. Es la principal más no la única herramienta de gestión del Plan de Desarrollo Local. Es además un instrumento de formación y desarrollo de la cultura ciudadana y la democracia municipal que propende por la equidad social, la eficacia y la transparencia administrativa.

22 Formulación del PP Asignación del presupuesto anual para cada comuna y corregimiento. Realización de Asambleas de habitantes de Barrios y Veredas para informar el proceso, identificar las problemáticas principales, hacer devolución de informes de gestión y elegir las y los delegados/as al respectivo Consejo Consultivo Comunal o Corregimental. Realización de Consejos Consultivos Comunales o Corregimentales para definir los puntos centrales del diagnóstico territorial, priorizar la inversión, aprobar las iniciativas, hacer devolución de información, monitoreo y seguimiento a la ejecución. Conformación de las comisiones de trabajo temáticas responsables de la construcción de propuestas de inversión comunitaria.

23 Aprobación PP El presupuesto participativo de cada comuna o corregimiento requiere la aprobación de la mitad más uno de los integrantes del respectivo consejo consultivo comunal o corregimental, antes de ser incorporado a los actos administrativos del honorable concejo de la ciudad.

24 Temporalidad del PP Cada ejercicio de presupuesto participativo corresponde a la vigencia del POAI (Plan Operativo Anual de Inversiones) del año inmediatamente siguiente y debe estar articulado al calendario presupuestal

25 Financiación del PP Para su implementación y ejecución, la administración municipal garantizará los recursos necesarios para la operación y puesta en marcha del Programa de Planeación y Presupuestación Participativa en cada una de las Comunas y Corregimientos del municipio dentro del Plan Plurianual de Inversiones. Se Creará dentro del Presupuesto Municipal un componente denominado Presupuesto Participativo, que hará parte del Estatuto Orgánico del Presupuesto de Medellín. Este componente no será inferior al 5% del Presupuesto de Inversión Anual Municipal. El componente de Presupuesto Participativo será distribuido por comunas y corregimientos según criterios de Índice de Desarrollo Humano, Población, Índice de calidad de vida y el total de la inversión municipal en el respectivo territorio en las últimas tres vigencias, además de otros criterios fijados por la Administración, garantizando los principios de equidad social y solidaridad territorial.

26 PROCESOS OPERATIVOS DEL SUBSISTEMA Comunicación e Información: Para facilitar el acceso a la información a la ciudadanía y en especial a las diferentes instancias de Planeación y Presupuestación Participativa, la Administración Municipal creará, administrará y mantendrá actualizado un Sistema de Información Local en Línea, procurando tecnología y puntos de acceso gratis en las diferentes Comunas y Corregimientos de la ciudad. Garantizará la difusión masiva de esta información a la ciudadanía y su entrega oportuna en tiempo y forma clara y simple para el debate, la toma de decisiones y la transparencia del proceso en cada una de las instancias aquí enunciadas.

27 Monitoreo, evaluación y control Departamento Administrativo de Planeación: –Monitoreo, evaluación y control del proceso técnico y legal de la formulación, aprobación y ejecución de los Planes Comunales y Corregimentales, así como de las iniciativas y proyectos aprobados para cada vigencia mediante los Presupuestos Participativos. Secretaría de Desarrollo Social: –Monitoreo, evaluación y control de la participación ciudadana y comunitaria en este subsistema

28 Coordinación General Comite Intersectorial, (Acuerdo 043) incluyendo la Secretaría de Desarrollo Social Coordinador(a) General del Subsistema de Planeación y Presupuestación Participativa Comité de Enlace y Seguimiento Municipal del Subsistema Local de Planeación y Presupuestación Participativa, liderado por la Coordinación General del Subsistema y en el cual tendrán asiento cada una de las dependencias del Municipio de Medellín. Equipos Zonales de Planeación, Gestión y Presupuestación Participativa creados mediante Decreto 517 de 2005 en los términos que el mismo los formula y que el presente acuerdo incorpora.


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