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Dirección de Registros y Controles.

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Presentación del tema: "Dirección de Registros y Controles."— Transcripción de la presentación:

1 Dirección de Registros y Controles.
Reglamento Centroamericano. Alimentos procesados. Aditivos alimentarios. Licda. Jennifer Lee Dirección de Registros y Controles. Ministerio de Salud

2 Reglamento de aditivos
¿Por qué la necesidad de hacer una tabla y no solo una referencia? La definición de aditivos del FDA difiere de la del Codex, el FDA incluye, ingredientes, coadyuvantes de proceso y otros. Los aditivos son nombrados en diferentes formas por el Codex, el FDA y la UE. Las cantidades permitidas y las categorías de alimentos en las que se permite, no siempre coinciden entre las tres entidades. Nuestra legislación exige la publicación completa de la normativa, por lo tanto si se hace referencia debe publicarse estos listados. La norma y la base de datos del codex sólo incluyen los aditivos para los cuales tiene disposiciones y no todos aquellos aprobados por JECFA.

3 Reglamento de aditivos
El listado que del CFR en sus secciones no es exhaustiva. Sino que está dispersa por todos los capítulos de alimentos del título 21. Bromato de Potasio Sec autorizado para el proceso del malteado de la cebada. 75 mg/kg. Sec (14)(i) panes, rollos y bollos 75 mg/kg. Fosfato de sodio Sec BPM (cualquier categoría de alimentos) Sec (b) huevos congelados 0.5%. En la UE, los aditivos están dispuestos en varias resoluciones.

4 Reglamento de aditivos
El listado permite: contener en un solo documento la información, uniformar los productos considerados como aditivos, según la definición del codex. simplificar la identificación de los aditivos al usar el SIN, homologar las cantidades permitidas en las diferentes categorías de alimentos. Incluir los aditivos que están aprobados por FDA y UE. Sin necesidad de acudir a otros documentos difíciles de entender. Obedecer a las recomendaciones dada por las autoridades internacionales.(OMS).

5 Reglamento de aditivos
Adicionalmente incluye Mecanismos de inclusión automática para todo aditivo aprobado por JECFA, Codex, FDA o UE. Mecanismos extraordinarios de inclusión de aquellos aditivos no aprobados por estos entes. Cualquier cambio en la clase funcional del aditivo es aprobada automáticamente. El listado no incluye los compuestos aromatizantes los cuales son referidos a FEMA.

6 No categoría de alimentos Categoría de alimentos
Ejemplo tabla 1 ACEITE DE CASTOR- INS: 1503 Función: Antiaglutinantes, vehículo para solventes, agente de glaseado, agente de liberación No categoría de alimentos Categoría de alimentos Nivel máximo Observaciones 05.1 Productos de cacao y chocolate, incluidos los productos de imitación y los sucedáneos del chocolate BPM 05.1.4 Productos de cacao y chocolate 350 mg/kg 05.2 Dulces distintos de los indicados en las categorías de alimentos 05.1, 05.3 y 05.4, incluidos los caramelos duros y blandos, los turrones etc. 500 mg/kg 05.3 Goma de mascar 2100 mg/kg 05.4 Decoraciones (p.ej., para productos de pastelería fina), revestimientos (que no sean de fruta) y salsas dulces 2000 mg/kg 13.6 Complementos alimenticios 1000 mg/kg 14.1.4 Bebidas a base de agua aromatizada, incluidas las bebidas para deportistas, bebidas electrolíticas y bebidas con partículas añadidas

7 Ejemplo tabla 2 Categoría de Alimentos No. 01.0
Productos lácteos y productos similares, excluidos los productos de la categoría 02.0 Aditivo INS Nivel Máximo Aceptado Comentarios NISINA 234 500 mg/kg Nota 28 Categoría de Alimentos No. 01.1 bebidas lácteas Aditivo INS Nivel Máximo Aceptado Comentarios TOCOFEROLES 306, 307 200 mg/kg Categoría de Alimentos No suero de mantequilla (simple) Aditivo INS Nivel Máximo Aceptado Comentarios AGAR 406 4000 mg/kg ANHIDRIDO CARBÓNICO 290 BPM Nota 59 GOMA GELAN 418 GOMA GUAR 412 6000 mg/kg GOMA DE KARAYA 416 200 mg/kg

8 Ejemplo tabla 3 1420 Acetato de almidón 264 Acetato de Amónio 263
INS ADITIVO 1420 Acetato de almidón 264 Acetato de Amónio 263 Acetato de calcio 262i Acetato sódico 261 Acetatos de potasio 260 Ácido acético, glacial 400 Ácido algínico

9 ANEXO A LA TABLA III Categorías de alimentos o productos alimenticios excluidos de las condiciones generales de la Tabla III El uso de los aditivos de la tabla III en los siguientes alimentos está sujeto a las disposiciones de las Tablas I y II. N° Cat. alim. Categoría de alimento Leche y suero de mantequilla (naturales) Productos lácteos fermentados y cuajados (naturales), excluida la categoría de alimentos (bebidas lácteas) Nata (crema) pasteurizada (natural) Natas (cremas) esterilizadas y UHT, natas (cremas) para batir o batidas y natas (cremas) de contenido de grasa reducido (naturales) Queso de suero Queso de proteínas del suero Suero en polvo y productos a base de suero en polvo, excluidos los quesos de suero Grasas y aceites prácticamente exentos de agua Mantequilla (manteca) y mantequilla (manteca) concentrada


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