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MODIFICACION SUSTANCIAL CONDICIONES DE TRABAJO

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Presentación del tema: "MODIFICACION SUSTANCIAL CONDICIONES DE TRABAJO"— Transcripción de la presentación:

1 MODIFICACION SUSTANCIAL CONDICIONES DE TRABAJO
Arts. 41 y 40 ET Magdalena Nogueira Guastavino

2 Modificación sustancial (41 ET)
Ampliación poderes empresario (L. 11/94) Eliminación autorización administrativa Sustitución por control judicial ex post Causal: Económica, organizativa, tecnológica o de producción y además que la medida empresarial contribuya: A prevenir una evolución negativa de la empresa A mejorar la situación de la empresa (más adecuada organización de recursos, favorezca posición competitiva en el mercado o una mejor respuesta a la demanda: No necesario crisis (Vid 50 y 51 ET) Basta medida no sea irrazonable (TS ) MNG 2011

3 Condiciones afectadas:
Lista ejemplificativa no cerrada Jornada (cantidad horas anuales), horario y distribución del tiempo de trabajo, régimen trabajo a turnos, sistema de remuneración, sistema de trabajo y rendimiento y funciones cuando excedan los límites de la movilidad funcional del 39 ET (traspase categorías equivalentes o supere grupo más allá tiempo imprescindible o fijado) No cabe: a) Modificación de la naturaleza relación (especial/ordinaria), b) ni T.completo a parcial (12.4.e ET voluntariedad), c) la reducción temporal de jornada: trámites de suspensión ERE, d) traslados por 40 ET Sustancialidad: Entidad del cambio el empresario ex 20 ET puede realizar cambios no sustanciales salvo que 41 u otro precepto lo impida (TS ) MNG 2011

4 Procedimiento modificación:
Depende del ORIGEN o FUENTE donde se contenga la condición que se quiere modificar Procedimiento individual (condiciones disfrutadas a título individual ) Procedimiento colectivo (condiciones reconocidas a T por acuerdo o pacto colectivo o decisión unilateral del empleador con efectos colectivos). Excepción: a) horario y funciones + b) que afecten en un periodo temporal a menos de un número de trabajadores Procedimiento modificación convenio colectivo estatutario T. III ET: acuerdo de empresa o arbitraje de alcance temporal. Límite: la jornada establecida en el convenio de sector (ahora sí funciones). Empresa: todas condiciones. MNG 2011

5 Origen y Procedimiento
Individuales Plurales Colectivas CCT ET Origen: CT/C+B indiv Cualquiera que sea nº afectados Condición: Todas lista Pcto: Preaviso min 30 días (T y RT): Razones, Condición, Alcance, Fecha efectividad Colectivo (NO T.III ET) Horario/Funciones* + afectación numérica: en periodo de 90d: <10 T - E<100 <10% T – E 100-<300 30 T- E 300 o + Individual <=nºT Colectivo >nºT >sin pcto colectivo: fraude y nulidad del exceso si x misma causa -Acuerdo CCT extr. -Decisión unilateral efecto colectivo (en masa) -Resto condiciones -*H/F afectación umbral superior por misma causa Pcto: Colectivo Consultas RT = <15d Acuerdo (87ET) o laudo arbitral No acuerdo: Unilateral Notif. T Ausencia RT: 3 comision ad hoc o sindicatos repres. CCT TIII : estatutario NO: J sectorial SI: Resto y todas en empresarial Pcto: acuerdo de empresa NUNCA decisión individual Origen y Procedimiento *en esquemas mercader: CCT estatutario todas condiciones: acuerdo de empresa y solo F/J necesidad CCT estatutario- SB TS no cabe en F/J MNG 2011

6 Procedimiento: Modif. Colectivas
Impugnación judicial conflicto colectivo 151 LPL Período de consultas con RT <= 15 días: Buena fe con vistas acuerdo: Causas motivadoras; Posibilidad de evitar o reducir sus efectos/ Atenuar consecuencias para los trabajadores afectados. Acuerdo: mayoría de RT (RUT o SS mayoría RU). No acuerdo: Empresario notificará a los trabajadores su decisión Decisión empresarial lleva a efecto a los 30 días Acción colectiva; conflicto colectivo interrumpe acc. Individuales Acciones individuales (con/sin acuerdo): las anteriores: Aceptar Impugnar Extinguir Modificación de condiciones colectivas (no cabe individuales) en caso de concurso (57 bis ET y 64.2 LC**): Expediente ante Juez Mercantil (instado por RT, deudor o administración concursal). Periodo de consultas (15d máximo <50 T; 30 d resto). Juez resuelve en Auto: 1. Acepta si acuerdo, 2. No si fraude, abuso de derecho, dolo o coacción; 3. lo que proceda “de acuerdo con la ley laboral” es decir aplica 41 ET Modificación de CCT estatutario en concurso: 65 LC: rige por 41 ET **RDL 3/2009: 64.1 [antes: una vez presentada la solicitud de concurso ante el Juez mercantil] ahora: “una vez declarado el concurso”; 64.3 la adopción de las medidas (modif) solo puede solicitarse del juez del concurso tras emisión informe por administración concursal salvo que se estime que la demora en la aplicación pueda comprometer gravemente la viabilidad de la empresa y añade “del empleo o causar perjuicios a los trabajadores” MNG 2011

7 Vías de reacción Aceptar modificación Extinción: Impugnar la medida:
1. Perjuicio simple probado [41.3 ET] H/J/Turnos El trabajador RESUELVE con indemnización: 20d/9m 2. Perjuicio grave [50.1.a) ET] Cualquier condición afecte: Dig/formac/promoc El trabajador SOLICITA JUDICIALMENTE indem: 45d/42m Impugnar la medida: 1.Individual: 138 LPL (20 dias caducidad) 1. Justificada (aceptación o resolución) 2. Injustificada: reposición: irregular/negativa: 50.1.c) 45d/42m 3. Nula: cuando fraude e ley: eludir pcto colectivo 2.Colectiva: RT Conflicto colectivo (paraliza individual) Extinción en concurso: (*si modificación colectiva: suspende la modificación 12m desde Auto autoriza modificación en E. concurso: 57 bis ET y 64 LC) MNG 2011

8 TRASLADOS Traslado a centro distinto misma empresa: cambio residencia habitual. De T con lugar estable: no hayan sido contratados específicamente para prestar servicios en empresas con centros de trabajo móviles o itinerantes (espectáculo/transporte) Causal: Que exija cambios de residencia requerirá la existencia de razones económicas, técnicas, organizativas o de producción que lo justifiquen, o bien contrataciones referidas a la actividad empresarial: Se entenderá que concurren: cuando la adopción de las medidas propuestas contribuya a mejorar la situación de la empresa a través de una más adecuada organización de sus recursos que favorezca su posición competitiva en el mercado o una mejor respuesta a las exigencias de la demanda. Forma: notificada al trabajador y RT antelación de 30 días fecha efectividad. Procedimiento: Lo determina el Número de Trabajadores Individual/Plural: Colectivo - Cierre total Centro<5T - Traslado parcial: < umbral legal Cierre total de centro >5T Traslado parcial > umbral 40.2ET MNG 2011

9 Procedimiento COLECTIVO
Cierre total de centro >5T Traslado parcial > umbral 40.2ET Periodo de consultas con RT (o comisión ad hoc o sindical representativa) no >15 d: causas motivadoras, posibilidad de evitar o reducir sus efectos y medidas necesarias para atenuar sus consecuencias para los trabajadores afectados Apertura del período de consultas y las posiciones de las partes tras su conclusión deberán ser notificadas a la autoridad laboral para su conocimiento. Negociación Buena fe con vistas a la consecución de un acuerdo. Acuerdo (o laudo): conformidad de la mayoría CE/DP o SS >representen.. Notificac. T No acuerdo: unilateral notif. T Autoridad administrativa a la vista de posiciones de las partes puede alargar el plazo de incorporación (en ningún caso >6 meses) MNG 2011

10 Extinción 20d/12 m (Concurso: 64.9 LC suspensión 12 m)
Procedimiento individual y acciones en caso de Traslado colectivo: empresario notificará a los trabajadores y RT. su decisión 30 días antelación Aceptación traslado (notificado 30 días antes) Gastos propios y familiares a su cargo: CCT/CT Reagrupación “cónyuges” de misma empresa si hubiera puesto de trabajo (40.3ET) Prioridad permanencia RT Violencia género (40.3bis) desplazamiento máximo 6 meses reserva puesto: después opción. Extinción 20d/12 m (Concurso: 64.9 LC suspensión 12 m) Impugnación (plazo 20 d desde notificación) St declara injustificado: reposición: no reposición o irregular reposición: 50.1.a ET (45 d/42 m) MNG 2011


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