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Algunas Implicaciones

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Presentación del tema: "Algunas Implicaciones"— Transcripción de la presentación:

1 Algunas Implicaciones
Documento CONPES 3241 Algunas Implicaciones Noviembre 7 de 2003 Empresa de Energía de Cundinamarca S.A. ESP Libertad y Orden 1

2 Empresa de Energía de Cundinamarca S.A. ESP
O B J E T I V O Identificar los principales efectos económicos financieros de la aplicación de los LINEAMIENTOS DE POLITICA PARA LAS EMPRESAS OFICIALES DISTRIBUIDORAS DE ENERGIA ELECTRICA. Realizar un ejercicio de viabilidad financiera y de creación de valor al interior de la EEC S.A. ESP. Empresa de Energía de Cundinamarca S.A. ESP Libertad y Orden 2

3 Empresa de Energía de Cundinamarca S.A. ESP
M A R C O T E O R I C O DOCUMENTO CONPES 3241 Antecedentes Regulación de los cargos por uso Resolución CREG 099/97. Diciembre 31 de 2002 Resoluciones CREG 013 (WACC 9% al 16.06) y 046 de 2002. Ante incrementos esperados el Gobierno Nacional expidió el decreto 1407 de 2002, CREG debería establecer una transición entre los 2 periodos tarifarios objeto de que usuarios no se vieran sometidos a un aumento súbito en las tarifas. Empresa de Energía de Cundinamarca S.A. ESP Libertad y Orden 3

4 Empresa de Energía de Cundinamarca S.A. ESP
Transición tarifaria no puede significar para las empresas un mayor ingreso neto. Resolución CREG 082/2002, principios generales y metodología de cargos por uso, Art. 17 aumento real superior al 15%, deberá proponer un periodo de transición uniforme y gradual para alcanzar el nuevo cargo. (12 – 30 meses). Resolución CREG 032/2003, segunda etapa de transición compensará los mayores ingresos recibidos y los menores ingresos dejados de recibir. Leyes 142 y 143 de 1994, el cual promueve la libre competencia en las actividades del sector eléctrico, la ley 142 dispuso que las entidades estatales prestadoras de servicios públicos se rigieran por las REGLAS DE DERECHO PRIVADO. Empresa de Energía de Cundinamarca S.A. ESP Libertad y Orden 4

5 PLAN DE ACCION Y ESTRATEGIAS A SEGUIR
CONPES 3241 Objeto de amortiguar el impacto de los incrementos. Considerando que la reglamentación vigente establece que las empresas podrán aplicar cargos inferiores a los que les sean establecidos para el actual periodo tarifario mediante resolución siempre y cuando cumplan con los criterios tarifarios de Ley: EFICIENCIA ECONOMICA, NEUTRALIDAD, SOLIDARIDAD, REDISTRIBUCIOIN DEL INGRESO, SUFICIENCIA ECONOMICA, TRANSPARENCIA Y SIMPLICIDAD. Empresa de Energía de Cundinamarca S.A. ESP Libertad y Orden 5

6 Empresa de Energía de Cundinamarca S.A. ESP
Las empresas oficiales distribuidoras de energía eléctrica aplicarán: ESTRATEGIA 1: Cargos aprobados presenten alzas mayores al 10% las Juntas Directivas podrán proponer que la transición tarifaria se ejecute en un periodo de hasta 30 meses, hasta alcanzar los cargos aprobados pero sin compensar los menores ingresos, ESTA POLITICA SE ESTABLECERA SIEMPRE Y CUANDO NO SE PONGA EN RIESGO LA VIABILIDAD FINANCIERA DE LA EMPRESA DISTRIBUIDORA, NI SE DESCONOZCAN LAS DISPOSICIONES DE LA LEY 142 SOBRE PRACTICAS DISCRIMINATORIAS, ABUSIVAS O RESTRICTIVAS. Aprobar un esquema de sendas teniendo en cuenta un incremento máximo del CU del 0.8% mensual. Empresa de Energía de Cundinamarca S.A. ESP Libertad y Orden 6

7 Empresa de Energía de Cundinamarca S.A. ESP
ESTRATEGIA 2: Los ingresos adicionales por incrementos del cargo se deberán destinar prioritariamente a la reposición de la infraestructura y a financiar planes de reducción de pérdidas técnicas en los STRs y SDLs. ESTRATEGIA 3: Aquellos casos en que el nivel de remuneración a Julio 31 de 2003, compense de manera adecuada las inversiones, mantengan un ingreso que permita la solvencia financiera de la empresa y asegure el cumplimiento de los principios tarifarios establecidos en la normatividad vigente, las empresas podrán mantener dicho nivel de pérdidas. Empresa de Energía de Cundinamarca S.A. ESP Libertad y Orden 7

8 COSTO DE REPOSICION DE ACTIVOS
Empresa de Energía de Cundinamarca S.A. ESP Libertad y Orden 8

9 ANUALIDAD RECONOCIDA PARA REPOSICION DE ACTIVOS ELECTRICOS
Empresa de Energía de Cundinamarca S.A. ESP Libertad y Orden 9

10 VALORES RECONOCIDOS ACTIVOS NO ELECTRICOS Y AOM
Empresa de Energía de Cundinamarca S.A. ESP Libertad y Orden 10

11 Empresa de Energía de Cundinamarca S.A. ESP
COSTOS TOTALES RECONOCIDOS POR REPOSICION ACTIVOS, ACTIVOS NO ELECTRICOS Y AOM Empresa de Energía de Cundinamarca S.A. ESP Libertad y Orden 11

12 Empresa de Energía de Cundinamarca S.A. ESP
Libertad y Orden 12

13 Empresa de Energía de Cundinamarca S.A. ESP
EFECTO EN LA VIABILIDAD FINANCIERA DE LA APLICACIÓN DE LA RESOLUCION CREG 041/2003 Empresa de Energía de Cundinamarca S.A. ESP Libertad y Orden 13

14 EFECTO EN LA VIABILIDAD FINANCIERA APLICACIÓN CONPES 3241
Empresa de Energía de Cundinamarca S.A. ESP Libertad y Orden 14

15 EFECTO EN LA VIABILIDAD FINANCIERA PROPUESTA EEC
Empresa de Energía de Cundinamarca S.A. ESP Libertad y Orden 15

16 EFECTO EN LA VIABILIDAD FINANCIERA PROPUESTA EEC
Empresa de Energía de Cundinamarca S.A. ESP Libertad y Orden 16

17 EFECTO EN LA VIABILIDAD EMPRESARIAL
Empresa de Energía de Cundinamarca S.A. ESP Libertad y Orden 17

18 EFECTO EN LA VIABILIDAD EMPRESARIAL PERDIDAS REALES DEL SISTEMA
Empresa de Energía de Cundinamarca S.A. ESP Libertad y Orden 18

19 Empresa de Energía de Cundinamarca S.A. ESP
CONCLUSIONES La EEC al aplicar la estrategia del CONPES 3241, ve en riesgo su viabilidad financiera ya que los ingresos aprobados bajo la metodología de cálculo de los cargos no logran recuperar los costos de la EEC S.A. ESP, al cumplir la política CONPES se afectaría entre el 20% y 30% de los activos y se pondría en riesgo la reposición de estos activos. Al aplicar el documento CONPES no se tendrían los ingresos suficientes para dar cumplimiento al presento regulatorio de Reposición de activos de las actividades de AOM. Empresa de Energía de Cundinamarca S.A. ESP Libertad y Orden 19

20 Empresa de Energía de Cundinamarca S.A. ESP
CONCLUSIONES Cumplir la Ley en especial el artículo 34 Ley 142 “ PROHIBICION DE PRACTICAS DISCRIMINATORIAS, ABUSIVAS O RESTRICTIVAS” Efecto de generar competencia desleal o de restringir en forma indebida la competencia. Cobro de tarifas que no cubra los gastos de operación del servicio. Prestación gratuita o a precios o tarifas inferiores al costo, de servicios adicionales a los contempla la tarifa. La EEC propone que se alcance los cargos eficientes aprobados por el regulador y no se compensen los menores ingresos, para no cobrar un precio inferior a los gastos y costos eficientes definidos. (Ingreso = Costo y Gastos Eficiente) Empresa de Energía de Cundinamarca S.A. ESP Libertad y Orden 20

21 Empresa de Energía de Cundinamarca S.A. ESP
CONCLUSIONES Los mayores ingresos recibidos de acuerdo a la nueva metodología de cálculo deberán ser evaluado de acuerdo a las particularidades propias de cada una de la empresas, en el caso de la EEC se propone la siguiente jerarquía en su utilización: Disminuir la estructura de personal para llegar a los niveles de AOM reconocidos con la nueva metodología de cálculo, así como las actividades posibles de tercerización para obtener la eficiencia exigida en el AOM reconocido. Invertir en la reposición de activos y configuración del sistema eléctrico. Programa de reducción de pérdidas Empresa de Energía de Cundinamarca S.A. ESP Libertad y Orden 21


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