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LOMCE Anteproyecto 25/09/12 y la privatización de la educación pública

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Presentación del tema: "LOMCE Anteproyecto 25/09/12 y la privatización de la educación pública"— Transcripción de la presentación:

1 LOMCE Anteproyecto 25/09/12 y la privatización de la educación pública
Marea Verde Aragón - Asamblea de Docentes por la Educación Pública

2 1. Análisis del anteproyecto LOMCE y Modificaciones a la LOE 2006
2. Mercantilización en la LOMCE: La educación como producto de mercado

3 LA EDUCACIÓN SEGÚN LA LOMCE (Preámbulo I)
“La educación es el motor que promueve la competitividad de la economía y el nivel de prosperidad de un país. El nivel educativo de un país determina su capacidad de competir con éxito en la arena internacional y de afrontar los desafíos que se planteen en el futuro.” La definición que se hace de educación es mercantilista y utilitarista. Se entiende como un factor dependiente de los procesos económicos y que debe enfocarse Solo observando los resultados. Aquí subyace que abandonamos la educación y el crecimiento de la persona y apostamos por la productividad y los resultados mercantiles.

4 LA EDUCACIÓN SEGÚN LA LOMCE (Preámbulo I)
“Mejorar el nivel educativo de los ciudadanos… (…) representa una apuesta por el crecimiento económico y por conseguir ventajas competitivas en el mercado global. Siendo la educación una fuente de ventajas materiales y simbólicas para los individuos, ventajas tanto mayores cuanto más avance cada uno en ese proceso y mejores resultados obtenga en él.” En la propia definición y en las afirmaciones posteriores se aprecia la educación como un marco de competición entre individuos. Según esto, nuestros alumnos e hijos son ante todo mercancía.

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6 PRINCIPALES OBJETIVOS DE ESTA LEY:
a) Flexibilización de las trayectorias. b) Implantación de pruebas de evaluación a nivel nacional en puntos críticos de cada etapa educativa. c) Racionalización la oferta educativa, reforzando en todas las etapas el aprendizaje de materias instrumentales. d) Fomentar la autonomía de centros Esta claro el qué, pero.. ¿y el cómo?

7 PRINCIPALES OBJETIVOS DE ESTA LEY:
Flexibilización de las trayectorias. Se va a utilizar para segregar a los alumnos. Más adelante se verá cómo los alumnos que opten por“enseñanzas aplicadas” (FP) no obtendrán su Graduado Escolar. Hasta ahora sí lo obtienen.

8 PRINCIPALES OBJETIVOS DE ESTA LEY:
b) Implantación de pruebas de evaluación a nivel nacional en puntos críticos de cada etapa educativa. Se utiliza para poner obstáculos a los alumnos, fomentar la competencia desigual entre centros y zonas geográficas con diferente renta cuando se eliminan profesores y ayudas y se suben tasas. Las pruebas de diagnóstico se pueden emplear para incorporar medidas educativas donde haya problemas, pero el enfoque es de castigo a quien no cumpla el objetivo. El castigo incluye la retirada de recursos del centro: en este sentido se emplea en varias ocasiones la expresión “rendición de cuentas”.

9 PRINCIPALES OBJETIVOS DE ESTA LEY:
c) Racionalización la oferta educativa, reforzando en todas las etapas el aprendizaje de materias instrumentales. Con el aumento de la ratio y la eliminación de desdobles, precisamente en esas materias instrumentales (Lengua y Matemáticas) en realidad lo que se pretende es por un lado eliminar las asignaturas más creativas (música, artes plásticas) y enfocar el estudio a la superación de pruebas externas que sólo valoran estas materias, como PISA. No olvidemos que preparar una prueba no es lo mismo que aprender.

10 PRINCIPALES OBJETIVOS DE ESTA LEY:
d) Aumento de la autonomía de los centros, fomento de su especialización y exigencia de la rendición de cuentas. La autonomía de los centros y la rendición de cuentas hacen referencia a la competencia abierta entre centros, entendidos como empresas, que lucharán por tener los mejores alumnos para no perder los recursos de la Administración que de este modo, eliminando parte de la financiación, hará rendir cuentas a los centros. Este modelo ya funciona en Inglaterra, que no es un ejemplo ni de resultados académicos en el sistema educativo de masas, ni de convivencia pacífica.

11 EDUCACIÓN INFANTIL “La educación Infantil no es educación,
creo que es básicamente de conciliación familiar” J.I. Wert

12 EDUCACIÓN INFANTIL proyecto NETQ6
Con esta iniciativa se pretende encauzar esta primera toma de contacto con el entorno escolar para explorar diferentes herramientas educativas de cara a, por ejemplo, disminuir la tasa de fracaso escolar, intercambiando experiencias educativas y obteniendo con ello conclusiones que permitan, en conjunto, mejorar la metodología en la enseñanza de la etapa no obligatoria. El proyecto NETQ6, que tiene prevista una duración inicial de tres años, pretende formar una red de intercambio y colaboración entre sus miembros integrantes de tal manera que se enriquezca el sistema educativo y se establezca una base sólida desde la etapa educativa inicial hasta los seis años. Dolores Serrat, la Consejera de Educación, universidad, Cultura y Deporte del gobierno de Aragón, se muestra muy positiva ante esta iniciativa ya que afirma que la fase de preescolar “es la base de todo el sistema educativo”. ¿¿¿¿¿??????? El proyecto, que ya está en marcha, será financiado por la Comisión Europea por un importe de euros, lo que supone un 75% de su coste total, euros. Una iniciativa de cara a dotar de más peso y reconocer la importancia de la educación a edad temprana cuyos resultados veremos en unos pocos años. Los socios de esta iniciativa son Universidades de la Unión Europea (Alemania, Italia, Reino Unido, Turquía, Polonia, Rumanía), y en representación de Aragón la empresa MT Servicios Educativos, promotora de proyectos y métodos educativos de reconocimiento internacional. Peligro de que participen entidades comerciales y privadas en Ed. Infantil, ya que no es enseñanza obligatoria (externalización y privatización de guarderías y escuelas infantiles públicas que se extienda a las aulas del 2º ciclo de ed. Infantil?

13 Educación Infantil “La Educación Primaria, la Educación Secundaria Obligatoria y los ciclos de Formación Profesional Básica constituyen la educación básica.” Para que quede claro que cualquier otro proceso educativo fuera de las etapas y trayectorias citadas, puede ser de pago pues la Constitución solo asegura la gratuidad en la Educación Básica. Esto afecta al primer y segundo ciclo de Educación Infantil, a Bachillerato, a los Grados Medio y Superior de Formación Profesional, Régimen Especial (EOI, Escuelas de Arte, Artes Escénicas) y la universidad. Por supuesto cualquier necesidad educativa, sea artística o por discapacidad queda fuera de la obligación de las Administraciones (P.T., AL. Estimulación ,apoyos y refuerzos, proyectos de innovación…)

14 ED. INFANTIL Estructura, Evaluación y Currículo
Eliminación de la estructura por ciclos y estructuración de la etapa por cursos (Art 18.1) La desaparición de los ciclos impide considerar los diferentes ritmos de aprendizaje e introducir medidas de corrección, apoyo y refuerzo durante el mismo. La mayor rigidez en el logro de los objetivos educativos perjudica al alumnado que necesita más apoyo. Se disminuyen los apoyos y no se respetan los ritmos de desarrollo y maduración de cada Se establece una clasificación desde edades muy tempranas que «canaliza al alumnado» (Preámbulo I)

15 ED. PRIMARIA Estructura, Evaluación y Currículo
Eliminación de la estructura por ciclos y estructuración de la etapa por cursos (Art 18.1) Evaluaciones estandarizadas a todo el alumnado Al finalizar 3º, prueba nacional definida por el Gobierno (Art 20) En 3º, incluye sólo comunicación lingüística y matemática y puede determinar la repetición de curso (Art 20.3) Al finalizar 6º, prueba nacional definida por el Gobierno (Art 21) El resultado de las pruebas se incluirá en un informe personal (Art 21) Se trata de la primera “reválida”. Aunque no tendrá carácter eliminatorio, sí constará en el expediente del alumno y puede marcar su itinerario académico futuro.

16 ED. PRIMARIA Estructura, Evaluación y Currículo
Modificaciones curriculares (Art 18.2) El área del conocimiento del medio natural, social y cultural se divide en Ciencias de la Naturaleza y Ciencias Sociales (menos peso del conocimiento del entorno propio y mas acumulación de datos geograficos y físicos de España??) Se elimina Educación para la Ciudadanía ¿Y que se queda? Con los resultados se «comprobará (…) la viabilidad del tránsito de alumno por secundaria» (Art 21.1) Se establece una clasificación desde edades muy tempranas que «canaliza al alumnado» (Preámbulo I)

17 SECUNDARIA OBLIGATORIA Estructura
UNIVERSIDAD FP SUPERIOR BACH Prueba Final Título Prueba Admisión FP Sup FP medio ESO Ciclo General 13-15 años ESO Curso Iniciación 16 años FP Básica “Técnico profesional básico” Prueba Admisión FP Med 4º aplicadas 4º académicas Programa de mejora Certificado Estudios si pasa a FPB Prueba de nivel y Certificado Estudios Enseñanzas académicas aplicadas Prueba final (de modalidad) TÍTULO MERCADO LABORAL «La lógica de la reforma se basa en la evolución hacia un sistema capaz de canalizar a los estudiantes hacia las trayectorias más adecuadas (…) y, éstas, se conviertan en rutas que faciliten la empleabilidad» (Preámbulo) El concepto de “diversidad” en la LOMCE equivale a segregación (trayectorias) y creación de mano de obra barata (empleabilidad) Las personas sólo tienen valor en función de su utilidad para el sistema productivo. Para ello, se establecen 3 itinerarios diferenciados a lo largo de la etapa secundaria con claro carácter segregador. Estos itinerarios conducen a títulos diferentes. Se obstaculiza el acceso a las diversas enseñanzas postobligatorias.

18 SECUNDARIA OBLIGATORIA Estructura
«La lógica de la reforma se basa en la evolución hacia un sistema capaz de canalizar a los estudiantes hacia las trayectorias más adecuadas (…) y, éstas, se conviertan en rutas que faciliten la empleabilidad» (Preámbulo)

19 SECUNDARIA OBLIGATORIA Estructura
Reestructuración de la secundaria obligatoria 1º y 2º ESO se mantienen como cursos comunes a todo el alumnado (Art 24) 3º ESO inicia dos vías denominadas «modalidades de enseñanzas académicas y aplicadas», a través de la elección entre dos opciones en matemáticas y una materia de modalidad (24.bis.1) A partir de 3º ESO, y “excepcionalmente” al finalizar 2º, se puede derivar a la Formación Profesional Básica (1º y 2º) (Dis. Trans. 1ª.5), que no conduce a la titulación de Graduado en ESO (Art 28.8, 30 y 41.1) 4º ESO se subdivide en dos modalidades (Art 25): Opción de enseñanzas académicas para la iniciación al Bachillerato Opción de enseñanzas aplicadas para la iniciación a la Formación Profesional

20 En la práctica, los itinerarios aparecen a partir de 2º de ESO
En la práctica, los itinerarios aparecen a partir de 2º de ESO. La clasificación temprana perjudica al alumnado en peores condiciones socioeconómicas. El carácter segregador pretende acabar con la concepción de la educación pública como compensadora de desigualdades sociales. El concepto de “diversidad” en la LOMCE equivale a segregación (trayectorias) y creación de mano de obra barata (empleabilidad) Las personas sólo tienen valor en función de su utilidad para el sistema productivo. Para ello, se establecen 3 itinerarios diferenciados a lo largo de la etapa secundaria con claro carácter segregador. Estos itinerarios conducen a títulos diferentes. Se obstaculiza el acceso a las diversas enseñanzas postobligatorias.

21 SECUNDARIA OBLIGATORIA
La Formación Profesional Básica será el camino que tomen los alumnos de 15 años que no continúen hacia el bachillerato (que contará cada vez con menos plazas y con probabilidad muy alta será de pago en breve). La FPB no proporciona al alumno el Graduado Escolar, algo que sí ocurría con los Programas de Cualificación Profesional Inicial (PCPI). Es extraño el camino para solucionar el abandono escolar. En cuanto a adelantar la edad de elección entre una vía académica y otra profesional, es algo sabido que provoca que aquellos alumnos de ámbitos de renta más baja se inclinen antes por la vía profesional. Además esta FPB se desarrollará en el mismo centro, en el año de 4º de la ESO y se teme que cree en los alumnos el efecto negativo de verse a sí mismos como menos capacitados. La diferencia entre unos y otros será algunas asignaturas en el mismo centro, como puede comprobarse en el propio texto del anteproyecto, con lo cual se pone en duda la finalidad formadora de la FPB.

22 SECUNDARIA OBLIGATORIA Evaluación y Promoción
Se introducen los llamados Programas de Mejora del aprendizaje y el rendimiento a partir de 1º ESO (Art 27) Al finalizar el primer ciclo (3º ESO), prueba a todo el alumnado (excepto el derivado a la FP Básica desde 2º) (Art 28.9) ¿Serán estos los primeros planes que se externalicen o privaticen ? Esta prueba, definida desde las Administraciones, profundizará en la derivación de un determinado alumnado y podría obstaculizar su libre elección. La derivación previa a la FPB maquillará los resultados del sistema y es la premisa para cumplir los objetivos de la ley («mejora de los resultados en las pruebas de internacionales» y «reducción de la tasa de abandono» -Preámbulo III-) LA LOMCE UTILIZA LA SEGREGRACIÓN PARA CUMPLIR SUS OBJETIVOS PROPAGANDÍSTICOS DE “CALIDAD”

23 EVALUACION Se suprime el punto 2 del artículo 140.
Lo suprimido (que se reproduce abajo) impedía que las evaluaciones externas sirvieran para hacer clasificaciones de alumnos y centros en listados públicos para evitar un uso pernicioso para el proceso educativo.

24 EVALUACION Se suprime el punto 2 del artículo 140.
Lo suprimido (que se reproduce abajo) impedía que las evaluaciones externas sirvieran para hacer clasificaciones de alumnos y centros en listados públicos para evitar un uso pernicioso para elproceso educativo.

25 EVALUACION En el marco de sus respectivas competencias, corresponde a las Administraciones educativas desarrollar y controlar las evaluaciones de diagnóstico en las que participen los centros de ellas dependientes y proporcionar los modelos y apoyos pertinentes a fin de que todos los centros puedan realizar de modo adecuado estas evaluaciones, que tendrán carácter formativo e interno. Desaparece la referencia expresa a la prohibición de realizar clasificaciones de centros y a la publicación de las mismas. Con ello se legaliza lo que la comunidad de Madrid viene realizando en los últimos años. La publicación de listados de centros según resultados está orientada a la utilización de estas listas con fines discriminatorios, segregadores y no educativos. La intención primera de las pruebas de diagnóstico era proveer a los centros de los recursos necesarios para afrontar las necesidades educativas de los mismos. La publicación es una forma de castigo, pues hace que los padres y madres elijan entre aquellos centros con mejores resultados. Los centros que sean capaces de llenar antes sus cupos de alumnos no recibirán alumnos de escolarización tardía, que son aquellos con más dificultades y con más problemas relacionados con el entorno social y familiar.

26 SECUNDARIA OBLIGATORIA Títulos y certificados
Certificado de Estudios Cursados (Art 28.10) Se obtiene al terminar el primer ciclo de ESO. También se obtiene una vez cursado el 2º curso cuando se derive al alumno/a a FP Básica. Recordemos que un certificado de estudios no equivale al Graduado Escolar. Títulos de Graduado en ESO (Art 29) Tras superar uno de los dos modelos de «evaluación final» (reválida) de acuerdo con las dos modalidades: 1. Graduado en ESO, modalidad de enseñanzas académicas. Da acceso a Bachillerato. 2. Graduado en ESO, modalidad de enseñanzas aplicadas. Da acceso a FP. La no superación del examen limita al Certificado de Estudios Cursados.

27 SECUNDARIA OBLIGATORIA Títulos y certificados
La LOMCE destruye la UNICIDAD de la TITULACIÓN en EDUCACIÓN SECUNDARIA. Además, la distinción entre las dos modalidades obstaculiza el acceso a las diversas enseñanzas postobligatorias. Los itinerarios iniciados a partir de 2º se convierten en un camino sin retorno.

28 SECUNDARIA OBLIGATORIA Currículo (Art 24 y 25)
1º ESO Cc. Naturaleza (biología y geología) Educación Física CC. Sociales (geografía e historia) Lengua Castellana y Literatura Primera Lengua Extranjera Matemáticas Educación plástica y visual Tecnologías 2º ESO Cc. Naturaleza (física y química) Educación Física CC. Sociales (geografía e historia) Lengua Castellana y Literatura Primera Lengua Extranjera Matemáticas Música Educación cívica y constitucional Además Optativa: oferta obligatoria de 2ª Lengua Extranjera Se trabajará en todas las áreas: emprendimiento, educación cívica y constitucional, comprensión lectora, expresión oral y escrita….

29 3º ESO 4º ESO Biología y Geología Física y Química Educación Física
CC Sociales, geografía e historia Lengua Castellana y Literatura Primera Lengua Extranjera Música Matemáticas a elegir Iniciación a las enseñanzas académicas Iniciación a las enseñanzas aplicadas Materia de modalidad Diseño y tecnología Utilización de las TIC Optativa: Oferta obligatoria de 2ª lengua extranjera y materia relacionada con educación plástica y visual 4º ESO Materias Comunes: Educación Física Lengua Castellana y Literatura Primera Lengua Extranjera Modalidad enseñanzas académicas: Matemáticas de enseñanzas académicas Física y Química o Geografía e Historia Biología y Geología o Latín Optativa: Oferta obligatoria de 2ª lengua extranjera y materia relacionada con educación plástica y visual Modalidad enseñanzas aplicadas: Matemáticas de enseñanzas aplicadas Ciencias aplicadas a la actividad profesional Tecnologías de la Información y la Comunicación Optativa: Oferta obligatoria de Iniciación a la vida laboral y la actividad emprendedora y Materia relacionada con la educación plástica Además, se trabajará en todas las áreas: emprendimiento, educación cívica y constitucional, comprensión lectora, expresión oral y escrita….

30 SECUNDARIA Es en cuarto curso de ESO donde los alumnos se verán obligados a elegir entre una vía académica y otra profesional. Es precisamente en los países donde se realiza esta segregación que los resultados son peores. Como hemos dicho, adelantar en un año la elección entre la vía académica y la profesional, hace que los alumnos de familias con menor renta se inclinen por esta opción. En Finlandia, que es el modelo siempre presentado como ideal (aunque merece muchos matices) la etapa de Secundaria es común para todos los alumnos.

31 El Gobierno incrementa el control del currículo en todas las etapas
El Gobierno incrementa el control del currículo en todas las etapas. Los contenidos comunes pasan de un 65% a un 75% . Pierden peso las materias relacionadas con la formación manual, social y artística, perjudicando la educación integral. Por el contrario, se priorizan las materias objeto de medición en pruebas internacionales como PISA. Los criterios pedagógicos se sustituyen por criterios de obtención de resultados. Se reduce la formación humanística en favor de la formación “utilitarista”.

32 BACHILLERATO Modalidades
Modalidades (Art 34.1) Artes Ciencias Humanidades y ciencias sociales Ciencias e ingeniería Ciencias de la salud Humanidades Ciencias Sociales Desaparece el Bachillerato de artes escénicas, música y danza.

33 BACHILLERATO - Currículo
1º: Lengua Castellana y Literatura I, Filosofía, 1ª Lengua Extranjera 2º: Lengua Cast .y Lit., Hª de la Filosofía, Hª de España, 1ª L. Extranjera Materias comunes Mod. Artes Mod. Ciencias Mod. Humanidades y Cc. Sociales Optativas oferta obligatoria: 2ª Lengua, TIC, Cultura audiovisual, Técnicas de expresión gráfica y plástica, Economía, Cc. de la Tierra y M.Ambiente, Griego, Hª del Arte. 1º Obligatorias: Dibujo técnico I, Dibujo artístico I, Volumen 2º Obligatorias: Dibujo técnico II, Dibujo artístico II, Hº del Arte Vía Ciencias e Ingeniería 1º Obligatorias: Matemáticas I, Física y Química y Dibujo Técnico I 2º Obligatorias: Matemáticas II, Física, Dibujo Técnico II Vía Ciencias de la Salud 1º Obligatorias: Matemáticas I, Física y Química, Biología y Geología 2º Obligatorias: Matemáticas II, Química, Biología Vía Humanidades 1º Obligatorias: Latín I, Hª del M. Contemporáneo, Literatura Universal. 2º Obligatorias: Latín II, Geografía, Historia del Arte Vía Ciencias Sociales 1º Obligatorias: Matemáticas aplicadas I, Hª del M. Contemporáneo, Literatura Universal. 2º Obligatorias: Matemáticas ap. II, Geografía, Economía de la Empresa

34 BACHILLERATO Evaluación, Título y Especialización Curricular
PRUEBA estandarizada a todo el alumnado (Art 37 y 38) fijada por el Gobierno necesaria para obtener el Título de Bachiller Acceso a la Universidad (Art 37.bis) se elimina la selectividad, pero se abre la posibilidad a que cada Universidad fije los procedimientos de admisión Especialización curricular (Art 121.7) Afectará a los centros públicos Se promoverá desde el Gobierno en función de las modalidades de bachillerato

35 ACCESO A LA UNIVERSIDAD
Antes una vez obtenido el título de Bachiller se optaba a la Selectividad como medio de obtener una nota que permitiese acceder a las especialidades universitarias. Ahora se elimina la PAU, conocida como selectividad. Los alumnos deben superar una nueva “reválida”. La nota del alumno, será en un 60% la obtenida durante los años de Bachillerato y un 40% la obtenida en la prueba de evaluación final (o “reválida”).

36 FORMACIÓN PROFESIONAL Finalidad
«Impulso a la FP, que conlleve la modernización de la oferta, su adaptación a los requerimientos de los diferentes sectores productivos, la imbricación en el proceso formativo de las empresas…» (Preámbulo III.7) «Facilitar la adaptación del alumno a las modificaciones laborales» (Art 30.2) «Desarrollar una identidad profesional motivadora de (…) adaptaciones a la evolución de los procesos productivos» (Art 40.1 e) «Afianzar el espíritu emprendedor para el desempeño de actividades e iniciativas empresariales» (Art 40.1 f)

37 FORMACIÓN PROFESIONAL Finalidad
En la actualidad, las empresas necesitan mano de obra flexible y adaptable a los acelerados cambios productivos. La formación profesional se encarga de suministrarlas tratando al alumno como un recurso productivo más. El “espíritu emprendedor” busca la identificación del trabajador con objetivos de beneficio económico del empresario. Se garantiza el control, la docilidad y, en consecuencia, la productividad.

38 FORMACIÓN PROFESIONAL Estructura y Contenido
Estructura en ciclos (Art 39.3) FP Básica, Grado Medio y Grado Superior Organización de la “oferta” Se rige por el Catálogo de Cualificaciones Profesionales (Art 39.4) Definido por: Administraciones educativas + Corporaciones locales y Agentes económicos y sociales y (Art 42) Implantación FP Dual (Art 42.2) 1) Incremento del periodo de formación en los centros de trabajo sin que esa actividad tenga naturaleza laboral 2) Formación teórico-práctica en empresas

39 FORMACIÓN PROFESIONAL Estructura y Contenido
La empresa privada incrementa su poder de decisión sobre la formación del alumnado Se promociona y legaliza la explotación laboral a jóvenes a través de las prácticas gratuitas en empresas. Este modelo garantiza un suministro permanente de mano de obra a la empresa bajo condiciones de precariedad máxima. Una vez titulados, las empresas pueden contratarles por un 40% menos de coste que un trabajador normal (Contrato de Prácticas)

40 FORMACIÓN PROFESIONAL Currículo y Acceso
Modificaciones al Currículo (Art 39.3) Contenidos: Materias instrumentales + Módulos profesionales (ciclos básico y medio) FPB: Bloque de comunicación y ciencias sociales y Bloque de ciencias aplicadas. FP G. Medio: Comunicación en lengua castellana, Lengua extranjera y Matemáticas aplicadas. Acceso a grado medio (Art 41.2) desde el Título de Graduado en ESO en E. aplicadas desde el Título de Graduado en ESO en E. académicas + “reválida” E. aplicadas desde FPB con prueba de admisión curso de formación específico: podrá realizarse en centros privados Acceso a grado superior (Art 41.3) desde Título de Bachiller desde Certificado de aprobado de las materias de Bcht. desde Título de Grado medio curso de formación específico 19 años + prueba de acceso + Prueba de admisión del centro de formación

41 ORGANIZACIÓN Y GESTIÓN DE CENTROS EDUCATIVOS
Equiparación de centros privados y concertados La LOMCE introduce la consideración de SISTEMA EDUCATIVO como el «conjunto de AGENTES PÚBLICOS Y PRIVADOS que desarrollan funciones de regulación, financiación o prestación del servicio de la educación en España» (Art 2.bis) Red de centros educativos sostenidos con fondos públicos Se blindan los conciertos para los centros de educación diferenciada por sexos (Art 84.3) Con la modificación de este artículo de la LOE se aseguran mantener los conciertos con aquellos colegios que segregan por sexo. Estos colegios, habían levantado mucha polémica, pues estaban infringiendo la LOEA partir de ahora serán absolutamente legales. Se acoge a un artículo de la UNESCO que a nuestro juicio no permitiría esta discriminación, así que dudamos del valor de su interpretación.

42 ORGANIZACIÓN Y GESTIÓN DE CENTROS
Las acciones de calidad educativa, que deberán ser competitivas, supondrán para los centros educativos la autonomía para su ejecución, tanto desde el punto de vista de la gestión de los recursos humanos como de los recursos materiales y financieros. Las acciones de calidad educativa deberán ser competitivas. No es más que competencia entre centros. Se basa en ajustar el presupuesto a todos los centros, a partir de lo cual se les ofrece una serie de incentivos o castigos, dependiendo de los resultados obtenidos. También pueden buscar financiación con actividades dentro del centro o cesión de espacios. Además las clasificaciones de resultados en pruebas externas se publican. Es una competición en toda regla, que eliminará recursos de las zonas y los centros más necesitados.

43 ORGANIZACIÓN Y GESTIÓN DE CENTROS EDUCATIVOS
Equiparación de centros privados y concertados La LOMCE introduce la consideración de SISTEMA EDUCATIVO como el «conjunto de AGENTES PÚBLICOS Y PRIVADOS que desarrollan funciones de regulación, financiación o prestación del servicio de la educación en España» (Art 2.bis) Se blindan los conciertos para los centros de educación diferenciada por sexos (Art 84.3) Los conciertos educativos para el ciclo de FP Básica pasan de tener «carácter singular» a tener «carácter general» (Art ) Se utiliza una terminología que presenta la educación como producto de mercado y no como derecho. Se consagra la concepción introducida en la LOE de los centros privados-concertados como «proveedores» del «servicio» público de educación. La LOMCE va a expandir y generalizar los conciertos para FP Básica, iniciando los conciertos para toda la FP. La reconversión de 4º ESO (e. académicas) en un curso de «iniciación al bachillerato» abre el camino a su consideración como parte del bachiller y, por tanto, abre la vía a la futura concertación del mismo.

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45 ORGANIZACIÓN Y GESTIÓN DE CENTROS EDUCATIVOS
Autonomía y calidad educativa «Aumento de la autonomía de los centros, de su especialización y exigencia de la rendición de cuentas. Es necesario que cada centro tenga la capacidad de identificar cuáles son sus fortalezas y tomar decisiones sobre cómo mejorar su oferta y metodología. Esta responsabilidad llevará aparejada la exigencia de demostrar que los recursos se han utilizado de forma eficiente y que han conducido a una mejora real de los resultados» (Preámbulo, III.4) El refuerzo de la autonomía estará centrado en la competencia entre centros. Los directores tendrán la posibilidad de elegir el profesorado. En cuanto a la “rendición de cuentas” expresión que aparece en varias ocasiones en el anteproyecto puede traducirse en menos recursos para contratar profesores en aquellos centros que más dificultades encuentren. Estadísticamente se encuentran en los barrios con menor renta.

46 ORGANIZACIÓN Y GESTIÓN DE CENTROS EDUCATIVOS
Se pervierte el concepto de autonomía para ponerlo al servicio de la mercantilización de la educación. Objetivo: Imponer la lógica empresarial en los centros. Mercantilizar la educación, obligando a los centros a diferenciar su “oferta”. Responsabilizar al centro de su posibilidad de éxito o fracaso, acabando con la concepción de educación como responsabilidad pública. Consecuencia: Más segregación: Un círculo vicioso en el que unos muy pocos centros lograrán ser “de excelencia”. Los “proveedores” privados, que seleccionan su alumnado, están destinados a ganar en esa lucha competitiva. Autonomía y calidad educativa «Aumento de la autonomía de los centros, de su especialización y exigencia de la rendición de cuentas. Es necesario que cada centro tenga la capacidad de identificar cuáles son sus fortalezas y tomar decisiones sobre cómo mejorar su oferta y metodología. Esta responsabilidad llevará aparejada la exigencia de demostrar que los recursos se han utilizado de forma eficiente y que han conducido a una mejora real de los resultados» (Preámbulo, III.4)

47 ORGANIZACIÓN Y GESTIÓN DE CENTROS EDUCATIVOS
Autonomía y calidad educativa (Art 122.4) Se promoverá «la especialización de los centros en los ámbitos curricular, funcional o por tipología del alumnado» que comprenderá «actuaciones tendentes a la excelencia, a la formación docente, a la mejora del rendimiento», premiadas con «medidas honoríficas tendentes al reconocimiento de los centros» «Las acciones de calidad educativa, que deberán ser competitivas, supondrán para los centros educativos la autonomía para su ejecución en cuanto a recursos humanos, materiales y financieros» «Potenciación de la función directiva»: El director de centro dispondrá de autonomía para adaptar los recursos humanos (…). Se le otorga la capacidad para «rechazar la incorporación de personal procedente de listas» y seleccionar profesorado.

48 ORGANIZACIÓN Y GESTION DE CENTROS
Se añade un apartado 4 al artículo 122 con la siguiente redacción: Para la realización de las acciones de calidad el director del centro, dispondrá de autonomía para adaptar los recursos humanos a las necesidades derivadas de los mismos. A tal efecto, dispondrá de las siguientes facultades: Establecer requisitos y méritos específicos para los puestos ofertados de personal funcionario, así como para ocupación de puestos en interinidad, en cuyo caso podrá rechazar, mediante decisión motivada, la incorporación de personal procedente de las listas centralizadas b) Cuando exista vacante y financiación adecuada y suficiente, proponer de forma motivada el nombramiento de profesores que, habiendo trabajado en los proyectos de calidad, sean necesarios para la continuidad de los mismos. Los centros serán como empresas, donde el director será un mero gestor. Abandonará cualquier tipo de proyecto educativo, para centrarse en ajustar presupuesto y cumplir con las exigencias de la Administración. Los maestros y profesores son recursos humanos. a) El director establece los requisitos y méritos para los puestos de personal funcionario. Puede también rechazar interinos procedentes de las listas. b) Si le queda dinero puede contratar profesores “que hayan trabajado en proyectos de calidad”. Nótese que no se especifica que los profesores que contrate deben pertenecer a las listas de interinos y que la referencia a “proyectos de calidad” es cuando menos poco clara.

49 ORGANIZACIÓN Y GESTIÓN DE CENTROS EDUCATIVOS
Artículo 127. Competencias del Consejo Escolar. El Consejo Escolar es el órgano consultivo del centro. El Consejo Escolar deja de ser un órgano de decisión, para ser un órgano consultivo. Otros órganos de decisión como la Dirección del centro o el Claustro de Profesores no incluyen a los padres y madres. Por tanto esta decisión choca con el discurso reiterado sobre la libertad de elección de los padres. Se trata de una elección como clientes, nunca para participar de forma activa en el centro, como colaborar en el diseño del proyecto educativo del centro. Desaparece el Consejo Escolar, para que sea la comunidad docente (escogida por el director) quien elige al Director.

50 ORGANIZACIÓN Y GESTIÓN DE CENTROS EDUCATIVOS
El artículo 132 queda redactado de la siguiente manera: Artículo 132. Competencias del director. Son competencias del director: [...] l) Aprobar los proyectos y las normas a los que se refiere el capítulo II del título V de la presente ley orgánica. [...] n) Decidir sobre la admisión de alumnos con sujeción a lo establecido en esta ley orgánica y disposiciones que la desarrollen. o) Aprobar la obtención de recursos complementarios de acuerdo con lo establecido en el artículo p) [...] se introducen competencias nuevas que convierten al Director en un gestor empresarial y al centro por consecuencia en una empresa. Comentamos las más significativas. l) El Director aprobará los proyectos y las normas que rigen sus propias competencias. De alguna manera el Director se convierte en su propio supervisor. n) Decide la admisión de alumnos en base a lo dicho en esta ley orgánica y las disposiciones que lo desarrollan. Anteriormente el Consejo Escolar a instancia de padres o tutores podía revisar las decisiones adoptadas y proponer otras medidas, pero el Consejo Escolar (único órgano donde los padres tenían poder de decisión dentro la dinámica del centro) queda como órgano consultivo. o) La “obtención de recursos complementarios” se refiere a que, dado que los centros van a estar infrafinanciados, los centros podrán utilizar sus instalaciones para obtener recursos. Serán actividades lucrativas dentro del centro, como extraescolares o cesión de espacios para eventos.

51 ORGANIZACIÓN Y GESTIÓN DE CENTROS EDUCATIVOS
La “calidad educativa” se define exclusivamente en base a los resultados. Expresiones como «resultados a obtener» y «gestión a desarrollar» evidencian la lógica empresarial que promueve esta ley. Se implementa el nepotismo y dará pie a actitudes caciquiles en el centro educativo.

52 ORGANIZACIÓN Y GESTIÓN DE CENTROS EDUCATIVOS
Participación y democratización de la educación El Consejo Escolar pasa a ser considerado el «órgano consultivo» del centro. Las funciones decisorias que tenía atribuidas son ahora asumidas por el director (Art 127 y 132) Aprobación de la PGA Admisión del alumnado Directrices sobre la colaboración con otros centros, entidades y organismos Se reduce la, ya de por sí denostada, democracia participativa en los centros.

53 ORGANIZACIÓN Y GESTIÓN DE CENTROS EDUCATIVOS
La comisión de elección del director: Deja de tener la mayoría de miembros del centro y pasa a tener mayoría la Administración (2/3) (Art 135.2) La representación docente en la Comisión pasa del 33% al 15%. Sus miembros dejan de ser elegidos. (135.2) El director se profesionaliza (Art d) Desaparece la preferencia de las candidaturas del profesorado del centro (Art LOE)

54 EVALUACIÓN DEL SISTEMA EDUCATIVO
«Implantación de pruebas de evaluación a nivel nacional (…) que señalizarán (…) los niveles de exigencia, introduciendo elementos de certeza, objetividad y comparabilidad de resultados» (Preámbulo III.2) La aplicación y calificación de las pruebas se atribuye a «especialistas externos» (Art 21.3, 29.5 y 38.3) En la finalidad de la evaluación del sistema educativo, se elimina la prohibición de utilizar los resultados para establecer clasificaciones de los centros (Art LOE) «El Ministerio (…) publicará los resultados de los centros» (Art 147.2)

55 EVALUACIÓN DEL SISTEMA EDUCATIVO
LAS EVALUACIONES ESTANDARIZADAS IMPIDEN CONSIDERAR LAS DIFERENTES CONDICIONES DE PARTIDA DE LOS CENTROS. SU OBJETIVO ES LA COMPETITIVIDAD ENTRE CENTROS La LOE instauraba las evaluaciones nacionales de diagnóstico, abriendo la posibilidad de los ranking de centros. La LOMCE legaliza la publicación de los resultados de esas evaluaciones. Estas evaluaciones permiten centralizar el control desde el gobierno de turno, mientras se descentralizan las responsabilidades: si un centro obtiene malos resultados, será porque “no gestiona bien sus recursos”. La expresión repetida de los «especialistas externos», sugiere la posibilidad de externalización o subcontratación de personal para funciones docentes. «Implantación de pruebas de evaluación a nivel nacional (…) que señalizarán (…) los niveles de exigencia, introduciendo elementos de certeza, objetividad y comparabilidad de resultados» (Preámbulo III.2) La aplicación y calificación de las pruebas se atribuye a «especialistas externos» (Art 21.3, 29.5 y 38.3) En la finalidad de la evaluación del sistema educativo, se elimina la prohibición de utilizar los resultados para establecer clasificaciones de los centros (Art LOE) «El Ministerio (…) publicará los resultados de los centros» (Art 147.2)

56 PROFESORADO Y CALENDARIO
Profesorado (Disp. Trans. XXX) Durante los 5 años siguientes a la entrada en vigor de la ley, las Administraciones educativas podrán: «Asignar el desempeño de funciones en una etapa o enseñanzas distintas de las asignadas a su cuerpo» «Trasladar al personal funcionario a centros educativos distintos al de su destino» El profesorado comienza a ser tratado como mera mercancía sobre la que se ejercerá represión si estos no siguen las pautas marcadas, siendo muchos de ellos colocados a dedo, rompiéndose el principio de igualdad. No se respetarán las especialidades de los profesores. Ya había empezado a ocurrir en Madrid de forma ilegal. Ahora es legal. Los profesores podrán ser destinados a etapas y especialidades que no les corresponde. No es más que otra forma de degradar la educación

57 PROFESORADO Y CALENDARIO
Calendario de implantación (Disp. Trans. Primera) La ley orgánica tendrá pleno funcionamiento a los dos años de su entrada en vigor. Si se aprueba en 2012, se iniciará en el curso y culminará en el

58 2. Mercantilización en la LOMCE:
La educación como producto de mercado

59 MERCANTILIZACIÓN EN LA LOMCE
LA EDUCACIÓN COMO PRODUCTO DE MERCADO Qué pretende A través de CONVERTIR la EDUCACIÓN EN NEGOCIO Centro educativo = Empresa Para lo que se requiere ESPECIALIZACIÓN de centros Fortaleciendo Desmantelando Con la que se obtiene “AUTONOMÍA” DIRECTOR-GESTOR + Ed. Privada (y privada concertada) Ed. Pública consecuencia Genera Exige DIFERENCIACIÓN DEL PRODUCTO RED PÚBLICA SUBSIDIARIA para el alumnado “no rentable” SEGREGACIÓN, EXCLUSIÓN Y REPRODUCCIÓN DE DESIGUALDADES SOCIALES COMPETITIVIDAD ENTRE CENTROS

60 ¡DEFENDAMOS LA PÚBLICA! ES UNA EDUCACION DE, POR Y PARA TOD@S
CONTRA LA MERCANTILIZACIÓN Y LA PRIVATIZACIÓN ¡DEFENDAMOS LA PÚBLICA! ES UNA EDUCACION DE, POR Y PARA (Familias, docentes, alumnos)

61 Marea Verde - Asamblea de docentes por la educación pública


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