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Reformas Fiscales , 24,31 Enero 7 y 14 Feb.

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Presentación del tema: "Reformas Fiscales , 24,31 Enero 7 y 14 Feb."— Transcripción de la presentación:

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2 Reformas Fiscales 2014. 17, 24,31 Enero 7 y 14 Feb.
DIVISION CAPACITACION. Reformas Fiscales 2014. Guadalajara 11 Diciembre 2013 Ixtlan Nayarit 03 Enero 2014 Guadalajara 09 Enero 2014 La Paz Baja California 11 Enero 2014. Taller Personas Físicas. 17, 24,31 Enero 7 y 14 Feb. 2014. (16:00 a 20:00 Hrs). CONSULTA NUESTRA PAGINA

3 Dra. Mª Teresa Hernández Alvarado
docterehdez

4 REFORMA FISCAL 2014. REALMENTE INTEGRAL???. REALMENTE SOCIAL????
REALMENTE AMPLIO LA BASE DE CONTRIBUYENTES???

5 ANTECEDENTES

6 En el contexto de los Ejes que propone el Presidente en su sexenio: “Un México Incluyente” y “Un México Prospero” se da la reforma hacendaria 2014

7 LA REFORMA HACENDARIA ESTA BASADA EN 6 EJES:
1.- Fomentar el crecimiento y la estabilidad, por lo que se fortalece la capacidad financiera del Estado Mexicano. 2.- Mejorar la equidad del sistema tributario. Fomentando una mayor progresividad en el pago de impuestos. 3.- Facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias. Reducir la carga que las personas físicas y morales enfrentan al realizar estas tareas.

8 LA REFORMA HACENDARIA ESTA BASADA EN 6 EJES:
4.- Promover la formalidad, reduciendo las barreras de acceso y ampliando los servicios de seguridad social. 5.- Fortalecer el federalismo fiscal, al incentivar la recaudación de impuestos locales y mejorar la coordinación del ejercicio del gasto. 6.- Fortalecer a Petróleos Mexicanos (PEMEX) al dotarlo de un régimen fiscal más moderno y eficiente.

9 La iniciativa entregada tenia tres objetivos:
1.- Crear un sistema de seguridad social universal. 2.- Tener un sistema tributario más justo y transparente. 3.- Acelerar el crecimiento económico y la creación de empleos. (En los últimos cuatro años, el número de trabajadores en la informalidad creció de 12.2 millones a 14.2 millones, según cifras del Inegi)


10 Se pretende reformar: El Articulo 4 - Se refiere a la igualdad de los mexicanos ante la ley, y sus derechos a la salud y a la vivienda. El Artículo 123 es relativo a los derechos de los trabajadores, los salarios y sus jornadas laborales. CREAR NUEVAS LEYES. ABROGAR OTRAS.

11 Con estos cambios fiscales se llevarían a las arcas un ingreso adicional de 240 mil millones de pesos. Esto es equivalente a un crecimiento 1.4 por ciento del PIB para 2014, cuando china crece un 7.7 por ciento.

12 LEY FISCAL ISR, IVA, IEPS. PUBLICACION DECRETO EN DOF 11 DICIEMBRE 2013, entra en vigor el 1 DE ENERO 2014. SALARIOS MINIMOS. PUBLICACION EN EL DOF. JUEVES 26 DE DICIEMBRE 2013. AREA GEOGRAFICA “A” , MENSUAL. AREA GEOGRAFICA “B” , MENSUAL.

13 FACILIDADES ADMINISTRATIVAS 2014.
MISCELANEA FISCAL 2014. PUBLICACION EN EL DOF. LUNES 30 DE DICIEMBRE 2013. FACILIDADES ADMINISTRATIVAS 2014.

14  Que tengan créditos fiscales firmes
A partir del 1 de enero de 2014 los datos de los contribuyentes que incumplan con sus obligaciones fiscales, serán publicados en el portal del SAT Nombre, razón social y RFC de los contribuyentes incumplidos. Artículo 69 CFF. Se encuentren en los siguientes supuestos:  Que tengan créditos fiscales firmes  Que tengan créditos fiscales que no han pagado o no han sido garantizados  Que no sea posible localizarlos en su domicilio fiscal  Que tengan sentencia condenatoria por haber cometido un delito fiscal.

15 Con base en el Articulo 69B al CFF.
Próximamente se darán conocer los datos de las empresas que simulan operaciones y emiten facturas apócrifas.

16 Con la Reforma 2014 se da la eliminación:
* Impuesto Empresarial a Tasa Única (IETU), y el Impuesto a los Depósitos (IDE), dos impuestos de control. El régimen de consolidación fiscal. Regímenes Preferentes.

17 LEY DE INGRESOS DE LA FEDERACION

18 Para promover el federalismo:
Se propone dar participación a los estados en un mayor porcentaje con las entidades que intervengan en la administración del Régimen de Incorporación de personas físicas a partir del 2014.

19 Continúan las mismas tasas de recargos.
Estímulos fiscales relacionados con la adquisición de diesel. Cuotas de peaje en carreteras son acreditables el 50% contra el ISR retenido.

20 CODIGO FISCAL DE LA FEDERACION.
Reforma 2014 Publicada 11 Diciembre 2013.

21 México actualmente se ubica:
En el lugar 107 en cuanto a la facilidad que tienen los contribuyentes para pagar sus contribuciones. En el lugar 155 en relación con el tiempo que invierten en el cumplimiento de sus obligaciones. De una lista de 183 países, de acuerdo con un estudio Doing Business que publica el Banco Mundial.

22 En el primer trimestre del 2013 el 59% de la población ocupada obtiene sus ingresos del sector informal. (Inegi)

23 Adiciona inciso d) Fracción I Art.10.
DOMICILIO FISCAL. Adiciona inciso d) Fracción I Art.10. Obligación de inscribirse en el RFC las personas que apertura una cuenta en el sistema financiero, su domicilio fiscal es el que manifiesten ante dichas instituciones y en las sociedades coperativas o de ahorro, siempre que no hayan designado correctamente el domicilio fiscal o se consideren NO localizados.

24 INSCRIPCION AL RFC Las PM y PF que apertura una cuenta en las instituciones financieras, cooperativas de ahorro y prestamos en las que reciban depósitos, estas deberán inscribirlas al RFC, cuando? Realicen depósitos y operaciones susceptibles de ser sujetos de contribuciones. Modificación del ARTICULO 27 .

25 Adiciona Art.17H fracción X.
MEDIDAS CONTRA CONTRIBUYENTES DEFRAUDADORES. Deja sin efectos los certificados de sellos o firmas digitales cuando se detecte alguna de las siguientes conductas ilícitas. 1.- Que desaparezcan o no pongan a disposición de la autoridad fiscal la contabilidad cuando sean sujetos a una visita. 2.- Que utilicen comprobantes fiscales digitales para amparar operaciones inexistentes o ilícitas 3.- Omitir mas de 3 declaraciones consecutivas o 6 NO consecutivas. 4.- Desaparecen el domicilio durante el PAE.

26 5. - Aun sin ejercer alguna facultad detecten infracciones art
5.- Aun sin ejercer alguna facultad detecten infracciones art.83 CFF(Relacionadas con la contabilidad) y la conducta sea realizada por el contribuyente titular del certificado.

27 Las IRREGULARIDADES, podrán ser subsanadas mediante la aportación de pruebas.
La autoridad deberá emitir en un plazo de 3 días una resolución mediante un procedimiento AGIL El contribuyente podrá seguir con su certificado.

28 Se incorpora el BUZON TRIBUTARIO
ADICIONA 17K. Se incorpora el BUZON TRIBUTARIO En dicho sistema se notificarán al contribuyente: 1.- Diversos documentos y actos administrativos. 2.-Podra presentar promociones, solicitudes, avisos. 3. Dar cumplimiento a requerimientos de la autoridad, por medio de documentos electrónicos o digitalizados. 4.- Sus facturas expedidas así como sus erogaciones

29 En Personas morales entra en vigor el 30 de Junio 2014.
BUZON TRIBUTARIO. En Personas morales entra en vigor el 30 de Junio 2014. En personas físicas entra en vigor el 01 de Enero 2015.

30 Se deberá consultar en lapsos de 3 días.
BUZON TRIBUTARIO Se deberá consultar en lapsos de 3 días. Las notificaciones surtirán efectos a los 3 días a aquel que reciban un aviso electrónico, notificación o cualquier acto de la autoridad .

31 Sanción de 3 meses a 3 años de prisión a quien:
IV- Modifique, destruya información del buzón o ingrese de manera no autorizada al buzón a fin de obtener información de terceros. ADICIONA FRACCION IV AL ART.110

32 Se PRESUME Desaparece el domicilio fiscal cuando:
NO se presente aviso. * La autoridad acuda en 3 ocasiones consecutivas en un periodo de 12 meses

33 MODIFICA ART.20 SEPTIMO PARRAFO. RMF/2014 I.2.1.9
Ser reconocen como medios de pagos: Tarjetas de debito o crédito. 1.- PF con actividad empresarial inferiores a 1,750,000. 2.- PF que no realicen actividades empresariales cuyos ingresos inferiores a 300,000. Procedimiento publicado en RMF MODIFICA ART.20 SEPTIMO PARRAFO. RMF/2014 I.2.1.9

34 DEVOLUCIONES Desaparece el plazo de 20 días para contribuyentes que emitan comprobantes digitales y 25 días los que dictaminan. ARTICULO 22 SEXTO PARRAFO. Los requerimientos se formularan con documento digital y se notificaran por medio del buzón tributario.

35 RESPONSABILIDAD SOLIDARIA
Los SOCIOS O ACCIONISTAS deberán garantizar hasta POR EL MONTO DE SU PARTICIPACION ACCIONARIA, la parte del interés fiscal siempre que ejerzan: CONTROL DE EFECTIVO. MODIFICACION FRACCION X - ARTICULO 26

36 RESPONSABILIDAD SOLIDARIA
Definición de control de efectivo: Dirigir la administración la estrategia o políticas de una persona moral. Nombrar o destituir a la mayoría de os consejeros, administradores o equivalentes. Mantener la titularidad de los derecho para ejercer el voto respecto al mas del 50% del capital social.

37 RESPONSABILIDAD SOLIDARIA
La responsabilidad de las PF con actividad empresarial serán responsables con respecto a créditos fiscales hasta por el monto que no excedan de sus activos de dicha actividad. Los albaceas se integran como responsables solidarios durante el juicio sucesorio. ART.26ª MODIFICACION.

38 SOLICITUD DE LA FEA. LA FEA se deberá solicitar para la expedición de declaraciones y comprobantes fiscales. Art.27

39 El aviso de cambio de domicilio surtirá efectos a los 10 días siguientes en que se realice dicho cambio. El cambio de domicilio NO surtirá efectos si el contribuyente NO es localizado o proporciono un domicilio ficticio, lo cual se le notificara al contribuyente mediante le buzón tributario. Modificación del ARTICULO 27

40 La contabilidad SE LLEVARA EN MEDIOS ELECTRONICOS.
TODOS los contribuyentes enviaran mensualmente la información contable al sat mediante la pagina. La contabilidad SE LLEVARA EN MEDIOS ELECTRONICOS. El SAT emitirá reglas para su cumplimiento en tiempo y forma. ART.28

41 NO HAY CONTABILIDAD SIMPLIFICADA.

42 DESAPARECEN LOS COMPROBANTES
CBB CFD DEBERAN EMITIRSE SOLO COMPROBANTES FISCALES DIGITALES (CFDI): Los sueldos y salarios tendrán que estar amparados con comprobantes fiscales digitales deberán contener los requisitos que el SAT determine. Ingresos Anticipos o rendimientos de S. Civil y Cooperativas. Retenciones. (Dividendos). Actos (operaciones) Deroga Articulo 29B, 29C, y 29D.

43 Las personas físicas que en el ultimo ejercicio declarado hubiesen tenido ingresos anuales para efectos de ISR iguales o inferiores hasta 500 mil pesos tendrán 3 meses más para migrar a factura electrónica. La facilidad se condiciona a que en abril ya hayan migrado al nuevo esquema de facturación. Comunicado publicado 25 Dic 2013

44 Las personas físicas del Régimen de incorporación podrán realizar una factura BIMESTRAL. colocando el RFC genérico. (I RMF/2014) Para Facturar solo se requiere la contraseña. I RMF/2014

45 *Personas Morales del Título II y III de la Ley del ISR.
Aplaza la migración de los Recibos de Nómina a CFDI en los siguientes términos:  Los contribuyentes: *Personas Fisicas con ingresos declarados para ISR igual o menores de 500,000 *Personas Morales del Título II y III de la Ley del ISR.

46 Articulo: Cuadragésimo Cuarto Transitorio
Aplaza la migración de los Recibos de Nómina a CFDI en los siguientes términos:  Que opten por la presente facilidad, no estarán obligados por el periodo comprendido del 1 de enero al 31 de marzo de 2014, a expedir CFDI por las remuneraciones que efectúen por concepto de:

47 Salarios y en general por la prestación de un servicio personal subordinado.
Retenciones de contribuciones que efectúen.

48 Podrán optar por diferir la expedición de CFDI por el período comprendido del 1 de enero de 2014 al 31 de marzo del mismo año, siempre que el 1 de abril de 2014 hayan migrado totalmente al esquema de CFDI y emitir todos los CFDI de cada uno de los pagos o de las retenciones efectuadas por las que hayan tomado la opción de diferimiento señalada.

49 La opción prevista en esta regla, se ejercerá a través de la presentación de un caso de aclaración en la página de Internet del SAT, en la opción “Mi portal”. Cuando los contribuyentes incumplan con el requisito de migración al esquema de CFDI, perderán el derecho de aplicar la presente facilidad, quedando obligados a aplicar las disposiciones generales en materia de expedición de comprobantes fiscales a partir del 1 de enero de 2014.

50 El SAT, pone a disposición el CFDI “Sistema de Registro Fiscal”. (I. 2
El SAT, pone a disposición el CFDI “Sistema de Registro Fiscal”. (I RMF/2014)., donde además se podrá capturar los ingresos y gastos teniendo la opción de consultarlos. (I RMF/2014).

51 El comprobante que tiene valor jurídico es el archivo XML.
Si NO CUMPLEN con las disposiciones se genera el NO ACREDITAMIENTO de esa operación. Modifica el ARTICULO 29ª

52 PRESTAMOS Realizando como obligación al contribuyente si tiene cantidades por concepto de prestamos otorgados o recibidos deberán proporcionar la documentación referente al préstamo, NO habrá limite de plazo para resguardar dicha información. Modifica - ARTICULO 30

53 Opcional a los contribuyentes que:
DICTAMEN FISCAL. Opcional a los contribuyentes que: 1.- Ingresos superiores a 100, 2.- Activos superiores a 79,000,000. trabajadores. Plazo para dar el aviso 15 de Julio. ARTICULO 32ª El 30 de junio se presenta el del 2013. NO PRESENTARAN INFORMATIVA DEL ART.32 H. ART. 2 TRANSITORIO- Los dictámenes presentados con la legislación vigente les aplicara las disposiciones vigentes a la fecha.

54 NUEVA OBLIGACION: DECLARACION INFORMATIVA SOBRE LA SITUACION FISCAL.
Se realizara mediante las reglas que establezca el SAT, el 30 de junio para los contribuyentes persona moral del régimen general que en ejercicio anterior hubiesen obtenido ingresos por 644,599,005.

55 FACULTADES DE LAS AUTORIDADES

56 FACULTADES DE LAS AUTORIDADES
Incluyendo la notificación de actos se deberá realizar mediante buzón tributario. ART. 38 Se elimina la opción de utilizar la microfilmación en discos óptimos en relación a la contabilidad de los contribuyentes.

57 MEDIDAS DE APREMIO, EMBARGO PRECAUTORIO E INMOVILIZACION DE CUENTAS BANCARIAS
El tribunal se ha pronunciado en el sentido que el aseguramiento precautorio NO es la medida idónea para lograr el fin pretendido, restringe los derechos de los contribuyentes. No se podrán aplicarse a una cantidad mayor a la determina provisional que el efecto realice.

58 MEDIDAS DE APREMIO, EMBARGO PRECAUTORIO E INMOVILIZACION DE CUENTAS BANCARIAS
Sin embargo la nueva modificación al ART. 40 FRACCION I nos marca la coacción con las que la autoridad deberá actuar al definir “APOYO”, consistente en las acciones NECESARIAS para que las autoridades ingresen al domicilio fiscal e incluir al responsable solidario. NO APLICARAN ESTAN MEDIDAS cuando se trate solo de solicitudes de información o requerimientos de documentación o situaciones de fuerza mayor y se acredite.

59 Adiciona ART.40ª REGLAS DEL EMBARGO PRECAUTORIO.
EMBARGO PRECAUTORIO, MEDIDA DE APREMIO MODIFICACION ART. 40 III – Se practicara el embargo precautorio a los responsables solidarios Adiciona ART.40ª REGLAS DEL EMBARGO PRECAUTORIO. 1.- Se practica una vez agotadas las medidas de apremio. 2.- Hasta por el monto de la determinación provisional de adeudos fiscales. 3.- Orden de prelación en bienes en el embargo precautorio cuando el aseguramiento exceda del monto de la determinación provisional.

60 ASEGURAMIENTO DE LAS CUENTAS BANCARIAS PF Y PM, CUANDO:
MEDIDAS DE APREMIO ASEGURAMIENTO DE LAS CUENTAS BANCARIAS PF Y PM, CUANDO: 1.- No se pueda iniciar o desarrollar las facultades de las autoridades fiscales. 2.- No sea localizables los contribuyentes o responsables solidarios. 3.- Hayan desaparecido o ignoren su domicilio. La notificaciones se realizaran mediante buzón tributario.

61 REVISIONES ELECTRONICAS.
FACULTADES DE COMPROBACION REVISIONES ELECTRONICAS. En México se realizan 14 actos de verificación (Auditorias) por auditor al año y se audita el .06% del universo de con contribuyentes a diferencia de chile cuyas cifras son 251 y 4.5% de los contribuyentes. Art. 42 Por medio del buzón tributario: 1.- Se notificara, se solicitara y enviara la documentación e información del contribuyente. 2.- Se realizara la revisión y notificación del resultado. 3.- Se determinara una (PRELIQUIDACION) provisional, de hechos u omisiones y posibles contribuciones a pagar 4.- Los contribuyentes pondrá desvirtualizar el hecho.

62 Excepto: SECRETO FISCAL.
No se revelan los datos del contribuyente en tanto cumpla con sus obligaciones fiscales.(ART.69) Excepto: I - Se faculta a la autoridad a publicar en la pagina de internet el nombre, denominación o razón social y la clave del RFC de quienes es riesgoso celebrar actos de comercio porque no cumplen con las obligaciones fiscales. NO se encontrara al corriente de sus obligaciones fiscales cuando: a.- No presente presente 3 o mas declaraciones periódicas consecutivas o seis no consecutivas. b.- Cuente con una sentencia condenatoria firme por la comisión de un delito fiscal. c.- Se realice la cancelación de un crédito fiscal por incostiabilidad o insolvencia del deudor.

63 USO INDEBIDO DE LOS COMPROBANTES FISCALES.(ART.69B)
Procedimiento dirigido a sancionar y neutralizar el trafico de comprobantes fiscales: Quienes Adquieran, vendan o colocan comprobantes y quieren se beneficien con ello, se notifica en el buzón tributario. Se publica mediante DOF las empresas que tengan comportamiento de trafico de comprobantes, otorgándoles la garantía de audiencia para hacer valer su derecho Los contribuyentes que hayan utilizado en su beneficio los comprobantes procedan a autocorregirse o destruyan la presunción de inexistencia. Si al ejercer sus facultades de comprobación la autoridad se acredita que el contribuyente persiste en la utilización de comprobantes para realizar actos simulados se recalculara el pago de contribuciones.

64 NO PROCEDE- cuando exista una impugnación.
Codigo Fiscal de la Federación Titulo III Capitulo II ACUERDOS CONCLUSIVOS Objetivo: Brindar facilidades a los contribuyentes para el cumplimiento de sus obligaciones fiscales No genera precedente No podrá ser aplicado a ningún otro caso similar. No hay defensa si se llega a un acuerdo 1.- Opcional y a petición del contribuyente 2.- Condonación del 100% de las multas 3.- Segunda y posteriores bajo los supuestos del Art.17 Ley federal de los derechos del contribuyente. NO PROCEDE- cuando exista una impugnación.

65 INFRACCIONES NO INTEGRAR la contabilidad 27,680 a 48,440. (Art.81 XXV). No demostrar la existencia de operaciones con proveedores de IVA. (12,070 a 69,000).

66 Art.109 – Se presenten deducciones Falsas. Exista discrepancia fiscal.
Art.113 III- Sanción penal a quien: Expida, adquiera o enajenen comprobantes fiscales de actos jurídicos simulados. Art.109 – Se presenten deducciones Falsas. Exista discrepancia fiscal. Art.109 CFF

67 NUEVA LEY DE RENTA 2014

68 El reglamento de la LISR vigente aplicara en lo que no se oponga a la presente LEY, hasta que se expida un nuevo reglamento.

69 EL SISTEMA FINANCIERO ESTARA OBLIGADO A INFORMAR AL SAT DE TODOS LOS DEPOSITOS QUE SOBREPASEN 15,000 MENSUALES.

70 DESAPARECE LA DEDUCCION INMEDITA
LIMITE DE AUTOMOVILES ES 130,000. Art.36 II EL REGIMEN DE COPERATIVAS SE INTEGRA AL REGIMEN GENERAL

71 DESAPARECE EL REGIMEN DE LAS SIBRAS (Estimulo para aportación de bienes inmuebles a sociedades sin pago de ISR) SE ELIMINA EL BENEFICIO DEL 100% DE LAS EROGACIONES EN PERIODO PREOPERATIVO A LA INDUSTRIA MINERA. SOLO SERA EL 10% POR AÑO.

72 DESAPARECE EL REGIMEN SIMPLIFICADO
Sin embargo se crea el régimen de actividades agrícolas, ganaderas, silvícolas. SE CREA EL REGIMEN DE COORDINADOS. (Empresas transportistas).

73 SE REALIZARA UNA RETENCION DEL 10% DE IMPUESTO DEFINITIVO A PF Y RESIDENTES EN EL EXTRANJERO SOBRE LOS DIVIDENDOS QUE SE PAGUEN.

74 SE ELIMINA EL REGIMEN DE CONSOLIDACION FISCAL.
NACE EL REGIMEN FISCAL OPTATIVO. Se difiere 3 años el ISR, para grupo de sociedades.

75 ENAJENACION A PLAZOS Se considera como ingreso obtenido en el ejercicio el total del PRECIO PACTADO. Art.17 LISR. Enajenaciones celebradas al 31 de dic 2013, aplicaran disposiciones vigentes. El impuesto que se cause se podrá enterar el 50% en el ejercicio que se acumule y el 50% al siguiente.

76 NO ES DEDUCIBLE LA CUOTA OBRERA.
DEDUCCIONES AUTORIZADAS Art.25 VI- Las cuotas la IMSS a cargo de los patrones. NO ES DEDUCIBLE LA CUOTA OBRERA.

77 DEDUCCIONES AUTORIZADAS
x.- Las aportaciones a fondo de pensiones o jubilaciones en un 47% o 53% según proceda. VALES DE DESPENSA –Deberán realizar mediante monederos electrónicos autorizados por el SAT.

78 REQUISITOS DE LAS DEDUCCIONES
Art.27 V- Los pagos por concepto de salarios e ingresos asimilados se podrán deducir siempre que: La remuneración, retenciones y el impuesto local por salarios consten de UN COMPROBANTE FISCAL.

79 Renta de Automóviles solo 200 diarios. Art.28 XIII.
NO DEDUCIBLES Renta de Automóviles solo 200 diarios. Art.28 XIII. Los consumos de restaurant solo es deducible el 8.5% (No aplica a Viáticos). Art.28 XX.

80 NO DEDUCIBLES Los pagos que a su vez sea ingreso exento para el trabajador hasta por la cantidad de aplicar el factor .53 y de .47 si se disminuyen los ingresos exentos. Art.28 XXX. COSTO DE LO VENDIDO PEPS, Costo Identificado, Costo Promedio, Detallista UEPS NO APLICA.

81 PM realicen pagos por dividendos
OBLIGACIONES PM realicen pagos por dividendos 1.- Cheque Nominativo. 2.- Proporcionar COMPROBANTE FISCAL que debe señalar: Monto del Dividendo. ISR retenido Si proviene de la CUFIN.

82 Actividades agrícolas, ganaderas, silvícolas o de pesca
Actividades agrícolas, ganaderas, silvícolas o de pesca.(Titulo II Capitulo VIII). Art.74 Contribuyentes de Flujo (Actividad del régimen general de las personas físicas).

83 PERSONAS FISICAS 1.- Ingresos Menores a 40SMAG el ingreso esta exento. 2.-Ingresos Excedan de 40 SMAG (934,400) sin que sean superiores a 423 SMAG (9,881,280) Aplicaran la reducción del 40%. 3.-Ingresos superiores a 423 SMGDF elevados al año NO aplicaran la reducción

84 PERSONAS MORALES 1.- Ingresos Menores a 20SMAG por cada integrante sin exceder de 20 integrantes el ingreso esta exento. 2.-Ingresos Excedan de 20 SMAG sin que sean superiores a 423 SMAG por cada integrante. Aplicaran la reducción del 30%. 3.-Ingresos superiores a 423 SMGDF elevados al año NO aplicaran la reducción

85 Actividades agrícolas, ganaderas, silvícolas o de pesca.
El servicio de administración tributaria mediante reglas de carácter general, podrá otorgar facilidades administrativas en materia de comprobación de erogaciones de mano de obra de trabajadores eventuales y gastos menores no podrán EXCEDER DEL 10% de sus ingresos o un limite de 800,000.

86 Discrepancia Fiscal (Art.91) Las Personas Físicas TODAS serán objeto del procedimiento de discrepancia fiscal: CUANDO SE COMPRUEBE QUE LAS EROGACIONES EN UN AÑO SEAN SUPERIOR A LOS INGRESOS DECLARADOS O QUE LE HUBIESE CORRESPONDIDO DECLARAR

87 SE CONSIDERAN EROGACIONES POR CUALQUIER PERSONA FISICAS:
Discrepancia Fiscal (Art.91) SE CONSIDERAN EROGACIONES POR CUALQUIER PERSONA FISICAS: 1.- LOS GASTOS. 2.- EN INVERSIONES Y TARJETAS DE CREDITO. 3.- ADQUISICIONES DE BIENES. 4.- DEPOSITOS EN CUENTAS BANCARIAS

88 SE PROCEDERA DE LA SIGUIENTE MANERA:
Discrepancia Fiscal (Art.91) SE PROCEDERA DE LA SIGUIENTE MANERA: 1.- Se notificara el monto de la erogación detectada. 2.- Plazo de 20 días para que el contribuyente ACLARARE los recursos. 3.- Las autoridades pueden por UNA sola vez requerir información adicional. Art.53 c) CFF. SI se acredita la discrepancia se formulara liquidación aplicara la tarifa anual.

89 PERSONAS FISICAS REGIMEN GENERAL. REGIMEN GENERAL.
REGIMEN INTERMEDIO DESAPARECE REGIMEN PEQUEÑOS DESAPARECE REGIMEN INCORPORACION

90 TITULO IV PFISICAS TRANSITORIO. Los contribuyentes que al 31 de Dic 2013, pagaban conforme REPECOS, y NO reúnan los requisitos para estar en el régimen de incorporación PAGARAN conforme el régimen general de Ley.

91 TITULO IV PFISICAS Si se esta en el régimen de pequeños y sus ingresos NO rebasan mas de 2,000,000 anuales podrán dar aviso de aumento y disminución de actividades (Régimen de incorporación si reúne requisitos hasta el 31 de Enero 2014) RMF. I.2.5.8/2014.

92 TITULO IV PFISICAS SE EXENTA Ingresos derivados de la enajenación de la casa habitación del contribuyente siempre que: NO exceda de 700,000 udis. (Si se demuestra haber residido durante 5 años inmediatos anteriores no habrá limite) Formalice ante federatario publico. Cinco años inmediatos anteriores no hubiese vendido otra casa habitación. POR EL EXCEDENTE SE PAGARA IMPUESTOS.

93 Se incorporan 4 tramos. (Anual)
PERSONAS FISICAS Se incorporan 4 tramos. (Anual)

94 Se incorporan 4 tramos. 0.01 496.07 1.92%. PERSONAS FISICAS
%. , %. 4, , % 7, , % 6, , % 10, , % 20, , % 32, , %. 62, , %. 83, , %. 250, en delante %.

95 REGIMEN INCORPORACION
Quienes? 1.- Realicen Únicamente actividades empresariales. 2.- Enajenen bienes 3.- Presten servicios por los que NO se necesite titulo profesional. 4.- Sus ingresos NO excedan de 2,000,000.

96 REGIMEN INCORPORACION
EL IMPUESTO QUE SE DETERMINE SE PODRA DISMINUIR CONFORME LOS SIGUIENTES PORCENTAJES: AÑOS REDUCCION. 100% 90% 80% 70% 60% 50% 40% 30% 20% 10%

97 Pago de Honorarios Médicos, dentales y hospitalarios se deberán pagar:
PERSONAS FISICAS Pago de Honorarios Médicos, dentales y hospitalarios se deberán pagar: 1.- Tarjetas de crédito. 2.- Tarjeta de debido. 3.- Contar con comprobante FISCAL. No podrán exceder del 10% de los ingresos o de 4 SMG DF (94,550) lo que resulte menor.

98 REGIMEN INCORPORACION
NO pueden tributar en este régimen: 1.- Socios, Accionistas, integrantes de personas morales, o cuando sean partes relacionadas. 2.- Contribuyentes que realicen actividades relacionadas con bienes raíces, negocios inmobiliarios.

99 REGIMEN INCORPORACION
NO pueden tributar en este régimen: 3.- Las personas físicas que obtengan ingresos por comisión, mediación, agencia, correduría, consignación y distribución. 4.- Personas físicas que obtengan ingresos por espectáculos públicos y franquiciatarios. 5.- Contribuyentes que realicen actividades a través de fideicomisos o A en P.

100 REGIMEN INCORPORACION
ENTERAN SU PAGO BIMESTRAL. Ingresos (-) Deducciones (Activos gastos y cargos diferidos) (-) PTU (-) Diferencia entre los ingresos percibidos y las deducciones los bimestres anteriores (cuando estas sean mayores) (=) Base del Impuesto. Art.113LISR

101 REGIMEN INCORPORACION
Cuando el contribuyente enajene la negociación NO podrá volverá tributar en este régimen.

102 IMPUESTO AL VALOR AGREGADO

103 Se elimina la tasa del 11% en la Zona Fronteriza.
Se elimina la TASA 0% en la ENAJENACION DE: 1.- Perros, gatos y pequeñas especies utilizadas como mascotas en el hogar. 2.- Chicles y gomas de marcar. 3.- Alimentos para mascotas. Art.2AFIa)b)5,b)6.

104 Se elimina el IVA en el régimen de pequeños contribuyentes.
Se deroga Art. 2C. Se elimina el IVA en el régimen de pequeños contribuyentes. SE ELIMINA la opción de acreditamiento en comprobantes simplificados y maquinas registradoras. Art.5.

105 REGIMEN DE INCORPORACION.
1.-Deberan determinar el IVA en forma bimestral. 2.- DEBERAN registrar los ingresos, egresos, inversiones y deducciones. 3.- Conservar y expedir comprobantes fiscales. 4.- NO informativas si presentan DIOT

106 REGIMEN DE INCORPORACION.
IVA CAUSADO. (-) IVA ACREDITABLE. (=) IVA A CARGO. (-) IVA RETENIDO. (=) PAGO BIMESTRAL. ART.5 E

107 Se grava el transporte FORANEO
De pasajeros al 16%. Art.15F. Se homologa el IVA a la transportación aérea internacional de carga y pasajeros y BIENES. 25% NACIONAL 75% EXPORTACION.

108 Se elimina la exención del IVA para las enajenaciones a PM con programas IMMEX (Industria Manufacturera Maquiladora y de servicios de Exportación) , maquiladoras, o la industria automotriz así como en los bienes sujetos al régimen de recinto fiscalizado estratégico.

109 Concepto importación de bienes o servicios (Art.24 I, 25 I).
Se considera introducción al país de bienes cuando se destinen a los regímenes de importación temporal para la elaboración transformación de programas de maquila o de exportación de deposito fiscal para someterse al proceso de ensamble y fabricación de vehículos de elaboración, transformación o reparación en recinto fiscalizado y recinto fiscalizado estratégico.

110 Obtener certificación del SAT. – Reglas de carácter general.
Crédito Fiscal (Art.28ª). Las personas que introduzcan bienes al país de importación temporal mediante programas podrán aplicar un crédito fiscal del 100% del IVA que deba pagarse por la importación que será acreditable contra el IVA que deba pagar. Obtener certificación del SAT. – Reglas de carácter general.

111 IMPUESTO ESPECIAL SOBRE PRODUCCION Y SERVICIOS
Bebida alcohólicas: Hasta 14 GL % Mas de 14GLy hasta 20GL 30%. Mas de 20 GL % Bebidas azucaradas 1.00 por litro. Impuesto a gasolinas Art.2H Impuesto a plaguicidas Art.21

112 DEFINICION DE COMIDA CHATARRA
Alimento CHATARRA, con densidad de 275 kilocalorías o por cada 100 gramos el 8%. (Art.2). DEFINICION DE COMIDA CHATARRA Botanas Productos de confitería Chocolate. Derivados del cacao Flan Pudin. Dulces de frutas y hortalizas Crema de cáchuate Dulces de leche. Helados, nieves y paletas de hielo

113 Se enlistan los alimentos de consumo básico, considerando su importancia en la alimentación de la población, que NO quedan gravados con el impuesto especial sobre producción y servicios: A. Cadena del trigo: Tortilla de harina de trigo, incluyendo integral. Pasta de harina de trigo para sopa sin especies, condimentos, relleno, ni verduras. Pan no dulce: bolillo, telera, baguette, chapata, birote y similares, blanco e integral, incluyendo el pan de caja. Harina de trigo, incluyendo integral. Alimentos a base de cereales de trigo sin azúcares, incluyendo integrales.

114 Cadena del maíz: Tortilla de maíz, incluso cuando esté tostada. Harina de maíz. Nixtamal y masa de maíz. Alimentos a base de cereales de maíz sin azúcares.

115 C. Cadena de otros cereales:
Alimentos a base de cereales para lactantes y niños de corta edad. Alimentos a base de otros cereales sin azúcares, incluyendo integrales. Pan no dulce de otros cereales, integral o no, incluyendo el pan de caja. Fundamento legal: Regla I de la RMF/ 2014.

116 GRACIAS….....


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