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C. Rafael Moreno Valle Rosas

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Presentación del tema: "C. Rafael Moreno Valle Rosas"— Transcripción de la presentación:

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2 C. Rafael Moreno Valle Rosas
Gobernador Constitucional del Estado de Puebla y Presidente Honorario de la Junta de Gobierno del Instituto Poblano de las Mujeres Dirección General del Instituto Poblano de las Mujeres Dirección General del Instituto Poblano de las Mujeres C. Mónica Lara Chávez Directora General Anahí Gabriela Casiano Juárez Adriana Chávez Martínez de Escobar Paula Martínez Mora Jorge Arroyo Martínez María Guadalupe Gómez Rojas Dirección de Asuntos Jurídicos y Orientación Psicológica C. María de Lourdes Piña Jacobo Directora Diana Jaquim González Rodrigo Salas Galindo Ignacio Arturo Flores Cerón Pascual Herrera Guerrero Carolina Valencia Castañeda Subdirección Administrativa C. José Luis López García Subdirector Marisol Hernández Bravo Joaquín Cid Chavarría Unidad de Desarrollo Administrativo, Planeación e Informática C. Alejandro García Soriano Titular Lorena Isabel Monterrosas Melgarejo Mauricio Carrasco López Mario Alberto Mendoza Aguirre Montserrat Nalleli González Cabrera Jorge Javier Zambrano Morales Dirección Estratégica para la Institucionalización de la Perspectiva de Género C. Mariana Sánchez Tapia Directora Nancy Salinas Vázquez Belén Valdez Muñoz Alicia Sánchez González José Abraham Gómez Palacios Dirección de Operación Regional C. Roberto Rodríguez Acosta Director María Rita Rojas Sánchez Dulce María Martínez Toxtle Laura Elena Jiménez Tapia Héctor Vázquez Campos María Patricia Escalante González Calle 2 Sur 902 Centro Histórico, Puebla, Pue. Teléfono (01 222)

3 ÍNDICE INTRODUCCIÓN 1.- El Instituto Poblano de las Mujeres y sus acciones estratégicas. 1.1. Marco conceptual 1.2. Población Objetivo 1.3. Objetivo del Modelo 2.- Violencia contra las Mujeres. 2.1. Tipos de la Violencia. 2.2. Modalidades de la Violencia. 2.3. Ciclo de la Violencia. Fases 2.4. Incidencia. 2.5. Perfil del Agresor. 2.6. Perfil del Receptor/a. 2.7. Consecuencias de la violencia. 2.8. Síndromes asociados a la violencia. 2.9. Costos de la violencia. 3.- Marco Legal para el abordaje de la violencia contra las mujeres. 3.1. Legislación Estatal, Nacional e Internacional. 4.- Características generales a todos los servicios de atención para el uso y aplicación del Modelo de Atención. 4.1. Profesionales que realizan las tareas de atención. 4.2. Atención legal. 4.3. Alcances. 9 11 12 14 15 17 21 22 24 25 26 29 31 56 57

4 ÍNDICE 5.- La atención legal en el Instituto Poblano de las Mujeres en casos de violencia. 5.1. Divorcio 5.2. Pensión alimenticia 5.3. Custodia de menores 5.4. Retención o sustracción de menores 5.5. Lesiones 5.6. Denuncia en caso de violencia 5.7. Hostigamiento y acoso sexual 5.8. Derechos de las víctimas de violencia 5.9. El equipo de trabajo 5.10 Funciones del personal de atención legal 5.11. Organigrama de la Dirección de Asuntos Jurídicos y Orientación Psicológica 6.- Procedimiento de Atención Legal. 6.1. Objetivo General. 6.2. Responsable. 6.3. Alcances. 6.4. Modelo de Intervención Legal. 6.5. La Sistematización. 6.6. Evaluación. 6.7. El cuidado del personal que brinda Atención Legal. ANEXOS REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS 58 59 63 64 65 66 67 68 70 72 76 82 83 87 91

5 PRESENTACIÓN Lic. Mónica Lara Chávez
La violencia contra las mujeres representa una evidente alarma social, y por tanto, despierta el interés público. La sociedad apoya la demanda de protección, seguridad y ayuda hacia las mujeres que viven algún tipo de violencia. En los últimos años se han producido avances legislativos en materia de violencia así como la creación de Programas encaminados al fortalecimiento institucional que permiten comprender las limitaciones y barreras que existen entre los géneros; así como modificar y romper las relaciones que limitan a las mujeres en su identidad, para revertir su posición de subordinación y permitirles fortalecer su autonomía, a fin de asegurar su participación en todas las áreas de la vida: de pareja, familiar, comunitaria , social, institucional y política, entre otras. Las acciones de sensibilización que se llevan a cabo en el Instituto Poblano de las Mujeres permiten que cada vez más mujeres se informen y tengan acceso a personal especializado y, de esta manera, puedan actuar consecuentemente dentro del marco de sus derechos, reconociendo los rasgos de la violencia de género, y ofrecerles una información práctica, legal, psicológica, social y de salud, para ayudarles a superar la situación de violencia que sufren y para que, a la hora de adoptar una decisión, puedan hacerlo sin correr riesgos innecesarios. Lic. Mónica Lara Chávez Directora General del Instituto Poblano de las Mujeres.

6 ÍNDICE INTRODUCCIÓN Históricamente, la violencia hacia las mujeres ha existido en diversas formas y nuestro país ha dado cuenta de ello; por lo que las diferentes instituciones del Estado han hecho propuestas para combatirla. Dentro de estas instituciones y siendo una de las más importantes para brindarles apoyo y atención a las mujeres que se encuentran viviendo esta situación, tenemos al Instituto Poblano de las Mujeres, el cual ya ha alcanzado distintos avances para poder combatirla. Cabe señalar que la violencia es toda acción que pueda causar en la víctima, un daño físico; psicológico; patrimonial; económico y sexual; dentro del primero, encontramos que es cualquier conducta en la que se haga el uso intencional de la fuerza contra el cuerpo de otra persona de tal modo que encierre lesiones físicas, daños o dolor; el segundo, está considerado en aquellas conductas que desvalorizan a la víctima, por medio de distintos actos, algunos de ellos pueden ser: los celos, la ridiculización, amenazas verbales, insultos, los cuales en ocasiones son mucho más difíciles de superar que los daños físicos; dentro de la violencia patrimonial, tenemos, la transformación, sustracción, destrucción, retención o distracción de objetos, documentos personales, bienes y valores, destinados a satisfacer sus necesidades y puede abarcar los daños a los bienes comunes o propios de la víctima; en la violencia económica, encontramos toda acción u omisión que afecta la supervivencia económica de la víctima; y por último, pero no menos importante, tenemos como uno de los actos más difíciles que puede vivir una víctima, el maltrato sexual, lo cual es cualquier tipo de intimidad sexual realizada de manera forzada por parte del marido o compañero, no limitándose a la penetración vaginal o anal. En muchas ocasiones esta violencia es provocada porque el hombre se siente un ser superior ante la situación de las mujeres, y esto se puede deber a la educación que se ha recibido de generación en generación; por los patrones paternos, que ejercían el rol dominante y agresor. Cuando esta conducta se vuelve cotidiana se hace normal para la persona que la ejerce, así como para la mujer que la recibe, ya que si durante su vida a observado y vivido los mismos patrones, no se dan cuenta del grado de maltrato al que están siendo sometidas. Los instrumentos más significativos a nivel internacional en materia de prevención y atención de la violencia contra las mujeres son los tratados internacionales celebrados por el Estado Mexicano, entre los que se encuentran, la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas

7 1) Modelo de Atención Psicológica en casos de violencia familiar,
ÍNDICE de Discriminación contra la Mujer (CEDAW) y la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (Belém Do Pará), la cual establece que: Los Estados Partes convienen en adoptar, en forma progresiva, medidas específicas, inclusive programas para suministrar los servicios especializados apropiados para la atención necesaria a la mujer objeto de violencia, por medio de entidades de los sectores público y privado; como los refugios, servicios de orientación para toda la familia, cuando sea del caso, y cuidado y custodia de los menores afectados. Para ello las Instituciones Gubernamentales, deberán proporcionar atención, asesoría jurídica y tratamiento psicológico especializado y gratuito a las víctimas, que favorezcan su empoderamiento y reparen el daño causado por dicha violencia. Atendiendo a la información proporcionada por el Instituto Poblano de las Mujeres en el año 2006, con recursos del PAIMEF se crearon e imprimieron tres modelos de atención, siendo los siguientes: 1) Modelo de Atención Psicológica en casos de violencia familiar, 2) Modelo de Atención Legal en casos de violencia familiar, y 3) Modelo de Atención de la Línea Telefónica en casos de violencia familiar. Debido a los avances en el reconocimiento jurídico de los derechos humanos de las mujeres para la prevención, atención, sanción y erradicación de la violencia hacia las mujeres en el Estado; es necesaria la actualización de estos modelos para que se adecuen a las necesidades actuales y que estén alineados con la legislación vigente, entre la cual podemos señalar: La Ley para el Acceso de las Mujeres a una vida Libre de Violencia del Estado de Puebla; publicada en el Periódico Oficial del Estado de Puebla el 26 de Febrero de 2007. La ley para la Igualdad entre Mujeres y Hombres del Estado de Puebla, publicada en el Periódico Oficial del Estado de Puebla el 22 de Agosto de 2008. El Reglamento de la Ley para la Igualdad entre Mujeres y Hombres del Estado de Puebla, publicada en el Periódico Oficial del Estado de Puebla el 11 de febrero de 2009. El Sistema Estatal para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, instalado el 11 de febrero de 2009. El Reglamento de la Ley para el Acceso de las Mujeres a una vida Libre de Violencia del Estado de Puebla; publicado en el Periódico Oficial del Estado de Puebla el 11 de Noviembre de 2009.

8 ÍNDICE El Sistema estatal para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la violencia contra las Mujeres, integrado el 5 de marzo de 2008. El Reglamento para el Funcionamiento del Sistema estatal para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la violencia contra las Mujeres, aprobado el 30 de mayo de 2008. El presente trabajo se propone como un ejercicio de continuidad en la introspección y revisión de los procesos institucionales bajo los cuales se ha proporcionado atención a mujeres en situación de violencia por parte del Instituto, con el objeto de detectar las áreas de oportunidad en cada una de las modalidades de atención, es decir Unidades de Atención (Centro de atención externa del Instituto Poblano de las Mujeres, Casa de servicios de atención a las mujeres, Unidad Regional Teziutlán y Unidad Regional Huauchinango así como la Línea telefónica), verificar procedimientos y adecuar el Modelo de Atención bajo el cual se ha venido operando en los últimos años, con el fin de mejorar la calidad de los servicios, evitar la duplicidad de actividades y conocer las necesidades operativas, presupuestales, desarrollo de competencias del personal así como la planeación de futuros proyectos dirigidos a la prevención, atención y sanción de la violencia contra las mujeres, de acuerdo a las atribuciones conferidas al Instituto Poblano de las Mujeres en la Ley de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y el Sistema Estatal para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres. Para lograr la adecuación de los Modelos de Atención existentes, es preciso mencionar que se realizó la aplicación de instrumentos de diagnóstico mediante encuestas a las y los funcionarios del Instituto Poblano de las Mujeres encargados de brindar atención, a fin de fortalecer la atención e identificar sus fortalezas, oportunidades, amenazas y debilidades estandarizando los procedimientos de atención mejorándola sustancialmente y estableciendo las pautas de cumplimiento obligatorio para una atención de calidad en las Unidades de Atención.

9 EL INSTITUTO POBLANO DE LAS MUJERES Y SUS ACCIONES ESTRATÉGICAS
ÍNDICE EL INSTITUTO POBLANO DE LAS MUJERES Y SUS ACCIONES ESTRATÉGICAS El Instituto Poblano de las Mujeres fue creado por decreto el 24 de marzo de 1999 como un Organismo Público Descentralizado del Gobierno del Estado de Puebla, sectorizado a la Secretaría de Desarrollo Social del Estado, cuenta con personalidad jurídica, patrimonio propio, autonomía de gestión y con domicilio en la capital del Estado, pudiendo tener representaciones en la entidad a través de Coordinaciones Regionales. Tiene por objeto fomentar y promover la igualdad jurídica entre la mujer y el hombre, el respeto a la dignidad humana, la no discriminación, la equidad y libertad de las mujeres; así como coordinar, proponer, impulsar, gestionar y ejecutar acciones afirmativas a través del proceso de transversalidad mediante la incorporación de la perspectiva de género, para mejorar de manera integral la calidad de vida y el ejercicio pleno de todos los derechos de las mujeres que contribuya a su eficaz participación en los ámbitos económico, administrativo, cultural, político y social del Estado. Cumpliendo con uno de sus objetivos, el Instituto Poblano de las Mujeres ha puesto especial empeño en la disminución de la violencia de género en el Estado de Puebla a través de acciones estratégicas en el ámbito público y privado mediante procesos de intervención inter e intrainstitucionales encaminados al empoderamiento de las mujeres y a la mejora de su bienestar personal, familiar y social; prevenir la violencia contra las mujeres y las niñas a través de acciones de capacitación, promoción, difusión y puesta en marcha de proyectos piloto que disminuyan el riesgo de ser víctimas de violencia por su condición de género y brindar acompañamiento en los procesos de atención de las mujeres en situación de violencia de género a través del fortalecimiento, ampliación, cobertura geográfica de las diferentes estrategias y modalidades que emplea el Instituto Poblano de las Mujeres para lograr una atención oportuna, expedita que evite la revictimización y logre el ejercicio de sus derechos humanos. 1.1 MARCO ESTRUCTURAL Los avances en el marco legislativo nacional han detonado, entre otras cosas, la articulación de acciones y servicios orientados a la atención gratuita de las mujeres víctimas de violencia de

10 ÍNDICE género en diferentes áreas que se han considerado indispensables para protegerlas y ayudarlas a salir de la situación de riesgo en que viven. Dentro de estos servicios se identifican la atención al daño psicológico o emocional, la potenciación de capacidades o empoderamiento de las mujeres, asesoría jurídica, así como la atención médica de las lesiones y secuelas físicas causadas por los hechos de violencia. En otras palabras, estos servicios se han perfilado como una serie de herramientas que den apoyo a las mujeres víctimas para que adquieran herramientas personales que les permitan tomar sus propias decisiones sobre el camino que habrán de seguir para salir del esquema de violencia que viven. La propuesta de un modelo de esta naturaleza se sostiene en cinco principios de actuación básicos, mismos que permean todas las acciones y procedimientos que lo estructuran, sin que ello implique una pérdida de la flexibilidad necesaria para cuidar la diversidad de mujeres a las que van dirigidos los servicios, incluyendo las diferencias entre mujeres que viven en centros urbanos, en demarcaciones rurales; mujeres indígenas, migrantes, con discapacidad, ancianas, niñas, , clase social, con y sin estudios formales, casadas, solteras, en concubinatos, viudas, y el largo etcétera que engloba a las mujeres que son víctimas de violencia y pueden requerir una atención integral. Estos principios son: Reconocimiento de la veracidad del dicho de la mujer, lo que implica creer en su relato, desde el primer momento en que se presenta ante cualquier autoridad o persona solicitando uno de los servicios de atención; Respeto a la decisión y dignidad de la mujer víctima, usuaria de los servicios de atención; es decir, quienes participan en la orientación, asesoría, tratamiento psicológico y/o acompañamiento dentro de los servicios de atención deberán brindar la información necesaria y mostrar las opciones existentes y convenientes para que las mujeres víctimas de violencia, sean quienes tomen las decisiones sobre el camino a seguir, en pleno respeto de su capacidad decisoria y dignidad como persona; No revictimización, lo que implica que en todo momento las mujeres que sufren violencia deberán ser atendidas por todas las instancias evitando que la victimización se multiplique al minimizar, tergiversar, negar o reiterar la explicación del reclamo original de la situación de violencia; Confidencialidad, es decir, la información recibida de la mujer víctima en cualquiera de las instancias que brindan servicios de atención, será objeto de total y absoluta confidencialidad, compartida únicamente al interior del equipo de atención y/o por autorización expresa de la mujer de que se trate, y

11 1.2 POBLACIÓN OBJETIVO 1.3 OBJETIVO DEL MODELO
ÍNDICE No discriminación en el sentido más amplio del término, de tal suerte que las mujeres víctimas de violencia serán atendidas por igual sin distinción por su condición de origen étnico o racial, edad, credo, nivel económico, nivel social, escolaridad, capacidades diferentes, nacionalidad, actividad profesional, orientación o preferencia sexual, y de cualquier otra diferencia. 1.2 POBLACIÓN OBJETIVO La población objetivo son las mujeres que acuden al Centro de Atención Externa del Instituto Poblano de las Mujeres, a la Casa de Servicios de Atención a las Mujeres y Unidades Regionales Teziutlán y Huauchinango; a donde se llevan a cabo los servicios de intervención en sus diferentes modalidades; y a las mujeres que llaman a la línea telefónica; ya que generará una sola ruta de trabajo, y evitará la revictimización de las mujeres que necesitan este servicio. En este sentido las beneficiarias son mujeres que viven o han vivido situaciones de violencia de género, sus hijas e hijos como beneficiarios indirectos. 1.3 OBJETIVO DEL MODELO El Modelo de Atención va dirigido a profesionales del derecho con el objetivo de proporcionar información a las mujeres víctimas sobre sus derechos, las características de los procesos judiciales y las opciones legales que tienen frente a sí. Estos servicios pueden incluir orientación, información, asesoría. Dependiendo de cada caso, puede estar referida a diferentes materias: derecho penal, familiar, civil o, laboral. Este tipo de atención incorpora el asesoramiento, acompañamiento y, en su caso, la representación jurídica de las mujeres que han visto trasgredidos sus derechos a través de conductas violentas tipificadas en el fuero local o federal, en las diligencias ya sea en los espacios de procuración de justicia o ante tribunales que garanticen la restitución de dichos derechos. La atención jurídica tiene como prioridad promover el acceso a la justicia, salvaguardando la seguridad y derechos de las mujeres víctimas y sus hijas e hijos de posibles agresiones o violencias de su agresor, y brindar información de los alcances y límites que tienen las medidas jurídicas para mejorar su situación actual, promover el resarcimiento del daño y fortalecer las medidas personales e institucionales que garanticen la no repetición de la violencia.

12 2. VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES
ÍNDICE 2. VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES La palabra violencia deriva de vis, que significa fuerza. Así “la violencia es un acto dirigido e intencional, forzado y en contra de la voluntad de una persona donde existe un desbalance de poder real consciente o inconsciente” (Velázquez, 2003). La raíz etimológica del vocablo, que remite a fuerza, se corresponde con verbos como violentar, violar, forzar. A partir de esta aproximación semántica puede afirmarse que la violencia supone el uso de la fuerza, ligado al poder, para producir daño. De acuerdo a la Organización Panamericana de la Salud (OPS/OMS, 2002), la violencia es un fenómeno difuso y complejo cuya definición científica es variable, ya que depende de la apreciación. Es decir, la noción de comportamientos aceptables e inaceptables o como causantes de daños, está influida por la cultura y sometida a una continua revisión conforme evolucionan los valores y las normas sociales. La Organización Mundial de la Salud (OMS) define la violencia como el uso deliberado de la fuerza física o el poder, en grado de amenaza o efectivo, contra uno mismo, otra persona o un grupo o comunidad, que cause o tenga la probabilidad de originar lesiones, muerte, daños psicológicos, trastornos del desarrollo o privaciones. Esta definición comprende la violencia interpersonal, el comportamiento suicida, los conflictos armados y una amplia gama de actos que rebasan la coerción física, como las amenazas e intimidaciones. Además de la muerte y las lesiones, incluye también las consecuencias del comportamiento violento, a menudo menos notorias; como los daños psíquicos, privaciones y deficiencias del desarrollo que comprometen el bienestar de las personas, las familias, las comunidades y la sociedad. (OPS/OMS,2002).

13 ÍNDICE FIGURA 1 La violencia contra las mujeres es reconocida en el siglo XXI como un problema de salud pública, una violación a los derechos humanos y un tema de interés en todo el mundo. No obstante sus consecuencias de orden físico, psicológico y social, es una práctica cotidiana favorecida por su invisibilización y la permisividad social, sustentada en mitos que culpan a las mujeres de la violencia ejercida contra ellas. Malestar, indignación y una normalización en los espacios donde ocurre, son algunas de sus consecuencias. Si bien es cierto, en el nuevo milenio la violencia de género es visible a través de los medios de comunicación masiva y en las últimas décadas ha recibido una creciente atención pública, sin embargo, no ha sido suficiente para desnaturalizarla y mostrar la estructura que la sustenta, ya que sólo se ha evidenciado superficialmente. (Devalle, 2000). Para Johan Galtung (1969), la violencia se estructura en tres componentes. Uno es la violencia directa, que muestra una relación entre sujeto y objeto. El segundo, la violencia estructural, que se asienta en las instituciones sociales mediante jerarquías de clases sociales, origen étnico, color de piel, sexo y orientación sexual. El tercer componente se refiere a los aspectos culturales de la sociedad, que se reflejan de manera simbólica en nuestra vida cotidiana, por ejemplo, el lenguaje, las creencias religiosas, la ciencia y el arte, que enmarcan una forma de vivir que legitima la violencia. Tanto la violencia cultural como la violencia estructural

14 2.1 TIPOS Y MODALIDADES DE LA VIOLENCIA
ÍNDICE son difíciles de percibir porque el sistema se encarga de invisibilizarlas y normalizarlas en nuestra sociedad, como la violencia contra las mujeres y la violencia de género. La problemática de la violencia contra las mujeres necesita entenderse como un proceso socializador, que como Cazés (2005) señala, es aquel en que cada sujeto interioriza el contenido del género basado en el sexo que se le asignó al nacer. Es decir, aprende a ser hombre o mujer, y desarrolla su identidad genérica conforme al desiderátum de la sociedad y la cultura a las que pertenece. Estas características biológicas instauradas en los cuerpos y en las mentes, así como en un prolongado trabajo colectivo de socialización de lo biológico y de biologización de lo social, se conjugan para invertir la relación entre las causas y los efectos y aparentar que una construcción social es el fundamento natural de la división arbitraria de la realidad. Dicho orden sociocultural establece una relación de dominación-subordinación en que las mujeres durante su existencia personal e histórica han padecido el sometimiento y la violencia estructuralmente masculinizada, símbolo indiscutible del sistema sexo-género. 2.1 TIPOS Y MODALIDADES DE LA VIOLENCIA De acuerdo a la Ley para el Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, los tipos de violencia contra las mujeres son: (CUADRO 1) TIPOS Y MODALIDADES DE LA VIOLENCIA

15 2.2 MODALIDADES DE LA VIOLENCIA (CUADRO 2)
ÍNDICE 2.2 MODALIDADES DE LA VIOLENCIA (CUADRO 2) 2.3 CICLO DE VIOLENCIA La preparación de la secuencia violenta tiene un carácter ritualizado constituido por tres elementos: espacial, temporal y temático. El espacial se refiere al territorio donde se origina la violencia, si éste es público o privado, dentro o fuera, con la presencia o no de terceros. El momento temporal en que se desatan los hechos está predeterminado. Es común que la violencia de hombres a mujeres se dé los fines de semana y por las noches. Con los niños, al hacer las tareas o durante la comida.

16 ÍNDICE El aspecto temático se refiere a los acontecimientos, temas o contenidos comunicativos que desencadenan las interacciones violentas (por ejemplo: el trabajo, los parientes, los celos, etcétera). Cada actor de la interacción violenta sabe que palabras dañan o enfurecen al otro y en que tema esto se agudiza. Si se da algún cambio en estos tres aspectos, se pierde la rigidez del consenso implícito. El consenso no está claramente explicado para los actores, de ser así se mostraría el carácter ilusorio del conflicto. Algunos estudios señalan la existencia de un activador que anuncia la interacción violenta. En una intervención es preciso identificarlo, pues puede ser clave para el tratamiento y rehabilitación de los actores. Las familias con comportamientos violentos tienen un sistema de creencias que refuerza la aparición de los actos violentos. Este se manifiesta en vivir las diferencias como grandes amenazas, y en la conformación de exigencias y expectativas que son inalcanzables por los actores. Muchas de ellas derivan de roles genéricos que exigen a las mujeres un comportamiento sumiso, sentimental, maternal y pasivo, y a los hombres, un rol de proveedores, no demostrar sus sentimientos, dirigir y controlar. Dichos roles terminan convirtiéndose en negaciones del deseo propio y la individualidad, en una especie de camisa de fuerza. La violencia tiende a presentarse de forma cíclica, intercalando periodos de calma y afecto hasta situaciones que pueden poner en peligro la vida de las mujeres. Tal dinámica nos advierte del establecimiento de un vínculo de dependencia emocional y posesión difícil de romper, tanto para el agresor como para la víctima. Leonore Walter en 1979 describió el carácter cíclico del fenómeno de la violencia e identificó tres fases o momentos:

17 2.3.1 FASES CICLO DE LA VIOLENCIA (FIGURA 2)
ÍNDICE CICLO DE LA VIOLENCIA (FIGURA 2) Las conductas violentas contra la mujer aparecen generalmente desde que inicia la relación y se agravan con el paso del tiempo. El fenómeno de la violencia es de carácter cíclico y de intensidad creciente que se caracteriza por tres fases o momentos en el ciclo violento de la relación de pareja. (Canntrell, 1986) 2.3.1 FASES Fase de Acumulación de Tensión: Esta fase se caracteriza por la sucesión de acontecimientos que incrementan la tensión, la hostilidad y ansiedad entre la pareja, variando en intensidad y frecuencia. Se produce una dinámica marcada por la tolerancia al conflicto y la acumulación de tensiones resultantes de ellos. La duración de esta fase del ciclo es diferente en cada pareja y puede durar desde meses hasta pocas horas. Características: Se caracteriza por la sucesión de acontecimientos que incrementan la tensión, la hostilidad y ansiedad entre la pareja, variando en intensidad y frecuencia. Se producen agresiones “menores”, la mujer maneja estas agresiones a través de conductas que antes le han resultado exitosas.

18 ÍNDICE La mujer deja que la pareja sepa que acepta su abuso, con la idea de que éste no se enoje y explote. La mujer se niega a sí misma que está enojada, racionaliza, llegando incluso a justificar la agresión. Estos episodios aislados tienden a ser minimizados y atribuidos a factores externos, pensando que no puede hacer nada para modificar la situación. A través de la repetición de una misma defensa psicológica, la mujer niega el terror a la inevitable segunda fase, intentando creer que puede tener todo bajo control. La duración de esta fase varía en cada pareja, algunas permanecen por largos períodos de tiempo, pero una situación externa puede romper el equilibrio, razón por la que muchas mujeres intentan controlar las posibles influencias o situaciones externas que puedan alterar dicho equilibrio. Cuando va aumentando el nivel de tensión entre la pareja, se hace más difícil soportarse. En los hombres aumentan las conductas posesivas y violentas; en la mujer los sentimientos de rabia duran largos períodos de tiempo, hasta que la tensión se vuelve insostenible e imposible restaurar el equilibrio. La mayoría de las mujeres no buscan ayuda inmediatamente después del ataque, a menos de que estén muy heridas y requieran de atención médica, ya que la actitud que muestran es similar a la de las víctimas de catástrofes, de colapso emocional: indiferencia, depresión y sentimientos de desamparo, llegando incluso a aislarse hasta 24 horas o varios días posteriores al ataque. 2. Fase de la Explosión violenta: Durante esta fase se produce la descarga incontrolada de las tensiones acumuladas durante la fase anterior. Esta descarga puede variar en gravedad y abarcar desde un empujón hasta el homicidio. Esta fase tiende a incrementar tanto su ocurrencia como la gravedad de la violencia o bien, puede suceder que permanezca igual durante algún tiempo, antes de aumentar, caracterizándose por ser incontrolable e impredecible.

19 3. Fase de la Luna de miel o reconciliatoria:
ÍNDICE Características: Se distingue por la descarga de tensiones acumuladas en la fase anterior, se pierde el control y el grado de agresión aumenta. La mujer siente que ya no es posible controlar su terror, rabia y ansiedad. Esta fase es más breve que la primera y tercera, el grado de violencia es impredecible e incontrolable. La sensación de terror y tensión incontrolables generan insomnio, inapetencia o a la inversa, ganas de dormir y comer mucho. Sólo el agresor puede poner fin a esta segunda fase a través de la reflexión para dejar de producir la descarga de tensión. La opción para la víctima es encontrar un lugar donde mantenerse a salvo. El por qué los hombres se detienen, no queda muy claro, pero cualquier reacción de la mujer puede enfurecerlos aún más. Al finalizar esta fase le sigue un shock: negación e incredulidad de que haya sucedido; ambos encuentran la manera de racionalizar la gravedad del ataque. La mayoría de las mujeres no buscan ayuda inmediatamente después del ataque, a menos de que estén muy heridas y requieran de atención médica, ya que la actitud que muestran es similar a la de las víctimas de catástrofes, de colapso emocional: indiferencia, depresión y sentimientos de desamparo, llegando incluso a aislarse hasta 24 horas o varios días posteriores al ataque. 3. Fase de la Luna de miel o reconciliatoria: Esta fase se distingue por la actitud del agresor, extremadamente amorosa y arrepentida. Manifiesta sentirse arrepentido, prometiendo que nunca se volverá a repetir lo ocurrido, mostrándose cariñoso y considerado con la mujer. Muchas veces se produce una negación de lo ocurrido, minimizando la gravedad del acto violento, se intentan renegociar los términos de la relación. Características: Fase caracterizada por el arrepentimiento y la demostración de afecto por parte del hombre intentando reparar lo hecho; se siente culpable por su comportamiento y pide perdón asegurando que no volverá a ocurrir. La tensión acumulada y manifestada, desaparece. El hombre realmente cree que no volverá a pasar y que será capaz de controlar su enojo, inclusive intuye que le ha enseñado una lección a su pareja, con lo cual ella dejará de hacer lo que hacía y él no necesitará recurrir de nuevo a la violencia.

20 ÍNDICE Se produce una negación de lo ocurrido, minimizando la gravedad del acto violento, se intentan renegociar los términos de la relación. Frente a esta actitud conciliadora del agresor, la mujer experimenta confusión, perdona la gravedad de los hechos y permanece en la situación violenta, buscando argumentos que justifiquen las agresiones sufridas. Su duración no ha sido determinada, parece más corta que la primera y más larga que la segunda. Esta es la fase donde las mujeres suelen solicitar ayuda, el momento en el que se sienten capaces de salir de la situación. Sin embargo, son presa de la culpa por desear abandonar el hogar, aunque están conscientes de no sentirse felices. Los hombres durante esta fase intentan convencer a otras personas que deben ayudarle a recuperar a su mujer. Las personas cercanas a la relación le pedirán a la mujer que vuelva con su pareja porque éste necesita de su ayuda. Se observa grandes intentos de persuadirla. En esta fase prevalece la idea de que quienes se quieren pueden superar toda situación adversa. Las mujeres eligen creer que la conducta que observan les muestra a su verdadero marido, advirtiendo cuán frágil e inseguro es y cuánto necesita de ella. La mujer se convence a sí misma de que él ha cambiado y podrá lograr lo que le ha ofrecido. Revive como un reflejo fugaz su sueño original, lo hermoso que es el amor. Él le recuerda que la necesita y amenaza con la idea de que pasarán cosas horribles si no lo perdona (suicidio amenaza común).Las mujeres se ven así mismas como un refugio, la única salvación de su pareja. Es importante tener en cuenta que esta etapa no siempre se presenta en el ciclo, si la situación se encuentra muy deteriorada, el agresor no pide “disculpas” por su conducta y constantemente arremete a su compañera. A medida que el ciclo se repite, los episodios se tornan más severos, se incrementa el grado de violencia y los periodos de calma son cada vez más breves; puede ocurrir que las fases se acorten o desaparezcan, esto se denomina escalada. En el momento de llevar a cabo la intervención, es importante identificar la etapa en la que se encuentra la persona que pide apoyo para el diagnóstico y la implementación de acciones preventivas. La Escalada guarda relación con la aparición sucesiva de las diferentes manifestaciones de violencia.

21 ÍNDICE Mientras menor es la intensidad de la escalada, menor es el riesgo y mejor el pronóstico al momento de intervenir. La violencia sexual es la manifestación más grave y de mayor deterioro de la relación. 2.4 INCIDENCIA La violencia contra las mujeres o Violencia Basada en el Género (VBG) se refiere a “una gama de costumbres y comportamientos misóginos en contra de niñas y mujeres, que abarca tipos de comportamientos físicos, emocionales, sexuales, económicos. Generalmente deriva de normas culturales y sociales que le otorgan poder y autoridad a los hombres sobre las mujeres e incluye actos de grado de maltrato en el hogar, la familia, el trabajo, los espacios públicos y en la comunidad” (OPS, 2005). Es a partir de la realización de la Encuesta Nacional sobre Violencia contra las Mujeres, ENVIM, 2003 y de la Encuesta Nacional sobre la Dinámica de las Relaciones en los Hogares, ENDIREH, 2006, que se cuenta con información que ofrece una mayor aproximación sobre los tipos, modalidades y dimensiones de la violencia de género, entre lo que destaca que: en México, hay 21.6 millones de mujeres casadas o unidas, de las cuales 35% reportó haber vivido algún episodio de violencia durante el año previo a la entrevista; el 43.2% de las mujeres sufrieron violencia por parte de su pareja en la última relación; la violencia familiar contra las mujeres, sin considerar al esposo o pareja sin incidentes se situó en 84.1% y la violencia familiar contra la mujer con incidentes se sitúa en 15.9%; la violencia emocional representó el 37.5%, mientras que la violencia económica el 23.4%, la violencia física con 19.2% y la violencia sexual con el menor porcentaje, se ubicó en el 9%; la violencia comunitaria sin incidentes se situó en 60.3% mientras que la comunitaria con incidentes se reportó en el 39.7%; la violencia patrimonial sin incidentes se sitúa en 94.2% y la violencia patrimonial con incidentes representó el 5.8%. La violencia en el ámbito escolar mostró el 15.6% y en el ámbito laboral fue de 29.9%, entre otras. También esta misma encuesta nos menciona la relación y ámbito donde ocurre la mayor violencia contra las mujeres en las relaciones de pareja, y por ende, el principal agresor es o ha sido el esposo, pareja o novio. Así tenemos que cuatro de cada diez mujeres tienen o tuvieron una pareja, sea por matrimonio, convivencia o noviazgo, han sido agredidas por él en algún momento de su vida marital, de convivencia o noviazgo; entre las mujeres que están o estuvieron casadas o unidas y que mantuvieron una relación de cohabitación la prevalencia de violencia de pareja es aún más alta, alcanzando a cerca de la mitad de ellas (48.7%); El segundo ámbito de mayor violencia contra las mujeres son los espacios comunitarios o públicos; 39.7% de las mujeres han experimentado actos de violencia sexual, principalmente, por parte de desconocidos; el ámbito laboral, se ubica como el tercer espacio donde se violentan los derechos de las mujeres.

22 2.5 PERFIL DEL AGRESOR/A Y DE EL/ LA RECEPTOR/A
ÍNDICE Tres de cada diez mujeres asalariadas, que trabajaron durante 2005, enfrentaron actos de violencia en su espacio de trabajo, especialmente discriminación laboral. (INEGI: 194). Según revela estima esta misma Encuesta, más de la mitad de mujeres en Puebla han padecido algún cuadro de violencia ya sea física, sexual, económica o psicológica. En la ciudad de Puebla se tienen 446 mil mujeres económicamente activas, de las cuales 30 por ciento ha recibido abuso verbal en su trabajo y 16 de cada 100, acoso físico. En la entidad poblana se estima que hay 2.3 millones de mujeres de 12 años y más, un millón son madres de familia de la cuales 50 mil o más sufre violencia. De este universo cinco de cada diez madres han sido o son sometidas a violencia emocional, 29.1 por ciento es víctima de violencia económica, 25.9 por ciento reporta violencia física y 9.5 por ciento sexual. Entre las mujeres agredidas 34.9 por ciento son víctimas de incidentes de un tipo, mientras que 29.2 por ciento de dos; 24.7 por ciento de tres y 11.3 por ciento recibe maltratos de los cuatro tipos de violencia -emocional, económica, física y sexual. Por otro lado, la Encuesta Nacional sobre Violencia en el Noviazgo (ENVINOV -2007) en el apartado de Violencia establece que en general la violencia en el noviazgo tiende a pasar desapercibida,  por los propios jóvenes, sin embargo, detectó que en las relaciones de noviazgo que establecen las y los jóvenes entre 15 y 24 años hay expresiones de violencia de muy distinto tipo y en diferentes grados. Se detectaron tres tipos de violencia, la física, la psicológica y la sexual. Según la información recolectada en la ENVINOV, el 15 por ciento de las y los jóvenes han experimentado al menos un incidente de violencia física en la relación de noviazgo que tenían al momento de la ENVINOV. Los incidentes de violencia tienen una mayor proporción en zonas urbanas (16.4 por ciento), en comparación con las zonas rurales (13.2 por ciento).Es importante conceptualizar la violencia física desde una perspectiva de género, la mayor proporción de personas que reciben violencia física, son las mujeres (61.4 por ciento de las mujeres y 46 por ciento de los hombres). 2.5 PERFIL DEL AGRESOR/A Y DE EL/ LA RECEPTOR/A Perfil del agresor/a Suelen estar afectados por numerosos sesgos cognoscitivos relacionados con creencias equivocadas sobre los roles sexuales y que consideran inferiores a las mujeres, así como ideas distorsionadas sobre la legitimación de la violencia como forma de resolver conflictos. Suelen ser…

23 Rasgos de personalidad acentuados.
ÍNDICE Individuos con poca tolerancia a la frustración. Habilidades de comunicación muy limitadas. No poseen estrategias adecuadas para solucionar los problemas (incapacidad para manejar conflictos). Tienen dificultad para expresar sus emociones y sentimientos. Rasgos de personalidad acentuados. Dependencia emocional. Agresividad generalizada. Problemas en el control de la ira. Impulsividad. Baja autoestima. Celos. De acuerdo con algunos resultados de investigaciones documentadas por Bertelli (1999), las y los agresores se caracterizan por: Deseo de control. Desea controlar todos los actos que realiza su pareja. Celos excesivos. Tiene una doble fachada. En público son amables y amorosos y en lo privado violentos. Falta de seguridad personal. Siente constantemente amenazado su poder. Baja autoestima. Tiene una débil imagen de sí mismo. No confía en sus logros. Represión de sentimientos. Siente que pierde poder si manifiesta sus emociones. Dificultades en la comunicación. No logran establecer comunicaciones efectivas. Se comunica a través de roles estereotipados que no le comprometen como persona. Aislamiento emocional. Socializa con las demás personas pero no se compromete afectivamente. Incapacidad de alternativas ante el conflicto. Reacciona impulsivamente, no cuenta con herramientas para solucionar conflictos. Agresión silenciosa. Usa el lenguaje no verbal para agredir. Actitud negadora. Niega la realidad, niega su violencia. No se responsabiliza de sus actos. Manipula a sus hijas e hijos a familiares y amigos cercanos para hacerles sus aliados. Abusa del alcohol, drogas o de medicamentos u otras adicciones. Tiene gran resistencia al cambio. Su pensamiento es rígido.

24 2.6 PERFIL DEL/LA RECEPTOR/A
ÍNDICE El violento muestra facetas que van del silencio controlado a la palabra vociferante, de la huida a la confrontación de hecho. Poco a poco rompen las redes de apoyo de la persona para tener el control absoluto. 2.6 PERFIL DEL/LA RECEPTOR/A Las y los receptores de violencia se caracterizan por (Castro, 2004; Centro Nacional de Equidad de Género y Salud Reproductiva, 2004): Soportar el maltrato emocional no percibiendo si quiera, el deterioro del que se han apropiado, al recibirlo en forma permanente. Cuando solicitan ayuda en la mayoría de los casos lo hacen para sus parejas. Dudan de su salud mental, se ven anuladas en su auto confianza no pudiendo discriminar lo importante y urgente de lo intrascendente. Suelen justificar la acción de quien ejerce violencia porque le consideran enfermo o porque atribuyen su comportamiento a la incidencia de factores externos. Se asumen como culpables, responsables y merecedoras de tales castigos, pues no logran atender y cubrir en su totalidad con las expectativas de quien les agrede. Existe una exagerada propensión a la vergüenza, culpa y al miedo (sólo se es alguien con un hombre a su lado). Consideran que no tienen salida. Se victimizan. Su pensamiento es rígido. Su autoestima y confianza es débil. Consideran que pueden hacer algo para cambiar a la persona que las arremete. Creen que su destino es vivir al lado de quien las violenta. Dudan de sus capacidades. Cansancio y fatiga crónicos. Problemas de memoria y concentración. Cefaleas crónicas. Disminución en el interés para participar en actividades significativas. Miedo intenso, desesperanza, culpa, vergüenza y horror. Recuerdos perturbadores recurrentes e intrusivos. Ilusiones, alucinaciones y episodios disociativos. Hipervigilancia o estado de alerta constante, palpitaciones. Depresiones severas.

25 2.7 CONSECUENCIAS DE LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES
ÍNDICE Trastornos del sueños (dificultad para dormir o mantenerse dormido/a) y pesadillas Ideas románticas en exceso Ideas y actos suicidas Tolerantes ante el abuso de poder Síndromes diversos Presentan dificultad para su manejo emocional Su comunicación es indirecta Presentan un yo disociado Tienen una visión de túnel en su decisiones 2.7 CONSECUENCIAS DE LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES Como resultado de la violencia, las mujeres tienen repercusiones psicológicas, sexuales, reproductivas y físicas. En las últimas investigaciones sobre las consecuencias de la violencia en la salud, se ha comprobado su enorme influencia para dañar la vida y la personalidad de quien la experimenta día a día, hasta el grado de modificar radicalmente su manera de ver el mundo y de relacionarse con él.

26 2.8 SÍNDROMES ASOCIADOS A LA VIOLENCIA
ÍNDICE 2.8 SÍNDROMES ASOCIADOS A LA VIOLENCIA El Modelo Integrado para la Prevención y Atención de la violencia familiar y sexual (2004), señala que los síndromes que se encuentran asociados a la problemática de la Violencia Familiar son:  Síndrome de fatiga crónica: Tiene su origen en un desequilibrio emocional que produce agotamiento e insatisfacción. Se presenta ansiedad, olvidos, disminución de la concentración y la memoria, falta de voluntad, etc., es decir, un cuadro de debilidad física y mental generalizada. Desorientación: Acontece de manera inmediata al episodio violento, o bien, se convierte en una condición más o menos permanente y consiste en la desubicación espacio temporal. Letargia: Es la necesidad imperiosa de dormir acompañada por somnolencia constante, sensaciones disminuidas, resultado de la vivencia de la violencia y la tensión que ésta ocasiona. Rumia Mental: Cuando aparece este fenómeno, la mujer no puede dejar de pensar en los episodios violentos, busca sus defectos y fallas de manera constante con ideas sobre destrucción y sometimiento. Siente deseos de matar y morirse y esta situación la sume más en el agotamiento. Culpa: La mujer que sufre violencia tiende a culparse constantemente por lo que sucede, su autoimagen debilitada hace que esta situación se convierta en un círculo vicioso. Asume la responsabilidad de la conducta de su pareja violenta, pero el precio es un auto reproche constante, lo cual es una fallida función adaptativa. Distorsión de la percepción: La mujer ponen en marcha una serie de mecanismos que se dirigen a intentar una deformación de los hechos, de la experiencia, en aras de la supervivencia frente a una situación inexplicable. La negación de que se vive en una situación de alto riesgo, la disociación, la anestesia de sus emociones, la racionalización como un intento de generar razones a la vivencia violenta, emplean

27 Vivencia de catástrofe:
ÍNDICE gran parte de sus energías y la dejan con pocas posibilidades de resolver el maltrato, y por el contrario, las vuelven más vulnerables. Creencia Mágica: Sostiene dentro de sí misma, una solución mágica de la situación. Ella vive permanentemente buscando signos de parte de su pareja, que le confirmen que finalmente él está cambiando, en esto agota parte de su energía, que no puede canalizar para lograr cambiar ella misma y generar alternativas para su propia vida. Vivencia de catástrofe: Consiste en una reacción emocional de pánico que lleva a la mujer a la parálisis. Puede darse cuenta de que vive en peligro, pero no puede implementar estrategias para defenderse. Se caracteriza por un estado mental de confusión, como de estar viviendo una pesadilla, con frecuencia se acompañan de episodios de llanto y súplicas, que más tarde desembocan en una actitud depresiva y de auto reproche. Síndrome de Estocolmo: Consiste en una actitud de simpatía e identificación con el agresor, en una situación de violencia extrema. Genera conductas de adhesión y justificación a las acciones del atacante, como resultado de la desesperación. Sus indicadores son: Agradecer intensamente las pequeñas amabilidades del abusador. Negar o justificar la violencia recibida. Negar la propia rabia hacia el agresor. Estar en constante estado de alerta para satisfacer las necesidades del agresor. Dificultad para abandonarlo aun cuando tenga alguna posibilidad. Tener miedo de que el agresor regrese aun cuando esté muerto o en la cárcel. Presentar síntomas de estrés postraumático Silenciosa: La mujer no da señales de rebeldía, por el contrario, trata de pasar desapercibida, poniéndose fuera del alcance de la pareja violenta, evita hablar con él, cuida las palabras y el tono con el que se dirige a él, realiza sus tareas de tal manera que nada le moleste a él, sigue sus órdenes y señalamientos para no provocar su estallido de violencia, que finalmente no logra posponer. Síndrome de dejarse morir: Las fuerzas vitales de la mujer que vive violencia conyugal se agotan poco a poco, llegando a un estado en el que es frecuente que las fantasías de suicidio aparezcan. Desea que la pareja la mate de una vez por todas, o bien, dormir y no despertar más. Realiza sus actividades de manera automática con grave riesgo de sufrir un accidente.

28 Síndrome de la Indefensión aprendida:
ÍNDICE Síndrome de la Indefensión aprendida: Es la obediencia pasiva al entorno cuando todos los esfuerzos por transformarlo no logran causar ningún efecto, ni la situación se modifica. Los resultados son resignación, desgaste, depresión y culpa entre otros que se reflejan en cansancio físico y emocional, la mujer desarrolla un sentimiento básico de desvalimiento y desamparo. Pierde la confianza en su capacidad de comprender lo que pasa y encontrar una salida, es más, ni si quiera vislumbra la existencia de salidas a su situación. La indefensión aprendida es el resultado de la reiteración a la víctima de su incapacidad de sobrevivencia lejos del agresor y de que lo que ocurre es su culpa y responsabilidad. La mujer trata de complacer y no molestar a su agresor, y evade toda la confrontación para no ser lastimada. Al desencadenarse los episodios de violencia, las mujeres confirman la impotencia y falta de recursos para resolver la situación y se mantiene el temor. El miedo a la represalias, la dependencia económica y / o la esperanza de que el agresor cambie hacen que la mujer permanezca en el ciclo de la violencia. Síndrome del esclavo: Surge de la relación de poder asimétrica que mantiene la mujer y su pareja, en la que él abusa de manera intermitente intercalando momentos de recompensa o reconciliación. Esto genera una relación de dependencia que deviene en una visión magnificada del hombre violento, en tanto que el valor de la mujer ante sus propios ojos disminuye. Síndrome de la mujer maltratada: Caracterizado por sentimientos de abatimiento, miedo vergüenza, culpa y desaliento; todo ello en deterioro de los aspectos emocionales, cognitivos, motivacionales y conductuales de la vida de las mujeres en situaciones de violencia. Lo anterior se manifiesta en ideas aterradoras e inmovilizadoras sobre el futuro y en repercusiones en el estado bienestar físico, como alteraciones del sueño, pérdida de apetito y rechazo de la sexualidad. Dohmen (1994), señala que estas mujeres llegan a dudar de su propia salud mental debido a las estrategias de poder utilizadas por el agresor. Suelen presentar consciente o inconscientemente las creencias tradicionales respecto al rol de género (labores domésticas y la creencia de que la mujer vale sólo si tiene a un hombre al lado). Si la violencia es sexual se presenta: Síndrome de trauma por violación: En este síndrome destacan dos momentos: La fase aguda: Se presenta inmediatamente después de un ataque, presentándose una desorganización en todos los aspectos de la vida.

29 2.9 COSTOS DE LA VIOLENCIA La fase de reorganización:
ÍNDICE Manifestando ansiedad, pánico, ira, inseguridad, incredulidad, llanto incontrolado, sollozos, risas, insomnio, tensión muscular, irritabilidad, desconfianza y temor hacia todo lo que le rodea, así mismo se presentan sentimientos de humillación, vergüenza, fuertes deseos de venganza, impotencia y auto culpabilidad, así como sentimientos de vulnerabilidad e indefensión. La fase de reorganización: En la cual la persona presenta un visible aumento de la actividad motora. Hay una búsqueda de alternativas que le permitan reiniciar su vida. Ya sea búsqueda de apoyo profesional o sólo alguien que la escuche y comprenda. Trastorno de estrés postraumático: Se presenta después del evento traumático grave, y se caracteriza por: Presencia de recuerdos recurrentes e intrusivos. Dificultades para conciliar el sueño o bien, pesadillas acerca del evento traumático. Comportamientos evasivos ante situaciones asociadas al trauma. Disminución de la capacidad de respuesta en general. Aumento de la irritabilidad. Dificultad para concentrar y respuestas exageradas de sobresalto. Los aportes teóricos y prácticos de un sinfín de investigaciones y de orientadoras y orientadores, han afianzado la idea de que las personas inmersas en relaciones violentas y que han tenido la oportunidad de recibir ayuda de primer nivel o primer contacto en intervención en crisis, de manera presencial o por teléfono, reduce las probabilidades de configurar alteraciones psicoemocionales, de personalidad o psiquiátricas. (Scaer, 2001; Roberts, 2005). 2.9 COSTOS DE LA VIOLENCIA Se ha comprobado que por regla general, a lo largo de sus vidas las víctimas de violencia, a diferencia de las que no sufren maltrato, padecen más problemas de salud, generan costos de atención sanitaria significativamente más elevados y acuden con mayor frecuencia a los servicios hospitalarios de urgencia.(OMS,202). Los costos de la violencia rara vez se distribuyen de manera homogénea. Las personas con menos posibilidades de protegerse ante las adversidades económicas, serán las más gravemente afectadas. La relación entre el maltrato por parte del compañero y la disfunción psicológica tiene importantes implicaciones con respecto a la mortalidad femenina debido al riesgo aumentando el suicidio.

30 (CUADRO 4) COSTOS DE LA VIOLENCIA
ÍNDICE Según un estudio de la Organización Panamericana de la Salud del 2000, los intentos de quitarse la vida por parte de las mujeres víctimas de agresiones son 12 veces más altos que en el resto de la población femenina. Considerando la prevalencia del abuso doméstico y la naturaleza de sus efectos sobre la salud de las mujeres- y la salud de la sociedad en su conjunto-, es pertinente afirmar que la victimización representa un desgaste significativo de los recursos disponibles para la salud al desviar los escasos recursos hacia el tratamiento de una enfermedad social que, mayormente, puede prevenirse. Justamente, debemos considerar como característica principal de la violencia que es un fenómeno colectivo, no importa que sea aplicado por un individuo o por un país a otro, ni que se dé en el seno de la familia. El uso de la violencia siempre vulnera a la persona y afecta su autonomía, además de tener numerosas consecuencias en la comunidad en que la que se presenta. Veamos en el cuadro que a continuación presentamos todo lo que la violencia conlleva en costos, efectos, pérdidas y sufrimiento tanto a nivel personal como social y lo que ello implica en la vida de la persona y en el colectivo social. (CUADRO 4) COSTOS DE LA VIOLENCIA

31 3. MARCO LEGAL PARA EL ABORDAJE DE LA VIOLENCIA
ÍNDICE 3. MARCO LEGAL PARA EL ABORDAJE DE LA VIOLENCIA Las medidas que realizan los gobiernos para la prevención, atención, sanción y erradicación de la violencia contra las mujeres constituye un factor importante para romper el silencio social en torno a esta problemática, con miras a lograr un cambio social y convertirlo de esta manera en un hecho inadmisible. El Estado Mexicano ha adoptado instrumentos internacionales sobre derechos humanos de las mujeres, como la Convención para la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra las Mujeres (CEDAW, por sus siglas en inglés) de las Naciones Unidas, y la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (Convención Belém do Pará); debido al movimiento de mujeres en busca del reconocimiento de sus derechos humanos, que hizo visible y manifiesta la violencia de que son objeto. El Estado de Puebla ha impulsado acciones legislativas encaminadas a Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, dando como resultado la siguiente normatividad: 3.1 LEGISLACIÓN ESTATAL, NACIONAL E INTERNACIONAL Los esfuerzos por prevenir, sancionar y erradicar los distinto tipos de la violencia en todo el mundo constituyen un importante antecedente que se ha plasmado principalmente en la CEDAW y en la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (Convención de Belém do Pará). Ambos instrumentos internacionales han sido firmados y ratificados por el gobierno mexicano y por tanto se han incorporado y aplicado a la legislación mexicana. (CUADRO 5) CONVENCIÓN SOBRE LA ELIMINACIÓN DE TODAS LAS FORMAS DE DISCRIMINACIÓN CONTRA LA MUJER –CEDAW-

32 ÍNDICE

33 ÍNDICE

34 ÍNDICE (CUADRO 6) CONVENCIÓN INTERAMERICANA PARA PREVENIR, SANCIONAR Y ERRADICAR LA VIOLENCIA CONTRA LA MUJER (CONVENCIÓN DE BELÉM DO PARÁ)

35 (CUADRO 7) CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.
ÍNDICE Así mismo, la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicano en su artículo primero señala que todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos en ella y en los tratados internacionales que el Estado mexicano sea parte. Destaca la prohibición de toda discriminación motivada por origen étnico o nacional, de género, por edad, por tener alguna discapacidad, por condición social o de salud, a causa de las ideas religiosas, las opiniones, las preferencias sexuales, el estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas. (CUADRO 7) CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.

36 ÍNDICE

37 ÍNDICE

38 ÍNDICE

39 ÍNDICE (CUADRO 8) LEY GENERAL DE ACCESO DE LAS MUJERES A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA.

40 (CUADRO 9) CONVENCIÓN DE LOS DERECHOS DEL NIÑO.
ÍNDICE (CUADRO 9) CONVENCIÓN DE LOS DERECHOS DEL NIÑO.

41 ÍNDICE

42 ÍNDICE

43 ÍNDICE

44 ÍNDICE

45 ÍNDICE

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47 ÍNDICE

48 ÍNDICE

49 ÍNDICE (CUADRO 10 ) LEY FEDERAL DE RESPONSABILIDADES DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS

50 ÍNDICE (CUADRO 11 ) NOM-046-SSA2-2005

51 ÍNDICE (CUADRO 12 ) LEY DE ACCESO DE LAS MUJERES A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA DEL ESTADO DE PUEBLA.

52 ÍNDICE

53 (CUADRO 13 ) CÓDIGO CIVIL PARA EL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA.
ÍNDICE (CUADRO 13 ) CÓDIGO CIVIL PARA EL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA.

54 ÍNDICE

55 ÍNDICE (CUADRO 14 ) CÓDIGO DE DEFENSA SOCIAL PARA EL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA.

56 ÍNDICE 4. CARACTERÍSTICAS GENERALES A TODOS LOS SERVICIOS DE ATENCIÓN PARA EL USO Y APLICACIÓN DEL MODELO DE ATENCIÓN Si bien cada uno de los servicios que se prestan a las mujeres víctimas de violencia de género tiene especificidades por la materia a que corresponde el eje conductor de cada uno, existen características generales que son transversales a todos los servicios, otras que aplican, también de manera transversal a los requerimientos de formación y capacidades que deben tener las personas que prestan estos servicios, otras más sobre mecanismos de evaluación, siempre bajo los lineamientos ya señalados en la descripción de los ejes del Modelo. Todas responden a los principios ya señalados. Son características de todos los servicios que se prestan: Gratuidad, en la medida en que forma parte de los derechos de las mujeres y tiene correspondencia con las obligaciones del Estado. Accesibilidad e inmediatez: se atiende a la brevedad en los espacios de atención cuando la mujer víctima se encuentra en una situación de crisis para lo cual deben estar identificados los espacios de entrada a cualquiera de los servicios que se ofrecen; Flexibilidad: se ofrece conforme a las necesidades de cada una de las mujeres víctimas que lo solicita, en el contexto que lo requiere y en los ritmos temporales que su situación lo permite; Oportunidad: está disponible para las mujeres víctima en situación de crisis al llegar al espacio de atención o al hacer contacto telefónico a través de una línea telefónica; Calidez: la atención se brinda con empatía, sensibilidad, respeto a los derechos humanos y a la dignidad de la persona; Profesionalismo: es realizado por personal titulado en el área psicología, psicopedagogía y afines, con cédula profesional; Especialización: los servicios se ofrecen por personal especializado en cada una de las áreas de la atención integral bajo los esquemas señalados: humanista y con perspectiva de género y de derechos humanos; Voluntario: el ingreso y la permanencia en los servicios es decisión de las mujeres víctimas; Programación: el servicio se brinda a partir de citas organizadas conforme a las necesidades de las mujeres víctimas, al tipo de servicio de que se trate y a la capacidad de atención de los espacios;

57 4.1 PROFESIONALES QUE REALIZAN LAS TAREAS DE ATENCIÓN
ÍNDICE Continuidad y permanencia: el servicio se brinda a cada persona o grupo de manera constante y continua conforme a los procesos que se sigan, ya sea terapéuticos, de asesoría u orientación o legales, y Transparencia: información actualizada y veraz sobre la viabilidad y evolución de las gestiones y trámites realizados. Es importante insistir que todos los espacios de servicio deben respetar a cada una de las mujeres que se atiende, lo que incluye mostrar consideración por los tiempos y ritmos que cada una imprime a sus propios procesos, incluso cuando parezca que no se avanza o cuando ella decide trastocar el programa, detener o interrumpir sus sesiones. En todos los servicios, el personal debe tener una formación profesional especializada en el área correspondiente y estar capacitado/a para brindar la orientación o apoyo que requiere una mujer determinada, incluso en situación de crisis; debe tener habilidad para valorar la dimensión del problema que se le presenta y capacidad para tomar las decisiones pertinentes, tanto en relación a las mujeres víctimas de violencia como a familiares y testigos de la misma, en caso necesario. 4.1 PROFESIONALES QUE REALIZAN LAS TAREAS DE ATENCIÓN Las personas encargadas prestar los servicios de atención en sus diferentes vertientes son una parte estructural de este Modelo, toda vez que es a través de ellas como se garantizará la calidad y la calidez de los servicios, de ahí que se propongan dos líneas de trabajo con este personal: su formación y capacitación especializada, y su contención emocional. 4.2 ATENCIÓN LEGAL Se reconoce que existe, en la mayoría de los casos, una primera formación académica en el área del derecho. Sin embargo, para comprender este problema multifactorial e involucrarse en las tareas de atención con una visión integral, esta formación básica resulta insuficiente. Es importante complementarla con el estudio de la violencia de género contra las mujeres, de manera que permita entender sus antecedentes, su realidad y sus secuelas, al tiempo en que se adquieren herramientas y habilidades para trabajar con visión humanista y desde las perspectivas de género y de derechos humanos. 4.3 ALCANCES Brindar información especializada que permita hacer medición de riesgo, orientar y solicitar medidas de seguridad para la mujer víctima, elaborar un plan de seguridad para ella y su referencia a refugios. La atención legal a víctimas de violencia; debe proporcionar de manera inmediata, oportuna y eficiente la asesoría jurídica específica cubriendo los siguientes aspectos:

58 ÍNDICE Asentar en forma cuidadosa y de la forma más clara y precisa, los actos de violencia que relate la persona probable receptora de violencia. Acompañar a la víctima a la comparecencia de las partes, que resultan de gran importancia en la medida que permite allegase de elementos de convicción que permitan resolver el conflicto de violencia familiar para que pueda servir a las usuarias en otros trámites legales. Asesorar cuando las partes desean continuar unidas precisando acciones a realizar para frenar la violencia como lo es la atención psicológica, mientras que cuando se pacta la separación, se pactan compromisos de pensión alimenticia, convivencia, domicilios, etc. Asesorar para ejecutar normas y procedimientos que hagan efectiva la participación de la víctima del delito como coadyuvante del Ministerio Público, en las diferentes etapas del proceso legal. Asistir al juzgado brindando el acompañamiento necesario hacia la víctima del delito. 5. LA ATENCIÓN LEGAL DE CASOS DE VIOLENCIA EN EL INSTITUTO POBLANO DE LAS MUJERES La atención que brinde la abogada/o estará enfocada a un proceso de enseñanza sobre las alternativas jurídicas que se pueden implementar para hacer valer los derechos de las mujeres a una vida libre de violencia. La orientación legal debe estar inserta en la perspectiva de género, que permita encontrar alternativas jurídicas acordes con la problemática, al acceso a la justicia e inclinadas a la eliminación de la desigualdad entre mujeres y hombres. Algunas de las áreas jurídicas más comunes en la atención a la violencia contra las mujeres son: Violencia familiar Intimidación Adulterio Bigamia Lesiones Violación Violación conyugal Abuso Sexual Aborto Estupro Hostigamiento y/o acoso sexual

59 5.1 DIVORCIO Divorcio administrativo Divorcio voluntario Incesto
ÍNDICE Incesto Retención o sustracción de menores e incapaces Robo Delitos que atentan contra el cumplimiento de la obligación alimenticia Despojo Daño a la propiedad Medidas cautelares/órdenes de protección Pensión alimenticia Custodia de menores Régimen de visitas Divorcio necesario y voluntario Sucesión intestamentaria A continuación se mencionan los procedimientos jurídicos más comunes en la atención de la violencia contra las mujeres, con el fin de que el personal encargado de brindar la orientación legal, puedan proporcionar información básica. 5.1 DIVORCIO Divorcio administrativo Artículo 436 del Código Civil. Ser mayor de edad. No haber procreado ni adoptado hijos; Estar sometidos a separación de bienes, como régimen económico actual de su matrimonio o no haber adquirido bienes inmuebles que sean gananciales y haber liquidado esa sociedad por convenio. No estar la mujer encinta Tener su domicilio familiar en el Estado de Puebla, y haberlo tenido en él los seis meses anteriores a su promoción Tener más de un año de casados. Divorcio voluntario Artículo 442 del Código Civil. Los cónyuges que teniendo más de un año de casados, pueden divorciarse por mutuo consentimiento. Art. 443 del Código Civil. Deberá acompañarse por un convenio donde se especifique:

60 ÍNDICE A quién se confiarán los hijos de los consortes durante el procedimiento y después de ejecutoriado el divorcio; El modo de ejercitar, durante el procedimiento y después de ejecutoriado el divorcio, el derecho de visitar a sus hijos y de tener correspondencia con ellos, respecto al cónyuge a quién no se confíen aquellos; El modo de subvenir a las necesidades de los hijos, tanto durante el procedimiento, como después de ejecutoriado el divorcio, así como las formas de hacer el pago y la garantía que debe darse para asegurarlo. La casa que sirva de habitación a cada uno de los esposos durante el procedimiento; La cantidad que a título de alimentos debe pagar el cónyuge acreedor de éstos, durante el procedimiento; La forma y periodicidad en que se incrementará el monto de las pensiones alimenticias que se hayan acordado La manera de administrar los bienes de la sociedad conyugal durante el procedimiento y la de liquidar dicha sociedad después de ejecutoriado el divorcio. A este efecto se acompañará un inventario y avalúo de los bienes muebles o inmuebles de la sociedad, con indicaciones de las deudas a cargo de éstas. Divorcio necesario Artículo 454 del Código Civil Son Causas de divorcio: El adulterio de alguno de los cónyuges El hecho de que la mujer dé a luz durante el matrimonio un hijo concebido antes de celebrarse aquél, y que judicialmente se declare que no es del marido; La perversión de alguno de los cónyuges demostrada por: La propuesta de un cónyuge para prostituir a su consorte, sea que aquél lo haya hecho directamente, sea que haya recibido cualquiera remuneración con el objeto expreso de que el cónyuge a quien se pretenda prostituir tenga relaciones sexuales con otra persona; La incitación a la violencia hecha por un cónyuge a otro para cometer algún delito; El conato del marido o de la mujer para corromper a los hijos ya sean estos de ambos cónyuges, ya de uno solo, así como la tolerancia en su corrupción; o, La imposición de la cópula con violencia y en contra de la voluntad de la mujer;

61 uno solo, que hagan imposible la vida en común; La bigamia; o
ÍNDICE Las conductas de violencia familiar cometidas por uno de los cónyuges contra el otro; contra los hijos de ambos cónyuges o de uno solo, que hagan imposible la vida en común; La bigamia; o Algún otro hecho tan grave como los anteriores. Sufrir una enfermedad somática, crónica, que sea además contagiosa y hereditaria; Haber sido declarado en estado de incapacidad por las causas enumeradas en la fracción II del artículo 42; El abandono injustificado del domicilio familiar por cualquiera de los consortes, durante 6 meses consecutivos; La declaración de ausencia legalmente hecha; La sevicia, las amenazas, la difamación o injurias graves, o los malos tratamientos de un cónyuge para el otro, siempre que éstos y aquéllas sean de tal naturaleza, que hagan imposible la vida en común; La acusación calumniosa hecha por un cónyuge contra el otro por un delito, cualquiera que sea la pena que corresponda a éste; Haber cometido uno de los cónyuges un delito que no sea político, pero sí intencional, sancionado con una pena de prisión mayor de dos años; El alcoholismo crónico; El uso no terapéutico de enervantes, estupefacientes o psicotrópicos o de cualquier otra substancia que altere la conducta del individuo y que produzca farmacodependencia; Cometer un cónyuge contra la persona o los bienes del otro, un hecho que sería punible de cometerlo una persona extraña, si tal hecho tiene señalada en la ley una pena que pase de un año de prisión; La negativa injustificada a cumplir la obligación alimentaría respecto al otro cónyuge y a los hijos; Injurias un cónyuge a otro, por escrito, en un juicio de nulidad de matrimonio o de divorcio, o imputar una a otro, en tales juicios, hechos vergonzosos que afecten al decoro, honor o dignidad, cuando las injurias o imputaciones hagan imposible la vida en común; La separación de los cónyuges por más de dos años, independientemente del motivo que la haya originado; esta causal podrá ser invocada por cualquiera de ellos y no existirá cónyuge culpable, por lo que ambos interesados tendrán expeditos sus derechos para promover en otro juicio las acciones que procedan respecto a los derechos y obligaciones que hayan surgido en virtud del matrimonio, así como para resolver lo relativo a su régimen de bienes.

62 Copia certificada del acta de matrimonio civil.
ÍNDICE Para realizar el trámite de divorcio se requiere de la siguiente información: Contar con una abogad(a) con título inscrito ante el Tribunal Superior de Justicia del Estado, en caso de no poder solventar sus gastos el Estado cuenta con instituciones conocidas como defensorías de oficio, en donde se proporcionan servicios de asesoría jurídica y promoción. Copia certificada del acta de matrimonio civil. La dirección del lugar en donde viva o haya vivido con su pareja en matrimonio. El domicilio en donde él viva o donde pueda ser localizado. El nombre de los hijos que tienen en común con la pareja de la cual desea divorciarse. Es importante tener las copias certificadas de las actas de nacimiento de cada uno de ellos y, si no se cuenta con ellas, es necesario que lo más pronto posible inicie los trámites para obtenerlas en las oficinas del Registro del Estado Civil de las Personas donde se haya expedido cada acta, o ante la oficina Central del Registro Civil a pedir que se expidan copias certificadas de estas actas tras en pago de derechos correspondientes. Con independencia de la causa que la persona señale como la que da origen al divorcio, es recomendable hacer una breve narración de hechos que cuenten en forma concreta lo ocurrido durante el matrimonio y los motivos que propician el divorcio. En esta relatoría es importante indicar dónde fue celebrado el matrimonio, si ha habido separación de alguno de los esposos, si en el lugar donde vivía con su pareja tenían y gozaban de independencia y libertad para tomar sus propias decisiones o si hubo conflictos. Respecto al divorcio hay que indicar si éste es de común acuerdo o si solo es deseado por uno de los miembros de la pareja, si se trata de divorcio a consecuencia de conflictos, es necesario precisar los nombres de las personas involucradas, las que estuvieron presentes y pueden ser testigos, la fecha y hora de los acontecimientos, en todo caso lo que se debe determinar son las circunstancias de tiempo, modo y lugar. Todos los documentos mencionados pueden presentarse en copias para efectos de asesoría, pero tratándose del trámite del caso, los documentos deben presentarse en formato original o copia debidamente certificada, pues las copias fotostáticas no tienen el mismo valor como pruebas ante los jueces y autoridades, aunque pueden exhibirse, señalando el archivo en el que obren los originales. Una vez recibida la demanda de divorcio ante los juzgados familiares, el juez que conozca de la causa, deberá resolver sobre todos aquellos puntos que le plantearon las partes, entre ellos: La separación provisional de los esposos.

63 ÍNDICE Los montos y la forma de garantizar que los hijos tengan lo necesario para su subsistencia tanto durante el procedimiento como después de concluido. Cualquier medida que crea conveniente para que se protejan los bienes y derechos de los esposos y de sus hijos, incluyendo en el caso de que la mujer esté en esos momentos embarazada. La persona que se hará cargo de la protección, guarda y custodia de los hijos, misma que podrá ser la persona que de común acuerdo decidan o la que el/la demandante proponga, siempre que se trate de niños mayores de 7 años, pues los que sean menores a esta edad se deben quedar con la madre excepto en el caso de que permanecer con la madre implique peligro para ellos. En caso de que el divorcio sea a consecuencia de violencia familiar, el juez debe prohibir al esposo demandado realizar actos de molestia a la persona que demanda. Todas estas medidas se deben tomar por el juez y son obligatorias mientras dure el divorcio; el juez está facultado para cambiar las mismas. Si las disposiciones establecidas en la sentencia no se cumplen, las sanciones pueden ser: en el ámbito civil pérdida de la patria potestad, lo que extingue el derecho de ver los hijos, pero no la obligación de proporcionarles alimentos. En el ámbito penal, constituye un delito de desacato a un mandato judicial que puede ser denunciado ante el Ministerio Público. 5.2. PENSIÓN ALIMENTICIA Es obligación proporcionarse alimentos entre cónyuges, de padres a hijos/as y viceversa. Las partes pueden realizar un convenio extrajudicial y ratificar ante un/a Juez/a familiar respecto de la forma de ministrar y la cantidad a proporcionar los alimentos; en caso de negativa del deudor alimentario se puede acudir ante un/a Juez/a de lo Familiar o Ministerio Público. La pensión alimenticia comprende comida, vestido, habitación y asistencia en caso de enfermedad. En el caso de menores de menores de edad, los gastos para su educación hasta en tanto logren profesión u oficio. Régimen de visita Se deriva del ejercicio de la patria potestad. Implica la convivencia de las niñas, niños o adolescentes con uno de los progenitores en caso de separación de los padres, pudiéndose convenir entre las partes, o en caso contrario, se decide por un/a Juez/a de lo Familiar, correspondiéndole preferencia a la madre tratándose de niños/as menores de 12 años. Pueden ser restringidas o nulas en caso de existir algún tipo de violencia hacia las/os menores, siempre y cuando sea debidamente probada.

64 5.4. RETENCIÓN O SUSTRACCIÓN DE MENORES
ÍNDICE 5.3. CUSTODIA DE MENORES Es la protección y cuidado de las hijas e hijos. Se deriva del ejercicio de la patria potestad, si por alguna circunstancia uno de los padres deja de ejercerla, corresponderá su ejercicio al otro. Ambos progenitores deben continuar con el cumplimiento de sus deberes, asimismo, se pueden convenir los términos de su ejercicio. A falta de los progenitores, las/os abuelos/as podrán ejercer la guarda y custodia. La/el Juez de lo Familiar resolverá lo conducente, tomando en cuenta al Ministerio Público. Se promueve ante la/el Juez de lo Familiar, solicitado la guarda y custodia de los menores por las circunstancias que él lo solicita y manifiesta en su escrito, la/el Juez/a a su criterio lo decreta a favor o no. 5.4. RETENCIÓN O SUSTRACCIÓN DE MENORES El artículo 3 de la Convención sobre los Aspectos Civiles de la Sustracción Internacional de Menores, establece que el traslado o la retención de un menor se considerarán ilícitos cuando: Cuando se hayan producido con infracción de un derecho de custodia atribuido, separada o conjuntamente, a una persona, a una institución, o a cualquier otro organismo, con arreglo vigente en el Estado en que el menor tenía su residencia habitual inmediatamente antes de su traslado o retención; y Cuando este derecho se ejercía en forma efectiva, separada o conjuntamente, en el momento del traslado o de la retención, se habría ejercido de no haberse producido dicho traslado o retención. El derecho de custodia mencionado en el inciso a) puede resultar de una atribución de pleno derecho, de una decisión judicial o administrativa, o de un acuerdo vigente según el derecho de dicho Estado. 5.5. LESIONES De acuerdo al Código de Defensa Social para el Estado de Puebla de acuerdo al Artículo 305, comete el delito de lesiones, el que causa a otro un daño que altere su salud física o mental o que deje huella material en el lesionado. Es necesario contar con un dictamen pericial de peritos médicos/as legistas adscritos a la Agencia del Ministerio Público donde se clasifiquen las lesiones a efecto de que presente su formal querella por el daño corporal causado por el agresor. Las lesiones se clasifican en: Primer grado, son las que tardan en sanar en menos de 15 días.

65 5.6. DENUNCIA EN CASO DE VIOLENCIA
ÍNDICE Segundo grado, son las que tardan en sanar más de 15 días. Tercer grado, son las que ponen en peligro la vida. 5.6. DENUNCIA EN CASO DE VIOLENCIA  La Norma Oficial Mexicana NOM-046-SSA establece criterios para la prevención y atención de la violencia familiar, la cual se ejerce tanto en el ámbito privado como en el público, mediante manifestaciones de abuso de poder que dañan la integridad del ser humano. Es importante hacer saber a las usuarias que al tomar la decisión de denunciar ante una Agencia del Ministerio Público deben tomar en cuenta: Cualquier persona puede acudir a denunciar el delito de violencia del que haya sido víctima, inclusive si es menor de edad. Si la víctima es madre, padre o tutor o tutora de un menor de 18 años que sufrió violencia, llevará su identificación (cartilla de vacunación o acta de nacimiento). Es importante que alguien de confianza de la víctima la acompañe. Una persona testigo de un delito de violencia puede también denunciar, aunque no tenga relación con la víctima. Las obligaciones del Ministerio Público con la víctima son: Tomar su declaración e investigar el delito. Canalizarla al servicio médico en caso de ser necesario. Proporcionarle seguridad, protección y auxilio en caso de que esté en peligro. Recabar información y evidencias de su caso, y mantenerla informada sobre los avances de la investigación. Solicitar la detención del responsable del delito cuando existan datos suficientes. Enviar al juez/a la información y evidencias que ha recabado. Si el/la juez/a comprueba que es culpable, lo sentenciará al castigo que la ley establezca. Al presentar una denuncia y hacer una declaración, se debe tomar en cuenta: Describir lo mejor que se pueda al agresor o agresores: sexo, edad, estatura, complexión, color de piel, vestimenta o cualquier otra seña particular como cicatrices, tatuajes, entre otros. En caso de que conozca al agresor o agresores, mencionar cuál es su relación con él o ellos, o cómo los conoció.

66 5.7. HOSTIGAMIENTO Y ACOSO SEXUAL
ÍNDICE Informar si el agresor tenía pistola, cuchillo, u otra arma con la que pudiera hacer daño, y si hubo amenazas o golpes. Decir en qué lugar sucedió la agresión y a qué hora aproximadamente. En caso de violación es muy importante: Conservar la ropa que se llevaba en el momento de la agresión. Evitar limpiar el cuerpo, para que no se destruyan evidencias. Acudir lo más pronto posible a una Agencia del Ministerio Público, para que un/a médico/a brinde atención. En caso de violencia sexual, se tiene derecho a: Ser atendida en un lugar protegido, donde respeten su intimidad, integridad y garanticen confidencialidad de la víctima. Que la víctima sea escuchada. Que se confíe en lo que la víctima declara. Que no se juzgue a la víctima por lo sucedido. Ser examinada por un/a médico/a legista del mismo sexo. Brindar apoyo psicológico, legal y atención médica para evitar que la víctima contraiga una enfermedad de transmisión sexual y que pongan a su disposición el método de anticoncepción de emergencia. 5.7. HOSTIGAMIENTO Y ACOSO SEXUAL   El hostigamiento y acoso sexual consisten en insinuaciones indeseables mediante comportamientos verbales o físicos de índole sexual; son manifestaciones de discriminación relacionada con la violencia de género construida cultural e históricamente en las relaciones entre mujeres y hombres. La Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Estado de Puebla (2007) determina el hostigamiento y acoso sexual como una forma más de violencia contra las mujeres.  Existe una confusión sobre los conceptos de hostigamiento y acoso sexual; sin embargo, la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Estado de Puebla puntualiza la diferencia entre ambos conceptos, de tal forma que: Hostigamiento sexual. Es el ejercicio de poder, en una relación de subordinación real de la víctima frente a la o el agresor en los ámbitos laboral y/o escolar.

67 5.8. DERECHOS DE LAS VÍCTIMAS DE VIOLENCIA
ÍNDICE Se expresa en conductas verbales, físicas o ambas, relacionadas con la sexualidad y de connotación lasciva. Acoso sexual. Es una forma de violencia en la que, si bien no existe la subordinación, hay un ejercicio abusivo de poder que conlleva a un estado de indefensión y de riesgo para la víctima, independientemente de que se realice en uno o varios eventos. (CUADRO 15) DIFERENCIAS ENTRE HOSTIGAMIENTO Y ACOSO SEXUAL El hostigamiento y el acoso sexual produce diversas consecuencias en las víctimas, todas graves, que limitan su desarrollo laboral, personal y familiar. Por ello es indispensable que mediante el mecanismo de actuación y procedimiento pueda identificarse el detrimento generado a las personas en situación de hostigamiento o acoso sexual. 5.8. DERECHOS DE LAS VÍCTIMAS DE VIOLENCIA Presentar denuncia en cualquier agencia del Ministerio Público o en su caso en las Agencias especializadas. Recibir trato respetuoso y considerado. Recibir atención médica y psicológica profesional. Ser atendida por personal de su mismo sexo en el caso de delitos sexuales. Justicia pronta y gratuita. Recibir orientación jurídica e información clara sobre el estado que guarda su averiguación. Tener acceso a la carpeta de investigación.

68 5.10. FUNCIONES DEL PERSONAL DE ATENCIÓN LEGAL
ÍNDICE Identificar a su agresor sin ser vista por él, en el caso de delitos sexuales. Coadyuvar con el Ministerio Público y aportar todos los elementos que a su derecho convengan. Reparación del daño moral y material del delito. 5.9. EL EQUIPO DE TRABAJO El equipo de trabajo que se dedica a la atención y prevención de la Violencia Familiar debe ser un equipo interdisciplinario, donde las y los integrantes posean un marco teórico compartido por todos, con el objeto de acordar las estrategias y competencias que la labor requiere. 5.10. FUNCIONES DEL PERSONAL DE ATENCIÓN LEGAL Velázquez (2003) habla de tres funciones principales que debe desempeñar la/el profesional que atiende casos de violencia familiar. 1. Función de sostén: Llevar a cabo una labor de contención, de sostenimiento emocional, que posibilitará el pasaje por la situación crítica. Esta función, la cual dependerá de las necesidades de la consultante, tendrá la finalidad de sostener los afectos y los fragmentos de la experiencia vivida que no pudieron ser depositados en otras situaciones o personas. En esta función de contención intervienen varios factores: una actitud empática, su postura corporal y profesional, la elección de las palabras, su tono de voz, la secuencia y el ritmo de las preguntas, el asentamiento con la cabeza, sostener la mirada, cualquier recurso que le brinde a la consultante una presencia positivamente contenedora. 2. Función de cuidado: La abogada y el abogado deben mostrarse confiables y sensibles a las necesidades de cuidado, atención y escucha de la consultante. Es importante no rechazar o juzgar lo que ésta dice o siente o lo que no dijo o no hizo en el momento del ataque. El profesional en esta parte debe trabajar con sus propios prejuicios, sino esta conducta puede debilitar la atención. Esta función implica tanto la identificación de la profesional con los sentimientos experimentados por la mujer, como la facilitación del pensamiento y la puesta en palabras de dichos sentimientos. Hay que reconocer y respetar los límites de lo que la mujer quiere o no quiere contar en relación con los detalles de la violencia padecida, evitando toda intromisión. 3. Función nutricia: Rabia, enojo, desesperanza y retraimiento, son algunos de los sentimientos experimentados a consecuencia de la violencia.

69 ÍNDICE Es por esto que las consultantes tienen una gran necesidad de ser entendidas y acompañadas; requieren de palabras y actitudes que las calmen y las sostengan para reducir la tensión. Lo cual implica proveerle cierto grado de seguridad y estimular que continué las relaciones con el exterior que reduzcan esas tensiones. El profesional debe tener en cuenta que al brindar la asesoría legal también esta dando un acompañamiento emocional y desde un enfoque de profesionalización debe contar con los recursos básicos de atención emocional. Algunos recursos (mensajes clave que resultan convenientes en casos de violencia familiar para fortalecer a la persona que la vive. Nadie merece ser maltratado en ninguna circunstancia. Existen muchas mujeres que han vivido lo que usted y hoy han logrado superar la situación. Es usted una persona que vale mucho. Existen leyes que la protegen porque la violencia es un delito, explicarle cuales son sus derechos. La violencia no es su culpa, es responsabilidad absoluta de quien la agredió. No está sola (indagar sobre redes de apoyo familiares), ni es la única mujer que vive esto. Hay personas especializadas en este lugar que la podemos ayudar. Aquí y en este momento está segura, el profesional debe construir un clima de seguridad y confianza le permitan a la consultante expresar sus sentimientos y necesidades para estar más clara en las decisiones que tenga que tomar.

70 5.11. DIRECCIÓN DE ASUNTOS JURÍDICOS Y ORIENTACIÓN PSICOLÓGICA
ÍNDICE 5.11. DIRECCIÓN DE ASUNTOS JURÍDICOS Y ORIENTACIÓN PSICOLÓGICA (FIGURA 3) ORGANIGRAMA Funciones de la Jefa del Departamento de Atención Jurídica Desarrollar actividades que eleven la calidad de vida de las mujeres. Ofrecer asesoría jurídica a las mujeres con enfoque de género y confidencial. Ingresar a las usuarias al sistema SARA. Dar soluciones alternativas a la problemática de las usuarias, así como dar a conocer sus derechos. Fomentar la cultura de la denuncia. Canalizar y acompañar a las usuarias que así lo requieran al Ministerio Público. Apoyar en la celebración de Convenios. Canalizar a las usuarias a las Instancias adecuadas para la resolución de los conflictos. Entregar un reporte a la Subdirección de Asuntos Jurídicos y Orientación Psicológica del número de usuarias que ingresaron al servicio. Supervisar y revisar el trabajo del personal a su cargo. Mantenerse actualizada (o) en materia de: violencia contra las mujeres, perspectiva de género y todo lo relacionado con la asesoría Legal. Coadyuvar con las diferentes áreas de la Dirección de Asuntos Jurídicos y Orientación Psicológica. Funciones de las abogadas y abogados

71 Conocimientos necesarios del personal
ÍNDICE Ofrecer asesoría jurídica a las mujeres con enfoque de género y confidencial. Ingresar a las usuarias al sistema SARA. Dar soluciones alternativas a la problemática de las usuarias, así como dar a conocer sus derechos. Fomentar la cultura de la denuncia. Canalizar y acompaña a las usuarias que así lo requieran al Ministerio Público. Apoyar en la celebración de Convenios. Canalizar a las usuarias a las Instancias adecuadas para la resolución de los conflictos. Entregar un reporte al Responsable Jurídico del número de usuarias que ingresaron al servicio. Mantenerse actualizada (o) en materia de: violencia contra las mujeres, perspectiva de género y todo lo relacionado con la psicología. Coadyuvar con las diferentes áreas de la Dirección de Asuntos Jurídicos y Orientación Psicológica. Conocimientos necesarios del personal Amplio conocimiento de perspectiva de género en teoría, análisis y aplicación a proyectos. Convenios y tratados internacionales en materia de derechos de las mujeres. Decreto de Creación del Instituto Poblano de las Mujeres. Derecho Civil, Familiar, Penal, Derecho Constitucional. Legislación en Materia de Derechos de las Mujeres. Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado. Leyes, reglamentos, decretos y organismos de la Administración Pública Legislación Federal, Estatal y Municipal. Destreza y rapidez para estructurar ideas. Habilidades del personal El personal que brinda la atención jurídica debe contar con las siguientes y habilidades: Capacidad para proponer rutas críticas viables y con responsabilidad; Capacidad de escucha activa y empática de las demandas y necesidades que se le plantean; Interés en el seguimiento del caso hasta la resolución de la situación; Conocimientos de las referencias institucionales; Reconocimiento y respeto por la diversidad en todas sus formas; Tolerancia a la frustración, y

72 6. PROCEDIMIENTO DE ATENCIÓN LEGAL
ÍNDICE Conocimiento los riesgos que enfrentan las mujeres víctimas de violencia y capacidad para valorar una situación concreta. 6. PROCEDIMIENTO DE ATENCIÓN LEGAL 6.1. OBJETIVO GENERAL Que el personal encargado de brindar Asesoría Jurídica cuente con los elementos necesarios para otorgar atención con perspectiva de género en situaciones legales que permitan a las usuarias conocer sus derechos y tener acceso a la justicia. 6.2. RESPONSABLE Dirección de Asuntos Jurídicos y Orientación Psicológica 6.3. ALCANCES Ofrecer asesoría jurídica a las mujeres con enfoque de género y confidencial. (CUADRO 16) PROCEDIMIENTO

73 ÍNDICE

74 ÍNDICE

75 (CUADRO 17) DIAGRAMA DE FLUJO DE ASESORÍA JURÍDICA
ÍNDICE (CUADRO 17) DIAGRAMA DE FLUJO DE ASESORÍA JURÍDICA

76 6.4. MODELO DE INTERVENCIÓN LEGAL
ÍNDICE 6.4. MODELO DE INTERVENCIÓN LEGAL Etapa 1. Preparación para la interacción Antes de iniciar el contacto para la primera entrevista la abogada y el abogado requieren estar en condiciones óptimas para entrar en el diálogo, a fin de dar una atención empática, de calidad, y en los siguientes aspectos:

77 Etapa 2. Entrevista inicial
ÍNDICE Contar con el espacio óptimo en el cual se sienta lo suficientemente cómodos para interactuar con la usuaria. El espacio debe garantizar condiciones de privacidad, buena ventilación e iluminación, sin colores fuertes, con plantas o algunos objetos que inviten al relajamiento, la confianza y la apertura. Haber cubierto necesidades básicas como dormir, comer e ir al baño; preparar materiales de trabajo, equipo de cómputo y telefonía antes de iniciar la jornada de trabajo con el fin de estar bien preparado. Desprenderse de sentimientos o preocupaciones generadas a lo largo del día que de no controlarlas pueden afectar la forma de actuar ante la siguiente entrevista. Para ello, es fundamental apoyarse de la supervisora o supervisor en turno y de sus compañeras y compañeros. Etapa 2. Entrevista inicial La entrevista legal es una relación de índole particular que se establece entre dos o más personas, consiste en una relación humana en la cual uno de sus integrantes debe de tratar de saber que es lo que está pasando en la misma y debe de actuar de acuerdo a ese conocimiento para dar una asesoría legal adecuada a la problemática que presenta la usuaria. En este sentido Nahoum (1990) refiere “el arte clínico no consiste en hacer responder, sino en hacer hablar libremente y en descubrir las tendencias espontáneas en lugar de canalizarlas y ponerles diques.” ¿Qué hacer en la Entrevista Inicial? Preparar el espacio para la entrevista. El y la profesional debe verificar su material con la finalidad de que no existan distractores para llevar a cabo la entrevista, el espacio debe mirarse ordenado, limpio, seguro y tranquilo ya que este primer contacto con el espacio es crucial para generar un clima de confianza y comodidad para la consultante. Establecer empatía. Significa ponerse en los zapatos del otro, es decir, el y la profesional debe mostrar una sensibilidad y un acompañamiento verbal y corporal, con la finalidad de establecer una sintonía con la mujer que vive violencia, para poder percibir a través de todos sus sentidos los sentimientos, expresiones, conductas y necesidades que comunica la mujer con su cuerpo y discurso. Con esta actitud la mujer percibirá que la postura del profesional es la de apoyarle en todo momento. Para establecer empatía es importante la escucha activa, consiste en atender con cuidado los mensajes de la usuaria, sus emociones manifiestas en el tono de voz y el contenido de su discurso, con el propósito de entender las palabras, identificar sus necesidades inmediatas y poder ligar los significados, las formas y contenido con su expresión no verbal, su lenguaje corporal, gestos y actitudes.

78 ¿Qué no hacer en una Entrevista Jurídica Inicial?
ÍNDICE Presentar e informar del servicio. El y la profesional debe brindar un servicio de calidez y confianza, mostrando una actitud de interés y disposición ante la situación expuesta. Explicar a la consultante cual es el objetivo de brindarle la asesoría, cuando esta forma de iniciar la comunicación no es suficiente debido a la pena, el temor o la incertidumbre de la persona usuaria, es necesario dar información acerca de la confidencialidad, el respeto y la disposición total para escuchar y apoyar, al fin de generar un clima de confianza. Dar contención emocional. Es probable que al iniciar la comunicación a la usuaria se le desborde la emoción. Se recomienda que la abogada y el abogado faciliten la expresión de emociones, sentimientos y temores y evite pedirle a la persona que se tranquilice, esto sería como solicitarle que negara sus sentimientos y es probable que otros problemas puedan salirse de control. Elaborar una serie de preguntas generales ligadas a los procesos legales más comunes que se atienden en el Departamento Jurídico, que han sido descritos en el capítulo 3. Se sugiere que el profesional elabore un formato en donde tenga registradas dichas preguntas. ¿Qué no hacer en una Entrevista Jurídica Inicial? No comenzar la entrevista si no se siente en condiciones de concluirla y si no se encuentra en un estado emocional adecuado. No hacer esperar a los interesados más de algunos segundos. Debe contarse con la disposición del tiempo. No ser intolerante y agresivo. No discutir. No olvidar sonreír. No dejar hablar a la persona. No tratar a la persona como no le gustaría ser tratado. Argumentar, minimizar o retar a la persona usuaria. Alabarle o darle seguridades falsas. No decirle que hacer de manera directiva ante su situación. No agredir ni atacar con el discurso a la persona violenta. Hacerle falsas promesas de solución legal de su problemática. Objetivos de la Entrevista Jurídica Inicial Realizar una evaluación del problema (¿Que pasa?), la demanda (¿por qué ahora), posibilidades de solución legal (¿Qué leyes, convenciones u otros se pueden usar para fundamentar el caso?. Preservar la seguridad de la usuaria. Establecer un contrato verbal que explicite los pasos a seguir.

79 Evaluación del riesgo a partir de la indefensión de ella
ÍNDICE En la entrevista inicial, se considera imprescindible como la primera tarea a desarrollar por parte del profesional, velar por la supervivencia y el resguardo de la vida de la mujer que acude a la institución solicitando ayuda, evaluando el grado de riesgo que corre la consultante en ese escenario así como evaluar e identificar cuales son las necesidades inmediatas para atenderlas. Evaluación del riesgo El abordaje profesional, durante la entrevista de admisión, incluye la desmitificación del rol tradicional del género femenino como madre, esposa y ama de casa. Se trabaja sobre los prejuicios y expectativas que llevan incorporados respecto del estereotipo sumiso, estimulándolas a la valoración de sí mismas, se debe resignificar la dignidad y la valía independientemente del rol o la posición social que ocupan. Durante la admisión, la abogada y el abogado se enfocan a lograr la alternativa jurídica que preserve la seguridad de la usuaria, para ello se realiza una evaluación del riesgo. Evaluación del riesgo a partir de la capacidad de violencia del agresor Tiene antecedentes de trastorno mental Posee armas Tiene adicciones Mantiene relaciones con otra mujer y ésta ha golpeado a la receptora Ha cometido algún delito Su familia lo apoya y alienta Evaluación del riesgo a partir de la indefensión de ella Nunca ha denunciado lesiones graves Ha ocurrido abuso sexual hacia sus hijos o hijas La condición de pobreza es extrema Nunca ha trabajado fuera de la casa Si cuenta con un espacio donde vivir No tiene una profesión u oficio Evaluación del riesgo a partir de las condiciones de aislamiento de ella No le ha contado a nadie lo que le ocurre Es profesionista y le da vergüenza que los demás se enteren. Su familia dice que ya no la apoyará

80 Plan de seguridad y emergencia
ÍNDICE Si en su trabajo se enteran la despedirán Justifica las acciones de la persona , la violencia no se justifica Teme perder su estabilidad económica Se siente amenazada con hacerle daño a su familia No muestra sus emociones por miedo a ser rechazada o criticada Plan de seguridad y emergencia Comprende tres ámbitos y es importante que se ejecute en colaboración con el área de atención psicológica del IPM: Cuidado de sí misma, sus hijos e hijas: La salud mental y emocional es vital para cualquier ser humano es importante atender y generar una actitud y acciones de intervención frente a situaciones de extrema violencia. Protección de los bienes: Medidas preventivas respecto a las propiedades, documentos y accesos a su casa. Ubicación de redes de apoyo: Identificar quienes dentro del medio de la consultante podrían formar una red de apoyo y notificarles a las personas que fungirán como redes de apoyo brindando un acompañamiento a la consultante. En caso de tener que dejar el domicilio conyugal Buscar apoyo de los demás familiares o vecinos, Tener preparados los documentos principales: actas de nacimiento (propia y de los hijos), títulos de propiedad de posesiones personales (auto, casa, etc). Disponer de algún dinero para sobrevivencia básica. No avisar al agresor de la partida, se puede dar un episodio grave de violencia física que arriesgue la salud y la vida de la persona violentada. Canalización a un albergue para mujeres que viven violencia familiar Los albergues o refugios son espacios protegidos para las mujeres que viven violencia y sus hijos e hijas menores de edad. Su estancia puede ser de 1 o varios días y hasta por tres meses. Tienen el objetivo de proporcionar un modelo de atención integral, en un espacio específico, a mujeres y sus hijas e hijos, que han sido receptores de violencia familiar; con servicios multidisciplinarios que ofrezcan un proceso de reflexión, contención, análisis y construcción de planes de vida sin círculos de violencia, a través de diversas aportaciones y prácticas profesionales, que incluyen procesos re-educativos ante fenómeno de la violencia familiar. Es importante comentarle a la usuaria los servicios que prestan los albergues y señalarle que son gratuitos. Estos servicios son:

81 Fase 3 Continuidad del proceso legal
ÍNDICE Atención psicológica: individual, familiar y grupal en donde el principal objetivo es el trabajo con la autoestima y la parte psicoafectiva. Atención a la salud: servicios de salud, atención médica de emergencia, capacitación para el autocuidado de la salud. Asesoría y acompañamiento legal (asesoría legal, representación y gestión) Asistencia social (fortalecimiento de redes sociales, capacitación técnica y reinserción laboral). Apoyo logístico y administrativo (funcionamiento interno del albergue, apoyo secretarial, abastecimiento y mantenimiento)También es fundamental que informes a la usuaria que no es conveniente que dé la dirección del albergue a otra persona vinculada con el agresor, pues éste podría acudir al lugar y ponerla en riesgo. Nota: Recuerda que es importante canalizar a los albergues a través de oficios para facilitar que las usuarias sean atendidas oportunamente. Previa consulta telefónica de la disponibilidad del albergue (cupo) para atenderla. Fase 3 Continuidad del proceso legal Finalizada la entrevista inicial, el área jurídica canalizará a la usuaria a las instancias correspondientes para dar continuidad a su demanda. Se sugiere promover la atención psicológica de la usuaria en las instalaciones del IPM, si es de su interés, a fin de que ambas áreas se coordinen para elaborar estrategias que faciliten el cese de la violencia. Cierre de la asesoría legal Cerrar la asesoría es tan importante como hacer una buena apertura de ésta. En la fase final se concluyen los procesos de atención y se establecen las bases para acciones subsecuentes el seguimiento del caso o la referencia institucional. Es importante para el proceso de evaluación, conocer el resultado de la interacción, es decir, si la atención cubrió la expectativa y necesidad de la usuaria. Esta evaluación también nos proporcionara información específica sobre lo que realmente requiere la usuaria. Se intenta elaborar de manera conjunta una síntesis de lo acontecido durante la interacción, rescatando la situación inicial y la actual, la problemática y la solución, la duda y la información, las decisiones, el plan de acción, las expectativas y los resultados. Un objetivo de realizar la recapitulación es lograr que la usuaria tome conciencia del proceso completo efectuado durante la consulta bajo la perspectiva de contribuir no solo a resolver la situación original sino de incidir en un proceso formativo más permanente.

82 6.5. LA SISTEMATIZACIÓN 6.6. EVALUACIÓN
ÍNDICE Codificación de la orientación jurídica Consiste en solicitar información sobre los datos generales de la persona, aclarar que es para fines estadísticos, destacar el respeto de la confidencialidad y respetar su decisión en caso de rehusarse a proporcionarlos. En todas las asesorías se introduce una clave de codificación para llevar un registro ordenado del servicio. Los datos de la persona son codificados en la base del Sistema de Administración y Respuesta A la Mujer (SARA), el cual está enlazado en un sistema Intranet que permite la elaboración de reportes y la consulta de los datos en forma ágil, así como el seguimiento de los casos. 6.5. LA SISTEMATIZACIÓN  Es el conjunto de datos integrados en indicadores cuantitativos y cualitativos que reflejan las acciones y tareas de los servicios de atención. Su mecanismo de operación es el registro único de datos integrado en el sistema SARA para: Incorporar información de la víctima, el agresor, y los tipos e atención que se brindan; Conservar de manera confidencial la información registrada; Se comparte la información exclusivamente con las instancias a la cual es referida la víctima; El acceso al sistema es diferenciado de manera que sólo se pueden cargar y consultar datos en el área específica en la que se atiende o a la que se pertenezca. Los permisos de acceso corresponderán a los niveles jerárquicos y de responsabilidad. Las instituciones podrán acceder exclusivamente a sus casos; Todas las áreas que brindan la atención tienen la responsabilidad de llevar a cabo la captura de la información en el sistema; Todo el personal que capture o acceda a la información del sistema se compromete a ser uso adecuado del mismo, así como alimentarlo con datos veraces y de manera oportuna. A fin de que se pueda tener acceso al Sistema, cada espacio de atención a las mujeres víctimas de violencia de género debe registrarse en el mismo con los servicios que brinda y recibir la capacitación para su operación. 6.6. EVALUACIÓN Es importante se lleve a cabo una evaluación constante del trabajo que llevan a cabo las y los integrantes del equipo, de este modo se logra hacer efectivo el accionar conjunto, se fortalecen los logros de un abordaje óptimo, así como el acceso a las mejores alternativas para cada situación.

83 6.7. EL CUIDADO DEL PERSONAL QUE BRINDA ATENCIÓN LEGAL
ÍNDICE La evaluación es el instrumento que permite valorar el nivel de satisfacción de las mujeres víctimas de violencia respecto al servicio recibido como usuarias en los diferentes espacios de atención, así como el desempeño del personal que brinda la atención, a partir del análisis de sus tareas. Mediante la aplicación de encuestas de calidad que permiten obtener datos e indicadores del nivel de calidad en el servicio a fin de reconocer las acciones de mejora y/o necesidades de desarrollo del personal. 6.7. EL CUIDADO DEL PERSONAL QUE BRINDA ATENCIÓN LEGAL El personal que atiende a víctimas de violencia de género se enfrentan a lo largo de su trabajo con diversas situaciones emocionales que los llevan a confrontarse en mayor o menor medida con sus propios aspectos emocionales relacionados con este tipo de violencia. La contención emocional se refiere a un tipo de intervención que se implementa para tranquilizar, fortalecer y devolver la confianza de la persona que se encuentra afectada por una fuerte crisis emocional. La persona que atiende a víctimas de violencia, al ser la experta, la parte fuerte que atiende a la débil, no llega a reconocer fácilmente su propia sobrecarga emocional. Este trabajador se encuentra constantemente expuesto- como escucha y testigo impotente- a sentimientos de frustración, dolor, enojo, miedo, ansiedad, desesperación, y desesperanza que no puede expresar. Es un receptor de historias de violencia y abuso que revive una y otra vez-sin poder incidir directamente-a lo largo de sus jornadas de trabajo. Las reacciones que se presentan más frecuentemente en el trabajador que atiende a víctimas de violencia se han tipificado de diferentes maneras, como: trauma vicario, estrés traumático secundario, fatiga de compasión y el síndrome del “burtnout o del quemado”. Trauma Vicario: Se refiere a la transformación que sufre a nivel vivencial el terapeuta o de la persona que trabaja con personas traumatizadas, como resultado de su involucración empática con el material traumático de su cliente. Estrés traumático secundario: Se refiere a las experiencias de tensión y ansiedad, relacionadas directamente con la convivencia constante con personas que manifiestan los síntomas de estés post-traumático. Fatiga de compasión: el acompañamiento intensivo durante largas jornadas de trabajo provoca que la o el profesional que atiende a víctimas de violencia se conmueva de tal manera que pierdan los límites de la relación, por un sobre-involucramiento. Se identifica con la víctima y se convierte en su rescatador.

84 ÍNDICE Síndrome crónico del burnout: Desde 1974 Herbert Fredeunberger acuñó este término para referirse a un cuadro “caracterizado por agotamiento y la pérdida de interés en el trabajo en las y los profesionales junto con la aparición paulatina de ansiedad y síntomas de depresión”. El burnout afecta a las y los operadores cuyo trabajo está basado en una relación de sostén y ayuda a las personas. Su manifestación es progresiva y tiene diversas causas: el contacto continúo con hechos traumatizantes, la demanda de las personas que sufren y la relación con el resto de los grupos de trabajo, sobre todo con los superiores. Las y los profesionales que trabajan en violencia son por definición altruistas, disponibles, incondicionales”, sin embargo estas características no dan elementos teóricos ni técnicos para trabajar con ellos. Es lo que la práctica cotidiana genera en las y los profesionales, esto es, “las presiones que suelen ejercer las víctimas, por las urgencias que tantas veces plantean, pueden tener el efecto de violentar a los operadores. Esto puede constituirse en una fuente de conflictos que suele expresarse mediante microviolencias en la práctica cotidiana. Microviolencias que suelen manifestarse en los silencios, en los pequeños gestos, en actitudes indiferentes al sufrimiento, en las modalidades para preguntar. Ceder a esos actos violentos y suponerse bueno y disponible termina siendo una formación reactiva por la cual la violencia puede buscar manifestarse en algún momento, no sólo en una entrevista sino también en otros profesionales o en el equipo de trabajo, generando nuevos circuitos violentos”. Velásquez (2003) habla del fuerte impacto que produce la experiencia profesional de trabajar con el tema de la violencia puede inscribirse en el psiquismo del personal que brinda la atención, en forma traumática. Es importante que se busque un espacio grupal e institucional que facilite su elaboración, ya que este tipo de práctica puede constituir un factor de riesgo para la salud física y mental. Es necesario ser cuidadosos con este aspecto de la práctica para que esa violencia no ejerza influencia alguna en el campo de lo personal, en el espacio de la entrevista y/o en el interior del grupo. Es de suma Importancia buscar estrategias (personales y grupales) para ayudar y sostener a las consultantes, pero que al mismo tiempo permitan mantener ciertos límites que protejan a los profesionales. “La comprensión emocional no sólo consiste en comprender a quien consulta, sino también a comprenderse a uno mismo en la función profesional.” (Velásquez: 268) Vale la pena que las y los profesionales se pregunten “Qué me pasa con/ De qué forma me “toca” lo que escucho?, ¿Cómo me siento?, ¿Cómo lo proceso?”

85 Algunas manifestaciones del Burn out:
ÍNDICE Las características del burnout que presenta una persona con este síndrome son: Agotamiento emocional: es una sensación de estar exhausta de estar drenada de haber agotado todos los recursos a causa de un exceso de trabajo y de conflictos personales. Despersonalización: se refiere a una respuesta insensible y distante hacia el otro. Hay indiferencia y actitudes deshumanizadas, como burlas y agresiones. Falta de realización personal: implica falta de productividad en el trabajo, desmoralización y una sensación de ser incapaz de enfrentar las exigencias. Además de falta de interés en general por cualquier otra actividad. Algunas manifestaciones del Burn out: A nivel psicosomático: Fatiga crónica Dolor de cabeza Trastornos del sueño Úlcera y otros trastornos gastrointestinales Dolores musculares Bajo nivel de energía Pérdida o aumento de peso Aumento de la presión arterial Alteración de elementos como el colesterol, la glucemia o el ácido úrico Disminución de resistencia a enfermedades A nivel conductual: Ausentismo laboral Conductas adictivas (alcohol, drogas, fármacos, etc.) Incapacidad para relajarse Conductas violentas Comportamiento de alto riesgo Apatía Actitud Negativa Desacuerdo y queja A nivel emocional y psicológico: Distanciamiento afectivo Aburrimiento Actitud cínica Impaciencia

86 Crisis de pánico y otras fobias (sociales o específicas)
ÍNDICE Irritabilidad Crisis de pánico y otras fobias (sociales o específicas) Incapacidad de concentración Fallos de atención y memoria Resentimiento Baja autoestima Culpabilidad Sentimientos de desamparo y frustración Depresión A nivel Laboral: Disminución de rendimiento en el trabajo Disminución de la calidad de atención a clientes Pérdida del sentido de responsabilidad ante el trabajo Hostilidad, sarcasmo Comunicación deficiente

87 ÍNDICE ANEXOS

88 ÍNDICE

89 ÍNDICE

90 ÍNDICE

91 REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS
ÍNDICE REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS Cazés, D. (2005), “Nociones y definiciones básicas de la perpectiva de género” en Defensor. Revista de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal, núm. 4, año III, abril 2005. Convención Sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW) Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (Convención de Belém do Pará) Convención de los Derechos del Niño. Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla. Código Civil para el Estado libre y Soberano de Puebla. Código de Procedimientos Civiles para el Estado libre y Soberano de Puebla. Código de Defensa Social para el Estado libre y Soberano de Puebla. Código de Procedimientos en materia de Defensa Social. Devalle, S. (2000), Poder y cultura de la violencia, El colegio de México. Galtung, J. (1969), Violence peace and peace research, Journal of peace Research, vol. 6 Oslo. IPM (2011), Manual de organización, Puebla, Instituto Poblano de las Mujeres. IPM (2011), Manual de procedimientos, Puebla, Instituto Poblano de las Mujeres. NOM-046-SSA Violencia familiar, sexual y contra las mujeres. Criterios para la prevención y atención. Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos. Ley para el Acceso de las Mujeres a una vida Libre de Violencia del Estado de Puebla; publicada en el Periódico Oficial del Estado de Puebla el 26 de Febrero de 2007.

92 ÍNDICE Ley para la Igualdad entre Mujeres y Hombres del Estado de Puebla, publicada en el Periódico Oficial del Estado de Puebla el 22 de Agosto de 2008. OPS/OMS (2002), Informe mundial sobre la violencia y la salud, Organización Panamericana de la Salud-Oficina Regional. Reglamento de la Ley para la Igualdad entre Mujeres y Hombres del Estado de Puebla, publicada en el Periódico Oficial del Estado de Puebla el 11 de febrero de 2009. Reglamento de la Ley para el Acceso de las Mujeres a una vida Libre de Violencia del Estado de Puebla; publicado en el Periódico Oficial del Estado de Puebla el 11 de Noviembre de 2009. Reglamento para el Funcionamiento del Sistema estatal para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la violencia contra las Mujeres, aprobado el 30 de mayo de 2008. Roberts, A.R., (2005), Crisis Intervention Handbook: assessment, treatment an research, New York, Oxford University Press. Sistema Estatal para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la violencia contra las Mujeres, integrado el 5 de marzo de 2008. Sistema Estatal para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, instalado el 11 de febrero de 2009. Velázquez, S. (2003): Violencias cotidianas, violencia de género. Escuchar, comprender, ayudar, Paidós, Buenos Aires.


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