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Procedimientos de fiscalización

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Presentación del tema: "Procedimientos de fiscalización"— Transcripción de la presentación:

1 Procedimientos de fiscalización
Diciembre 2017

2 “Como las leyes fiscales no se cumplen y la defraudación es enorme, la Hacienda, para poder subsistir, acude a la peligrosa solución de subir los tipos impositivos, de tal manera que el que paga termina pagando lo suyo y lo del defraudador; sin contar con el efecto indirecto de que él también se ve forzado a defraudar.” Alejandro Nieto.

3 Contenido … La fiscalización vía facultades de gestión.
La fiscalización vía electrónica. La presunción tributaria ante la presunción de inocencia. Las revisiones de la autoridad: más ingresos, menos deducciones.

4 Contenido… La fiscalización vía facultades de gestión.
La fiscalización vía electrónica. La presunción tributaria ante la presunción de inocencia. Las revisiones de la autoridad: más ingresos, menos deducciones. Revisando … Reformas a la Ley Federal del Procedimiento Contencioso Administrativo. Reformas al CFF. Recurso de revocación.

5 Facultades de comprobación. Facultades de Gestión.
Verificación de errores aritméticos. Revisiones de escritorio. Revisiones de dictamen. Visitas de inspección. Visitas domiciliarias. Revisiones electrónicas. Procedimientos de comercio exterior. Facultades de Gestión. Verificación de presentación de declaraciones. Verificación de presentación correcta de las declaraciones y avisos. Verificación de domicilio fiscal. Invitaciones. Verificación de operaciones inexistentes.

6 Verificación de domicilios fiscales. Consecuencias …
Administración del negocio. Visita de inspección. .. Con quien se encuentre. Objeto verificar los avisos. Acta circunstanciada. Tres días. Consecuencias … No procede el aviso. Infracción por el aviso. Cancelación de sellos. Presunto … … delito …

7 Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito
Tipo de Tesis: Aislada Fuente: Semanario Judicial de la Federación Publicación: viernes 05 de agosto de :05 h VISITA DOMICILIARIA. EL HECHO DE QUE LA AUTORIDAD TOME FOTOGRAFÍAS DEL INTERIOR DEL INMUEBLE RESPECTIVO SIN FUNDAR Y MOTIVAR ESA ACTUACIÓN EN RELACIÓN CON EL OBJETO DE LA REVISIÓN, NI PRECISAR EL MANEJO Y LA CONFIDENCIALIDAD DE ESOS DATOS, REPRESENTA UN MENOSCABO Y UN DETERIORO EN LOS DERECHOS DE INVIOLABILIDAD E INTIMIDAD DEL DOMICILIO Y DE PROTECCIÓN DE LOS DATOS DE LAS PERSONAS. … el Estado tiene la obligación de velar por la protección de los derechos de inviolabilidad e intimidad del domicilio y de protección de los datos de las personas, frente a los actos de autoridad, lo que de suyo engloba la obligación de fundar y motivar el objeto por el cual se autoriza una injerencia en el domicilio de las personas, qué datos pueden ser recopilados en una visita de inspección, incluidos aquellos recabados por medios electrónicos, … lleva implícita la carga de la autoridad de probar, además de la existencia de fundamentos y motivos en los cuales sea susceptible justificar su actuación … entonces, el hecho de que la autoridad tome fotografías del interior del inmueble visitado sin fundar y motivar esa actuación en relación con el objeto de la revisión, ni precisar el manejo y la confidencialidad de esos datos, representa un menoscabo y un deterioro en dichos derechos del particular, de naturaleza continuada.

8 Tesis VIII-P-2aS-171, Octava época, año II, no
Tesis VIII-P-2aS-171, Octava época, año II, no. 15, octubre de 2017, página 266, cuyo rubro y texto, indican: “DIFERENCIA ENTRE UN CONTRIBUYENTE NO LOCALIZADO Y NO LOCALIZABLE.- NOTIFICACIÓN DE LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS POR ESTRADOS.- La notificación es un medio de comunicación procesal que debe llevarse a cabo mediante las formalidades legales preestablecidas ya que por su conducto se da a conocer un acto de autoridad; es por ello que el artículo 134, fracción III del Código Fiscal de la Federación establece que la notificación por estrados deberá efectuarse cuando la persona a quien deba notificarse no sea "localizable" en el domicilio que tenga indicado en el Registro Federal de Contribuyentes, lo cual debe entenderse en el sentido de que puede practicarse la notificación por estrados cuando existan elementos o datos de los cuales se desprenda que es imposible realizarla en el domicilio fiscal porque no puede encontrarse o se desconoce su paradero; connotación distinta a la voz no "localizado", cuyo contenido significa que no se encontraba o no se localizó a la persona que se va a notificar, pero se sabe con certeza que sigue siendo su domicilio.”

9 NOTIFICACIÓN POR ESTRADOS EN MATERIA FISCAL
NOTIFICACIÓN POR ESTRADOS EN MATERIA FISCAL.- DIFERENCIA ENTRE “NO LOCALIZABLE”, “DESOCUPADO” Y “CERRADO” CONFORME A LA LEGISLACIÓN VIGENTE HASTA LA REFORMA PUBLICADA EL NUEVE DE DICIEMBRE DE DOS MIL TRECE.- En términos del artículo 134, fracción III, del Código Fiscal de la Federación, las notificaciones podrán realizarse, por estrados, si el contribuyente se ubica en alguno de los supuestos siguientes: 1) no sea localizable en el domicilio fiscal, 2) Se ignore su domicilio o el de su representante legal, 3) Si desapareció, 4) Se oponga a la diligencia de notificación, o 5) Si desocupó el domicilio fiscal después del ejercicio de las facultades de comprobación, y sin presentar el aviso al Registro Federal de Contribuyentes. Así, los cinco supuestos tienen en común que no puede realizarse la notificación personalmente, porque existe imposibilidad material para ello; sin embargo, son hipótesis diferentes, es decir, autónomas, dado que están diferenciadas legislativamente, y en consecuencia, la autoridad debe demostrar fehacientemente la hipótesis respectiva, a través de la debida motivación sustentada en el acta debidamente circunstanciada. De modo que si la porción normativa “no sea localizable” está redactada en presente subjuntivo, entonces, significa, en modo indicativo, que al momento en que se pretendió realizar la notificación “no se localizó” al destinario y “no será localizable” en la diligencia. Por tal motivo, deberá agotarse el procedimiento de la notificación personal, pues no puede estimarse que el contribuyente desocupó el domicilio o desapareció, pues son hipótesis diferentes... (Tesis aprobada en sesión de 26 de septiembre de 2017)

10 Revocación de sellos digitales…
Infracciones. No localizado. No presentar declaraciones. Operaciones inexistentes. Resolución definitiva. Procede aclaración. Procede medio de defensa. Medio de defensa no suspende.

11 SUSPENSIÓN PROVISIONAL EN EL AMPARO
SUSPENSIÓN PROVISIONAL EN EL AMPARO. ES IMPROCEDENTE CONCEDERLA CONTRA LA DETERMINACIÓN DE LA AUTORIDAD HACENDARIA DE DEJAR SIN EFECTOS EL CERTIFICADO DEL SELLO DIGITAL PARA LA EXPEDICIÓN DE COMPROBANTES FISCALES DE UN CONTRIBUYENTE. … de permitir al quejoso utilizarlo, se seguiría perjuicio al interés social y se contravendrían disposiciones de orden público, puesto que se toleraría la realización de una conducta probablemente ilícita, consistente en la emisión de comprobantes fiscales para, en su caso, amparar posibles operaciones inexistentes, simuladas o ilícitas, y se impediría el ejercicio de las facultades de control en materia fiscal de la autoridad; a más de que la sociedad y el Estado están interesados en que los contribuyentes realicen las operaciones fiscales que atañen a su respectiva actividad adecuadamente, conforme a los avances tecnológicos dispuestos para tal fin. SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL TERCER CIRCUITO. Esta tesis se publicó el viernes 21 de marzo de 2014 a las 11:03 horas en el Semanario Judicial de la Federación.

12 Publicación: viernes 06 de enero de 2017 10:07 h
SUSPENSIÓN. ES PROCEDENTE CONCEDERLA CONTRA LA CANCELACIÓN DEL SELLO DIGITAL QUE SIRVE PARA LA EXPEDICIÓN DE COMPROBANTES FISCALES. DE LO CONTRARIO, SE PARALIZARÍA LA ACTIVIDAD COMERCIAL DE LA EMPRESA Y SE AFECTARÍA LA RECAUDACIÓN DE LA HACIENDA PÚBLICA.… En ese tenor, contra la determinación de la autoridad hacendaria de dejar sin efectos o cancelar el certificado del sello digital para la expedición de comprobantes fiscales, sí es procedente conceder la suspensión con fundamento en el artículo 128, fracción II, de la Ley de Amparo, … no se afecta el orden público ni se altera el interés de la sociedad. Además, … durante el tiempo de la cancelación el gobernado queda imposibilitado de expedir facturas y, por tanto, inhabilitado para realizar su actividad comercial, lo que pone en riesgo la viabilidad y la sustentabilidad de la empresa … se constituye un obstáculo para generar y obtener riqueza, que va, incluso en detrimento de la recaudación a favor de la Hacienda Pública... de no concederse la suspensión, se impide recaudar el gasto público conforme a lo previsto en el artículo 31, fracción IV, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; lo que sí vulneraría el orden público. PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL CUARTO CIRCUITO.

13 Principio de oportunidad.
Procedimiento contra operaciones inexistentes. (Directa / indirectamente) Sin infraestructura. Sin personal No localizados Notificación por buzón tributario y DOF. 15 días de plazo. 5 días valoración de pruebas. Resolución, buzón tributario, listado en DOF. No producen efectos los comprobantes fiscales. 30 días a los clientes para regularizar o aclarar. Omisión facultades de comprobación y responsabilidad penal

14 Consecuencias para el proveedor.
Resolución definitiva. Facultades de comprobación. Determinación de cf. Responsabilidad Penal.

15 Consecuencias para el cliente. Invitación / prevención.
Facultades de comprobación. Revisión secuencial. Determinación de cf. Responsabilidad penal.

16 Instancia: Plenos de Circuito
Tipo de Tesis: Jurisprudencia COMPROBANTES FISCALES. LAS INCONSISTENCIAS O EL INCUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES FISCALES POR PARTE DE LOS PROVEEDORES QUE LOS EXPIDEN, SON INSUFICIENTES, POR SÍ SOLAS, PARA GENERAR UNA PRESUNCIÓN SOBRE LA INEXISTENCIA DE LAS OPERACIONES QUE AMPARAN AQUÉLLOS. … no deben consistir en circunstancias relativas a las inconsistencias o a los incumplimientos de obligaciones tributarias por parte de terceros, al tratarse de aspectos no atribuibles al contribuyente solicitante, además de que tampoco se encuentra prevista legalmente como consecuencia de aquéllas, la ineficacia de las facturas fiscales, conforme a la jurisprudencia de la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación 2a./J. 87/2013 (10a.), de título y subtítulo: … por ende, las inconsistencias de ese tipo, consideradas aisladamente, son insuficientes para generar una presunción válida sobre la inexistencia de las operaciones referidas. Esta tesis se publicó el viernes 08 de septiembre de 2017 a las 10:17 horas en el Semanario Judicial de la Federación

17 VIII-P-1aS-216 FACULTADES DE COMPROBACIÓN DE LA AUTORIDAD FISCAL. EN SU EJERCICIO, VÁLIDAMENTE PUEDE DESCONOCER LOS EFECTOS FISCALES DE LOS ACTOS JURÍDICOS CONSIGNADOS EN LA CONTABILIDAD, CUANDO CAREZCAN DE MATERIALIDAD.- … si derivado de una revisión la autoridad advierte que las operaciones que constan en la contabilidad no tienen sustancia material, puede determinar su inexistencia exclusivamente para efectos fiscales, es decir, desconocer su eficacia para la determinación, devolución o acreditamiento de contribuciones, sin que ello implique anular para efectos generales el acto jurídico en cuestión, ni mucho menos exceder el objeto de la orden de visita.

18 Infracciones y sanciones …
Facultades de comprobación …22 del … Artículo 83. Fracción XVIII. “No demostrar la existencia de las operaciones amparadas por los comprobantes fiscales emitidos por sus proveedores, relacionadas con el Impuesto al Valor Agregado.”

19 ¿Delito o simbología? Expida, adquiera, o enajene comprobantes fiscales que: (3 m a 6 años) amparen operaciones: inexistentes, falsas o actos jurídicos simulados.

20 Contenido… La fiscalización vía facultades de gestión.
La fiscalización vía electrónica. La presunción tributaria ante la presunción de inocencia. Las revisiones de la autoridad: más ingresos, menos deducciones.

21 “Si los delincuentes no existieran habría que inventarlos
“Si los delincuentes no existieran habría que inventarlos. Una fantasmagórica huelga general de delincuentes, veríamos que se derrumbaría todo el sistema: se volverían inútiles los seguros, los bancos, las policías, las aduanas, las oficinas de impuestos, etc. Sin duda habría una verdadera catástrofe.” Eugenio Raúl Zaffaroni

22 Tipo de Tesis: Jurisprudencia
Instancia: Segunda Sala Tipo de Tesis: Jurisprudencia Publicación: viernes 13 de febrero de :00 h SUSPENSIÓN EN EL JUICIO DE AMPARO. PROCEDE CONCEDERLA CONTRA LA APLICACIÓN DE LOS ARTÍCULOS 17 K Y 28, FRACCIÓN IV, DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN (LEGISLACIÓN VIGENTE A PARTIR DEL 1 DE ENERO DE 2014). …..procede conceder la suspensión en contra de su aplicación, al no contravenirse disposiciones de orden público ni afectarse el interés social, ya que las obligaciones que se imponen a los contribuyentes, consistentes en emplear el buzón tributario como medio de comunicación electrónica con la autoridad hacendaria y enviar de manera mensual su información contable mediante la página de Internet del Servicio de Administración Tributaria, si bien forman parte de las medidas implementadas a fin de agilizar los procesos de recaudación y fiscalización, lo cierto es que la concesión de la medida cautelar no impide que el contribuyente cumpla con sus obligaciones fiscales de presentar promociones, solicitudes y avisos e incluso desahogar los requerimientos que la autoridad hacendaria le formule en forma directa, …

23 Tesis: 2a. LIX/2016 (10a.) BUZÓN TRIBUTARIO. EL ARTÍCULO 17-K DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN, AL ESTABLECER ESE MEDIO DE COMUNICACIÓN ENTRE EL CONTRIBUYENTE Y LA AUTORIDAD HACENDARIA, NO VIOLA EL DERECHO A LA SEGURIDAD JURÍDICA (DECRETO DE REFORMAS PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 9 DE DICIEMBRE DE 2013). la norma le permite conocer que tendrá asignado un buzón tributario para interactuar e intercambiar información con la autoridad hacendaria, de manera que tiene la certeza de que, a través de ese medio, le efectuará la notificación de cualquier acto o resolución administrativa que emita… En esos términos, el artículo 17-K invocado, no viola el derecho a la seguridad jurídica reconocido en el artículo 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, tomando en consideración, que sólo propone delimitar lo que podrá enviarse a través del citado medio, y no detalla cómo se hará el envío respectivo, … pues esos aspectos se regulan esencialmente en el artículo 134 del referido código tributario.

24 Instancia: Segunda Sala
Tipo de Tesis: Aislada Fuente: Semanario Judicial de la Federación Publicación: viernes 26 de agosto de :34 h Materia(s): (Constitucional) Tesis: 2a. LXXIX/2016 (10a.) REVISIÓN ELECTRÓNICA. EL SEGUNDO PÁRRAFO DE LA FRACCIÓN IV DEL ARTÍCULO 53-B DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN, EN TANTO PREVÉ LA FACULTAD CONFERIDA A LA AUTORIDAD PARA HACER EFECTIVA LA CANTIDAD DETERMINADA EN LA PRELIQUIDACIÓN, TRANSGREDE EL DERECHO DE AUDIENCIA. … el segundo párrafo de la fracción IV del artículo 53-B del Código Fiscal de la Federación, al establecer que las cantidades determinadas en la preliquidación "se harán efectivas mediante el procedimiento administrativo de ejecución", cuando el contribuyente no aporte pruebas ni manifieste lo que a su derecho convenga en el procedimiento de fiscalización dentro de los plazos previstos al efecto, transgrede el derecho de audiencia reconocido por el artículo 14 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, toda vez que la preliquidación constituye una propuesta de pago para el caso de que el contribuyente decida ponerse al corriente en sus obligaciones fiscales, no así un requerimiento de pago cuya inobservancia dé lugar a su ejecución inmediata…

25 Fuente: Semanario Judicial de la Federación
CONTABILIDAD ELECTRÓNICA. EL ANEXO 24 DE LA RESOLUCIÓN MISCELÁNEA FISCAL PARA 2015, PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 5 DE ENERO DE 2015, VIOLA LOS DERECHOS A LA LEGALIDAD Y A LA SEGURIDAD JURÍDICA. Al establecer las reglas de estructura planteadas dentro del estándar de los formatos respectivos para cumplir con la obligación de llevar la contabilidad en medios electrónicos… tenía la obligación de hacerlo en idioma castellano o español, a fin de brindar seguridad jurídica a los contribuyentes al permitirles conocer plenamente la forma de operar los formatos establecidos al efecto, lo cual no se hizo, ya que al ingresar a la página de Internet se advierte que su contenido está en el idioma inglés; de ahí que el Anexo 24 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2015, viola los derechos a la legalidad y a la seguridad jurídica.

26 Tipo de Tesis: Aislada Libro 4, Marzo de 2014, Tomo II Página: 1959 SUSPENSIÓN PROVISIONAL EN EL AMPARO. ES IMPROCEDENTE CONCEDERLA CONTRA LA DETERMINACIÓN DE LA AUTORIDAD HACENDARIA DE DEJAR SIN EFECTOS EL CERTIFICADO DEL SELLO DIGITAL PARA LA EXPEDICIÓN DE COMPROBANTES FISCALES DE UN CONTRIBUYENTE. … de permitir al quejoso utilizarlo, se seguiría perjuicio al interés social y se contravendrían disposiciones de orden público, puesto que se toleraría la realización de una conducta probablemente ilícita, consistente en la emisión de comprobantes fiscales para, en su caso, amparar posibles operaciones inexistentes, simuladas o ilícitas, y se impediría el ejercicio de las facultades de control en materia fiscal de la autoridad; a más de que la sociedad y el Estado están interesados en que los contribuyentes realicen las operaciones fiscales que atañen a su respectiva actividad adecuadamente, conforme a los avances tecnológicos dispuestos para tal fin. SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL TERCER CIRCUITO. Esta tesis se publicó el viernes 21 de marzo de 2014 a las 11:03 horas en el Semanario Judicial de la Federación.

27 I.- Primera consecuencia.
Artículo 81… F. XLI.- “No ingresar la información contable a través de la página de internet del Servicio de Administración Tributaria estando obligado a ello; ingresarla fuera de los plazos establecidos en las disposiciones fiscales, o bien, no ingresarla de conformidad con las reglas.. Así como ingresarlas con alteraciones que impidan su lectura” No ingresar. Ingresar fuera de plazo. Ingresar sin requisitos de reglas. Ingresar con alteraciones.

28 Reforma revisión electrónica
Revisiones electrónicas. (53-b) Preliquidación. (15 días) 2ª Parte. (10 días sig.) 2º. Requerimiento. (10 días) Requerimiento a tercero (10 días) Vista (10 días) Plazo (10 días) Resolución final (40 días) Plazo de 6 meses

29 Contenido … La fiscalización vía facultades de gestión.
La fiscalización vía electrónica. La presunción tributaria ante la presunción de inocencia. Las revisiones de la autoridad: más ingresos, menos deducciones.

30 De la presunción de inocencia ...
“Quien acusa esta obligado a probar.” Autoridades fiscales verifican las obligaciones. Determinan consecuencias. Presunción de buena fe. Presunción de inocencia en materia penal. Presunción de Inocencia al imponer sanciones admvas. ¿Presunción de inocencia en materia fiscal?

31 Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación
Tomo: Libro 6, Mayo de 2014, Tomo III PRESUNCIÓN DE INOCENCIA. AL SER UN PRINCIPIO APLICABLE AL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO SANCIONADOR, LAS SALAS DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA DEBEN UTILIZAR UN MÉTODO DE VALORACIÓN PROBATORIO ACORDE CON ÉL. las Salas del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa deben utilizar un método al valorar los elementos de convicción … para considerarlos una prueba de cargo válida, además de que arrojen indicios suficientes para desvanecer la presunción de inocencia, así como cerciorarse de que estén desvirtuadas las hipótesis de inocencia … descartar la existencia de contraindicios que den lugar a una duda razonable sobre la que se atribuye al infractor sustentada por la parte acusadora.

32 PROCEDIMIENTO RELATIVO A LA PRESUNCIÓN DE INEXISTENCIA DE OPERACIONES
PROCEDIMIENTO RELATIVO A LA PRESUNCIÓN DE INEXISTENCIA DE OPERACIONES. EL ARTÍCULO 69-B DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN QUE LO PREVÉ, NO CONTRAVIENE EL PRINCIPIO DE PRESUNCIÓN DE INOCENCIA. no contraviene el principio de presunción de inocencia, en virtud de que no se establecen ni fincan determinaciones definitivas ni se atribuye responsabilidad al gobernado, sino que prevé un llamamiento para que éste alegue lo que a su interés convenga y aporte la documentación e información que considere pertinente para desvirtuar los hechos que llevaron a la autoridad a presumir la inexistencia de las operaciones que avalan los comprobantes … Instancia: Segunda Sala Tipo de Tesis: Jurisprudencia Publicación: viernes 23 de octubre de 2015

33 FACULTADES DE COMPROBACIÓN DE LAS AUTORIDADES FISCALES
FACULTADES DE COMPROBACIÓN DE LAS AUTORIDADES FISCALES. LAS PREVISTAS EN EL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN NO SE RIGEN POR EL PRINCIPIO DE PRESUNCIÓN DE INOCENCIA. el Código Fiscal de la Federación prevé diversas facultades, siendo que aquellas que tienen por finalidad determinar contribuciones omitidas o créditos fiscales, constituyen procedimientos fiscalizadores de los cuales no deriva una pena, al no tener la naturaleza de sancionadores … no se encuentran comprendidos dentro de las figuras que protege el derecho penal. Consecuentemente, los numerales que prevén dichas facultades no pueden analizarse conforme al principio de presunción de inocencia. PRIMERA SALA. Esta tesis se publicó el viernes 04 de diciembre de 2015 a las 10:30 horas en el Semanario Judicial de la Federación.

34 VIII-P-1aS-217 RAZÓN DE NEGOCIOS. LA AUTORIDAD PUEDE CONSIDERAR SU AUSENCIA COMO UNO DE LOS ELEMENTOS QUE LA LLEVEN A DETERMINAR LA FALTA DE MATERIALIDAD DE UNA OPERACIÓN, CASO EN EL CUAL, LA CARGA PROBATORIA PARA DEMOSTRAR LA EXISTENCIA Y REGULARIDAD DE LA OPERACIÓN, CORRE A CARGO DEL CONTRIBUYENTE.- Legalmente no existe una definición de la expresión “razón de negocios”, sin embargo, en la jerga financiera se entiende como el motivo para realizar un acto, al cual se tiene derecho, relacionado con una ocupación lucrativa y encaminado a obtener una utilidad;.. puede válidamente concluirse que las razones de negocio, sí son un elemento que puede tomar en cuenta la autoridad fiscal para determinar si una operación es artificiosa y que en cada caso, dependerá de la valoración de la totalidad de elementos que la autoridad considere para soportar sus conclusiones sobre reconocer o no los efectos fiscales de un determinado acto… por lo que una vez que se sustentan las razones por las que no se reconocen los efectos fiscales de las operaciones, corre a cargo del contribuyente demostrar la existencia y regularidad de la operación. Juicio Contencioso Administrativo Núm. 4351/16-07- 01-4-OT/1124/17-S Resuelto por la Primera Sección de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Administrativa,

35 Obligación de probar a cargo del contribuyente. Facultades de gestión.
Invitaciones. Verificaciones de dom. Cancelación de sellos. Operación inexistente. Facultades de comprobación. Visitas domic. Revisiones escrit. Revisiones electron. Visitas de comp. Fiscales. Facultades de cobro. Gestiones de cobro. Cxc

36 Jurisprudencia suspendida por acuerdo G/19/2017 publicado en R.T.F.J.A. Octava Época. Año II. No. 16. Noviembre p. 507 DETERMINACIÓN PRESUNTIVA DE LA UTILIDAD FISCAL. LOS ARTÍCULOS 55 Y 59 DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN NO SON EXCLUYENTES ENTRE SÍ, POR EL CONTRARIO, SE COMPLEMENTAN.- El artículo 55 del Código Fiscal de la Federación prevé los casos en los cuales el ente fiscalizador podrá determinar presuntivamente los ingresos obtenidos por el contribuyente auditado durante el ejercicio fiscal objeto de revisión. Por su parte, el artículo 59 del ordenamiento jurídico en cita establece los medios legales para realizar la determinación presuntiva aludida; en tal virtud, los preceptos legales en comento no son contradictorios, sino que prevén hipótesis normativas que se complementan, al establecer los casos y los medios legales que posibilitan a la autoridad aplicar el procedimiento de la determinación presuntiva y liquidar el crédito fiscal a cargo del particular. (Tesis de jurisprudencia aprobada por acuerdo G/S1-13/2016)

37 EL ARTÍCULO 160 DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN, VIGENTE A PARTIR DEL 1 DE ENERO DE 2014 QUE LO PREVÉ, NO VIOLA LOS DERECHOS DE AUDIENCIA Y SEGURIDAD JURÍDICA. … la autoridad fiscal puede ejercer el procedimiento administrativo de ejecución para cobrar las cantidades correspondientes al deudor exclusivamente cuando éste, habiendo sido notificado y prevenido de no hacerlo, realiza el pago al acreedor embargado; … no le permite que, al momento de sustituirse en el acreedor, por ese simple hecho pueda cobrar el pago de la cantidad correspondiente por medio del procedimiento económico coactivo o que el adeudo se convierta inmediatamente en un crédito fiscal, sino que éste podrá llevarse a cabo únicamente cuando se incurra en la desobediencia aludida. Época: Décima Época Registro: Instancia: Segunda Sala Tipo de Tesis: Aislada Fuente: Semanario Judicial de la Federación Publicación: viernes 26 de agosto de 2016

38 Contenido… La fiscalización vía facultades de gestión.
La fiscalización vía electrónica. La presunción tributaria ante la presunción de inocencia. Las revisiones de la autoridad: más ingresos, menos deducciones.

39 “La autorización al Estado para revisar nuestros bolsillos, nuestras casas, nuestros cuerpos, es incompatible con una noción robusta de ciudadanía y, antes bien, contribuye a moldear una relación de servidumbre y humillación entre los ciudadanos y el Estado”. Marcelo Alegre

40 I. Validez de los contratos
La perito designada por la autoridad demandada señale que reconoce la existencia de contratos de mutuo con los que se acreditan los prestamos recibidos, por la empresa actora, así como el acta de asamblea de la sociedad, con la cual se acredita que hay depósitos para futuros aumentos de capital por parte de socios … sin embargo no les otorga valor probatorio alguno argumentando que los mismos no están protocolizados; situación que es ilegal, pues al ser el contrato un acuerdo de voluntades entre particulares … dicha autoridad no puede determinar la veracidad y alcance probatorio de esas documentales, únicamente con las manifestaciones hechas valer en la resolución recurrida.” Cuarta Sala Regional Metropolitana. 25866/

41 DOCUMENTO PRIVADO. LA COPIA CERTIFICADA POR FEDATARIO PÚBLICO LO HACE DE FECHA CIERTA A PARTIR DE QUE LO TUVO A LA VISTA PARA SU REPRODUCCIÓN Y, ÚNICAMENTE, PARA EL EFECTO DE HACER CONSTAR QUE EXISTÍA EN ESE MOMENTO. – La fecha cierta de un documento privado es aquella que se tiene a partir del día en que tal instrumento se inscriba en un Registro Público de la Propiedad; desde la fecha en que se presente ante un fedatario público, o a partir de la muerte de cualquiera de los firmantes. De no darse alguno de esos supuestos, no puede considerarse que un documento es de fecha cierta, cuando ante un fedatario público se presenta un instrumento privado para su reproducción y certificación, la fe pública y facultades de que está investido permiten considerar que el instrumento reproducido existía en la fecha en que se realizó tal reproducción y cotejo. Por lo que la fecha cierta se adquiere a partir de dicha certificación y no a partir de la fecha que está asentada en el documento. Primera Sala. Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Epoca. Tomo XXXII, Agosto Pág Tesis de Jurisprudencia.

42 II. Requisitos de la deducción …
“no se deben de interpretar los requisitos exigidos por ley para el ejercicio del derecho de deducción o acreditamiento, de forma que lo hagan imposible o excesivamente oneroso, como sería el exigirle que asuma facultades de verificación del cumplimiento de las obligaciones de los contribuyentes que el Código Fiscal de la Federación le atribuye expresamente a las autoridades fiscales.” OCTAVA SALA REGIONAL METROPOLITANA. EXPEDIENTE 11703/

43 COMPROBANTES FISCALES
COMPROBANTES FISCALES. ALCANCE DE LA EXPRESIÓN "DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO" QUE AMPAREN, PREVISTA COMO UNO DE LOS REQUISITOS DEL ARTÍCULO 29-A, FRACCIÓN V, DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN. De lo anterior se obtiene que el comprobante fiscal cumplirá con la función para la que fue creado, es decir, como un elemento de prueba, cuando contenga los requisitos de identificación necesarios y básicos para saber quién lo expidió, a favor de quién y por qué concepto, pues la expresión mencionada alude a los datos suficientes que informen claramente el servicio concreto que se prestó al beneficiario … sin que pueda considerarse que la fracción V indicada se refiera a pormenorizar el motivo del servicio, es decir, a detallar en qué consiste, considerando sus características esenciales. Esta tesis se publicó el viernes 11 de diciembre de 2015 a las 11:15 horas en el Semanario Judicial de la Federación.

44 DEVOLUCIÓN DE SALDO A FAVOR
DEVOLUCIÓN DE SALDO A FAVOR. PARA DETERMINAR QUE LAS ACTIVIDADES COMERCIALES SON INEXISTENTES O SIMULADAS, LA AUTORIDAD DEBE LLEVAR ACABO EL PROCEDIMIENTO SEÑALADO EN EL ARTÍCULO 69-B DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN.- Para que la autoridad aplique las consecuencias jurídicas establecidas en el artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación … y concluya que las actividades comerciales realizadas entre el contribuyente solicitante y un tercero fueron inexistentes o simuladas, esta debe acreditar que llevó a cabo de manera completa el procedimiento establecido en el artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación esto es hasta la emisión del listado en el Diario Oficial de la Federación y en la página de Internet del Servicio de Administración Tributaria en el cual se encuentre el tercero visitado, acreditando con ello que ha declarado la inexistencia de las operaciones amparadas en los comprobantes emitidos por dicho tercero. R.T.F.J.F.A. Séptima Época. Año V. No. 53. Diciembre p. 488

45 RENTA. PARA LA PROCEDENCIA DE LA DEDUCCIÓN DE UN GASTO DE SUBCONTRATACIÓN LABORAL LA AUTORIDAD FISCAL NO PUEDE RECHAZARLO INVOCANDO EL INCUMPLIMIENTO DE NORMAS LABORALES.- la autoridad fiscal no puede calificar, para rechazar una deducción, la naturaleza de patrón del contribuyente, contratante, ya que todo lo correspondiente a la relación de trabajo regulada en el artículo 123 constitucional, es competencia exclusiva de las autoridades laborales, sin que la tributaria pueda unilateralmente determinar si un contribuyente que dedujo un gasto por subcontratación laboral, tiene o no dicha relación de trabajo … para determinar si un contribuyente tiene o no derecho a la deducción de gastos por la prestación de servicios que recibió bajo el régimen de subcontratación, basta con probar el cumplimiento de los requisitos establecidos en las disposiciones fiscales. Resuelto por la Décimo Tercera Sala Regional Metropolitana del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, el 3 de septiembre de 2015.

46 Ley Federal del Trabajo
Artículo 15-A. El trabajo en régimen de subcontratación es aquel por medio del cual un patrón denominado contratista ejecuta obras o presta servicios con sus trabajadores bajo su dependencia, a favor de un contratante, persona física o moral, la cual fija las tareas del contratista y lo supervisa en el desarrollo de los servicios o la ejecución de las obras contratadas. Este tipo de trabajo, deberá cumplir con las siguientes condiciones: a) No podrá abarcar la totalidad de las actividades, iguales o similares en su totalidad, que se desarrollen en el centro de trabajo. b) Deberá justificarse por su carácter especializado. c) No podrá comprender tareas iguales o similares a las que realizan el resto de los trabajadores al servicio del contratante. De no cumplirse con todas estas condiciones, el contratante se considerará patrón para todos los efectos de esta Ley, incluyendo las obligaciones en materia de seguridad social. Artículo 15-B. El contrato que se celebre entre la persona física o moral que solicita los servicios y un contratista, deberá constar por escrito.

47 “Mandar recitar de memoria lo que no se entiende, es hacer papagayos
“Mandar recitar de memoria lo que no se entiende, es hacer papagayos. Enseñen a los niños a ser preguntones, para que se acostumbren a obedecer a la razón, no a la autoridad como los limitados, ni a la costumbre como los estúpidos. Al que no sabe, cualquiera lo engaña. Al que no tiene, cualquiera lo compra …” Simón Rodríguez. (Maestro de Simón Bolívar)

48 Procedimientos de fiscalización
Diciembre 2017


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