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6 DE MARZO DE 2007 IMPLICACIONES DE LA MiFID PARA EMPRESAS DE SERVICIOS DE INVERSIÓN Antonio Carrascosa Morales DIRECCIÓN GENERAL DE ENTIDADES.

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1 6 DE MARZO DE 2007 IMPLICACIONES DE LA MiFID PARA EMPRESAS DE SERVICIOS DE INVERSIÓN Antonio Carrascosa Morales DIRECCIÓN GENERAL DE ENTIDADES

2 Medidas adicionales y no contradictorias con la MiFID
INTRODUCCIÓN GENERAL Por un lado, las Directivas incluyen principios (papel de las empresas). Por otro, contiene normas relativamente detalladas (la MiFID, 5 veces más voluminosa que la ISD) Dificultades para mantener normas o introducir nuevas que se aparten de las europeas (art. 4 Directiva nivel 2): Medidas adicionales y no contradictorias con la MiFID No pueden ser normas nuevas y sustantivas que acaben restringiendo la aplicación de la MiFID “Efectos expansivos” de la MiFID: Una regulación nacional, por ejemplo, sobre comercialización de productos financieros, que vacíe de contenido una disposición de la MiFID, se considerará contraria a la Directiva

3 INTRODUCCIÓN GENERAL Conclusiones: Verdaderas normas europeas. La CE quiere que se minimicen las diferencias en aplicación Mayor grado de armonización de la regulación de servicios de inversión, ampliando los servicios cubiertos e imponiendo normas detalladas a las empresas Mayor responsabilidad para empresas de servicios de inversión

4 REQUISITOS ORGANIZATIVOS: PRINCIPIOS GENERALES
Establecer procedimientos de decisión y flujos de información con funciones y responsabilidades Responsabilidades del Consejo y de la alta dirección Crear mecanismos de control interno para comprobar que se cumplen los procedimientos establecidos Disponer de personal con las cualificaciones necesarias para la actividad realizada Establecer sistemas eficaces de comunicación interna Los procedimientos deben ser adecuados a la naturaleza, escala y complejidad de las operaciones

5 REQUISITOS ORGANIZATIVOS: FUNCIONES DE CONTROL
CUMPLIMIENTO. Prevención de incumplimientos: un riesgo más a gestionar y mitigar. La función de cumplimiento, además, asesora y asiste a la organización y contribuye a crear entorno de cumplimiento. AUDITORÍA INTERNA: examen y evaluación de los mecanismos de control, políticas, procedimientos y decisiones. Informa y emite recomendaciones al CA-AD CONTROL DE RIESGOS. Mide y limita el nivel de riesgos en función de la tolerancia. Pone en marcha procedimientos. Asesora a la AD Estas funciones se ejercen bajo el principio de independencia (no implicación en actividades y remuneración). Proporcionales al negocio y servicios

6 Es fuente de riesgo operativo (prevención del corte de suministro)
EXTERNALIZACIÓN DE FUNCIONES Y ACTIVIDADES Es fuente de riesgo operativo (prevención del corte de suministro) La empresa sigue siendo responsable (las funciones de la alta dirección son indelegables) No puede afectar a las condiciones de la autorización ni a la capacidad del supervisor No puede alterar las relaciones con los clientes Acuerdo por escrito El subcontratado debe disponer de capacidad, competencia y autorización Se debe evaluar la eficacia periódicamente

7 Medidas organizativas, de control de saldos y de información
SALVAGUARDA DE ACTIVOS DE CLIENTES Medidas organizativas, de control de saldos y de información Separación interna y conciliación con terceros Impedir utilización por cuenta propia salvo consentimiento Los depósitos en terceros: cuentas nominativas separadas. No en terceros países sin regulación (excepciones) Cuentas globales (información a clientes) Informe del auditor externo a los supervisores

8 Objetivo: permitir la supervisión Registros telefónicos
MANTENIMIENTO DE REGISTROS En soporte duradero y no manipulable de todos los servicios y operaciones Objetivo: permitir la supervisión Registros telefónicos

9 CONFLICTOS DE INTERÉS OBJETIVO: Estructura organizativa, políticas y procedimientos adecuados para: IDENTIFICAR PREVENIR EVITAR PERJUICIOS A GESTIONAR CLIENTES INFORMAR APLICACIÓN: . Políticas retributivas . Supervisión directa independiente

10 Regulación restrictriva para pagos a/de terceros
INCENTIVOS Regulación restrictriva para pagos a/de terceros Mejora de la calidad del servicio Transparencia No socaven la obligación de actuar en mejor interés de clientes Problemas en distribución e intermediación

11 CONOCIMIENTO DEL CLIENTE
RELACIONES CON CLIENTES CONOCIMIENTO DEL CLIENTE Objetivo: Asegurar la idoneidad de cada producto o servicio para cada cliente Obligación de recabar información necesaria para comprobar la adecuación del servicio de inversión prestado al cliente Una transacción puede ser inadecuada para un cliente por los riesgos de los instrumentos implicados, el tipo de transacción, las características de las órdenes o la frecuencia de la negociación Obligación de mantener esta información actualizada No sólo una obligación de obtención de información Advertencias en caso de productos no idóneos

12 CONOCIMIENTO DEL CLIENTE Completo: Gestión de carteras - Asesoramiento
RELACIONES CON CLIENTES CONOCIMIENTO DEL CLIENTE Completo: Gestión de carteras - Asesoramiento Conocimiento y experiencia Situación financiera (muy completo) Objetivos de inversión Parcial: Resto servicios de inversión Exención: Servicio “sólo ejecución” (iniciativa del cliente, que conoce las implicaciones; producto no complejo; cumplimiento de normas sobre conflictos de interés) Diferencias para clientes profesionales (no se exigen conocimientos y experiencia)

13 No debe forzarse una decisión precipitada en los inversores
INFORMACIÓN A LOS CLIENTES Objetivo: los clientes deben disponer de la información necesaria para tomar sus decisiones de inversión y conocer el estado tanto de sus operaciones como de su cartera Información a entregar antes de la prestación del servicio. Se regulan incluso las comunicaciones comerciales y publicidad. Toda información, incluidas las comunicaciones comerciales, dirigidas a clientes debe ser clara y no engañosa. Las comunicaciones comerciales deben identificarse como tales Información a entregar una vez prestado el servicio. Mayor exigencia para el caso de clientes particulares Siempre debe informarse de los costes (directos e indirectos) del servicio No debe forzarse una decisión precipitada en los inversores

14 Delegación tareas preparatorias Registro Colaboración con Asociaciones
ASESORAMIENTO Aplicación de la MiFID Autorización Delegación tareas preparatorias Registro Colaboración con Asociaciones Conflictos de interés

15 IMPLICACIONES PARA LAS SGIIC
Aplicables normas sobre requisitos organizativos, “outsourcing”, salvaguarda de activos, conflictos de interés, “best execution”, gestión de órdenes y mantenimiento de registros. Todo ello en gestión de carteras y asesoramiento Aplicables normas sobre clasificación de clientes e idoneidad en comercialización de IIC por ESI y entidades de crédito

16 CONCLUSIONES El nuevo entorno normativo cambia sustancialmente las reglas del juego en el mercado de valores: No sólo se trata de adquirir nuevo “software” o mejorar ciertos procedimientos o sistemas de las entidades. Afectará a la forma de operar de las empresas de inversión, a su organización y a cómo se relacionan con sus clientes La adaptación a la MiFID no es un hecho estático, sino un proceso dinámico de reajustes Las entidades deben tomar conciencia de los retos que las nuevas normas conllevan, tanto de índole estratégico, como de negocio y de cumplimiento normativo Plan de adaptación que analice impactos en áreas de negocio. Hay que hacer un diagnóstico global previo que permita proponer medidas razonables y proporcionadas al tamaño, estructura, naturaleza y complejidad de cada negocio. Papel del Consejo de Administración, alta dirección y unidades de cumplimiento normativo


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