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© International Training Centre of the ILO 2007 Internacional de Formación de la OIT1 El derecho de huelga Maura Miraglio, 7 de julio.

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1 © International Training Centre of the ILO 2007 www.itcilo.orgCentro Internacional de Formación de la OIT1 El derecho de huelga Maura Miraglio, 7 de julio de 2016

2 © International Training Centre of the ILO 2007 Descripción 1. Importancia del derecho de huelga 2. Modalidades de la huelga 3. Condiciones previas 4. Restricciones Atención especial a «servicios esenciales en el sentido estricto del término» y «servicio mínimo negociado» 1. Sanciones 2. Recursos de la OIT www.itcilo.org Centro Internacional de Formación de la OIT 2

3 © International Training Centre of the ILO 2007 El derecho de huelga Un derecho básico, pero no absoluto Un medio esencial disponible para los trabajadores y sus organizaciones para la protección de sus intereses Un corolario intrínseco del derecho a organizarse Desarrollado por los órganos de control de la OIT en los artículos 3 y 10 del Convenio núm. 87 Ahora cuestionado www.itcilo.org Centro Internacional de Formación de la OIT 3

4 © International Training Centre of the ILO 2007 Modalidades de la huelga Cualquier interrupción del trabajo, aunque sea breve o limitada También huelgas de solidaridad, si la huelga original es legal Las huelgas netamente políticas no se inscriben en el ámbito de la libertad sindical www.itcilo.org Centro Internacional de Formación de la OIT 4

5 © International Training Centre of the ILO 2007 Condiciones previas Condiciones previas admisibles, por ejemplo: agotamiento de los procedimientos previos, tales como la conciliación, la mediación y el arbitraje voluntario – no complejos o lentos preaviso quórum y mayoría www.itcilo.org Centro Internacional de Formación de la OIT 5

6 © International Training Centre of the ILO 2007 Restricciones Restricciones posibles para: funcionarios públicos que ejercen funciones de autoridad en nombre del Estado servicios esenciales en el sentido estricto del término situaciones de crisis nacional o local aguda, de duración limitada y con la extensión indispensable para responder a las exigencias de la situación Garantías compensatorias que se deberán proveer a los trabajadores privados del derecho a huelga: conciliación, mediación, arbitraje www.itcilo.org Centro Internacional de Formación de la OIT 6

7 © International Training Centre of the ILO 2007 Servicios esenciales = Aquellos servicios cuya interrupción pueda poner en peligro la vida, la seguridad personal o la salud de la persona en toda o parte de la población No es un concepto absoluto Un servicio no esencial puede convertirse en esencial si la huelga dura más de un cierto período o adquiere una dimensión mayor, o como función de las características especiales de un país www.itcilo.org Centro Internacional de Formación de la OIT 7

8 © International Training Centre of the ILO 2007 Servicios esenciales los servicios de salud y de ambulancias los servicios de electricidad los servicios de abastecimiento de agua los servicios telefónicos la policía y las fuerzas armadas los servicios de bomberos los servicios penitenciarios públicos o privados el suministro de alimentos a los alumnos en edad escolar y la limpieza de los establecimientos escolares el control del tráfico aéreo www.itcilo.org Centro Internacional de Formación de la OIT 8

9 © International Training Centre of the ILO 2007 Servicios no esenciales la radio-televisión los sectores del petróleo los puertos los bancos los servicios de informática para la recaudación de aranceles e impuestos los grandes almacenes y los parques de atracciones la metalurgia y el conjunto del sector minero los transportes, en genera l los pilotos de líneas aéreas la generación, transporte y distribución de combustibles los servicios ferroviarios www.itcilo.orgCentro Internacional de Formación de la OIT9

10 © International Training Centre of the ILO 2007 Servicios no esenciales (continuación) los transportes metropolitanos los servicios de correos el servicio de recolección de basuras las empresas frigoríficas los servicios de hotelería la construcción la fabricación de automóviles las actividades agrícolas, el abastecimiento y la distribución de productos alimentarios la Casa de la Moneda la Agencia Gráfica del Estado y los monopolios estatales del alcohol, de la sal y del tabaco el sector de la educación las empresas de embotellamiento de agua mineral www.itcilo.orgCentro Internacional de Formación de la OIT10

11 © International Training Centre of the ILO 2007 Es posible en situaciones en las que una restricción sustancial o la prohibición total del derecho de huelga no pareciera estar justificada y se podría tratar de asegurar la satisfacción de las necesidades básicas de los usuarios o el funcionamiento continuo y en condiciones de seguridad de las instalaciones Limitado al funcionamiento estrictamente necesario de forma que se satisfagan las necesidades básicas de la población o se cumplan los requisitos mínimos del servicio Los trabajadores y los empleadores deberían poder participar en la definición de dicho servicio Cualquier divergencia debería ser resuelta por un órgano conjunto o independiente de las partes y que cuente con su confianza www.itcilo.org Centro Internacional de Formación de la OIT 11 Servicio mínimo

12 © International Training Centre of the ILO 2007 Transbordadores Puertos Transporte subterráneo Transporte ferroviario Transporte de pasajeros y mercancías Servicios de correos Recolección de basuras Instituto Monetario, los bancos y los sectores del petróleo www.itcilo.org Centro Internacional de Formación de la OIT 12 Ejemplos de servicio mínimo

13 © International Training Centre of the ILO 2007 Sanciones Los principios de la libertad sindical no protegen contra el ejercicio abusivo o ilegal del derecho de huelga Las sanciones disciplinarias proporcionales son aceptables en caso de huelgas ilegales No deberían imponerse sanciones penales a quienes organizan o participan en una huelga pacífica www.itcilo.org Centro Internacional de Formación de la OIT 13

14 © International Training Centre of the ILO 2007 Recursos clave www.itcilo.orgCentro Internacional de Formación de la OIT14 Recopilación de Decisiones y principios del Comité de Libertad Sindical de la OIT (2006) CAPÍTULO 10 Dar un rostro humano a la globalización, Estudio General de la Comisión de Expertos en Aplicación de Convenios y Recomendaciones de la OIT (2012) PÁRRAFOS 117-161

15 © International Training Centre of the ILO 2007 Otros recursos www.itcilo.org Centro Internacional de Formación de la OIT 15 Reunión tripartita sobre el Convenio sobre la libertad sindical y la protección del derecho de sindicación, 1948 (núm. 87), en relación con el derecho de huelga y las modalidades y prácticas de la acción de huelga a nivel nacional (revisado) (Ginebra, 23-25 de febrero de 2015) Documento de trabajoInforme final y resultado de la reunión

16 © International Training Centre of the ILO 2007 GRACIAS POR SU ATENCIÓN Maura Miraglio CIF-OIT Programa Normas internacionales del trabajo, derechos en el trabajo e igualdad de género m.miraglio@itcilo.org www.itcilo.org Centro Internacional de Formación de la OIT 16


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