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Publicada porMiguel Espinoza Cano Modificado hace 8 años
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INS MEDICAL INTERNACIONAL Cobertura por año póliza y por asegurado $2,000,000.00
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Monto de cobertura a partir de los 70 años $600,000.00
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Gastos Médicos cubiertos Costos razonables y acostumbrados para el país donde se efectúe el tratamiento, siempre que sean por enfermedad o accidente, cubierto por la póliza; ya sea hospitalización o gastos ambulatorios.
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Gastos Hospitalarios cubiertos Habitación individual, normal o bipersonal. Sala de cirugía, recuperación y cuidados intensivos. Exámenes de laboratorio, servicios de radiología, estudios complementarios y especializados. Medicamentos.
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Gastos Hospitalarios cubiertos Electrocardiograma, metabolismo basal y cualquier otro tipo de exámenes o estudio especializado requerido. Tratamiento de fisioterapia con un máximo de 10 sesiones por evento, excepto donde exista preatorización médica.
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Gastos Hospitalarios cubiertos Honorarios médicos por intervención quirúrgica, tratamiento o visita hospitalaria, asistente, anestesista. Servicios y equipos para el transplante de órganos humanos. Otros servicios y tratamientos ordenados por el médico.
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Gastos Ambulatorios cubiertos Consulta médica máximo $48. Medicamentos, laboratorios, radiografías, electrocardiogramas y pruebas especiales que el médico considere necesarias. Cirugías Ambulatorias. Alquiler de equipo.
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Gastos Ambulatorios cubiertos Uso de sala de operaciones. Tratamientos de fisioterapia con un máximo de 10 sesiones por evento, excepto en los casos donde exista preautorización médica. Otros servicios y tratamientos ordenados por el médico.
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Coberturas sujetas a sub-límites
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1. Maternidad Podrá ser utilizado este beneficio hasta 10 meses después de vigencia del Seguro. Gozarán de este las mujeres aseguradas, cubriendo los gastos pre y post natales, aborto y/o amenaza de aborto, parto normal o cesárea.
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Montos cubiertos en partos: Parto normal, aborto o amenaza de aborto, máximo por embarazo $3,000. Cirugía por cesárea y/o parto múltiple o complicaciones con cirugía abdominal, monto máximo por embarzo $4,000.
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Montos cubiertos en partos: Complicaciones durante el embarazo, máximo por embarazo $1,500: Se cubrirán las complicaciones de embarazo que se enmarquen dentro de las siguientes:
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Hipermesis gravídica (achaques) que ocurra dentro del I Trimestre de gestión. Óbito fetal (muerte fetal). Embarazo anembriónico (sin embrión) que no supere las 27 semanas. Toxemia granítica (incluye síndrome de Hellp) que ocurra dentro del III Trimestre de gestión. Embarazo extrauterino (fuera del útero).
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Eclampsia. Desprendimiento de la placenta (abrupto placentae). Placenta previa. Embarazo molar. Ruptura uterina.
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2. Transplantes Se otorgará el beneficio 24 meses después de vigencia al Seguro. El límite para la cobertura es de $250,000. En este punto no se cubrirán por: padecimientos prexistentes a la toma del Seguro, experimentos e investigaciones.
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3.Prótesis quirúrgicas Monto de cobertura por año póliza $10,000. Se excluyen prótesis externas o dentales, excepto a consecuencia de un accidente cubierto por el Seguro.
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4.Enfermedades congénitas del recién nacido Se cubre a hijos cuyo nacimiento fue cubierto por este seguro, siempre y cuando el niño haya sido incluído en la póliza 30 días luego se su nacimiento. Monto de cobertura $50,000 anuales.
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5. Premadurez Se cubre a hijos cuyo nacimiento fue cubierto por este seguro, siempre y cuando el niño haya sido incluído en la póliza 30 días luego se su nacimiento. Monto de cobertura $100,000 anuales.
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6. Enfermedades epidémicas Están cubiertas las enfermedades epidémicas y contagiosas. Monto límite de cobertura $10,000.00 anuales.
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7.Práctica recreativa de Buceo y Fútbol Accidentes y lesiones producidas durante la práctica recreativa de buceo y fútbol. Límite de cobertura $10,000 anuales.
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8. Ambulancia aérea hasta $25,000 Previa autorización de IMCS y Médico. Enfermedad/lesión grave o aguda cubierto por el Seguro, que el tratamiento no se pueda efectuar en el país donde el asegurado está hospitalizado y que se le impida viajar por línea aérea regular. El INS se encargará de esta coordinación.
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Coberturas Especiales
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1. Enfermedades oncológicas Ampara los gastos cubiertos incurridos por atenciones en Costa Rica y el resto del mundo a causa de enfermedades oncologicas.
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2. Gastos ambulatorios por accidente Los gastos ambulatorios por accidente, incurridos durante las primeras 24 horas serán cubiertos al 100%.
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3. Accidentes y enfermedades laborales Cubre los gastos ocurridos dentro y fuera de Costa Rica, por el tratamiento de accidente o enfermedad laboral. Los beneficios pagaderos por accidentes o enfermedades estarán sujetos a todos los límites, condiciones y exclusiones de la póliza.
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4.Transporte por evacuación Cubre al 100% costos razonables y acostumbrados por el translado de ambulancia local y/o avión de pasajeros en clase económica, dentro del territorio de Costa Rica y el resto del mundo. Cubre solo cuando el paciente deba ser evacuado, previa certificación médica.
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Coberturas Especiales en el Extranjero de Emergencias durante Viajes
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1.INS/IMCS Serán otorgados por el INS o IMCS. Solo se hará reembolso de los gastos cubiertos bajo condiciones normales y se informara al INS o IMCS 48 horas después de sufrir la emergencia médica. El ámbito territorial de cobertura es TODO el mundo, excepto Costa Rica.
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2.Coberturas otorgadas: Asistencia médica de emergencia por accidente o enfermedad. Evacuación y/o repatriación por razones médicas. Repatriación de restos mortales, límite $5,000. Prolongación de la estancia del asegurado en el extranjero por lesión o enfermedad.
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Coberturas en el extranjero
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1.Hospitalización Deben ser notificados al INS 5 días antes hábiles si el Asegurado se encuentra en C.R o a IMCS si se encuentra fuera. Aplica solo en Hospitales o Clínicas que pertenezcan a la Red de Proveedores.xls. Red de Proveedores.xlsRed de Proveedores.xls
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1.Hospitalización En caso de una hospitalización de emergencia, debe notificarse al INS o IMCS dentro de las 48 horas de admisión.
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2. Atención Ambulatoria Deben ser coordinados y autorizados por el INS o IMCS, debiendo estar aprobados con anticipación. Los casos de atención ambulatoria por reembolso serán pagados de acuerdo con las condiciones de la póliza.
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Periodos de carencia
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Se establece un periodo de carencia de 30 días en Costa Rica y Centro América, posteriores ala entrada en vigencia del seguro. Este se amplía 30 días mas para atenciones en el resto del mundo. Solo en caso de accidente o emergencia, se puede hacer uso inmediato a la emisión del mismo.
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Periodo de carencia de 10 meses consecutivos contados a partir de la entrada en vigencia del contrato:
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Catarata, glaucoma. Extracción de amígdalas o adenoides, resección de cornetes, septumplastia, sinusitis. Enfermedades de la tiroides. Litiasis vesticular y/o de las vías biliares. Litiasis del sistema urinario y/o su complicaciones.
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Enfermedades de la próstata. Enfermedades del aparato genital femenino, mamas y prolapsos genitourinarios. Hemorroides y fisura anal. Hernias.Artroscopía.Asma
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Riesgos Excluidos Accidentes provocados intencionalmente, ya sea a consecuencia de alcohol, drogas o estupefacientes, no prescritos por un médico u odontólogo o fuera del efecto de alguna de estas. Accidentes ocurridos mientras el asegurado se encuentra conduciendo vehículos sin la licencia correspondiente.
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Riesgos Excluidos Deportes profesionales y deportes de alto riesgo que se practiquen en forma profesional y/o remunerada. Guerra internacional declarada o no, guerra civil, invasión, terrorismo, insurrección, participación activa en alteraciones del orden público, servicio militar de cualquier clase, etc.
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Gastos Excluidos
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Todo tratamiento no prescrito por un médico u odontológico. Toda condición pre-existente, excepto lo contemplado en la Cláusula XVI Coberturas Sujetas a Sub-límites, inciso 4 del contrato. Controles médicos, excepto los que atorga la póliza (se mencionan mas adelante).
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Gastos incurridos por complicaciones derivadas a consecuencia de enfermedades, lesiones, tratamientos o intervenciones no amparadas bajo el presente contrato. Tratamientos experimentales. Enfermedades, lesiones y/o defectos congénitos o hereditarios, a excepción de lo indicado en la cobertura de enfermedades congénitas del recién nacido.
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Trastornos, enfermedades o deficiencias mentales y/o emocionales y/o curas por reposo, suicidio o intento de suicidio o lesiones causadas voluntariamente por si mismo. Gastos por tratamientos de sobrepeso, bajo peso y obesidad, y sus consecuencias directas, excepto enfermedades en las cuales estos actúan únicamente como factor contribuyente.
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Bulimia, anorexia nerviosa, fatiga y estrés. Tratamientos por la prevención y curación por alcoholismo o drogadicción, así mismo sus efectos secundarios. Enfermedades que se originen a consecuencia del consumo del alcohol.
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Tranquilizantes o ansiolíticos, antiepresivos, antisicóticos, hipnóticos, anticonceptivos, vitaminas, vacunas, inmunopoyéticos y suplementarios alimenticios de cualquier tipo. Cualquier tipo de cirugías estéticas, plásticas o de embellecimiento, excepto que se necesiten para corregir cualquier enfermedad a causa de un accidente cuando este se cubriera por el seguro.
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Gastos por tratamientos odontológicos, excepto que sea como consecuencia de un accidente cubierto por la póliza. Gastos por el tratamiento de problemas en la mandíbula o de la articulación temporomandibular, incluyendo prognatismo, el síndrome temporomandibular craneomandibular o cualquier otro desorden u alteración relacionada con la unión craneomandibular.
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Cuidado quiropráctico o podiátrico: incluyendo cuidados de los pies relacionados con callos, pies planos, arcos débiles, pies débiles y soportes de zapatos de cualquier tipo y zapatos ortopédicos. Tratamientos de síndrome pre-menopáusico. Tratamientos del síndrome climatérico, incluyendo osteoporosis.
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Cualquier tipo de examen y/o tratamiento de la infertilidad o esterilidad, inclusive tratamientos hormonales o exámenes y todo procedimiento relacionado con ello. Implantación de embriones. Cualquier tipo de tratamiento de la disfunción eréctil.
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Cualquier tipo de procedimiento o tratamiento para el cambio de sexo. Enfermedades de transmisión sexual (venéreas), incluyendo el virus del papiloma humano. Tratamientos para el SIDA. Bienes o servicios recibidos por el asegurado que hayan sido pagados por otros seguros. Bienes o servicios recibidos por el asegurado que hayan sido pagados por otros seguros.
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Tratamientos realizados por el seguro y/o su familia o cualquier tratamiento recibido en la entidad perteneciente a o relacionada con cualquiera de las personas citadas. Tratamiento y/o cirugías no reconocidas por la entidad autorizada, así como los practicados por personas que no sean médicos profesionales, o no conciderados médicamente necesarios.
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Liquidación de Gastos Médicos
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Hospitalización dentro de la Red de Proveedores Costa Rica y Centro América, los primeros $5.000 se reconocerá el 90% y el exceso de estos $5.000, se reconoce al 100%. Demás partes del mundo, de los primeros $20.000 se reconocerá el 80% y el exceso de estos 20.000, se reconoce al 100%. En ambos casos se aplicará el deducible correspondiente al valor de un día de habitación.
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Hospitalización fuera de la Red de Proveedores Costa Rica y Centro América, los primeros $20.000 se reconocerá el 80% y el exceso de estos $20.000, se reconoce al 100%. Demás partes del mundo, de los primeros $20.000 se reconocerá el 70% y el exceso de estos 20.000, se reconoce al 100%.
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Tratamientos Ambulatorios dentro de la Red de Proveedores Máximo por visita médica $48, se le aplicarán $10 de deducible. Por los demás gastos ambulatorios el INS reconocerá el 90% de los costos razonables y acostumbrados. Visitas médicas fuera de Costa Rica y Centro América, deducible $20, demás gastos 90%.
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Tratamientos Ambulatorios fuera de la Red de Proveedores Máximo por visita médica $48, se le aplicarán $20 de deducible. Por los demás gastos ambulatorios el INS reconocerá el 80% de los costos razonables y acostumbrados. Visitas médicas fuera de Costa Rica y Centro América, deducible $30, demás gastos 80%.
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Utilización del Seguros PROCEDIMIENTO PARA PRESENTAR RECLAMOS.pdf PROCEDIMIENTO PARA PRESENTAR RECLAMOS.pdf
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Solicitud de Beneficios Formulario para solicitud de reintegro.pdf Formulario para solicitud de reintegro.pdf
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Beneficios INS Medical
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Chequeo General cobertura $150 por asegurado Se otorga 1 año después de la emisión de seguro. Se otorga solo con previa autorización del INS. Se elige el Plan.xls que desee, en el proveedor que desee. Plan.xls Se informo que fecha desea realizarse el mismo. Se debe firmar la nota solicitando el mismo, el cual le proporciona la Encargada de Gastos Médicos. El día del chequeo debe estar autorizado el mismo, para que se cancele solo el excedente de los $150, en caso de que aplique.
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Chequeo Oftalmológico cobertura al 100% por asegurado Se otorga con la emisión de seguro. Se otorga solo con previa autorización del INS. Se elige el Oftalmólogo.pdf que desee, en el proveedor que desee. Oftalmólogo.pdf Se informo que fecha desea realizarse el mismo. Se debe firmar la nota solicitando el mismo, el cual le proporciona la Encargada de Gastos Médicos. El día del chequeo debe estar autorizado el mismo, para que se cancele solo el excedente de los $150, en caso de que aplique.
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Preautorización de Procedimientos Ambulatorios y Hospitalizaciones
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Procedimiento para Preautorización.pdf Procedimiento para Preautorización.pdf Formulario de Preautorizacion.pdf Formulario de Preautorizacion.pdf
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