Activismo y garantismo procesal Cristina Estela González de la Vega.

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Transcripción de la presentación:

Activismo y garantismo procesal Cristina Estela González de la Vega

Activismo  Activismo judicial (Suprema Corte de Justicia de EE.UU, 1992)  Deposita en manos del juez un amplio número de poderes-deberes  Nuevos institutos: medida autosatisfactiva, recurso indiferente, la reposición in extremis, tutela anticipatoria, cargas probatorias dinámicas, recurso ad finitum

Consagración legislativa  Las medidas autosafisfactivas (art. 232 bis CPCy C. del Chaco, Ley 5745 las incorporó al CPC y C de Corrientes).  cargas probatorias dinámicas (art. 377 CPCC de Ctes.; art. 360 C.P.C.C. de La Pampa).  Reposición “in extremis” (at.241 bis. CPCC de Ctes.)

Fundamento  El activismo surge a modo de dar respuestas a problemas acuciantes y rebeldes a una respuesta lenta y teórica  El activismo propone una lectura diferente de la C. Nacional  Consagra un “Derecho Procesal de Excepción” (Peyrano)

 El material fáctico, su aportación, los términos de la litis contestatio y thema decidendum es patrimonio de las partes  Ejercicio de facultades de dirección del proceso  Distinción de roles de los sujetos procesales