DIRECCION EJECUTIVA DE INGRESOS

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Transcripción de la presentación:

COLABORACION SOCIAL E INSTITUCIONAL PARA LA APLICACION DEL SISTEMA TRIBUTARIO HONDURAS

DIRECCION EJECUTIVA DE INGRESOS La Dirección Ejecutiva de Ingresos fue creada mediante Decreto Legislativo No. 159-94 como un órgano desconcentrado de la Secretaria de Finanzas, con autonomía técnica y financiera. En el año 2004, mediante decreto 216 - 2004 dejo de ser un entre desconcentrado y pasó a ser un órgano dependiente de la Secretaria de Finanzas .

ATRIBUCIONES Y RESPONSABILIDADES La captación y la administración de los ingresos tributarios, así como la supervisión, control, fiscalización y ejecución del cobro de los impuestos enmarcados en las leyes fiscales del país.

FACULTAD LEGAL PARA SOLICITAR INFORMACION El articulo 52 del Código Tributario faculta a Dirección Ejecutiva de ingresos para solicitar información, su contenido es: “ Las personas naturales y juridcas de Derecho Pùblico o privado tienen la obligación de suministrar en los terminos establecidos por este còdigo a la Direcciòn Ejecutiva de Ingreoss las informaciones que èsta requiera para el cumplimiento de sus funciones”

El Articulo 53 del Código Tributario establece la obligatoriedad para que las Bolsas de valores informen en el mes de enero de cada año los nombres y apellidos razón social o denominación de cada uno de los comisiones de la bolsa inscritos . y cuando la Dirección lo considere necesario podrá solicitar el detalle sobre las operaciones hechas por uno o mas personas. Articulo 54 del Código Tributario “El Registro Nacional de las personas suministrara en el mes de enero de cada año a la Dirección Ejecutiva de Ingresos en medio magnético, la información que obra en su poder sobre las cedulas de identidad correspondientes a personas fallecidas”.

INFORMACION DE TERCEROS Haciendo uso de esta facultad que la legislación le otorga, con fecha quince de enero de mil novecientos noventa y nueve la DEI emitió el acuerdo No. 034-99 en el cual en aplicación del los artículos 2 y 3 del Decreto 159-94 Ley de Creadora de la Dirección Ejecutiva de Ingresos, artículos 43 numeral 4, 48 numeral 3, 52, 53, 90, 169 numeral 2, 177, 178, 180 y 181 del Decreto 22-97 del 52 del Código Tributario, establece que los contribuyentes deberán entregar la información que de acuerdo a su actividad u operaciones económicas y clase de contribuyente corresponda y siguiendo las instrucciones que se indican en el mismo acuerdo.

INFORMACION DE TERCEROS

COMPAÑIAS ASEGURADORAS Actualmente se ha requerido a las Compañías Aseguradoras para que suministren información en detalle de los valores pagados por concepto de Honorarios, comisiones y otros valores similares a los intermediarios en la colocación de las diferentes pólizas de seguros. Información vinculada con operaciones gravadas con el Impuesto sobre la Renta.

CONVENIOS FIRMADOS En búsqueda de estrechar los niveles de evasión fiscal y lograr un mayor cumplimiento de las obligaciones tributarias de cada contribuyente la Dirección Ejecutiva de ingresos facultada por el Código Tributario a firmado convenios de intercambio de información y cooperación mutua con algunas instituciones.

CONVENIOS FIRMADOS

CONVENIOS FIRMADOS

CONVENIOS FIRMADOS

CONVENIOS FIRMADOS

CONVENIOS RECIENTES Alcaldías Municipales de San pedro Sula, Distrito Central, Progreso, departamento Yoro (Intercambio de Información Tributaria. Banco del País, S.A (Convenio para el uso de espacio físico en las aduanas ventanilla recaudadora en beneficio de los contribuyentes)

CONVENIO DE COOPERACION TECNICA ENTRE EL INSTITUTO HONDUREÑO DE TURISMO- LA ASOCIACION DE ARRENDADORAS DE VEHICULOS Y LA DEI El objetivo de este convenio es coordinar acciones conjuntas de revisión, seguimiento e inspección de las empresas arrendadoras de vehículos que se han acogido a la Ley de Incentivos al Turismo y la Ley de Zonas Libres Turísticas, a efecto de determinar el uso correcto de los bienes que han sido dispensados en el marco de dichas leyes.

CONVENIO DE COOPERACIÓN TÉCNICA SOBRE ESTADÍSTICA E INFORMÁTICA DE LA ACTIVIDAD MAQUILADORA Firmado ente BCH, INE, Secretaria de Industria y Comercio (SIC) y la Asociación Hondureña de Maquiladores (AHM) y la DEI. Establecer una relación coordinada entre las instituciones suscriptoras para unificar esfuerzos y consensuar una boleta única para la recopilación de información estadística de las empresas afiliadas a la Asociación Hondureña de Maquiladores.

CONVENIO DE TRASPASO DEL REGISTRO VEHICULAR AUTOMOTOR Firmado con el Instituto de la Propiedad (registro vehicular que opera en la DEI de acuerdo a la Ley de la propiedad será traspasado al Instituto de la Propiedad.

CONVENIO DE COOPERACIÓN MUTUA PARA LA ATENCIÓN Y ASISTENCIA A LOS CONTRIBUYENTES Firmado con la Cámara de comercio e Industrias de Tegucigalpa Objetivo: Unificar esfuerzos para dar asistencia a los contribuyentes responsables en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, así como agilizar los tramites solicitados mediante la ubicación de una oficina en las instalaciones de la CAMARA para dar asistencia y orientar a los contribuyentes. Sobre: Formularios tributarios, aduaneros electrónicos y preimpresos. Brindar información sobre plazos de cumplimiento y obligaciones materiales y formales de los contribuyentes Facilitar y simplificar la inscripción de los contribuyentes en el RTN

Poner a disposición de la cámara y contribuyentes el banco virtual de leyes tributarias. Informar a la cámara sobre el seguimiento de las solicitudes presentadas a la DEI. Recepcionar solicitudes.

CONVENIO DE COOPERACIÓN INTERINSTITUCIONAL Firmado entre la DEI, Procuraduría General de la República, Secretaria de Seguridad y el Ministerio Público. La Procuraduría General de la República y el Ministerio Público informaran mensualmente y cuando lo estime necesario a la DEI, a efecto de que conozca en que etapa se encuentran los expedientes relacionados con delitos fiscales y tributarios y en su caso el resultado final

Procuraduría como encargada de defender los intereses del Estado por las vías de acción civil y para recuperar los bienes e intereses en que ha visto afectado el ESTADO Buscar Castigar aquellos que han cometido delitos en perjuicio del Estado como se r aquellos de carácter fiscal. La policía Nacional institución profesional permanente depende la Secretara de Seguridad le compete a través de la Dirección de Servicios especiales atender la investigación de contrabando y defraudación fiscal

Ministerio público como entre responsable del ejercicio de la acción penal publica con obligación ineludible de investigar denuncias sobre la comisión de delitos entre ellos los de contrabando y defraudación fiscal y otros relacionados. Buscando Establecer un marco general de cooperación, establecer programas y proyectos de trabajo conjunto para fortalecer capacidades. Proponer programas de capacitación. Intercambiar información oportuna sobre los temas de interés y desarrollo de actividades conjuntas, dentro del marco de sus leyes orgánicas y reglamentos.

CONVENIO INTERINSTITUCIONAL DE COLABORACION E INTERCAMBIO DE INFORMACION Firmado entre la DEI Y HONDUTEL HONDUTEL Proporcionara a la DEI información que requieren de clientes personas naturales o jurídicas, números telefónicos y direcciones.

PROXIMOS CONVENIOS A FIRMAR IHSS (Instituto Hondureño de Seguridad Social) ONCAE (Oficina Normativa de Contrataciones y Adquisiciones del Estado)

CONVENIOS CON PAÍSES DEL ÁREA CENTROAMERICANA Convenio de asistencia mutua y cooperación técnica entre las administraciones tributarias y aduaneras de Centroamérica. Firmado en abril del año 2006, los gobiernos des repúblicas de Honduras, Nicaragua, Guatemala, El Salvador, Costa Rica. Asistencia mutua y cooperación que deben manifestarse en acciones comunes entre las administraciones Tributarias y Aduaneras que les permitan actuar conjuntamente para prevenir, investigar y sancionar las conductas que involucren el incumplimiento de la legislación asociada con los tributos y su administración regional, mediante intercambio de información e intercambio de cooperación técnica horizontal.

OBJETIVO: Establecer disposiciones y mecanismos a través de los cuales las administraciones tributarias y aduaneras prestaran asistencia mutua cooperación técnica en las funciones de gestión, fiscalización y recaudación, bajo los principios de: Legalidad Confidencialidad Celeridad Reciprocidad

GRACIAS POR SU ATENCIÒN