Inspectoría General 02/04/12.

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Transcripción de la presentación:

Inspectoría General 02/04/12

Marco legal: Funciones Ley Nº 1562/00 “Orgánica del Ministerio Público”. Art. 70: Establece las funciones del Inspector General Realizar investigaciones administrativas, de oficio o en virtud de alguna denuncia, de cualquier irregularidad en el ejercicio de las funciones. Acusar ante el Tribunal de disciplina cuando tengan suficientes elementos de prueba sobre la existencia de una falta administrativa (faltas gravísimas) 02/04/12

Cont. Artículo 70 - 1562/00 Presentar denuncias al Fiscal Gral. del Estado cuando tenga elementos de sospecha sobre la comisión de hechos punibles en el ejercicio de la función o en ocasión de ella, por parte de cualquier miembro del MP Organizar una oficina para la presentación de reclamos por mal desempeño de las funciones, o denuncias por abusos de poder o corrupción Desarrollar programas permanentes de prevención de los actos de corrupción en el Ministerio Público Elevar informes de sus actividades al Fiscal General del Estado 02/04/12

Organigrama vigente 02/04/12 Fiscal General del Estado Resolución FGE Nº 3543/09 Fiscal General del Estado Jurisdicción y competencia: toda la República del Paraguay Inspector General Secretaría Departamento de Denuncias y Mesa de Entradas Departamento de Depuración de Causas Departamento de Investigaciones y Sumarios 02/04/12

Ley 1562/00 art. 83, concordante con el Reglamento Interno art. 42 FALTAS Sanciones Ley 1562/00 art. 84 y Reglamento Interno Ley 1562/00 art. 83, concordante con el Reglamento Interno art. 42 Faltas Leves (art. 43) Amonestación No requiere dictamen previo del TD Multa del 1 al 30 % Faltas Graves (art. 44) Suspensión de un mes o Remoción Requiere dictamen previo del TD Faltas Gravísimas (art. 45) 02/04/12

Faltas relativas a hechos de corrupción Falta leve 6) Incumplir con las obligaciones previstas en las leyes y reglamentaciones internas Faltas Graves: 17) Recibir cualquier tipo de obsequios de personas consideradas parte en un juicio, proceso... que se tramite en la dependencia donde el funcionario presta servicio, o de sus representantes,siempre que este hecho no constituya falta mas grave. 20) Omitir presentar declaración jurada de bienes en el tiempo y la forma que lo determina la CN. 02/04/12

Faltas Gravísimas: 10) Aceptar ofrecimientos o promesas, recibir cualquier tipo de dádivas para realizar u omitir alguna función propia del cargo ... 11) Solicitar de los litigantes o de cualquier otra persona, dinero, procesas o cualqier remuneración aún en concepto de gastos, sea para realizar u omitir alguna función propia de su cargo o para incidir en otro miembro... 22) Desviar o apropiartse de los recursos del Ministerio Público para fines personales o de terceros, imposibilitando, dificultando o entorpeciendo su uso para los fines previstos por la institución. 02/04/12

Investigación Preliminar – Sumario administrativo Periodo extraordinario de prueba. 5 días hábiles RESOLUCIÓN FGE 15 DÍAS HÁBILES PROVIDENCIA DE INICIO DE SUMARIO-CITACIÓN A INDAGATORIA INVESTIGACIÓN PRELIMINAR PERIODO ORDINARIO DE PRUEBAS 30 DÍAS HÁBILES (art. 60) Arts. 49 y 52 Dictamen conclusivo. 15 días hábiles Segunda indagatoria (art. 59 tercer párrafo) PLAZO MÁXIMO DEL SUMARIO: 90 DÍAS HÁBILES 02/04/12

Recursos e Incidentes Único recurso admisible: RECONSIDERACIÓN solo podrá imponerse contra la resolución del FGE Cuestionamientos contra las actuaciones rendidas en el sumario o por el T.D. : deben ser consideradas en ocasión de dictarse la resolución definitiva. 02/04/12

Causas ingresadas relativas a hechos de corrupción 02/04/12

Dictámenes emitidos sobre faltas relativas a hechos de corrupción 02/04/12

MUCHAS GRACIAS 02/04/12