Definiciones y conceptos LOS DERECHOS Definiciones y conceptos 2009
Salud Reproductiva “La salud reproductiva es un estado general de bienestar físico, mental y social y no de mera ausencia de enfermedades o dolencias, en todos los aspectos relacionados con el sistema reproductivo y sus funciones y procesos. La salud reproductiva entraña la capacidad de disfrutar de una vida sexual satisfactoria y sin riesgos y de procrear, y la libertad de decidir hacerlo o no hacerlo, cuándo y con qué frecuencia. El hombre y la mujer tienen el derecho a obtener información y acceso a métodos seguros, eficaces, asequibles y aceptables de su elección para la regulación de la fecundidad, así como el derecho a recibir servicios adecuados de atención de la salud que permitan los embarazos y los partos sin riesgos.” (CIPD, 1994)
de la conferencia de El Cairo Importancia de la conferencia de El Cairo -Se desplaza el eje de las metas demográficas a los derechos humanos (en particular, a los derechos de las mujeres). -Se enfatiza el vínculo entre población y desarrollo, y satisfacción de las necesidades de las personas. -Se promueve el control de las mujeres sobre sus cuerpos y las decisiones sexuales y reproductivas, el derecho a la información, privacidad e integridad corporal.
Derechos sexuales y reproductivos Los DSyR reconocen la facultad de las personas para tomar decisiones libres acerca de su capacidad reproductiva y su vida sexual. Esto supone decidir respecto a si tener hijos o no, el número de hijos y el intervalo entre sus nacimientos, y disponer de la información y los medios necesarios para hacerlo, y de las condiciones económicas, sociales y culturales que hagan posible decisiones libres y seguras. También suponen el ejercicio de la sexualidad y la orientación sexual, libre de discriminación, coacción o violencia, así como el acceso a la información sobre el cuerpo y a la educación sexual.
Los D S y R están basados en 4 principios éticos Integridad corporal: Se refiere a la seguridad y el control sobre el propio cuerpo Autonomía: Significa considerar a las personas como sujetos capaces de decidir en materia de reproducción y sexualidad reconociendo su exclusiva potestad en estos asuntos Igualdad: necesidad de que varones y mujeres compartan el compromiso respecto de la vida sexual y la reproducción Diversidad: Se refiere al respeto por las diferencias en valores culturales, religión, orientación sexual, condición familiar y de salud
Deber de los estados en relación a los derechos Respetarlos: No violar directamente los derechos por acción u omisión. Protegerlos: Hacer que se respeten y sancionar a quienes no lo hagan. Establecer leyes que habiliten los mecanismos para prevenir su violación. Cumplirlos: Adoptar las medidas necesarias para instaurar las instituciones y los procedimientos administrativos, judiciales y presupuestarios para permitir que las personas puedan gozar de los derechos.
SALUD Y DERECHOS REPRODUCTIVOS Historia política y normativa EN ARGENTINA Historia política y normativa
El cuerpo no es el mismo para cada uno Nos hace distintos de los demas individuos Porque nuestros cuerpos son diferentes, no somos iguales ni igualmente respetados, y no tenemos las mismas posibilidades en la vida (life chances: Giddens)
Sexuado (deseos, impulsos, prácticas sexuales, relaciones amorosas) El cuerpo es: Sexuado (deseos, impulsos, prácticas sexuales, relaciones amorosas) “Genérico” (sexo biológico y construcción cultural, histórica y social de la dif. sexual) Saludable o enfermo: estatus normal o patológico Capaz de sentir placer (placeres más o menos legítimos, y placeres socialmente ilegítimos) Capaz de sentir dolor y miedo (el derecho a no sufrir dolor evitable o prevenible) Capaz de experimentar y crear
Características Argentina Lento crecimiento demográfico. Transición demográfica temprana (“pre-píldora”) Actitud refractaria del Estado para reconocer y atender problemas relacionados con la sexualidad y la reproducción Ideología pronatalista coercitiva en políticas públicas hasta mediados de los ochenta Cambios normativos y programáticos a partir de mediados de la década de los noventa
Derechos sexuales y reproductivos Situación actual Transición desde una situación de silenciamiento y restricciones a otra situación de mayor visibilidad y apertura Introducción de cambios legislativos, institucionales y programáticos Debate social sobre temas centrales de la salud reproductiva (acceso a AC, adolescentes educación sexual,aborto, ligadura tubaria, rol del varón)
Marco político-normativo: breve historia 1974 / Decreto 659 PEN Prohibe actividades control natalidad en SSP 1977 / Decreto 3.938 Junta militar Objetivos y Políticas Nacionales de Población: se eliminan actividades que promuevan control de natalidad. Argumento:mayor relación e/ territorio y población. Espacios despoblados = debilidad geopolítica 1983 / Recuperación democracia 1986 / Decreto 2.274 Deroga decretos anteriores Se reconoce por primera vez en instrumento legal el derecho de las parejas a decidir libremente número y espaciamiento No se implementan acciones de inmediato
Marco político-normativo: breve historia 1988 / Programa de Procreación Responsable MCBA Primera política pública en este campo Objetivo: info y provisión de AC en hospitales y CS Dificultades presupuestarias: recién en 1995 se asigna presupuesto propio 1991 / Ley provincial 1.363/91 (La Pampa) Primera ley provincial sobre este tema. No se implementó programa inmediatamente 1994 / Reforma constitucional CEDAW obtiene rango constitucional Cláusula Barra: “defensa de la vida desde concepción” (no prospera)
Marco político-normativo: breve historia CEDAW (Convención sobre Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer) Artículo 16 Reconoce derecho de mujeres a decidir si quieren tener hijos, cuántos, con qué espaciamiento y en qué condiciones Restricción Estado no puede tener políticas compulsivas, natalistas o anti natalistas Obligaciones acceso educación sexual, información AC y parto humanizado
Otros derechos involucrados Otros derechos involucrados integridad corporal (leyes contra violación y violencia basada en género), acceso a beneficios del progreso científico, libertad de información, derecho a la cultura, derecho a la igualdad y a la no discriminación (incluyendo acciones afirmativas)
Marco político-normativo: breve historia Constitución Nacional (Reforma 1994) Art. 75 , inciso 23 Legislar y promover medidas de acción positiva que garanticen la igualdad real de oportunidades y trato, y el pleno goce de los derechos reconocidos por esta Constitución y por los tratados internacionales vigentes sobre derechos humanos, en particular respecto de los niños, las mujeres, los ancianos y las personas con discapacidad Dictar un régimen de seguridad especial e integral en protección del niño en situación de desamparo, desde el embarazo hasta la finalización del período de enseñaza elemental, y de la madre durante el embarazo
Marco político-normativo: breve historia 1995 / Proyecto ley: Programa Nacional Procreación Responsable media sanción en Diputados Senado no trata y proyecto caduca en 1997 1994-96 / Mayor visibilidad del tema debate público + Cairo 94 y Beijing 95 efecto dominó proyecto ley nacional provincias sancionan leyes de SR 1996 / Constitución Ciudad de Buenos Aires primera constitución que reconoce derechos sexuales y reproductivos, libres de coerción y violencia, como derechos humanos básicos (Art. 37)
Marco político-normativo: breve historia 1999 / Ley básica de salud 153 (Ciudad Bs.As.) Establece obligación del PE de implementar ley de salud reproductiva 2000 --- Leyes o normas provinciales regulando acceso a ligadura tubaria y vasectomía Mendoza, Río Negro, Tierra del Fuego, Neuquén, Ciudad Bs.As. 2001 / Nuevo proyecto de ley nacional Media sanción en Cámara de Diputados
Marco político-normativo: breve historia 2001 / Fallo Corte Suprema de la Nación Autoriza inducción parto de un feto anencefálico 2002 / Fallo Corte Suprema de la Nación Contra medicamento / anticoncepción de emergencia fuera del mercado
Marco político-normativo: breve historia 2002 / Ley Nacional 25.673 Programa Nacional de Salud Sexual y Procreación Responsable bajo jurisdicción del Ministerio de Salud aprobada por Cámara de Senadores 2003 / Presentaciones judiciales solicitando: inconstitucionalidad de la ley nacional prohibición de producción y distribución de AC y DIU no implementación del programa nacional No se ha dado lugar a ninguna de ellas hasta el momento Causa en Corte Suprema de la Nación
Marco político-normativo: breve historia 2003 / Ley 1.044 Procedimiento ante embarazos incompatibles con la vida (Ciudad Bs.As.) habilita adelantamiento de partos en casos de patologías incompatibles con la vida para habilitar a profesionales cuando los antecedentes lo aconsejen, sin necesidad de intervención judicial 2004 / Ley nacional 25.929 Prestaciones relacionadas con embarazo, parto y puerperio “Parto humanizado” rige para todos prestadores del sistema de salud. Se refiere a derechos de mujeres en relación al proceso de nacimiento, a los de los recién nacidos y al padre y la madre de recién nacidos en situación de riesgo
Marco político-normativo: breve historia 2005 / Guía de atención post aborto (Ministerio Salud y Ambiente de la Nación) protocoliza atención de complicaciones de abortos varios métodos + consejería AC 2006/ Ley 26.130 "Régimen para las intervenciones de contracepción quirúrgica" establece que toda persona mayor de edad tiene derecho a acceder a la realización de las prácticas de ligadura de trompas de Falopio y vasectomía en los servicios del sistema de salud.
Ley 25.673: Programa Nacional de Salud Sexual y Procreación Responsable Regula políticas de salud sexual y procreación responsable, fija objetivos de políticas públicas para garantizar derechos definidos e incorpora educación sexual a educación obligatoria Objetivos: Alcanzar nivel más elevado de salud sexual y procreación responsable para que población pueda adoptar decisiones libres de discriminación, coacción o violencia Disminuir la morbimortalidad materna e infantil Prevenir embarazos no deseados Promover la salud sexual de los/as adolescentes Contribuir prevención y detección precoz ETS y VIH/sida y patologías genito-mamarias Garantizar acceso universal a información, orientación, métodos y prestaciones de servicios referidos a salud sexual y procreación responsable Potenciar participación femenina en toma de decisiones sobre salud sexual y procreación responsable
Situación en las provincias Totalidad provincias tienen actualmente una ley y/o programa de salud reproductiva o han adherido a ley nacional Todas las provincias reciben insumos AC Grado de implementación de programas es variable
Antecedentes legales en que se basa la ley ESI 26.150: Declaración Universal de Derechos Humanos Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre Convención sobre los Derechos del Niño (CDN) Convención sobre Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW) Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos Convención Americana sobre Derechos Humanos
Antecedentes legales: - Ley N° 25.673 Programa Nacional de Salud Sexual y Procreación Responsable - Ley N° 26.061, de protección integral de derechos de niñas, niños y adolescentes - Ley de Educación Nacional N°26.206 Antecedentes legales:
MARCO LEGAL Y PROCESO DE INSTITUCIONALIZACIÓN DE LA ESI 2006: Ley de Educación Nacional N°26.206, incorpora derecho a la ESI en su art. 11. 2006: Ley Nacional de Educación Sexual Integral No. 26.150. 2007: Comisión Asesora MARCO LEGAL Y PROCESO DE INSTITUCIONALIZACIÓN DE LA ESI
MARCO LEGAL Y PROCESO DE INSTITUCIONALIZACIÓN DE LA ESI 2008: Presentación y Aprobación de los Lineamientos Curriculares ESI en el Consejo Federal el 29 de Mayo de 2008, Resolución CFE No. 43/08 2008: Coordinación de Proyectos de Educación Sexual Integral y Prevención del VIH/Sida: “Programa Nacional de Prevención del VIH/Sida en la Escuela” “Proyecto de Armonización de Políticas Públicas de Promoción de la Salud, los derechos, la Educación Sexual y la Prevención del VIH/Sida en el ámbito escolar” Septiembre 2008: Consolidación del Programa Nacional de Educación Sexual Integral en el ME MARCO LEGAL Y PROCESO DE INSTITUCIONALIZACIÓN DE LA ESI
Ley 26.150: “ Tod@s l@s educand@s tienen derecho a recibir Educación Sexual Integral (ESI) en todos los establecimientos educativos públicos de gestión estatal y privada. A los efectos de esta ley, entiéndase como ESI la que articula aspectos biológicos, psicológicos, sociales, afectivos y éticos” ¿Qué dice la ley 26.150?
¿Cómo entendemos la educación sexual integral? ¿Qué debates promueve en la sociedad? ¿Qué consensos y apoyos demanda? ¿Qué desafíos implica para intersectorial salud y educación? ¿Qué cambios supone en las realidades institucionales de las escuelas? ¿Cómo recuperar lo que se viene desarrollando?
LEYES PROVINCIALES RELACIONADAS CON EL TEMA: AÑO 1993: LEY Nº 6518 AÑO 2003: LEY 7264 AÑO 2004: LEY 7376
Información sobre leyes y normas Argentina www.cedes.org / mortalidad materna www.conders.org.ar Mundo y América latina www.reproductiverights.org www.reddesalud.org www.unfpa.org