XXVIII JORNADAS DEL ILADT (México D.F., 2015) TEMA 2: Los retos de la Fiscalidad Internacional Latinoamericana en el contexto Latinoamericana en el Contexto Actual: “Desde la política y mirando la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados” Juan Pablo Cabello Palma (Relator Chile)
Desde la política…. Tendencia generalizada de Estados de obtener mayor recaudación, por tres vías: - aumento de carga tributaria; - disminución de la elusión; - lucha contra la evasión. La globalización han creado oportunidades tributarias para las multinacionales. Lo anterior conlleva, una mayor aceptación de conceptos como “T ax Fair Share” (igualdad en la tributación) y “Moral Tributaria”. América Latina no es un grupo homogéneo de países. Hay un alto nivel de diversidad de desarrollos económicos y sistemas fiscales nacionales e internacionales.
3 Jean Baptiste Colbert
“El arte de los impuestos consiste en desplumar al ganso de forma tal que se obtenga la mayor cantidad de plumas con el menos ruido.”. Jean Baptiste Colbert 4
… y mirando la Convención de Viena (CVDT) Conclusiones OCDE que justifican la Acción 15: -Lo gravoso de cambiar la vasta red de tratados bilaterales; -La necesidad de actuar de manera urgente, rápida y eficaz frente a las consecuencias de BEPS; -Modernizar la arquitectura de la red internacional de tratados; -Crear un instrumento que permite a los estados actuar de manera rápida sin incurrir en el riesgo de violar los tratados bilaterales vigentes; -Evitar que los Estados recurran al uso de medidas unilaterales y descoordinadas.
Caminos para adoptar el plan de acción BEPS: -Adaptación del Comentario OCDE. Camino que no sería eficaz. -Un tratado multilateral que reemplace a todos los tratados bilaterales. Inconveniencias. -Un tratado multilateral complementario, con posibilidad de reserva para los Estados. … y mirando la Convención de Viena (CVDT)
La CVDT entrega interesantes herramientas a inconvenientes que presenta un tratado multilateral: Art. 11: “El consentimiento de un Estado en obligarse por un tratado podrá manifestarse mediante la firma, el canje de instrumentos que constituyan un tratado la ratificación, la aceptación, la aprobación o la adhesión, o en cualquier otra forma que se hubiere convenido”. Hay ejemplos en varios campos: medioambiente, transporte, salud, Derecho del Trabajo, donde los Estados se han sometido a la decisión mayoritaria de un órgano designado por el Tratado o de una organización internacional. … y mirando la Convención de Viena (CVDT)
La prevalencia de los Tratados sobre la ley ordinaria local, nos lleva a una uniformación (o si se quiere, “homegeneización”) de normas tributarias internacionales (Art. 27 CVDT. El Derecho interno y la observancia de los tratados). Asimismo, este tratado multilateral prevalecerían por sobre los convenios bilaterales, si ser causal de terminación de dichos convenios (Principio de especialidad). Es previsible que la transición a un modelo de multilateralismo venga impulsada por los países OCDE. De hecho así está sucediendo. Cabe asumir que la multilateralidad es de sumo compleja, pero necesaria ( CVDT. Art. 34. Norma general concerniente a terceros Estados. Un tratado no crea obligaciones ni derechos para un tercer Estado sin su consentimiento ). … y mirando la Convención de Viena (CVDT)
Conclusiones Es conveniente tener un tratado multilateral que conviva con la red de tratados bilaterales. Es la única manera de modificar de manera rápida y eficaz la vasta red de tratados. Es indispensable para la seguridad jurídica de contribuyentes y administraciones tributarias. La OCDE y el G20 tienen la obligación de integrar al resto de las naciones en la consecución de un tratado multilateral. Es misión de la ILADT impulsar normas o “reservas” que permitan que dicho tratado se adecúe a la realidad de países que están en vías de desarrollo.
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“Lo más difícil de comprender en el mundo es el impuesto a la renta”. Albert Einstein 11
FIN