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Grupo de Trabajo Número Cuatro Creación de Normas Regionales: instrumentos y normas regionales A la luz de las declaraciones y resoluciones regionales.

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Presentación del tema: "Grupo de Trabajo Número Cuatro Creación de Normas Regionales: instrumentos y normas regionales A la luz de las declaraciones y resoluciones regionales."— Transcripción de la presentación:

1 Grupo de Trabajo Número Cuatro Creación de Normas Regionales: instrumentos y normas regionales A la luz de las declaraciones y resoluciones regionales vigentes, además de las resoluciones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, este grupo consideró necesario y aconsejable la creación de un convenio o tratado para establecer normas sobre el derecho a la información y los posibles mecanismos para monitorear su cumplimiento.

2 Enunciado del Problema
El grupo debatió la existencia y la necesidad de contar con instrumentos regionales de carácter normativo relacionados con el acceso a la información. Discutió asimismo, la importancia de contar con una ruta definida para avanzar en lo que respecta a la implementación, aplicación y monitoreo. La discusión se llevó a cabo tomando en cuenta la diversidad de experiencias nacionales de acceso a la información en la región y las numerosas declaraciones, resoluciones y decisiones judiciales existentes.

3 Consideraciones A partir de la variedad de instrumentos regionales existentes como resoluciones, declaraciones, decisiones e interpretaciones de AI, podemos impulsar el establecimiento de normas, con énfasis en la implementación. Entre estos instrumentos, se destacan los siguientes: la Declaración Universal de 1948, la Convención Interamericana sobre Derechos Humanos de 1969, el Pacto de Nuevo León de 2001, la Relatoría Especial para la Libertad de Expresión de la OEA de 1998, la decisión de la Corte Interamericana de Derechos Humanos sobre Claude Reyes vs. Chile. Todos establecen normas que se deben reconocer y divulgar en los países de la región. La diversidad de la región constituye una serie de retos para avanzar en lo que respecta al acceso a la información y la identificación de normas de procedimiento. ¿Es necesario contar con un instrumento regional o serviría éste para ratificar el común denominador más bajo? ¿Quién se beneficiaría de una norma regional – los Estados pequeños frente a los más grandes? ¿Cómo se podría garantizar el cumplimiento y monitoreo de un instrumento regional? ¿El enfoque estaría centrado sólo en las leyes y no lo suficiente en su implementación?

4 Hallazgos regionales En las Américas contamos ya con una gran cantidad de instrumentos (legales y políticos) que establecen las normas de acceso a la información. Aunque la adopción de una convención regional trae consigo beneficios y aspectos positivos, no constituye una prioridad para la región. La prioridad es más bien el fortalecimiento e implementación de los instrumentos existentes para cumplir con ellos en la práctica. Las distintas instituciones dentro del sistema de la OEA, como el Departamento de Derecho Internacional, el Departamento de Modernización del Estado y Gobernabilidad, la Relatoría Especial para la Libertad de Expresión, la Comisión de Asuntos Jurídicos y Políticos, y el Fideicomiso para las Américas, ya han hecho recomendaciones sobre la AI a los Estados miembros.

5 Hallazgos Regionales Capítulo sobre normas para la libertad de expresión y el acceso a la información en el Informe Anual de la Relatoría Especial para la Libertad de Expresión de 2008 La ausencia de una política interna de acceso a la información y transparencia en la OEA disminuye su credibilidad como líder y su capacidad para garantizar el derecho de acceso a la información

6 Recomendaciones y Actividades Pertinentes
COMUNIDAD REGIONAL E INTERNACIONAL: Apoyar las acciones de la OEA y los Estados miembros para impulsar la adopción de instrumentos regionales de AI, con particular énfasis en su implementación; por ejemplo, archivos, tecnología, producción de información, leyes e indicadores modelo La OEA debe adoptar una política interna de transparencia y acceso a la información Exhortar a los Estados a que cumplan con tratados, resoluciones, declaraciones y la jurisprudencia pertinente ESTADOS: Los Estados deben garantizar el cumplimiento de los instrumentos regionales vigentes

7 Recomendaciones y Actividades Pertinentes
ACTORES NO ESTATALES (Sociedad Civil, Organizaciones Corporativas y Profesionales): Es necesario que la sociedad civil genere litigios estratégicos Los actores no estatales deben garantizar la propagación, divulgación y promoción de instrumentos regionales y del progreso alcanzado, al igual que de sus efectos en la práctica del acceso a la información pública 7


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