York St. John University, Reino Unido

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Transcripción de la presentación:

York St. John University, Reino Unido EL ESTADO, LA ECONOMÍA SOCIAL Y SOLIDARIA Y SU INSTITUCIONALIZACION EN BOLIVIA: MIRADAS DE GÉNERO Por María Esther Pozo PhD. CESU – Universidad Mayor de San Simón Presentación en la Conferencia Internacional: “Universidades en el desarrollo de la economía social y solidaria a través de la colaboración multisectorial” York, 1-3 Septiembre, 2015 York St. John University, Reino Unido

Introducción El presente trabajo parte de dos consideraciones: El concepto amplio de institucionalización que hace referencia al surgimiento o resignificación de la Economía Solidaria en la Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia y en especial las ORGANIZACIONES ECONÓMICAS CAMPESINAS, INDÍGENA ORIGINARIAS (OECAS) Y DE ORGANIZACIONES ECONÓMICAS COMUNITARIAS. Aproximación al diagnóstico sobre la participación económica de las mujeres rurales y urbanas.

Objetivo Aportar a la elaboración de un marco teórico jurídico sobre el Nuevo Modelo Económico, Social, Comunitario y Productivo de Bolivia y conocer a las actoras de este Modelo Reflexionar sobre género en un intento de introducirlo en el campo de la metodología como una propuesta de intervención y transformación social.

ANTECEDENTES Dos consideraciones breves: - referente a su definición en Bolivia - partir de la Economía Feminista. A partir del Movimiento de Economía Social y Solidaria (ESyS) en Bolivia, los últimos años ha impulsado su organización, ya que el nuevo Estado Plurinacional está desarrollando un proceso de transformación estructural económica, social, política y cultural, orientada a eliminar toda forma de discriminación y pobreza. Economía Feminista, hace énfasis en aspectos del desarrollo sostenible vinculados a la integración y la distribución, en el que el cuidado constituye una responsabilidad social y no es sólo una actividad que corresponde al rol de las mujeres, sino también una práctica que abarca una dimensión ética, emocional y relacional.

La Economía Plural es el nuevo modelo económico, social, comunitario y productivo planteado en la Constitución Política del Estado Plurinacional basándose en el interés colectivo. Tiene por lineamientos: Está basado en la economía plural No sólo permite las actividades de la empresa privada, sino también el cooperativismo. Reconoce la forma de producción campesina originaria: el ayni, el ayllu y las markas. Recoge las formas de organizar las comunidades, en base a la solidaridad entre las familias. Se respeta la propiedad privada. Esto implica reconocer los aspectos jurídicos, religiosos y culturales.

En el caso de Bolivia, la relación con los principios y valores de la economía solidaria parten del Sumak kawsay (vida en armonía – Buen Vivir) como una búsqueda de lo propio, basada en lo colectivo

ANÁLISIS DEL RECORRIDO DE LA NORMATIVA DE LAS OECAS Y OECOMS TOMANDO EN CUENTA EL CONTENIDO DE GÉNERO De esta manera, los cambios que vive Bolivia son el resultado de una larga lucha de los movimientos sociales de organizaciones de mujeres y hombres productores de todo el país. El Movimiento de Economía Solidaria logra avances en los últimos años debido a que el nuevo Estado Plurinacional del país está desarrollando un proceso de transformación dirigido a eliminar toda forma de discriminación y pobreza. El concepto de Economía Social, en Bolivia se define esencialmente ligado a lo comunitario ya que la economía social y comunitaria es el pilar central de la nueva organización económica, frente al sistema económico colonial, neocolonial y neoliberal.

La Constitución Política del Estado Plurinacional Canalizó y determinó valores y principios la Economía Social Solidaria. De esta manera, adopta como modelo para la estructura y la organización económica del Estado una economía plural, conformada por las formas de organización económica comunitaria, estatal, privada y social cooperativa, de tal forma que la economía plural articula las cuatro formas de organización económica.

Art. 1:… “Bolivia se funda en la pluralidad y el pluralismo político, económico, jurídico, cultural y lingüístico, dentro del proceso integrador del país”

El Art. 306 I. El modelo económico boliviano es plural y está orientado a mejorar la calidad de vida y el vivir bien de todas las bolivianas y los bolivianos. II.La economía plural está constituida por las formas de organización económica comunitaria, estatal, privada y social cooperativa. III. La economía plural articula las diferentes formas de organización económica sobre los principios de complementariedad, reciprocidad, solidaridad, redistribución, igualdad, seguridad jurídica, sustentabilidad, equilibrio, justicia y transparencia. V. El Estado tiene como máximo valor al ser humano y asegurará el desarrollo mediante la redistribución equitativa de los excedentes económicos en políticas sociales, de salud, educación, cultura, y en la reinversión en desarrollo económico productivo.

Art. 307. El Estado reconocerá, respetará, protegerá y promoverá la organización económica comunitaria. Esta forma de organización económica comunitaria comprende los sistemas de producción y reproducción de la vida social, fundados en los principios y visión propios de las naciones y pueblos indígena originario y campesino.  Art. 310. El Estado reconoce y protege las cooperativas como formas de trabajo solidario y de cooperación, sin fines de lucro. Se promoverá principalmente la organización de cooperativas en actividades de producción. Art. 313 II. Todas las formas de organización económica tienen la obligación de generar trabajo digno y contribuir a la reducción de las desigualdades y a la erradicación de la pobreza.

Art. 314. Para eliminar la pobreza y la exclusión, establece : Art. 314. Para eliminar la pobreza y la exclusión, establece : *Una generación del producto social que se logre en el marco del respeto de los derechos los individuos y de los pueblos y las naciones. *La producción, distribución y redistribución justa de la riqueza y de los excedentes económicos. *La reducción de las desigualdades de acceso a los recursos productivos. *La reducción de las desigualdades regionales. *El desarrollo productivo industrializador de los recursos naturales. 6. La participación activa de las economías pública y comunitaria en el aparato productivo.

Art. 334. En el marco de las políticas sectoriales, el Estado protegerá y fomentará: 1. Las organizaciones económicas campesinas, y las asociaciones u organizaciones de pequeños productores urbanos, artesanos, como alternativas solidarias y recíprocas. La política económica facilitará el acceso a la capacitación técnica y a la tecnología, a los créditos, a la apertura de mercados y al mejoramiento de procesos productivos. 2. El sector gremial, el trabajo por cuenta propia, y el comercio minorista, en las áreas de producción, servicios y comercio, será fortalecido por medio del acceso al crédito y a la asistencia técnica. 3. La producción artesanal con identidad cultural. 4. Las micro y pequeñas empresas, así como las organizaciones económicas campesinas y las organizaciones o asociaciones de pequeños productores, quienes gozarán de preferencias en las compras del Estado.

Ley Núm. 338 de 26 de enero de 2013 de Organizaciones Económicas Campesinas, Indígena Originarias (OECAS) y de Organizaciones Económicas Comunitarias (OECOM) para la integración de la agricultura familiar sustentable y la soberanía alimentaria La Ley 338 fue sancionada en enero de 2013, busca la institucionalización de la agricultura familiar, esta Ley de Organizaciones Económicas Campesinas, Indígena Originarias (OECAS) y de Organizaciones Económicas Comunitarias (OECOM) para la Integración de la Agricultura Familiar Sustentable y la Soberanía Alimentaria. Reconoce a la agricultura familiar como una producción caracterizada por el del trabajo familiar y los recursos productivos disponibles como estrategia que diversifica la producción, para asegurar la soberanía alimentaria de las futuras generaciones; promueve el desarrollo productivo integral sustentable y comprende las actividades productivas.

1. Asociatividad. Se reconoce la agricultura familiar sustentable basada en las relaciones solidarias de reciprocidad y cooperación entre actores económicos con objetivos comunes que operan bajo el principio de economía solidaria… 2. Autogestión. Se reconoce la autogestión de las Organizaciones Económicas Campesinas, Indígena Originarias (OECAS), las Organizaciones Económicas Comunitarias (OECOM), y las familias productoras indígena originario campesinas, interculturales y afrobolivianas organizadas en la agricultura familiar sustentable, como la forma de administración y gestión donde se tiene la facultad de decidir y hacer de forma conjunta, en el cual prima la confianza, el compromiso, la participación, la responsabilidad con autodeterminación, identidad.

3. Diversificación Productiva 3. Diversificación Productiva. Se asume la obligación de promover la diversificación productiva como estrategia implementada por la agricultura familiar sustentable, a través de las Organizaciones Económicas Campesinas, Indígena Originarias (OECAS). 4. Educación para una Buena Alimentación. Se asume la obligación de transmitir hábitos alimenticios y de consumo basados en una dieta alimentaria variada y rica en nutrientes. 5. Economía Solidaria. Se fomenta la economía solidaria donde priman las personas y el trabajo, buscando un equilibrio entre lo social y lo económico; bajo decisión colectiva de distribuir los recursos, los bienes y servicios; de comercializar, consumir y de desarrollarse en el marco de relaciones sociales solidarias, de equidad y reciprocidad, para satisfacer las necesidades humanas y contribuir al logro del Vivir Bien del pueblo boliviano.

6. Género y Generacional. Se asume la obligación de impulsar acciones que garanticen equidad de género y que donde prima la familia compuesta por hombres, mujeres, jóvenes y adultos mayores, estos se reconocen en sus diferencias y complementariedades, participan en igualdad y contribuyen con equidad para el desarrollo social, económico y productivo para el Vivir Bien. 7. Integración de la Juventud Rural. Se promueve acciones para el desarrollo integral de las capacidades de las jóvenes y los jóvenes de las áreas rurales…

8. Preservación de Saberes, Prácticas y Tecnologías Propias 8. Preservación de Saberes, Prácticas y Tecnologías Propias. Se garantiza la preservación, fomento y difusión de las prácticas propias de las Organizaciones Económicas Campesinas, Indígena Originarias (OECAS), las Organizaciones Económicas Comunitarias (OECOM), y las familias productoras indígena originario campesina, interculturales y afrobolivianas organizadas en la agricultura familiar sustentable. 9. Reconocimiento del Aporte Productivo de la Mujer Rural. Se reconoce el aporte productivo de las mujeres indígena originario campesino, intercultural y afrobolivianas de la agricultura familiar sustentable para la producción de alimentos destinados al consumo nacional y la soberanía alimentaria, a la generación de excedentes y al desarrollo del sector productivo.

Art. 13. ORGANIZACIONES ECONÓMICAS CAMPESINAS, INDÍGENA Y ORIGINARIAS (OECAS). I. Las Organizaciones Económicas Campesinas, Indígena y Originarias (OECAS), son una forma de organización económica basada en un modelo de desarrollo de producción solidaria y recíproca para la soberanía alimentaria con autogestión campesina, indígena y originaria; con base de organización en las familias; desarrollan diversas actividades económicas con diferente grado de participación en las etapas de recolección/manejo, producción, acopio, transformación, comercialización y consumo o cualquiera de ellas; en las actividades de recolección, agrícola, pecuaria, forestal, artesanía con identidad cultural y turismo solidario comunitario, con diferente grado de vinculación a mercados.

Género El tema de género podemos constar en la Constitución Política a lo largo de aproximadamente dos décadas toma medidas para el logro de la equidad entre hombres y mujeres mediante su participación social, económica y política ha generado un soporte jurídico de una normativa que ampara la lucha contra la discriminación y la exclusión. Art.11. I. La República de Bolivia adopta para su Gobierno la forma democrática participativa, representativa y comunitaria, con equivalencia de condiciones entre hombres y mujeres. A partir de ello se desarrolla los principios de equidad e igualdad, garantizando los derechos de las mujeres bolivianas.

A pesar de que la Constitución Política considera en varios aspectos de la vida social del país el tema de género mencionaremos algunos que fortalecen de cerca el ejercicio de la economía social. Art. 48. El Estado promoverá la incorporación de las mujeres al trabajo y garantizará la misma remuneración que a los hombres por un trabajo de igual valor, tanto en el ámbito público como en el privado. Art. 300. 4. Promoción del empleo y mejora de las condiciones laborales, en el marco de las políticas nacionales. Promoción y desarrollo de proyectos y políticas para niñez y adolescencia, mujer, adulto mayor y personas con discapacidad. Art. 330. I. El Estado regulará el sistema financiero con criterios de igualdad de oportunidades, solidaridad, distribución y redistribución equitativa. Art. 338. El Estado reconoce el valor económico del trabajo del hogar como fuente de riqueza y deberá cuantificarse en las cuentas públicas.

LAS ORGANIZACIONES ECONÓMICAS CAMPESINAS, INDÍGENA Y ORIGINARIAS (OECAS) Se define como Organizaciones Económicas Campesinas, Indígenas y Originarias de Bolivia (OECAS), al conjunto de personas, agrupadas en base a sus necesidades; bajo dos objetivos fundamentales, tienen por objetivo: El Objetivo Social y el Objetivo Económico para mejorar sus condiciones de vida en beneficio de las familias productoras. Éstas surgen desde una lucha de los movimientos indígenas y/u originarios para lograr su autodeterminación económica en la producción y comercialización ante los desajustes del modelo neoliberal  que únicamente beneficiaban a pocas familias (CIOEC).

A) Premisas La Economía Solidaria es un movimiento que surge en el mundo de la empresa, este tiene orígenes ancestrales del ‘Buen Vivir’ de las culturas originarios de América Latina –incluido en los procesos constituyentes de Ecuador (2008) y Bolivia (2009)- como el vivir en armonía con la naturaleza, el principal objetivo es la satisfacción de necesidades básicas para el pleno desarrollo de las personas. Permite ampliar la mirada sobre las diferentes construcciones sociales, como la de género y etnia.

- La Economía Social y Solidaria es una teoría en la que acreditan varias disciplinas y perspectivas socio políticas así como el cooperativismo, los socialismos, el feminismo, la ecología, el comercio justo y consumo responsable, la educación popular, la soberanía alimentaria, el buen vivir, los derechos y otros. Recientemente se incluye la equidad de género en los distintos ámbitos ligados al trabajo: los hogares, los emprendimientos empresariales, la comunidad. - La Economía Feminista puntualiza la Economía Social y Solidaria, valoriza a las unidades domésticas, el Buen Vivir junto a las anteriores buscar construir otro modelo más justo para las personas y la naturaleza.

B) Acciones Art. 1. Manifiesta la pluralidad político, económico, jurídico, cultural y lingüístico, dentro del proceso integrador del país, plantando el desarrollo de la organización social política, económica, social y cultural favorables para la inclusión, el ejercicio de los derechos sociales. - La Constitución Política del Estado Plurinacional. - “Plan Nacional de Desarrollo Bolivia digna, soberana, productiva y democrática para vivir bien" 2006-2010. - La Ley 338 de 26 de enero de 2013 de Organizaciones Económicas Campesinas, Indígena Originarias (OECAS) y de Organizaciones Económicas Comunitarias (OECOM) para la integración de la agricultura familiar sustentable y la soberanía alimentaria, garantizan el desarrollo y fomento de las organizaciones sociales y solidarias.

- Existe voluntad desde el Gobierno para promover las organizaciones productivas que tenga el carácter de una economía social y solidaria. – La connotación de organización como asociados responde más a la existencia de un grupo de individuos con objetivos comunes como desarrollar actividades sociales, comunitarias u otros que en este caso se incluyen fines económicos. - Para la elaboración de políticas públicas, es necesario considerar los aportes de la economía feminista, en cuanto la economía del cuidado y la reproducción ampliada de la vida aspectos vitales de la reproducción humana. Esto supone la valorización del trabajo no renumerado, que pasa desapercibido.

  - La normativa existente en Bolivia tiene carácter inclusivo de etnia y género. - Si bien los derechos de las mujeres en la Constitución Política del Estado reivindican a las desigualdades marcadas en el acceso a la salud, educación, empleo, tenencia de tierras y participación política, sin embargo, éstas existen en las relaciones de poder inequitativas y de discriminación en el caso de las organizaciones que asumen los principios de economía solidaria presentan indicadores de equidad.

GRACIAS!!!