Sociedades cooperativas

Slides:



Advertisements
Presentaciones similares
EMPLEADOS Y PENSIONADOS DE INRAVISIÓN "CAJA ACOTV"
Advertisements

Facultad Regional Multidisciplinaria
DERECHO MERCANTIL GUATEMALTECO
Sociedades Mercantiles
¿De donde nacen los fondos de empleados?
*Ehuan Heredia Joaquín.
ASAMBLEA GENERAL: Máximo órgano de administración de la cooperativa y sus decisiones son obligatorias para todos los asociados . OBJETIVO: Señalar políticas.
“ACTIVIDAD PROFESIONAL EN LA INSCRIPCION DE SOCIEDADES”
2. CONSTITUCIÓN DE SOCIEDADES MERCANTILES
CONSTITUCIÓN DE COOPERATIVAS
CONSTITUCIÓN DE COOPERATIVAS
Sociedad de Responsabilidad Limitada (S.R.L.)
FORMAS JURIDICAS SOCIEDAD ANONIMA VICTOR AMAVISCA SANCHEZ 2ºb
DERECHO MERCANTIL Unidad IV “Tipo de Sociedades”
INSTITUTO TECNOLÓGICO DE LERMA
Ley General de Sociedades Cooperativas
Derecho Mercantil SOCIEDAD COOPERATIVA Zetina Zacarías Fredy
CENTRO DE BACHILLERATO TECNOLOGICO AGROPECUARIO NO. 197
DERECHO MERCANTIL Unidad IV “Tipo de Sociedades”
Sociedad En Comandita Por Acciones (S.C.A)
Sociedades Mercantiles
 es una sociedad mercantil en la que el capital social está dividido en cuotas sociales de distinto o igual valor representada por títulos y en la.
SOCIEDADES MERCANTILES
Sociedades Mercantiles
Organización Interna de las Empresas
INSTITUTO DE CAPACITACIÓN JURÍDICA
DERECHO MERCANTIL Integrantes: Kenia Edith Maldonado Noh María Adriana Cauich Puc.
La Cooperativa Integrantes: Andrés Betin Rodríguez Jorge Osorio Romero
SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA en méxico.
Sociedad anónima Capital social Títulos Acciones Sociedad mercantil
Esta cooperativa se crea dentro del marco del proyecto educativo Empresa Joven Europea con una finalidad eminentemente didáctica que permitirá a sus integrantes:
RESPONSABILIDADES DE LOS CONSEJOS
Sociedad en comandita por acciones
ENTIDAD SIN ANIMO DE LUCRO
XVI Asamblea Anual de ASSAL Factibilidad de establecer ASSAL como persona jurídica en Chile.
Sociedades cooperativas
Superintendencia de la Economía Solidaria Ministerio de Hacienda y crédito República de Colombia.
Alumnos: Luisa Yarenis Herrera Pacheco Iván Hernández Rodriguez
No son comerciantes Los que ejercen una profesión liberal.
Los componentes de la empresa Funcionamiento de la empresa
DIRECCIÓN GENERAL DE EDUCACIÓN SUPERIOR TECNOLÓGICA
Derechos y obligaciones de los asociados
SOCIEDADES COOPERATIVAS. definición definición Es una forma de social integrada por personas físicas con intereses comunes y principios de solidaridad,
Comités de Vigilancia como Garantes de la Rendición de Cuentas y Transparencia ante la Asamblea de Asociados Joel Froylan Salas Navarro Caja Popular Mexicana.
Lina Arias Erika castro Nathaly Murillo Jean Carlos Ruiz
UNIDAD 3: “LAS SOCIEDADES MERCANTILES EN GENERAL” ALUMNAS: ALEGRIA NARVAEZ SANDRA ODIMARIS VELÁZQUEZ SANSORES RUTH M.
Normativa COD. DE COMERCIO (ART 217 A 355)
Accionistas Definición
Maestra: Arroyo Denis Candelaria Beatriz Alumna: Alegría Narváez Sandra Odimaris Carrera: Ingeniería en Administración Materia:
Instituto Tecnológico de Lerma
Instituto Nacional de Soyapango.
SOCIEDAD COOPERATIVA Sociedad constituida por personas que se asocian para realizar actividades empresariales, encaminadas a satisfacer sus necesidades.
Manual de funciones y líneas de acción estratégicas de los Consejos de Vigilancia. Marcelino Báez XV Conferencia Regional ACI-Américas Santo Domingo,
Alumna: Herrera pacheco Yarenis
La sociedad de responsabilidad limitada y capital variable
2.4 Tipos de sociedad. MAESTRA: Candelaria Beatriz Arroyo Denis.
Formalización de una Empresa
EMPRESAS.
ESPECIALIZACION EN EDUCACION, EMPRENDIMIENTO Y ECONOMIA SOLIDARIA LEY 79 DE 1988 Mgs: WILLIAM GERARDO PEÑARANDA ANTUNEZ.
Alumnas: Herrera pacheco Yarenis Velázquez Sansores ruth
LA INTEGRACIÓN DE LOS SUBSISTEMAS Y ORGANISMOS RECTORES DEL SERVICIO PROFESIONAL DE CARRERA COMITÉS TÉCNICOS DE PROFESIONALIZACIÓN COMITÉS TÉCNICOS DE.
ECONOMIA SOLIDARIA LEY 454 DE 1998
Instituto Mexicano de Ejecutivos de Finanzas
SOCIEDAD DE COMANDITA SIMPLE
CONSTITUCIÓN DE COOPERATIVAS
Contabilidad Financiera V
Imagen 1. Imagen elaboración propia.. La sociedad colectiva Imagen 2. Imagen elaboración propia. Es una sociedad formada por dos o más socios unidos para.
LA ADMINISTRACION DE LA COOPERATIVA. Administración / representación Administración (ámbito Interno) Representación (ámbito Externo) Consejo de administración.
Sociedad por Acciones Simplificada (S.A.S.)
TIPOS DE EMPRESAS Y SUS RECURSOS
Transcripción de la presentación:

Sociedades cooperativas Alumnas: Alegría Narváez Sandra Odimaris. Cauich Puc Adriana. Herrera Pacheco Luisa Yarenis. Velázquez Sansores Ruth

sociedades cooperativas Se integran por personas físicas con intereses comunes con base en los principios de solidaridad esfuerzo propio y ayuda mutua, el propósito es satisfacer necesidades colectivas e individuales mediante actividades productivas, de distribución de bienes y servicios. sociedades cooperativas

Las sociedades cooperativas para constituirse deberán observar lo siguiente: Reconocer un voto por socio, independiente de sus aportaciones. Serán de capital variable Habrá igualdad esencial en derechos y obligaciones de sus socios e igualdad de condiciones para las mujeres Tendrán duración indefinida Se integraran con un mínimo de cinco socios

funcionamiento, administración vigilancia y comisiones La dirección, administración y vigilancia interna de las sociedades cooperativas está a cargo de los siguientes organismos: 1.- La asamblea general 2.- El consejo de administración 3.- El consejo de vigilancia 4.- Las comisiones legales que la asamblea establezca.

La asamblea general, resolverá todos los negocios y problemas de importancia para la sociedad cooperativa y establecerá las reglas generales que deben normar el funcionamiento social. a) Aceptación, exclusión y separación voluntaria de socios. b) Modificación de las bases constitutivas c) Aprobación de sistemas y planes de producción, trabajo, distribución, ventas y financiamiento

El consejo de administración, será el órgano ejecutivo de la asamblea general y tendrá la representación de la sociedad cooperativa y firma social, se pueden designar de entre los socios o personas no asociadas, uno o más gerentes con la facultad de representación que se le asigne.

El consejo de vigilancia ejercerá la supervisión de todas las actividades de la sociedad cooperativa y tendrá el derecho de veto para el solo objeto de que el consejo de administración reconsidere las resoluciones vetadas.

Las comisiones. Los miembros de las comisiones que establece la ley y demás que designe la asamblea general, duraran en su cargo el mismo tiempo que los del consejo de administración y vigilancia (párrafo tercero art. 45)

BIBLIOGRAFÍA EDICIONES FISCALES. AGENDA MERCANTIL. ISEF. (2015) RAFAEL DE PINA VARA. DERECHO MERCANTIL. (1995)