Proceso de Contratación de Bienes y Servicios

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Transcripción de la presentación:

Proceso de Contratación de Bienes y Servicios

Proceso de Contratación Temario: 1. Requisitos para el Proceso de Contratación I. Términos de Referencia II. Solicitud de Objeto III. Investigación de Mercado IV. Solicitud de Suficiencia Presupuestal V. Solicitud de Contratación VI. Oficio de Erogación 2. Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios I. Funciones del Comité II. Solicitud de Excepción a la Licitación Pública 3. Licitación Pública e Invitación a cuando menos Tres personas I. Diferencias II. Cronograma de Responsabilidades Proceso de Contratación

I. Términos de Referencia Los términos de referencia contienen las especificaciones técnicas, objetivos cantidades y estructura de cómo adquirir diversos bienes o contratar servicios. Describe el ámbito espacial donde deberán entregarse bienes o ejecutarse el servicio. Define el objetivo general y los objetivos específicos; Define los plazos de entrega. Detalla los requisitos técnicos que se deberán cumplir y tiempos mínimos para la adquisición de bienes o la contratación de servicios. Detalla los resultados esperados.

I. Términos de Referencia En los términos de referencia se detallan: Visión, objetivos, alcance y resultados (qué debe ser alcanzado). Componentes, roles y responsabilidades (quién tomará parte en ello). Recursos, finanzas y planificación de calidad (cómo será alcanzado). Desglose del trabajo y calendarización (cuando será alcanzado). Los términos de referencia conforman una especie de mapa. Dan un camino claro para el progreso, especificando qué necesita ser alcanzado, cómo, por quién y cuándo. Debe ser, entonces, una lista de resultados que concuerden con los requerimientos, alcance y limitaciones existentes.

II. Solicitud de Objeto El Objeto es la descripción detallada de los bienes, arrendamientos o servicios, así como los aspectos que la convocante considere necesarios para determinar el motivo y alcance de la contratación. La Solicitud de Objeto sirve para describir los servicios objeto del procedimiento de contratación, las especificaciones o datos técnicos de los mismos, así como la demás información considerada conveniente por el área requirente o el área técnica para explicar el objeto y alcance de la contratación, cuando se trata de estudios, análisis, asesorías o consultorías, lo cual se define a partir del objeto y la partida presupuestal que corresponda.

II. Solicitud de Objeto El Oficio de Erogación de Recursos aplicará solo en los casos contemplados dentro de las partidas 33104 correspondiente al concepto de “Otras Asesorías para la Operación de Programas” y la partida 33501 correspondiente al concepto de “Estudios e Investigaciones”. El oficio de solicitud que elabore el área requirente deberá contener: Fundamento Legal en el que sustenta la solicitud, conforme al art. 19 de la LAASSP. Partida presupuestal a afectarse Objeto de la contratación Monto de la contratación

Como se lleva a cabo la Investigación de Mercado III. Investigación de Mercado Previo al inicio de los procedimientos de contratación, el área requirente deberá realizar una investigación de mercado, de la cual se desprendan las condiciones que imperan en el mismo, respecto del bien, arrendamiento o servicio objeto de la contratación, a efecto de buscar las mejores condiciones para el Estado, el resultado de esta investigación deberá estar firmada por el titular del área requirente, con nivel jerárquico mínimo de Director de Área.   Como se lleva a cabo la Investigación de Mercado La investigación de mercado que realicen las áreas requirentes de la Comisión Nacional de Vivienda (CONAVI) deberá integrarse, de acuerdo a las características del bien o servicio a contratar, con información obtenida de cuando menos dos de las fuentes siguientes:

III. Investigación de Mercado a). La que se encuentre disponible en CompraNet; en el caso de que no se encuentre disponible, se deberá consultar la información histórica con la que cuente el área contratante u otras áreas contratantes de la dependencia o entidad de que se trate. b). La obtenida de organismos especializados; de cámaras, asociaciones o agrupaciones industriales, comerciales o de servicios, o bien de fabricantes, proveedores, distribuidores o comercializadores del ramo correspondiente, y c). La obtenida a través de páginas de Internet, por vía telefónica o por algún otro medio, siempre y cuando se lleve registro de los medios y de la información que permita su verificación.

Requisitos de la Investigación de Mercado III. Investigación de Mercado Requisitos de la Investigación de Mercado Determinar la existencia de oferta de bienes y servicios en la cantidad, calidad y oportunidad requeridas. Verificar la existencia de proveedores a nivel nacional o internacional con posibilidad de cumplir con las necesidades de contratación. Conocer el precio prevaleciente de los bienes, arrendamientos o servicios requeridos, al momento de llevar a cabo la investigación.

La Investigación de Mercado servirá para: III. Investigación de Mercado La Investigación de Mercado servirá para: Sustentar la procedencia de agrupar varios bienes o servicios en una sola partida. Acreditar la aceptabilidad del precio conforme al cual se realizará la contratación correspondiente. Establecer precios máximos de referencia de bienes, arrendamientos o servicios. Analizar la conveniencia de utilizar la modalidad de ofertas subsecuentes de descuento.

III. Investigación de Mercado Determinar si existen bienes o servicios alternativos o sustitutos técnicamente razonables. Elegir el procedimiento de contratación que podrá llevarse a cabo. Determinar la conveniencia de aplicar alguna de las reservas contenidas en los capítulos de compras del sector público de los Tratados en relación al precio, cantidad, calidad y oportunidad de la proveeduría nacional* Determinar la conveniencia de efectuar un procedimiento de contratación internacional abierta*

III. Investigación de Mercado NOTA: Para los procedimientos de contratación por adjudicación directa realizados al amparo del artículo 42 de la Ley, cuyo monto sea igual o superior al equivalente a trescientas veces el salario mínimo diario general vigente en el Distrito Federal, la investigación de mercado se podrá acreditar con al menos tres cotizaciones obtenidas dentro de los treinta días naturales previos a la contratación.

IV. Solicitud de Suficiencia Presupuestal Requisitos: Solicitud firmada por el titular del área requirente. Indicar el Objeto del Servicio Partida Presupuestal a afectar Monto de la Certificación presupuestal Periodo de la Contratación Modalidad de la Contratación (Licitación Pública, Invitación a Cuando Menos Tres Personas o Adjudicación Directa). Fecha de emisión de los documentos en oden cronológico.

V. Solicitud de Contratación Requisitos para la contratación de Personas Morales: Solicitud de suficiencia presupuestal del área requirente Suficiencia presupuestal emitida por la Dirección de Programación y Presupuesto. Dictamen técnico emitido por el área requirente Programa de trabajo emitido por el área requirente Términos de referencia emitidos por el área requirente Acta constitutiva de la empresa Copia de la identificación oficial del representante legal Instrumento notarial con el que se acredite su personalidad RFC de la empresa Curriculum Vitae con lista de principales clientes con número de teléfono y contacto.

V. Solicitud de Contratación. Comprobante de domicilio Estado de cuenta bancario que contenga la CLABE interbancaria. Escrito de Integridad, conforme al art. 39, fracción VI, inciso f, del Reglamento de la LAASSP. Escrito bajo protesta de decir verdad de que no se encuentra inhabilitado (Artículo 40 de la LFRASP). Escrito del profesional, manifestando que no se encuentra en ninguno de los supuestos del artículo 50 y 60 de la LAASSP. Escrito de manifestación conforme al artículo 34 del Reglamento de la Ley en donde determine su estratificación . Manifestación conforme al artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación. Garantía de cumplimiento

V. Solicitud de Contratación Requisitos para la contratación de Personas Físicas: Solicitud de suficiencia presupuestal del área requirente Suficiencia presupuestal emitida por la Dirección de Programación y Presupuesto. Dictamen técnico emitido por el área requirente Programa de trabajo emitido por el área requirente Términos de referencia emitidos por el área requirente Curriculum Vitae Copia de identificación oficial Copia del título, cédula profesional o constancia de nivel máximo de estudios. Inscripción y/o cédula de Identificación Fiscal (RFC) CURP Acta de Nacimiento

V. Solicitud de Contratación Comprobante de Domicilio Escrito de integridad, conforme al art. 39, fracción VI, Inciso f, del Reglamento de la LAASSP. Escrito bajo protesta de decir verdad que no se encuentra inhabilitado (Artículo 40 de la LFRASP). Escrito del profesional, manifestando que no se encuentra en ninguno de los supuestos del artículo 50 y 60 de la LAASSP. Escrito de manifestación conforme al artículo 34 del Reglamento de la Ley, en donde determine su estratificación. Manifestación conforme al artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación.

VI. Oficio de Erogación Cuando la CONAVI requiera contratar servicios de consultorías, asesorías, estudios e investigaciones, las áreas solicitantes previamente verificarán en sus archivos la existencia de trabajos sobre la materia de que se trate. En el supuesto de que se advierta la existencia de dichos trabajos y se compruebe que los mismos satisfacen los requerimientos de la CONAVI, no procederá la contratación, con excepción de aquellos trabajos necesarios para su adecuación, actualización o complemento.

VI. Oficio de Erogación. La erogación para la contratación de servicios de consultorías, asesorías, estudios e investigaciones, requerirá de la autorización escrita del Director General, así como del dictamen del área respectiva, de que no se cuenta con personal capacitado o disponible para su realización.

NOTA NOTA: Una vez concluida la prestación del servicio, el titular del Área requirente deberá emitir en un plazo máximo de veinte días naturales, contados a partir de la fecha en que se haya recibido satisfactoriamente, un informe al Director General de la CONAVI, en el que, con base en los entregables pactados en el contrato, se indique el resultado obtenido y la forma en que contribuyeron al logro del objetivo para el cual se realizó la contratación. Una copia de este informe se deberá remitir al órgano interno de control.

2. Comité de Adquisiciones I. Funciones del Comité de Adquisiciones. Para efectos del presente documento se enumeran las siguientes fracciones, con fundamento en el artículo 22 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, referente a las Funciones del Comité de Adquisiciones. Fracción II. Dictaminar previamente a la iniciación del procedimiento, sobre la procedencia de la excepción a la licitación pública por encontrarse en alguno de los supuestos a que se refieren las fracciones I, III, VIII, IX segundo párrafo, X, XIII, XIV, XV, XVI, XVII, XVIII y XIX del artículo 41 de esta Ley. Dicha función también podrá ser ejercida directamente por el titular de la dependencia o entidad, o aquel servidor público en quien éste delegue dicha función. En ningún caso la delegación

2. Comité de Adquisiciones podrá recaer en servidor público con nivel inferior al de director general en las dependencias o su equivalente en las entidades. Fracción VI. Elaborar y aprobar el manual de integración y funcionamiento del comité, en el cual se deberán considerar cuando menos las siguientes bases: a) Será presidido por el Oficial Mayor o equivalente; b) Los vocales titulares deberán tener un nivel jerárquico mínimo de director general o equivalente; c) El número total de miembros del Comité deberá ser impar, quienes invariablemente deberán emitir su voto en cada uno de los asuntos que se sometan a su consideración;

2. Comité de Adquisiciones d) El área jurídica y el órgano interno de control de la dependencia o entidad, deberán asistir a las sesiones del Comité, como asesor, con voz pero sin voto, debiendo pronunciarse de manera razonada en los asuntos que conozca el Comité. Los asesores titulares no podrán tener un nivel jerárquico inferior al de director general o equivalente, y e) El Comité deberá dictaminar en la misma sesión los asuntos que se presenten a su consideración; el Reglamento de esta Ley establecerá las bases conforme a las cuales los comités podrán de manera excepcional dictaminar los asuntos en una siguiente sesión. Los integrantes del Comité con derecho a voz y voto, así como los asesores del mismo, podrán designar por escrito a sus respectivos suplentes, los que no deberán tener un nivel jerárquico inferior a director de área.

2. Comité de Adquisiciones II. Solicitud de Excepción a la Licitación Pública. Las solicitudes de excepción a la licitación pública que se sometan al Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios, con fundamento en el artículo 71 del Reglamento de la LAASSP deberán contener como mínimo lo siguiente: a).- Descripción de los bienes o servicios objeto del procedimiento de contratación. b).- Las especificaciones o datos técnicos de los mismos, así como la demás información considerada conveniente por el área técnica, para explicar el objeto y alcance de la contratación. c).- Plazos y condiciones de entrega de los bienes o de prestación de los servicios. d).- El resultado de la investigación de mercado, que soporte el procedimiento de contratación propuesto.

2. Comité de Adquisiciones e).- El procedimiento de contratación propuesto, fundando el supuesto de excepción que resulte procedente para llevar a cabo la invitación a cuando menos tres personas o la adjudicación directa y motivando la propuesta mediante la descripción de manera clara de las razones en que se sustente la misma. f).- El monto estimado de la contratación y forma de pago propuesta. g).- En el caso de adjudicación directa, el nombre de la persona propuesta y sus datos generales, o tratándose de los procedimientos de invitación a cuando menos tres personas fundados en los supuestos a que se refiere el quinto párrafo del artículo 40 de la Ley, los nombres y datos generales de las personas que serán invitadas.

2. Comité de Adquisiciones h).- La acreditación del o los criterios a que se refiere el segundo párrafo del artículo 40 de la Ley de la materia, en que se funde y motive la selección del procedimiento de excepción, según las circunstancias que concurran en cada caso, y i).- El lugar y fecha de emisión. j).- Autorización de Suficiencia Presupuestal. k).- Para el caso de adquisición de bienes, la constancia de no existencia emitido por el almacén general. l).- En los supuestos previstos en las fracciones II, IV, V, VI, VII, IX, primer párrafo, XI, XII Y XX del artículo 41 de la Ley , en el documento que prevé este artículo se deberá adicionar un punto en el que se precise que quien lo suscriba dictamina como procedente la no celebración de la licitación pública y el procedimiento de contratación que se autoriza.

INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS 3. Licitación Pública e ITP I. Diferencias LICITACIÓN PÚBLICA INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS Mediante Convocatoria Pública, a través de CompraNet y simultáneamente en el Diario Oficial de la Federación. Se difundirá la invitación en CompraNet y en la página de Internet de la Dependencia o Entidad. Las Licitaciones Públicas podrán ser electrónicas, presenciales o mixtas y esto se considerará para los efectos del acto de presentación y apertura de proposiciones. El acto de presentación y apertura de proposiciones podrá hacerse sin la presencia de los correspondientes licitantes. Para llevar a cabo la adjudicación correspondiente, se deberá contar con cuando menos una propuesta susceptible de analizarse técnicamente. Para llevar a cabo la adjudicación correspondiente, se deberá contar con un mínimo de tres proposiciones susceptibles de analizarse técnicamente. El plazo para la presentación y apertura de proposiciones de las licitaciones internacionales no podrá ser inferior a veinte días naturales, contados a partir de la fecha de publicación de la convocatoria en CompraNet. En licitaciones nacionales el plazo será, cuando menos, de quince días naturales. Los plazos para la presentación de las proposiciones se fijarán para cada operación atendiendo al tipo de bienes, arrendamientos o servicios requeridos, así como a la complejidad para elaborar la proposición. Dicho plazo no podrá ser inferior a cinco días naturales a partir de que se entregó la última invitación.

3. Diferencias entre LPN e ITP Cabe hacer mención que en todo lo no contemplado en el cuadro anterior, se atenderá a las demás disposiciones de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios que resulten aplicables a la Licitación Pública, siendo optativo para la convocante la realización de la junta de aclaraciones. En el supuesto de que dos procedimientos de invitación a cuando menos tres personas hayan sido declarados desiertos o bien cuando éste derive de una licitación pública declarada desierta, el titular del área responsable de la contratación en la CONAVI podrá adjudicar directamente el contrato, siempre que se mantengan los requisitos establecidos como causas de desechamiento en el procedimiento anterior.

3. Diferencias entre LPN e ITP II. Cronograma de Responsabilidades CRONOGRAMA DE RESPONSABILIDADES DE LOS SERVIDORES PARA LICITACIONES E INVITACIONES A CUANDO MENOS TRES PERSONAS ACTIVIDAD RESPONSABLE DESARROLLO RESULTADO 1.- REVISIÓN DE BASES -AREA REQUIRENTE -AREA CONTRATANTE (CGAF ) -JURIDICO -OIC -EL área requirente envía por escrito los términos de referencia del trabajo a contratar y solicita la revisión de bases. -Una vez recibida la información, se invita en una fecha determinada a los vocales del Subcomité Revisor de Bases para el análisis de las mismas. Se tiene la convocatoria lista para publicar. 2.- PUBLICACIÓN Licitación Pública mediante el sistema COMPRANET. ITP, se envían las invitaciones a los potenciales proveedores. Y ambas se difunden en la página de la CONAVI. Se difunde la convocatoria de los servicios a contratar y se determina si la misma se llevara a cabo de forma presencial, electrónica o mixta. 3.- JUNTA DE ACLARACIONES - Dar contestación a las solicitudes de aclaración de los licitantes respecto de la convocatoria. Se emite el acta de junta de aclaraciones.

3. Diferencias entre LPN e ITP …continúa CRONOGRAMA DE RESPONSABILIDADES DE LOS SERVIDORES PARA LICITACIONES E INVITACIONES A CUANDO MENOS TRES PERSONAS ACTIVIDAD RESPONSABLE DESARROLLO RESULTADO 4.- PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPUESTAS -AREA REQUIRENTE -AREA CONTRATANTE (CGAF ) -JURIDICO -OIC Se realiza la recepción de las propuestas. Se realiza el acta de recepción y apertura de propuestas técnicas y económicas . 5.- EVALUACIÓN DE PROPUESTAS -AREA CONTRATANTE (CGAF ). - La evaluación técnica la realiza el área requirente. - La evaluación administrativa la realiza el área contratante (CGAF). Se realiza el cuadro técnico-administrativo de evaluación de propuestas. 6.- FALLO - AREA REQUIRENTE - En base a la evaluación técnica y administrativa se adjudica a quien haya cumplido con los requisitos de la convocatoria y reúna las mejores condiciones técnicas y económicas para el Estado. Se realiza el acta de fallo donde se adjudica el contrato. 7.- ADJUDICACIÓN DE CONTRATO - Una vez emitido el fallo se formaliza el contrato dentro de los 15 días naturales siguientes al de la notificación del fallo. Se formaliza el contrato dentro de los 15 días naturales después de emitido el fallo