Tema 4: El cheque y el pagaré.

Slides:



Advertisements
Presentaciones similares
EL PAGARE Concepto: Es un título de crédito que contiene la promesa incondicional del suscriptor de pagar una suma de dinero en lugar y época determinados,
Advertisements

EL VALE El vale es un título de crédito, por el cual la persona que lo firma se reconoce deudora de otra, por el valor de bienes entregados o servicios.
Clases de Cheques que circulan en Guatemala
LEY CAMBIARIA Y DEL CHEQUE
Letra de Cambio
GESTIÓN ADMINISTRATIVA
DERECHO ECONÓMICO INTERNACIONAL NATALIA PÉREZ BETANCUR 2011
Tema 9 Cheque y letra de cambio
Tema 9 Cheque y letra de cambio
Amaya Villota.IES LAZARO CARDENAS
4. TÍTULOS Y OPERACIONES DE CRÉDITO
México, D.F. a 9 de noviembre de Por esta única letra de cambio se servirá usted pagar incondicionalmente la cantidad de dos mil pesos a la orden.
PAPELES DE COMERCIO: CHEQUE- LETRA DE CAMBIO Y PAGARÈ
Por: Sara Montoya Giraldo Grado: 10 C
 Letra de Cambio.  Cheque.  Pagaré.
TITULOS VALORES DEFFINICIÓN: son documentos que contienen un derecho literal y autónomo; de carácter económico. Es decir, son documentos que se utilizan.
LOS DOCUMENTOS CAMBIARIOS
TITULOS VALORES EN COSTA RICA
Documentación contable II
LETRA DE CAMBIO.
EL CHEQUE Librador Librado Banco Tenedor Orden de pago Documento
Derecho Mercantil Instituto tecnológico de Lerma 6.4 El endoso
Por: Eúan Reyes Yudiana Concepción.
Los títulos de crédito Derecho Mercantil
Gestión Administrativa
CAJERO BANCARIO COMERCIAL
Clasificación Según su vinculación con la causa de creación
Tipos y características de instalaciones deportivas.
ADELANTE JUVENTUDES EL COMERCIO A CONQUISTAR
DE LA QUIEBRA(ley ) Qué es la quiebra? Principios de la quiebra
TIPOS DE CHEQUE Duberney meza marin.
INSTRUMENTOS DE COBRO Y PAGO
SOPORTES CONTABLES.
LETRA DE CAMBIO Las letras de cambio surgieron en Europa en la Edad Media como medios de pago más seguros que las monedas y los billetes. Fueron el.
Gestión administrativa
1 – El Cheque. 2 – El Recibo. 3 – Domiciliación Bancaria. 4 – Transferencia Bancaria. 5 – Tarjetas Débito y Crédito. 6 – La Letra de Cambio.
Camilo López Jiménez Sebastián Botero Gómez Alex Santa Pineda
JULIANA ARIAS ROJAS MARISOL ORTIZ TORO
Pagaré.
TITULOS VALORES CAMBIARIOS
TÍTULOS Y OPERACIONES DE CRÉDITO
LETRA DE CAMBIO DERECHO EMPRESARIAL
PAGARÉ El pagaré es un documento que consiste en la promesa pura y simple de pagar una determinada cantidad de dinero en un futuro a su legítimo tenedor.
TÍTULOS DE CRÉDITO Mtra. Candelaria Beatriz Arroyo Denis
pagaré Para que sirve? Que es? cuando se usa? como se usa?
El PAGARE DERECHO EMPRESARIAL
Alumnos: Hernández Rodríguez Herrera Pacheco Maldonado Noh
PAGARÉ Alumnas: Alegría Narváez Sandra Odimaris Cauich Puc Adriana
PAGARÉ Alumnas: Alegría Narváez Sandra Odimaris Cauich Puc Adriana
Pagarés y Cedulas Hipotecarias.
EL PAGARE.
Soportes de contabilidad
Catedrático: Emilio Balarezo Reyes
Personas que intervienen Modelo del Pagaré Colombiano
TITULOS DE CREDITO.
EL PAGARE Concepto: Es un título de crédito que contiene la promesa incondicional del suscriptor de pagar una suma de dinero en lugar y época determinados,
LETRA DE CAMBIO Es un título valor que se extiende por una persona (acreedor – librador) y recoge una obligación de pago aceptada por otra persona (deudor.
CUESTIONARIO INICIAL ¿Qué ventajas crees que tiene un empresario al efectuar sus pagos a crédito o aplazado en lugar de hacerlo al contado? ¿Qué departamento.
UD 2 MEDIOS DE COBRO Y PAGO 1.
Catedrático: Emilio Balarezo Reyes
Gestión administrativa
1 Economía y Gestión de Empresas CREDITO y SISTEMA FINANCIERO.
Lic. César Alejandro Meza Romero
Dr. Roberto E. Franco Zesati
DESCUENTOS. DESCUENTO Es la operación de adquirir, antes del vencimiento, valores generalmente endosables. Operación por la que un banco entrega al tenedor.
Cheque. Tal vez no hayas utilizado nunca una letra de cambio o un pagaré, pero seguramente has utilizado el cheque: DEFINICIÓN. Título de crédito en virtud.
GRADO 7° DORIS LÓPEZ PERALTA
LETRA DE CAMBIO.
Tema 4: La letra de cambio (1ª parte).
TITULOS DE CREDITO Artículo 5º de la Ley de títulos y operaciones de crédito: son títulos de crédito los documentos necesarios para ejercitar el derecho.
Transcripción de la presentación:

Tema 4: El cheque y el pagaré. Sumario: El cheque. Concepto, características y función económica. Diferencias con la letra de cambio. 1 El pagaré. Concepto y características. Diferencias con la letra de cambio. 2

Cheque. Art 185 LGTV Título valor que contiene un mandato incondicional de pago de una suma determinada de dinero, a cargo de un Banco (librado) y a favor del librador o de un tercero. Características: Es una orden de pago y pura y simple, no admitiendo condición alguna. Es una orden de pago a la vista, pues vence a su presentación. Es una orden de pago sobre fondos previamente disponibles en manos del librado. La función económica del cheque es sustituir el pago del numerario haciendo las veces de dinero efectivo, es un medio de pago.

Artículo 185.- El cheque es una orden incondicional de pago girada contra un Banco y pagadera a la vista. El cheque debe constar por escrito en una de las formulas suministradas por el Banco girado al cuenta-correntista y debe contener: a) Nombre del Banco girado; b) Lugar y fecha de la expedición; c) Nombre de la persona a cuya orden gira o mención de ser portador; d) Mandato puro y simple de pagan una suma determinada, la cual debe ser escrita en letras y también en cifras, o con maquina protectora; y e) Firma del girador, de su apoderado o de persona autorizada para firmar en su nombre.

Diferencias con la letra de cambio El cheque nace vencido lo que no ocurre con la letra. En el cheque el librado solo puede ser un banco. El cheque es un medio de pago mientras que la letra tiene otras funciones (crediticia y de garantía).

Pagaré. Título por el que una persona denominada firmante, se obliga a pagar a la orden de otra (tenedor) , una determinada cantidad de dinero. Características: Contiene una promesa de pago. El firmante queda obligado de igual manera que el aceptante de una letra de cambio.

Artículo 175.- El pagaré a la orden deberá contener: 1°-La denominación de pagaré a la orden escrita en el texto mismo y expresada en el idioma empleado en la redacción del título; 2°-La promesa incondicionada de pagar una cantidad determinada de dinero; 3°-La indicación del vencimiento; 4°-La indicación del lugar en que debe efectuarse el pago; 5º.-El nombre de la persona a quien o a la orden de quien debe hacerse el pago; 6°-La indicación de la fecha y del lugar en que se suscribe el pagare; y 7°-La firma de la persona que expide el pagaré (suscriptor), o de la persona que lo haga en su representación.

Diferencias con la letra de cambio La letra contiene una orden de pago, el pagaré es una promesa de pago. El suscriptor del pagaré es a la vez su aceptante y obligado al pago. En cuanto a los sujetos en la letra son tres (librador, tomador y librado), en el pagaré son dos (firmante y tenedor).