Unidad 8 - REGLAMENTO PROVISORIO (1817) - PRIMERAS CONSTITUCIONES

Slides:



Advertisements
Presentaciones similares
LA REVOLUCIÓN NORTEAMERICANA: LA INDEPENDENCIA DE LAS COLONIAS
Advertisements

DAVID LUNA - Representante a la Cámara por Bogotá
PRINCIPIOS CONSTITUCIONALES

"Argentina durante el período revolucionario"
LA CONSTITUCIÓN NACIONAL
INTEGRANTES: Karina Rojas
EL CONCEPTO DE CONSTITUCIÓN
9 de Julio de 1816: Declaración de la Independencia argentina
Poderes Federativos Por: Ale Martínez Olvera
CONSTITUCIÓN POLÍTICA
El Año XIII La Definición ideológica del Artiguismo
9 DE JULIO DE 1816 declaración de la independencia
ESCUELA DE EDUCACIÓN MEDIA Nº 209
ORGANIZACIÓN POLÍTICA Y TERRITORIAL DE ESPAÑA
EL ESTADO PERUANO INTRODUCCIÓN AL DERECHO
INDEPENDENCIA ARGENTINA
Derecho Publico Provincial
DERECHO CONSTITUCIONAL II
Congreso de Chilpancingo
Las Constituciones políticas
Estructura política Estado
Constitución de 1917.
Derecho Constitucional Mexicano
CONSTITUCIÓN POLÍTICA COLOMBIANA
Discurso ante la Sociedad Patriótica No es que hay dos Congresos. ¿Cómo fomentarán el cisma los que conocen más la necesidad de la unión? Lo que queremos.
REVOLUCIONES BURGUESAS
EL DERECHO SOCIEDAD Y DERECHO:
Facultades del los Poderes de la Unión El Poder Legislativo Federal, El Poder Legislativo Federal, entre sus funciones está el aprobar, reformar y derogar.
Independencia de Uruguay
LA CONSTITUCIÓN DE 1824.
Historia, Política Gobierno
EL FIN DEL ANTIGUO RÉGIMEN
PARTICIPACIÓN Y CIUDADANÍA DEMOCRÁTRICA
LOS PILARES DEL GOBIERNO DEMOCRATICO
UNIDAD 8 Poder Ejecutivo. Antecedentes  Organización:  En el orden nacional: colegiado- Primera Junta, Junta Grande, Primer y Segundo Triunvirato. 
La Independencia de Estados Unidos
Tema 9. La crisis del Antiguo Régimen.
Prof. Aleyda Amakara Leyva Chévez
DERECHO PUBLICO PROVINCIAL Y MUNICIPAL UNIDAD 2. El Estado Provincial Elementos: Elementos: Población: no hay rasgos que individualiza al pueblo de una.
LOS DÍAS DE LA independencia
Las ideas políticas de Artigas.
El Sistema Político Federal y el Orden Político-Jurídico
PPT 04 INTRODUCCIÓN TEORÍA POLÍTICA BASES DE LA INSTITUCIONALIDAD
CONSTITUCIÓN DE 1823.
LA REVOLUCIÓN ORIENTAL.
PERÍODO DE ORGANZACIÓN NACIONAL
Unidad 3 Derecho Publico Provincial y Municipal. Constituciones anteriores a la organización nacional Formación y organización de los Estados miembros.
DÍA DE LA CONSTITUCION NACIONAL
COLEGIO CIENTÍFICO COSTARRICENSE. PROFESOR: EDDIE SOTO NÚÑEZ.
T3. LOS ESTADOS DEL MUNDO. 3º ESO. 1.EL ESTADO: DEFINICIÓN Y COMPONENTES Unidad política y administrativa que rige un territorio y a cuya autoridad están.
- Buena técnica jurídica (ppios filosóficos) - (excesivamente téorica). Progreso para la época (antecedente importante Constituyentes..1826,1853) - Intento.
Congreso constituyente 1824/1827
DERECHO CONSTITUCIONAL
Unidad 9 Epoca patria ( ).
Con musica: Himno Nacional Argentino Si quieres bajar algunos de mis archivos ya enviados, lo podes hacer en:
 José Artigas no sólo se destacó como el principal dirigente de la Revolución Oriental de 1811 sino también por sus ideas políticas, económicas y sociales.
Época constitucional.  Caída de Rosas -(1850) debilitam.interno/externo -decreto de renuncia encargo RREE - Urquiza gob. E.RIOS, derrocam. R ( económico:
Independencia de Chile y Argentina
Proceso de Creación Normativo- COLOMBIA-
El Estado Peruano y la Jerarquización de las Nomas Legales
SEXENIO REVOLUCIONARIO
DIVISIÓN DE PODERES EN LOS ESTADOS DEMOCRÁTICOS
La Independencia en construcción
División de poderes en los estados democráticos
El acta de la Independencia de las Provincias Unidas en Sud América
El Estado y la Administración
LA INDEPENDENCIA DE CHILE UN PROCESO HISTÓRICO FUNDAMENTAL DE NUESTRA HISTORIA. MATERIAL DE APOYO UNIDAD 1 SEXTO BÁSICO. PROFESORA TATIANA SANTIC CONTRERAS.
República: División de poderes Por: Fazzito Fiorella, Galván Daiana, Posse Joaquín y Rodríguez Sebastián. Año y curso: 2º4ª Colegio: E.E.M 1º DE 16 “ Rodolfo.
Acuerdos: son compromisos entre las personas o grupos. Normas: Reglas que deben respetarse. Las leyes: son las normas de tipo jurídico. La vida social.
Transcripción de la presentación:

Unidad 8 - REGLAMENTO PROVISORIO (1817) - PRIMERAS CONSTITUCIONES - CONGRESO TUCUMAN (1816) - REGLAMENTO PROVISORIO (1817) - PRIMERAS CONSTITUCIONES

CONGRESO DE TUCUMAN (1816)

Antecedentes y contexto: Congreso de TUCUMAN Antecedentes y contexto: ESTATUTO 1815, art. 30 (para CN) Momento crítico: focos realistas rebeldes distanciam. con Bs As. Salta, Tucuman, Cba, Cuyo litoral (E. Rios, Ctes, Sta Fe, con Artigas) Inicia sesiones: 24/03/1816. Presidente Congreso MEDRANO Congresales de CASI TODAS actuales provincias excepto Corrientes, Entre Rios, Santa Fe y Banda Oriental (diputados de territorios que hoy no son Arg.)

Como primer asunto a tratar: LIBERTAD E INDEPENDENCIA Sesión del 9 de julio de 1816 Como primer asunto a tratar: LIBERTAD E INDEPENDENCIA - a votación, por unanimidad -Principio de soberanía, única e indivisible

Declaracion de independencia "Nos los representantes de las Provincias Unidas en Sud América, reunidos en congreso general, invocando al Eterno que preside el universo, en nombre y por la autoridad de los pueblos que representamos, protestando al Cielo, a las naciones y hombres todos del globo la justicia que regla nuestros votos: declaramos solemnemente a la faz de la tierra, que es voluntad unánime e indubitable de estas Provincias romper los violentos vínculos que los ligaban a los reyes de España, recuperar los derechos de que fueron despojados, e investirse del alto carácter de una nación libre e independiente del rey Fernando séptimo, sus sucesores y metrópoli. Quedan en consecuencia de hecho y de derecho con amplio y pleno poder para darse las formas que exija la justicia, e impere el cúmulo de sus actuales circunstancias. Todas, y cada una de ellas, así lo publican, declaran y ratifican comprometiéndose por nuestro medio al cumplimiento y sostén de esta su voluntad, baxo el seguro y garantía de sus vidas haberes y fama. Comuníquese a quienes corresponda para su publicación. ….” ("...y toda otra dominación extranjera“ -19/07/Portugal)

Congreso tucuman 1816 Eligen a J.M. de Pueyrredón DIRECTOR SUPREMO PE: sobre la concepción republicana sea org.colegiado (juntas-triunv) org.unipersonal (directorio) 25/07/1816: insignia CELESTE Y BLANCA Crear una nación (org.territ, politica). Asumir soberanía. Contenido jco. a la Revolución 1810 Forma definitiva de gobierno y CN

Formas de gobierno- debates MONARQUIA FUERTE TENDENCIA (POLITICA DE CENTRALIZACION Y UNITARISMO VS. FEDERALISMO REPUBLICANO) No preparados (vacilaciones) para gobierno republicano Dificultades en la “federación de las provincias” (diferencias) Monarquía facilitaría reconocimiento de la independencia (Europa) Avances realistas- perdida apoyo británico . Fin anarquías. Factor $$$ -BELGRANO: CONGRESISTAS: FORMAS DE GOBIERNO EUROPEAS (restauracion) (MONARQUIAS ATEMPERADAS) DESCENDIENTE MONARQUIA INCAS MONARQUIA CONSTITUCIONAL DE GOBIERNO CANDIDATURA DE UN PRINCIPE PORTUGUES CANDIDATURAS DE CORTES EUROPEAS.

Formas de gobierno- debates REPUBLICA ideas SIGLO xviii. Base igualdad, soberania, periodicidad, representacion, responsabilidad division de poderes (y controles recíprocos) poder ejecutivo poder legislativo poder judicial

Poder legislativo -función legislativa (sanción leyes, creación de impuestos, declarar guerra) JUNTA GUBERNATIVA patria, también Asambleas y Congresos Constituyentes (1813/1815 y 1816/1820 y 1824/1827) Como “Poder”, previsto en Reglamento 1811 y CN 1819 y 1826 DOS CAMARAS DIPUTADOS: proporc.habitantes SENADORES: por pcia.

Poder ejecutivo ESTATUTO 1813: Director Provisional Permanente y reforzado autoridad. Preeminencia “toda acción de gobierno, rápida, sin trabas” REGLAM 1811: indepen/ Triunvirato (desig x Jta Conservadora) ESTATUTO 1813: Director Provisional ESTATUTO 1815: Director del Estado REGLAM 1817: regula precisa atribuc. CN 1819-1826: PE unipersonal “Presidente” 5 años. Administracion general del pais

misiones diplomaticas

1816/1817: invasión banda oriental Temor por ataque exterior en resto provincias Deseo de consolidar orden interno Manuel García: tratado de paz con PORTUGAL -pacto reconoc.independencia y no ataque a Pcias Unidas. Auxilio si España atacara - retirar tropas en socorro de Artigas - admitir como linea divisoria Rio Uruguay (entre Brasil y Pcias Unidas)

Consecuencias tratado Llevaba a la GUERRA (coadyuvando con portugueses) a 4 provincias del LITORAL Aprobado por el Congreso. NO RATIFICADO por Brasil (política expectante) AFORTUNADAMENTE…. Quebró la fuerza invasora y tras batallas,1825, anexa BANDA ORIENTAL a PCIAS UNIDAS

2) Reglamento provisorio 1817

Reglamento provisorio CONTEXTO: - avance realista en el Norte - discrepancia entre caudillos - invasión portuguesa - la asamblea Tucumán, a Bs. As. Asegurar orden interior. Sesgo UNITARIO. Extenso Tomado ESTATUTO 1815. Rige hasta sanción CN 1819

SECCION 1: derechos y deberes habitantes SECCION 2: PL: reside originariamente NACION SECCION 3: PE: Director del Estado (desig.Congreso hasta sanción CN) SECCION 4: PJ: independiente SECCION 5: Elección gobernadores: DIRECTOR de las listas elegidas dentro o fuera de la pcia. Simples entidades admin. Sin auton, soberania SECCION 7: seg individual y libertad de imprenta