La Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad

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Transcripción de la presentación:

La Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad Una valiosa herramienta para aprender a usar

Parte 1: ¿Cómo fue construida?

Primer impulso Reunión de expertos en discapacidad, en Suecia, en 1987, deciden impulsar convención en la ONU. Falta de apoyo en ONU impidió que avanzara propuesta. Solución intermedia: Se acordó en la ONU elaborar un instrumento internacional de otro tipo. Así surgieron las Normas Uniformes en 1993. Fruto de una reunión de expertos, que se realizó en Suecia en 1987, que analizaba el Programa de Acción Mundial para los Impedidos surgió la idea de impulsar un convención internacional. Rita Saule de Italia y Barbra Carlsson de Suecia la propusieron y fueron apoyadas por sus gobiernos. Esta reunión recomendó a la Asamblea General de la ONU, la convocatoria de una conferencia especial a fin de redactar la convención. Italia y Suecia trabajaron en la iniciativa, pero no encontraron la respuesta deseada ya que muchos países no estaban de acuerdo.

Ahora si pegó Propuesta mexicana. México propuso abrir un proceso en la ONU para una convención en la Cumbre contra el Racismo (Durban, Sudáfrica), en agosto-setiembre, 2001. Campaña internacional. El IID conoció de los esfuerzos de México en la ONU en octubre, 2001 y realizó una campaña internacional apoyando la propuesta de México. Muchas organizaciones de PcD actuaron sobre sus gobiernos a favor de esta propuesta.

Ahora si pegó Punto de partida. Gracias a todos estos esfuerzos, la Asamblea General de la ONU aprobó el 19 de diciembre del 2001, la resolución 56/ 168 que creó el Comité Ad Hoc y abrió el proceso.

El Comité Ad Hoc Comité abierto. Fue un comité formado por todos los países que desearan participar, como miembros plenos, con voz y voto. Invitados con voz. Organizaciones de PcD, ONG y organismos especializados de ONU (como OMS, OIT, UNICEF, etc.)

Papel clave de organizaciones La sociedad civil jugó un rol fundamental en todo el proceso de la convención, dándole vida a la consigna: “Nada acerca de nosotros, sin nosotros”. Don Mackay, Presidente del Comité Ad Hoc: El 70 % de ese tratado es fruto de la sociedad civil. La sociedad civil ha jugado un rol fundamental en este proceso, que se refleja en la fuerza política de su impulso y en la pertinencia técnica de sus contribuciones (”Nada acerca de nosotros, sin nosotros”). Sin su madura intervención y fundamentados aportes no se hubiera logrado el texto de Convención, que se logró. Don Mackay, Presidente del Comité Ad Hoc, ha dicho que el 70 % de ese texto es fruto de la sociedad civil. El Caucus Internacional sobre Discapacidad jugó un rol de coordinación e incidencia, eficiente y eficaz, que democratizó –de manera inédita en Naciones Unidas– este tipo de procesos. Cabe también subrayar el positivo papel de las personas con discapacidad que se integraron y aportaron a las delegaciones oficiales de países en el Comité Especial.

Papel clave de organizaciones El Caucus Internacional sobre Discapacidad jugó un rol clave, con su fuerte trabajo de incidencia, basado en la unidad y en la propuesta seria. También PcD que se integraron a delegaciones de Estados jugaron papel positivo.

El Caucus, protagonista

El Proyecto Sur Esfuerzo exitoso de Handicap Internacional y el IID que permitió movilizar a 30 personas de 20 países en la VII Reunión del Comité Ad Hoc, y 40 personas de 22 países, en la VIII reunión.. Objetivo: Movilizar a Nueva York, a la negociación del tratado, a líderes con discapacidad de países del sur para que aprendieran del proceso y para desarrollar acciones de incidencia, que expresaran la situación y aspiraciones de las PcD de los países pobres. Importante logro. El Proyecto Sur realizó un intenso y eficaz esfuerzo de incidencia en estrecha coordinación con el Caucus Internacional sobre Discapacidad.

Aprobación y firma El 13 de diciembre del 2006, la Asamblea General de la ONU aprobó, por consenso, la Convención. El 30 de marzo del 2007. Al firmar la Convención y el Protocolo Facultativo, los países se vuelven signatarios. 82 países firmaron la Convención, Jamaica también la ratificó y 45 firmaron el Protocolo Facultativo. Cuando un país firma un tratado de derechos humanos, como la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, asume el compromiso de no hacer nada que afecte los propósitos y disposiciones contenidas en el tratado que suscribe. Es cuando lo ratifica que se convierte en Estado parte y está obligado a cumplir lo dispuesto en tratado.

Aprobación y firma Actualmente, 153 países ya firmaron la Convención (más del 60 % del total de 192 países) y 90, el Protocolo Facultativo. Ya ratificaron 118 países la Convención y 67 el Protocolo Opcional. La Convención entro en vigor cuando 20 países la ratificaron y el protocolo opcional requirió de la ratificación de 10 países. La Convención y el Protocolo Facultativo entraron en vigor el 3 de mayo de 2008

Status de la Convención

Parte 2) Examen general del tratado

Convención necesaria porque.. 1000 millones de PcD, enfrentan situaciones de subestimación social, discriminación y exclusión; es decir múltiples violaciones de derechos humanos. en los países pobres, donde vive el 80 % de las PcD, el 82 % vive en duras condiciones de pobreza y extrema pobreza. con los otros instrumentos internacionales de DDHH existentes, la situación no ha cambiado.

Producto político El texto de Convención al que se llegó es el resultado de una negociación entre países con distintos niveles de desarrollo, diversos intereses económicos y políticos, distintos sistema jurídicos, distintas culturas y costumbres, etc., en el cual incidió, fuertemente, la sociedad civil, particularmente, las organizaciones de personas con discapacidad. Es una buen tratado, que debemos convertir en una herramienta útil.

¿Quiénes son las PcD? Las personas con discapacidad incluyen a aquellas que tengan deficiencias físicas, mentales, intelectuales o sensoriales a largo plazo, que, al interactuar con diversas barreras, puedan impedir su participación plena y efectiva en la sociedad, en igualdad de condiciones con las demás. (Convención ONU, artículo 1)

Cambio de paradigma La DISCAPACIDAD es un producto social, producto de la relación de la persona con deficiencia con el entorno discapacitante. Eliminar barreras/ crear accesibilidad. Al Estado a quien corresponde, principalmente, la creación de las condiciones adecuadas para que las PcD participen en la sociedad, sean incluidas en ella y gocen de los derechos humanos en igualdad con los demás.

Principios Ese cambio de paradigma se refleja en los principios sobre los que está construida la Convención: Dignidad, autonomía e independencia. No discriminación. Participación e inclusión plenas y efectivas en la sociedad. El respeto a la diferencia y la aceptación de la deficiencia como parte de la diversidad y condición humanas.

Principios La igualdad de oportunidades. La accesibilidad. La Igualdad entre el hombre y la mujer. El respeto de la evolución de las facultades de los niños y las niñas y su derecho a preservar su identidad.

Características de la Convención Con la convención no se crean nuevos y especiales derechos para las personas con discapacidad. No existe, por ejemplo: Un derecho a la accesibilidad. La convención es un instrumento facilitador para el ejercicio y disfrute de los derechos reconocidos en el sistema universal, para que las personas con discapacidad los disfruten, plenamente, en igualdad con las demás personas. Es una especie de “rampa” para alcanzar tales derechos.

La convención es un tratado de: No discriminación, Derechos Humanos y Desarrollo Social.

¿Cómo estás construida la convención? Preámbulo y 50 artículos. Preámbulo: sus contenidos no son vinculantes o sea que no son normas para que cumplan los Estados. El preámbulo sirve: -Justificar el por qué del tratado. -Establece relación con otros tratados de DDHH. -Para ayudar a interpretar sus disposiciones.

Cuerpo del tratado: 50 artículos Disposiciones generales: Propósito, Definiciones, Principios generales, Obligaciones generales de los Estados. Artículos sobre grupos específicos: Mujeres y Niñas y niños con discapacidad, Situaciones de riesgo y emergencias humanitarias. Artículos potenciadores o facilitadores generales: Toma de conciencia, Accesibilidad, Recopilación y datos estadísticos y Cooperación Internacional.

Cuerpo del tratado: 50 artículos Conjunto de derechos reconocidos/ 26 artículos (parte sustantiva): -Civiles y Políticos (DCyP) y -Económicos, Sociales y Culturales (DESOC). Mecanismos de Monitoreo (nacionales e internacionales): Para velar por el cumplimiento de lo dispuesto en el tratado. Están incluidos en los artículos que van del 33 al 40. Disposiciones administrativas: Del artículo 41 hasta el 50, la Convención incluye una serie de artículos que podríamos considerar “administrativos” del tratado, que tienen que ver con depósito, firma, entrada en vigor, reservas, enmiendas, denuncias, etc.

Derechos civiles y políticos Su fin es la protección del ser humano, considerado individualmente, contra cualquier agresión o abuso de algún órgano público. Los derechos civiles y políticos son de aplicación inmediata; por lo tanto pueden ser reclamados en todo momento y en cualquier lugar.

Lista de DC y P en la convención -Artículo 5/ Igualdad y no discriminación, -Artículo 10/ Derecho a la vida, -Artículo 12/ Igual reconocimiento como persona ante la ley, -Artículo 13/ Acceso a la justicia,

Lista de DC y P en la convención -Artículo 14/ Libertad y seguridad de la persona, -Artículo 15/ Derecho a no ser sometido a torturas y otros tratos o penas, crueles, inhumanos o degradantes -Artículo 16/ Protección contra la explotación, la violencia y los abusos,

Lista de DC y P en la convención -Artículo 17/ Protección de la integridad personal, -Artículo 18/ Libertad de desplazamiento y nacionalidad, -Artículo 19/ Derecho a vivir en forma independiente y a ser incluido en la comunidad, -Artículo 20/ Movilidad personal,

Lista de DC y P en la convención -Artículo 21/ Libertad de expresión y opinión, y acceso a la información, -Artículo 22/ Respeto a la privacidad, -Artículo 23/ Respeto del hogar y de la familia, y -Artículo 29/Participación en la vida política y pública.

Derechos económicos, sociales y culturales Objetivo fundamental: garantizar el desarrollo pleno de los seres humanos, por medio del bienestar económico, el acceso al trabajo, a la educación, a la salud y a la cultura. Son derechos sociales o colectivos porque estos derechos benefician a grupos de seres humanos, no a uno en particular. Los DESOC se consideran derechos de aplicación progresiva porque su aplicación se condiciona al desarrollo alcanzado y la disponibilidad de recursos del Estado. Sin embargo, el disfrute pleno para las PcD de una serie de derechos civiles y políticos es casi imposible que se logre sin el respeto de los DESOC.

Lista de DESOC en la convención Artículo 24/ Educación, Artículo 25/ Salud, Artículo 26/ Habilitación y rehabilitación (no es derecho, sino establece obligaciones de los Estados), Artículo 27/ Trabajo y empleo

Lista de DESOC en la convención Artículo 28/ Nivel de vida adecuado y protección social, Artículo 30/ Participación en la vida cultural, las actividades recreativas, el esparcimiento y el deporte

Protocolo facultativo Junto a la Convención se aprobó el Protocolo Facultativo u opcional, que permite a personas o grupos de personas, presentar denuncias de violaciones de derechos contenidos en la convención. Cuando se constituya el Comité de esta convención, será donde se examinen tales denuncias. El protocolo puede ser adoptado o no por los Estados, de manera independiente de la Convención.