Implementación de los Principios Básicos de Seguros en Panamá

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Transcripción de la presentación:

Implementación de los Principios Básicos de Seguros en Panamá Lic. Ricardo E. García P. Superintendente de Seguros y Reaseguros Abril de 2006

Bases Legales de la Supervisión de Seguros en Panamá Ley No. 59 de 29 de julio de 1996 “Por la cual se reglamentan las entidades aseguradoras, administrativas de empresas y corredores de seguros o ajustadores de seguros; y la profesión de corredor o productor de seguros. Ley No. 60 de 29 de julio de 1996 “Por la cual se regulan las operaciones de las aseguradoras cautivas”. Ley No. 63 de 19 de septiembre de 1996 “Por la cual se regulan las operaciones de reaseguros y las de las empresas dedicadas a esta actividad”.

Mercado Asegurador en Panamá 18 Compañías de Seguros. 14 Compañías de Reaseguros. 2 Aseguradoras Cautivas. 3 Compañías de Corretaje de Reaseguros. 2 Administradoras de Cartera de Corredores de Seguros. 4 Administradoras de Aseguradoras Cautivas. 276 Licencias de Corredores de Seguros (Persona Jurídica). 1,753 Licencias de Corredores de Seguros (Persona Natural). 224 Permisos provisionales para Corredores de Seguros (Ramo Vida). 19 Ajustadores de Seguros y/o Inspectores de Averías (Persona Jurídica). 4 Ajustadores de Seguros y/o Inspectores de Averías (Persona Natural).

Mercado Asegurador en Panamá El sector asegurador en Panamá experimentó un crecimiento en el 2005 de 1.93%, alcanzando US$430 Millones en la suscripción de primas. De las primas suscritas en el 2005, el ramo de personas representa el 53.8%, los ramos generales 41.9% y las fianzas 4.3%. En el ramo de personas, la cartera de Salud fue la cobertura con mayor incremento de 10.44% en comparación con el ejercicio del año anterior, con un total de primas suscritas de US$71,294,301.33. En los ramos generales, las carteras con mayor actividad durante el 2005 fueron: Casco (Marítimo y Avión) con un crecimiento de 26.50%; Otros con un aumento de 25.32% y Fianzas con un 14.99%. La distribución del volumen de primas del sector asegurador mostró que 5 empresas de las 18 dominan un 71.6% el mercado panameño.

Parcialmente Observado Acciones de Cumplimiento PBS 1: Supervisión de seguros efectiva. PBS 3: Autoridad Supervisora PBS 4: Proceso de Supervisión. Situación Actual La Superintendencia está adscrita al Ministerio de Comercio e Industrias. Las resoluciones del Superintendente pueden ser apeladas ante el Consejo Técnico de Seguros (CTS) o a la Comisión Nacional de Reaseguros (CNR), sin embargo por tener estas instancias representan conflictos de interés en la toma de decisiones. El marco legislativo para la supervisión de seguros es débil. Los salarios del personal son significativamente bajos. Otros recursos en el SSRP son limitados. Se hace difícil que las autoridades puedan supervisar las actividades de reaseguro, valoración de activos y provisiones técnicas, evaluación y supervisión consolidada de aseguradores que pertenecen a los mismos grupos económicos. Evaluación Parcialmente Observado Acciones de Cumplimiento Se está desarrollando una nueva ley de seguros que aglutina reaseguro y operaciones de seguros cautivos. Otorgará autonomía real a la Superintendencia, que permitirá tener un ente supervisor independiente con su propio presupuesto, mayor personal y más poder para conducir sus operaciones.

PBS 5: Cooperación en la supervisión e intercambio de información Situación Actual En mayo de 2005, la Superintendencia de Seguros firmó un Memorando de Entendimiento con la Superintendencia de Bancos y la Comisión Nacional de Valores. El objetivo principial del acuerdo es de fortalecer y promover la cooperación entre los supervisores de las empresas del sector financiero panameño, así como compartir información relevante para una mejor supervisión finaciera o de los grupos económicos. Este acuerdo contempla confidencialidad en el tratamiento de la información. La Superintendencia no ha suscrito Memorando de Entendimiento con otros supervisores de seguros de otros países y la ley actual no reglamenta nada sobre el tema. Evaluación Parcialmente Observado Acciones de Cumplimiento La nueva ley le otorga funciones al Superintendente de celebrar convenios, acuerdos de cooperación e intercambios de información con otros organismos nacionales e internacionales.

PBS 6: Autorización PBS 8: Cambios en el control accionario Situación Actual Las solicitudes para operar como compañías de seguros o reaseguros son revisadas por la Superintendencia y posteriormente aprobadas por el CTS o la CNR, según el caso. Las licencias para vender en el ramo de vida, ramos generales y fianzas son dadas por separado, sin embargo, las compañías de seguros pueden funcionar en todos los ramos, inclusive en reaseguro. El término “control” no está definido en la legislación y los cambios de accionistas o los miembros de la junta directiva deben ser informados a la institución 30 días después de que estos cambios ocurren. En cuanto a las transferencias de cartera, la ley requiere la aprobación previa del CTS para que los aseguradores transfieran todo o cualquier parte de su negocio. Evaluación Parcialmente Observado Acciones de Cumplimiento La nueva ley incluirá una descripción de personas que pueden no ser accionistas, directores o gerentes de alto rango, y requieren que cualquier transferencia que implique más del 10% de las acciones en circulación totales, deberá ser informada antes de que se dé el cambio.

PBS 9: Gobierno Corporativo PBS 10: Control interno Situación Actual La ley actual de seguros no impone ninguna exigencia para el cumplimiento de gobierno corporativo, y por ende, no se verifica la conformidad con principios de forma de gobierno corporativos. La ley tampoco dispone responsabilidades a los miembros de la junta directiva, ni de la gerencia principal. La Superintendencia no regula ni fiscaliza la organización interna de las compañías. Evaluación No Observado Acciones de Cumplimiento El borrador del nuevo marco legal incluye un capítulo específico que encomienda la administración de la compañía de seguros y reaseguros a un consejo de administración. Se incluye la figura del oficial de cumplimiento, así como la conformación de comités consultivos y la forma cómo debe ser designado el gerente general.

PBS 11: Análisis de Mercado Situación Actual Los honorarios de los corredores de seguros y las comisiones no son reveladas al público en general. La actividad de los agentes o fuerzas de ventas de las compañías no está regulada por la Ley. La SSRP supervisa márgenes de solvencia, reservas técnicas e inversiones en una forma regular. El análisis es hecho cada trimestre y se toman medidas si hay incumplimiento. No existe una supervisión anticipada sobre los indicadores financieros de las compañías. Alguna información estadística del mercado entero es publicada por la Superintendencia y por la Asociación Panameña de Aseguradores. Evaluación Parcialmente Observado Acciones de Cumplimiento El nuevo marco legal establece parámetros claros y específicos de transparencia. Protege la idoneidad de los corredores de seguros, al establecer nuevos parámetros de responsabilidad y regulación para otros intermediarios en la venta y comercialización de seguros.

PBS 13: Visitas de inspección (In-situ) Situación Actual La ley le permite a la Superintendencia conducir inspecciones in-situ. Hay actualmente cuatro auditores que trabajan para la Superintendencia. Esto representa una limitada capacidad para supervisar todas las compañías de seguros. Las inspecciones se concentran sólo en aspectos financieros y no en otros factores más amplios de la administración. Evaluación Parcialmente Observado Acciones de Cumplimiento El nuevo marco legal amplía el alcance de estas inspecciones para incluir la revisión de reservas técnicas, mandos internos, sistemas de administración de riesgo y medidas anti lavado de dinero. Otorga también la autonomía financiera para contar con mayor personal fiscalizador.

PBS 15: Medidas de Cumplimiento o Sanciones Situación Actual Las leyes de seguros y reaseguros incluyen un capítulo de sanciones que puede ser impuestas a todas las entidades supervisadas, incluso al personal de la Superintendencia que revele la información confidencial sobre las entidades supervisadas. El monto de las multas es revelada así como las acciones que las provocan. Las sanciones y multas pueden ser impuestas a individuos o entidades que realicen operaciones de seguros y reaseguros sin licencia, y también a las personas no autorizadas que funjan como corredores de seguros. La Superintendencia tiene el poder de revocar una licencia de compañía de seguros o reaseguros, o anular temporalmente o revocar completamente una licencia de corredor de seguros. Evaluación Parcialmente Observado Acciones de Cumplimiento El nuevo marco legal impone mayores sanciones administrativas y multas a los supervisados, en el cual se ha tenido mucho cuidado de delimitar el marco sancionatorio, definiendo la naturaleza de las sanciones y el mínimo y máximo de las mismas.

PBS 17: Supervisión de Grupo Situación Actual La Superintendencia tiene autoridad para supervisar sólo a las compañías de seguros, reaseguros y aseguradoras cautivas. La Ley no incluye ninguna disposición de supervisar o fiscalizar en base al grupo económico al cual pertenece la compañía. Evaluación No Observado Acciones de Cumplimiento El nuevo marco legal establecer las operaciones y transacciones prohibidas que puedan realizar las compañías de seguros y reaseguros con partes relacionadas o con empresas del mismo grupo económico.

PBS 18: Evaluación y Administración de riesgos Situación Actual Las Leyes de seguro y reaseguro no requiere que las compañías tengan políticas de administración de riesgos, en base al tamaño de la compañía. Evaluación No Observado Acciones de Cumplimiento El nuevo marco legal establece que el consejo de administración establezca políticas y normas sobre administración de riesgos.

PBS 20: Pasivos PBS 21: Inversiones Situación Actual El cálculo de margen de solvencia mínimo requerido así como el de las reservas técnicas y matemáticas data de 1996. Las leyes de seguros y reaseguros especifican que el 75% de las inversiones de las compañías que cubren las reservas técnicas deben estar localizadas en Panamá y el resto puede ser invertido en el exterior. La Superintendencia no requiere que las compañías de seguros y reaseguros tengan una política de inversión estratégica aprobada previamente por sus juntas directivas, ni requiere que tengan sistemas de administración de riesgos apropiados. Evaluación Parcialmente Observado Acciones de Cumplimiento Ajusta el tema de las reservas técnicas de las compañías de seguros y reaseguros a los principios, estándares y normas de contabilidad internacionalmente aceptados en materia financiera y de seguros. Se incluye dentro de las funciones del consejo de administración la definición y aprobación de políticas y normas sobre inversiones.

PBS 28: Combate al lavado de dinero y financiamiento al terrorismo PBS 28: Combate al lavado de dinero y financiamiento al terrorismo. (CLD/CFT) Situación Actual Los auditores de la Superintendencia se concentran, de acuerdo al contrato de seguros, a exigir un reporte de transacciones en efectivo y cuasi-efectivo. El alcance limitado de las inspecciones dentro del área CLD/CFT también se debe a la falta de un manual de supervisión en el tema, para concentrarse correctamente en los riesgos y actividades que podrían ocurrir en la industria de seguros. Actualmente un grupo de trabajo está elaborando dos manuales: uno de supervisión CLD/CFT para la Superintendencia y otro de Cumplimiento CLD/CFT para las compañías de seguros, reaseguros e intermediarios. Evaluación Parcialmente Observado Acciones de Cumplimiento El nuevo marco legal crea un Título específico de la prevención del blanqueo de capitales y combate al financiamiento del terrorismo, creando disposiciones sobre los programas mínimos de prevención que deben tener las compañías y los manuales de procedimientos.

Resumen de Cumplimiento de los Principios Básicos de Seguros PO NO N/A 1. Supervisión de Seguros efectiva √ 2. Objetivos de la Supervisión 3. Autoridad Supervisora 4. Proceso de Supervisión 5. Cooperación en la Supervisión e Intercambio de Información

Resumen de Cumplimiento de los Principios Básicos de Seguros (Cont.) PO NO N/A 6. Autorización √ 7. Idoneidad de Personas 8. Cambios en el control accionario y transferencia de cartera 9. Gobierno Corporativo 10. Control Interno

Resumen de Cumplimiento de los Principios Básicos de Seguros (Cont.) PO NO N/A 11. Análisis de Mercado √ 12. Informes a los Supervisores y monitoreo de escritorio 13. Visitas de inspección in-situ 14. Medidas Preventivas y Correctivas 15. Medidas de Cumplimiento o Sanciones

Resumen de Cumplimiento de los Principios Básicos de Seguros (Cont.) PO NO N/A 16. Liquidaciones y Salidas del Mercado √ 17. Supervisión de Grupo 18. Evaluación y Administración de Riesgos 19. Actividad Aseguradora 20. Pasivos

Resumen de Cumplimiento de los Principios Básicos de Seguros (Cont.) PO NO N/A 21. Inversiones √ 22. Derivados y obligaciones similares 23. Suficiencia de Capital y Solvencia 24. Intermediarios 25. Protección al Consumidor

Resumen de Cumplimiento de los Principios Básicos de Seguros (Cont.) PO NO N/A 26. Información, Divulgación y Transparencia hacia el Mercado √ 27. Fraude 28. Combate al Lavado de Dinero y al Financiamiento del Terrorismo

SECTOR FINANCIERO Evaluación hecha por el Fondo Monetario Internacional Abril de 2006

Evaluación hecha por el Fondo Monetario Internacional al Sector de Seguros La ultima evaluación realizada al sector financiero de Panamá fue hecha en el año 2001, en estos momentos nos mantenemos con la ley 59 de 29 de julio 1996. En la actualidad estamos a la espera de las recomendaciones de la evaluación hecha en el año 2005 por el Fondo Monetario Internacional. El sector financiero siempre ha sido blanco en todas partes del mundo para las transacciones de Lavado de Dinero y Financiamiento al Terrorismo, esta es una de las situaciones que mas regulación y prevención requiere y donde nuestro país realiza con la ley 42 de 2 de octubre de 2000 y se ejecuta con toda firmeza. Organismos Internacionales como FMI y BID tienen entre sus funciones la de investigar nuevas formas de prevenirlo y hace que se aplique en los diferentes centros financieros.

Recomendaciones hechas al Ente Regulador de los servicios de seguros En la evaluación global hecha en nuestro país se trató el área Seguros, Valores e inversiones y Bancaria. En lo que nos corresponde como Ente Regulador de los Servicios de Seguros se nos hicieron las siguientes recomendaciones: Asegurar que las entidades de seguros regularmente nos envíen certificaciones de que están combatiendo el lavado de dinero. Llevar a cabo inspecciones in-situ a las entidades de seguros. Estar preparado para recibir reportes de auditores y actuarios referentes a los procedimientos en anti-lavado de dinero. Comunicarse regularmente con la autoridad relacionada a la aplicación de la ley.

Todas las Compañías de seguros deberán tener un programa efectivo de anti - lavado de dinero que les permita a ellos: En el caso del asegurador, fomentar relaciones de funcionamiento cercanas entre los suscriptores y los investigadores de las demandas. Determinar la verdadera identidad de aquellas personas que estén como prospecto para ser aseguradas y cuando esté aplicando a una póliza de seguros este actúe en nombre de otra persona, son pasos de verificación de la identidad. Reconocer y reportar las transacciones sospechosas a la autoridad que aplica la ley y al supervisor de seguros. Guardar los expedientes por un periodo de tiempo determinado. Entrenar al personal. Tener una estrecha comunicación con la autoridad que aplica la ley y los supervisores de seguros en materia concerniente a política y sistema de vigilancia.

Todas la entidades de seguros deberán tener un programa efectivo de anti - lavado de dinero que les permita a ellos: Asegurar la auditoria interna y los departamentos de cumplimiento de conformidad con las leyes y las regulaciones que gobiernan las transacciones financieras. Para asegurar el cumplimiento de todas las leyes y las regulaciones relevantes Designar un Oficial de Cumplimiento quien es responsable del cumplimiento del día a día de las regulaciones vigentes. Establecer altos estándares de ética en todos los negocios y requerir el cumplimiento de las leyes y las regulaciones de las entidades que gobiernan las entidades financieras.

Gracias… Superintendencia de Seguros y Reaseguros de Panamá. Avenida Ricardo Arias Calle 51 Teléfono: 214-7484/87 Fax 214-7482/83 Apartado Postal 832-1683 WTC, Panamá, Rep. de Panamá www.mici.gob.pa E-Mail: ssrp@mici.gob.pa