TESIS I: NOCIONES GENERALES DEL DERECHO MERCANTIL

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Transcripción de la presentación:

TESIS I: NOCIONES GENERALES DEL DERECHO MERCANTIL Comerciantes o empresarios mercantiles? TESIS I: NOCIONES GENERALES DEL DERECHO MERCANTIL

El concepto tradicional: El concepto tradicional habla de “comerciantes”; Esta concepción tradicional está recogida en el artículo 5 del Código de Comercio: “Son comerciantes: ...”

El concepto actual: A tono con la etapa que considera al Derecho Mercantil como el derecho que regula la actividad económica de las empresas, no se hable de “comerciantes” sino de “empresarios mercantiles”.

Tipos de empresarios mercantiles (o comerciantes): Empresarios mercantiles (comerciantes) individuales: personas físicas; Empresarios mercantiles (comerciantes) sociales: sociedades.

La conceptualización tradicional: artículo 5 Código de Comercio. El “comerciante”

El comerciante individual en el Código de Comercio Art. 5 inciso a del Código de Comercio: “Son comerciantes: a) Las personas físicas con capacidad jurídica que ejerzan en nombre propio actos de comercio, haciendo de ello su ocupación habitual;”

El comerciante individual Elementos del concepto contenido en el Código de Comercio: a. Se refiere a personas físicas b. Deben gozar de capacidad jurídica c. Ejerce actos de comercio d. Lo hace en nombre propio e. Lo hace profesionalmente (es su ocupación habitual)

Actuación comercial “ocasional” El artículo 6 del Código de Comercio dispone al respecto: “Los que ocasionalmente lleven a cabo actos de comercio no serán considerados comerciantes, pero quedan sometidos, en cuanto a esos actos, a las leyes y reglamentos que rigen los actos de comercio”

El “empresario mercantil” La conceptualización moderna. El “empresario mercantil”

El concepto de “empresario mercantil” en sentido jurídico “Es la persona física o jurídica que en nombre propio y por sí o por medio de otra ejerce organizada y profesionalmente una actividad económica dirigida a la producción o a la mediación de bienes o de servicios para el mercado”

Los elementos del concepto jurídico de “empresario mercantil” Puede ser tanto una persona física como una jurídica (sociedades); La actividad se realiza en nombre propio (de esa persona física o esa persona jurídica); La actividad puede realizarla la persona en forma directa o por medio de otra (apoderados, representantes);

Los elementos del concepto jurídico de “empresario mercantil” La actividad se realiza en forma organizada, es decir, a través de una empresa; La actividad se realiza en forma profesional, es decir en forma habitual; constituye el modus vivendi del empresario; Se trata de una actividad de naturaleza económica;

Los elementos del concepto jurídico de “empresario mercantil” Dicha actividad puede estar dirigida tanto a la producción (industria) como a la mediación (comercio en sentido estricto) de bienes y/o servicios; Tanto la producción como la mediación de esos bienes y servicios debe tener como destino al “mercado”,

La condición de empresario mercantil o comerciante. Importancia de la definición. La condición de empresario mercantil o comerciante.

La importancia de la definición. a. Existen reglas del Derecho Mercantil que se aplican por accesoriedad a quienes son considerados “comerciantes”; b. Hay actos o contratos que se consideran “comerciales” o “mercantiles” porque son realizados por “comerciantes”. Ejemplos: - la compraventa del artículo 493;

La importancia de la definición. Ejemplos: - Artículo 1 Código de Comercio: “Los contratos entre comerciantes se presumen actos de comercio, salvo prueba en contrario. … Los actos que sólo fueren mercantiles para una de las partes, se regirán por las disposiciones de este Código ”

La importancia de la definición. c. Porque para ser comerciante se requiere de una cierta capacidad legal y se deben llenar ciertos requisitos (artículos 7 y 8 del Código de Comercio)

La importancia de la definición. Art. 7 párrafo primero: “Cuando un menor de edad o un incapaz adquiera por cualquier título, un negocio o empresa comercial, el Juez Civil del lugar … lo autorizará para ejercer el comercio bajo la custodia y dirección de su representante legal”

La importancia de la definición. Art. 8: “No podrán ejercer el comercio, aunque tengan capacidad conforme al derecho común: a) Los privados de ese derecho por sentencia judicial; b) Los quebrados o insolventes no rehabilitados; y c) Los funcionarios públicos a quienes la ley prohíba tal ejercicio.”

La importancia de la definición. d. Porque el comerciante debe cumplir ciertas obligaciones (art. 234 C. Comercio). Por ejemplo: - llevar libros de contabilidad - inscribir ciertos actos y contratos que realicen (art. 235) - funcionan bajo un nombre comercial (art. 234 C. Comercio)

La importancia de la definición. e. Porque tienen ciertas obligaciones de tipo administrativo: - pago de determinados impuestos - obtención de patentes para su actividad - sujeción a reglas de precios

La importancia de la definición. f. Porque el procedimiento de quiebra se aplica únicamente a los comerciantes