Presupuesto de egresos de la nación Integrantes:

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Transcripción de la presentación:

Presupuesto de egresos de la nación Integrantes: Marcos Arturo Hernández Olivares Raúl de Jesús Oliva Pérez Materia: Régimen jurídico de los hidrocarburos.

¿Por qué importa el presupuesto? El gobierno gasta en escuelas, hospitales, carreteras; gasta también en salarios de policías, funcionarios, jueces, legisladores y enfermeras, por citar algunos casos. Para cubrir estos gastos requiere de ingresos, como los impuestos y los derechos. En su dimensión individual, las personas conocen una realidad semejante: gastan en comida, educación, vivienda y salud, y requieren de una entrada de dinero para mantenerse.

¿Qué es un presupuesto? Un presupuesto, para cualquier persona, empresa o gobierno, es un plan de acción de gasto para un periodo futuro, generalmente un año, a partir de los ingresos disponibles. Un año calendario para un gobierno se le denomina año fiscal. Este plan se expresa en términos monetarios. En un presupuesto se propone el proyecto de país que queremos en el futuro.

¿Qué es un presupuesto?

¿Cómo te afecta el presupuesto? · El Presupuesto de Egresos de la Federación es un documento importante para cualquiera de nosotros, en el ámbito personal o profesional, pues nos afecta de manera directa o indirecta. · El presupuesto tiene efectos en la economía nacional. Puede afectar el nivel de empleo, la tasa de inflación y el crecimiento. Un presupuesto mal hecho, donde el gobierno gaste por encima de sus ingresos, puede provocar inflación y castigar el poder adquisitivo. En esas condiciones, el crédito se encarece y la inversión y el producto bajan. · El presupuesto puede afectar tu empleo, aunque no trabajes en el sector público; por ejemplo, si hay inseguridad pública por falta de recursos, la inversión que estaba a punto de realizarse podría cancelarse y no generar las fuentes de trabajo tan necesarias para el país. · En el presupuesto se estipula el financiamiento de los servicios públicos a los que tenemos acceso, como la luz, la educación, los servicios médicos, la seguridad pública, la procuración de justicia, entre otras cosas. La calidad y cantidad con que se ofrecen estos servicios nos afectan de manera cotidiana.

¿De dónde viene el dinero del gobierno? Para gastar se requiere de fondos. El dinero de cualquier gobierno proviene de los ciudadanos a través del pago de impuestos y de los productos y servicios que les vende. La forma de recolectar impuestos es diferente en cada país y va cambiando con el tiempo. En general, la estructura tributaria afecta el nivel de ingreso de las personas. En México las dos principales fuentes tributarias son: · El impuesto sobre la renta (ISR). Es el impuesto que pagamos tanto las empresas como las personas por concepto de nuestros ingresos. · El impuesto al valor agregado (IVA). Es el impuesto que pagamos cada vez que compramos algún producto (con varias excepciones, como los alimentos no procesados, las medicinas y la educación) y grava todo el valor que se le agrega a una mercancía en su proceso de producción.

Del total de los ingresos por concepto de impuestos, el 80% proviene de la recaudación del IVA y del ISR. Del total de los ingresos por concepto de impuestos, el 80% proviene de la recaudación del IVA y del ISR. 2. El gobierno también obtiene recursos a través de los bienes y servicios que genera. La principal fuente no tributaria proviene de las ventas del petróleo. Aunque una buena parte proviene también de los derechos, como las tarifas que pagamos por el uso de carreteras o los permisos que adquirimos por alguna concesión.

Aprobación del Presupuesto de Egresos de la Federación

¿Cómo usa el gobierno este dinero? · Cualquier gobierno tiene funciones que le han sido encomendadas por los ciudadanos; en nuestro caso, se encuentran especificadas en la Constitución Política. Dichas funciones tienen que ser financiadas con los ingresos que recibe el gobierno. · El Presupuesto de Egresos de la Federación contiene el Gasto Neto Total, que describe cómo se gastará el dinero durante el año fiscal (enero-diciembre).

¿Cómo usa el gobierno este dinero? El Gasto Total es el conjunto de las erogaciones del sector público federal. Se puede expresar de la siguiente manera: · El costo financiero se refiere al costo que tenemos que cubrir por habernos endeudado en el pasado. Los gobiernos se endeudan para cubrir el déficit, financiar proyectos, asumir costos financieros de compromisos contingentes, entre otras cosas.

¿Cómo usa el gobierno este dinero? · El resto del gasto es el GASTO PRIMARIO. Está formado por tres elementos: 1. El Gasto Programable. Este gasto es todo aquél que puede proyectarse con anterioridad yestá contenido en los distintos programas gubernamentales. Este rubro incluye el conjunto de las tareas del gobierno federal, en todos sus ámbitos de acción (defensa, turismo, ecología, desarrollo, etc.). Debe señalarse que en su ejercicio participan los gobiernos estatales y municipales, pues una buena parte del gasto programable está desconcentrado (particularmente en las áreas de educación, salud y seguridad pública). 2. Las participaciones federales a los estados y municipios. Este rubro representa el dinero que el gobierno les transfiere a estados y municipios. El monto significa alrededor del 15% del gasto primario. A estos fondos se agregan otras transferencias (aportaciones) para sumar cercadel 25% de la recaudación federal. 3. Las Adefas son adeudos del ejercicio fiscal anterior. Cuando el gobierno hace una compra en noviembre y recibe el producto en febrero del siguiente año, se paga con recursos del año corriente.

PRESUPUESTO DE EGRESOS DE LA FEDERACIÓN PARA EL EJERCICIO FISCAL 2012 *TEXTO VIGENTE (a partir del 01-01-2012) Nuevo Presupuesto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 12 de diciembre de 2011 FELIPE DE JESÚS CALDERÓN HINOJOSA, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, a sus habitantes sabed: Que la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, se ha servido dirigirme el siguiente DECRETO "LA CÁMARA DE DIPUTADOS DEL HONORABLE CONGRESO DE LA UNIÓN, EN EJERCICIO DE LA FACULTAD QUE LE OTORGA LA FRACCIÓN IV DEL ARTÍCULO 74 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, D E C R E T A: PRESUPUESTO DE EGRESOS DE LA FEDERACIÓN PARA EL EJERCICIO FISCAL 2012

DE LAS ASIGNACIONES DEL PRESUPUESTO DE EGRESOS DE LA FEDERACIÓN TÍTULO PRIMERO DE LAS ASIGNACIONES DEL PRESUPUESTO DE EGRESOS DE LA FEDERACIÓN CAPÍTULO I Disposiciones generales Artículo 1. El ejercicio, el control y la evaluación del gasto público federal para el ejercicio fiscal de 2012, se realizarán conforme a lo establecido en la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y en las disposiciones que, en el marco de dicha Ley, estén establecidas en otros ordenamientos legales y en este Presupuesto de Egresos. La Secretaría de Hacienda y Crédito Público, en el ámbito de sus atribuciones, garantizará que toda la información presupuestaria sea comparable con el ejercicio fiscal anterior y que ésta sea comparable entre los diversos documentos presupuestarios: Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación; Presupuesto de Egresos de la Federación; Informes Trimestrales sobre la Situación Económica, las Finanzas Públicas y la Deuda Pública, que incluirán el desglose de los proyectos de inversión previstos en este Decreto; Informes de Avance de Gestión Financiera; y Cuenta de la Hacienda Pública Federal.

CAPÍTULO II De las erogaciones Artículo 2. El gasto neto total previsto en el presente Presupuesto de Egresos, importa la cantidad de $3’706,922’200,000 y corresponde al total de los ingresos aprobados en la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2012. En términos del segundo párrafo del artículo 17 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, para el presente ejercicio fiscal se prevé un déficit público presupuestario de $67,631’500,000.

Artículo 3. El gasto neto total se distribuye conforme a lo establecido en los Anexos de este Decreto y Tomos del Presupuesto de Egresos y se observará lo siguiente: I. Las erogaciones de los ramos autónomos, administrativos y generales, así como los capítulos específicos que incorporan los flujos de efectivo de las entidades, se distribuyen conforme a lo previsto en el Anexo 1 del presente Decreto y los Tomos II a VIII de este Presupuesto de Egresos. En el Tomo I se incluye la información establecida en el artículo 41, fracción II, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; II. El capítulo específico que incorpora las erogaciones correspondientes a los gastos obligatorios, se incluye en el Anexo 2 de este Decreto; III. El capítulo específico que incorpora los proyectos de inversión en infraestructura que cuentan con aprobación para realizar erogaciones plurianuales en términos del artículo 74, fracción IV, párrafo primero, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, se incluye en el Anexo 3 de este Decreto; IV. El capítulo específico que incorpora las erogaciones correspondientes a los compromisos plurianuales sujetos a la disponibilidad presupuestaria de los años subsecuentes, se incluye en el Anexo 4 de este Decreto;

V. El capítulo específico que incorpora las erogaciones correspondientes a los compromisos derivados de proyectos de infraestructura productiva de largo plazo se incluye en el Anexo 5 de este Decreto y en el Tomo V del Presupuesto de Egresos; VI. El capítulo específico que incorpora las previsiones salariales y económicas, se incluye en los Anexos 6 y 15 de este Decreto y en los Tomos III a VI del Presupuesto de Egresos. VII. Los recursos para el desarrollo integral de los pueblos y comunidades indígenas se señalan en el Anexo 7 de este Decreto, en los términos del artículo 2, Apartado B, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y conforme al inciso j) de la fracción II, del artículo 41 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, se presentan desglosados por Ramo y Programa Presupuestario; VIII. Los recursos que conforman el Programa Especial Concurrente para el Desarrollo Rural Sustentable se señalan en el Anexo 8 de este Decreto, conforme a lo previsto en los artículos 16 y 69 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable;

IX. El monto total de los recursos previstos para el programa en materia de ciencia y tecnología, conforme a lo previsto en el artículo 22 de la Ley de Ciencia y Tecnología, se señala en el Anexo 9 de este Decreto; X. Las erogaciones de aquellos programas que incorporan la perspectiva de género, se señalan en el Anexo 10 de este Decreto; XI. La suma de recursos destinados a cubrir el costo financiero de la deuda pública del Gobierno Federal; aquél correspondiente a la deuda de las entidades incluidas en el Anexo 1.D. de este Decreto; las erogaciones derivadas de operaciones y programas de saneamiento financiero; así como aquéllas para programas de apoyo a ahorradores y deudores de la banca, se distribuyen conforme a lo establecido en el Anexo 11 de este Decreto; XII. Las erogaciones para el Ramo General 23 Provisiones Salariales y Económicas se distribuyen conforme a lo previsto en el Anexo 12 de este Decreto; XIII. Las erogaciones para el Ramo General 25 Previsiones y Aportaciones para los Sistemas de Educación Básica, Normal, Tecnológica y de Adultos se distribuyen conforme a lo previsto en el Anexo 13 de este Decreto.

XIV. Las erogaciones para el Ramo General 33 Aportaciones Federales para Entidades Federativas y Municipios se distribuyen conforme a lo previsto en el Anexo 14 de este Decreto; XV. Las previsiones para sufragar las erogaciones correspondientes a las medidas salariales y económicas para los Ramos Generales 25 Previsiones y Aportaciones para los Sistemas de Educación Básica, Normal, Tecnológica y de Adultos, y 33 Aportaciones Federales para Entidades Federativas y Municipios, se distribuyen conforme a lo establecido en el Anexo 15 de este Decreto; XVI. Los límites de las remuneraciones de los servidores públicos de la Federación se señalan en el Anexo 16 de este Decreto y en el Tomo VIII de este Presupuesto de Egresos; XVII. Para los efectos de los artículos 42 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, y 43 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, los montos máximos de adjudicación directa y los de adjudicación mediante invitación a cuando menos tres personas, de las adquisiciones, arrendamientos, prestación de servicios, obras públicas y servicios relacionados con éstas, serán los señalados en el Anexo 17 de este Decreto. Los montos establecidos deberán considerarse sin incluir el importe del Impuesto al Valor Agregado;

XVIII. Los programas sujetos a reglas de operación se señalan en el Anexo 18 de este Decreto; XIX. El presupuesto del Programa de Desarrollo Humano Oportunidades se distribuye conforme a lo establecido en el Anexo 19 de este Decreto; XX. El presupuesto consolidado de la Estrategia Nacional para la Transición Energética y el Aprovechamiento Sustentable de la Energía, a que se refiere el artículo 25 de la Ley para el Aprovechamiento de Energías Renovables y el Financiamiento de la Transición Energética, se señala en el Anexo 20 de este Decreto, y XXI. Los principales programas previstos en este Presupuesto de Egresos se detallan en el Anexo 21 de este Decreto.

De las entidades de control directo CAPÍTULO III De las entidades de control directo Artículo 5. Petróleos Mexicanos y sus organismos subsidiarios se sujetarán a las erogaciones y a las metas de balance primario y financiero aprobadas en este Presupuesto y, para su ejercicio, control y evaluación, así como para la elaboración del anteproyecto de presupuesto del próximo ejercicio fiscal, observarán lo dispuesto en la Ley de Petróleos Mexicanos y la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria. A efecto de que Petróleos Mexicanos mantenga sus metas y pueda tomar medidas en caso de que durante el ejercicio se presente una disminución de los ingresos netos previstos en su presupuesto por condiciones de mercado, deberá apegarse a lo dispuesto en el artículo 21 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria. Asimismo, para efectos de la evaluación del cumplimiento de estas metas de balance primario y financiero, no se considerará lo siguiente: I. La cantidad que exceda del monto correspondiente a la importación de mercancía para reventa por $250,907’108,240, y II. Los retrasos que en su caso se presenten durante el ejercicio fiscal en la cobranza por ventas de combustibles realizadas a la Comisión Federal de Electricidad.

Petróleos Mexicanos administrará el fondo para dar cumplimiento a las obligaciones laborales contractuales y las que deriven de las disposiciones jurídicas, con el objeto de que prevea recursos suficientes para cubrir pasivos contingentes asociados a las contrataciones. A efecto de dotar de mayor transparencia al gasto de inversión de Petróleos Mexicanos, la entidad deberá informar trimestralmente a la Cámara de Diputados, en forma impresa y en formato electrónico de texto modificable de base de datos, con el nivel de desagregación que establece la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y las disposiciones normativas vigentes, sobre el gasto de inversión ejercido, así como del avance de sus principales proyectos. Petróleos Mexicanos y sus organismos subsidiarios deberán adoptar las medidas necesarias para que las transferencias y afectaciones de los bienes muebles e inmuebles que realicen entre sí, se lleven a cabo observando criterios de austeridad y racionalidad para generar ahorros y eficiencia en los procedimientos y actos que se requieran al efecto

Artículo 7. Conforme al artículo 272 de la Ley del Seguro Social, el gasto programable del Instituto Mexicano del Seguro Social será de $394,492’697,982. El Gobierno Federal aportará al Instituto la cantidad de $58,193’000,000 como aportaciones para los seguros; la cantidad de $122,242’697,982, para cubrir las pensiones en curso de pago derivadas del artículo Duodécimo Transitorio de la Ley del Seguro Social publicada en el Diario Oficial de la Federación el 21 de diciembre de 1995, así como la cantidad de $2,692’000,000, para atender lo dispuesto en los artículos 141, 172 y 172 A de dicha Ley. Durante el ejercicio fiscal de 2012, el Instituto Mexicano del Seguro Social deberá destinar a las Reservas Financieras y Actuariales de los seguros y a la Reserva General Financiera y Actuarial, así como al Fondo para el Cumplimiento de Obligaciones Laborales de Carácter Legal o Contractual, a que se refieren los artículos 280, fracciones III y IV, y 286 K, respectivamente, de la Ley del Seguro Social, la cantidad de $5,881’762,531 a fin de garantizar el debido y oportuno cumplimiento de las obligaciones que contraiga, derivadas del pago de beneficios y la prestación de servicios relativos a los seguros que se establecen en dicha Ley; así como para hacer frente a las obligaciones laborales que contraiga, ya sea por disposición legal o contractual con sus trabajadores

Artículo 8. La Comisión Federal de Electricidad, Petróleos Mexicanos y sus organismos subsidiarios, así como el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado y las instituciones de banca de desarrollo, deberán enviar a la Cámara de Diputados a más tardar el 31 de mayo, un informe sobre su situación financiera, dictaminado por el auditor externo designado por la Secretaría de la Función Pública, con base en las Normas de Información Financiera, que incluya al menos, los siguientes elementos: (i) situación financiera y actuarial de sus reservas, principalmente las destinadas a cubrir pasivos laborales; (ii) posibles riesgos, contingencias y pasivos, así

¡Gracias!