Derechos de los colectivos indígenas
Protección de los conocimientos colectivos Constitución Art. 57.12.- Mantener, proteger y desarrollar los conocimientos colectivos… Se prohíbe toda forma de apropiación sobre sus conocimientos, innovaciones y prácticas. Cuál es la característica de este conocimiento? Que problema enfrenta la Ley de Propiedad Intelectual?
Ejemplos de conocimientos colectivos protegidos por la Constitución e instrumentos internacionales (Convenio sobre la Diversidad Biológica, Declaración de Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas) a) Biodiversidad b) Medicina c) Ecología d) Producción artística y literaria e) Técnicas y producción de materiales f) Producción artística intangible g) Derecho próprio, educación, organización social, política… H) Religión, lugares sagrados…
Administración de justicia indígena Constitución Arts. 171 (57.10) Las autoridades de las comunidades, pueblos y nacionalidades indígenas, ejercerán funciones jurisdiccionales, con base en sus tradiciones ancestrales y derecho propio, dentro de su ámbito territorial, con garantía de participación y decisión de las mujeres. Las autoridades aplicarán normas y procedimientos propios para la solución de sus conflictos internos, y no sean contrarios a la constitución y a los derechos humanos reconocidos en instrumentos internacionales. El Estado garantizará que las decisiones de la jurisdicción indígena sean respetadas por las instituciones y autoridades públicas. Dichas decisiones están sujetas al control constitucional. La Ley establecerá los mecanismos de coordinación y cooperación entre la jurisdicción indígena y la jurisdicción ordinaria. Convenio 160 de la OIT, Arts. 5, 8, 9, 10. Declaración de Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, Arts. 5, 34, 36, 40,.
Qué implica? a) Sujetos colectivos, entre otros: comunas, comunidades, pueblos y nacionalidades (formas particulares de vida). b) Autoridades propias c) Normas y procedimientos propios. d) Facultades legislativas. e) Facultades jurisdiccionales. f) Garantías de que las decisiones de la jurisdicción indígena sean respetadas por las intituciones y autoridades públicas. g) Límites de todas las juticias los derechos humanos (interpetación intercultural) h) Control constitucional. j) Coordinación y cooperación (justicia intercultural)