Integrantes: Natalia Belén Gallardo G Luis Antonio Vega O

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Transcripción de la presentación:

Integrantes: Natalia Belén Gallardo G Luis Antonio Vega O DELINCUENCIA JUVENIL Integrantes: Natalia Belén Gallardo G Luis Antonio Vega O

Menores que delinquen “Hace poco, un niño de 13 años fue detenido en flagrancia por Carabineros, al ser sorprendido, junto a otros adolescentes, robando un auto. Registraba cinco detenciones anteriores por robo y hurto. El Tribunal de Familia lo envió a un centro del Sename como medida de protección (por su edad, es penalmente inimputable), de donde escapó al día siguiente, como ya lo había hecho antes. La policía lo detuvo nuevamente el sábado pasado, y fue devuelto al Sename, cuyos personeros señalaron que no se desalentarían en su objetivo de rehabilitarlo. El menor cumplirá 14 años en noviembre próximo”.

Las actividades ilegales que desarrollan los jóvenes, no surgen repetidamente, si no que forma parte de un proceso gradual de socialización desviada que poco a poco se va agravando. Existe mayor número de muchachos que de muchachas.

¿Qué pasa con la delincuencia actualmente? Los jóvenes entre 13 y 17 años representan un poco más del 9% de la población total del país, de acuerdo a cifras entregadas por la última encuesta Casen1. El 6,6% de ellos vive en condición de indigencia. Adicionalmente, de acuerdo a la IV Encuesta Nacional de Juventud, los jóvenes se definen como responsables en el 40,5% de los casos, solidarios (33,4%) y sociables (31,4%). De acuerdo a cifras entregadas por Fundación Paz Ciudadana, se han registrado más de 20 mil aprehensiones de jóvenes entre 14 y 18 años el año 2003, principalmente por motivos de robos y hurtos, los que correspondían al 89% del total de casos abordados.

El robo con violencia, indica un alza de 81,2% entre 1995 y 2003. Las estimaciones de menores involucrados en materias delictivas oscilaban entre el 0,6 % y 1,7% del total poblacional juvenil. El estudio de autorreporte de la misma entidad estableció que, el año 2003, sólo el 10% de los jóvenes escolarizados había cometido algún tipo de robo, de los cuales el 60% resultaba ser robos por montos inferiores a los mil pesos.

factores de riesgo asociados La escuela dificultades asociadas a los procesos de aprendizaje y problemas de repitencia. Familiares: abuso,negligencia, el clima crítico y antecedentes familiares de criminalización Propia persona: hiperactividad, agresividad temprana, bajo autocontrol, irreflexibilidad, y consumo de drogas.

Tanto la familia como la escuela constituían los agentes influenciadores más importantes en niños y jóvenes. familiares influyen decisivamente durante la infancia y, si bien en la adolescencia pueden aminorar su efecto, continúan siendo decisivas en lo relativo a la reducción de prevalencia de conductas de riesgo

En cuanto al colegio, existe consenso en considerar esta instancia como un ámbito privilegiado de intervención, por la cantidad de horas que los jóvenes permanecen en estos recintos, y por la posibilidad de trabajar en red con instancias diversas: apoderados, alumnos, profesores e idealmente la red social de la comuna

Razones para actuar en los jóvenes Es importante saber acerca de las razones que conducen a estos jóvenes a actuar de tal manera, hay quienes piensan que los jóvenes se revelan como una forma de llamar la atención o sentirse importantes ante la sociedad, pero la realidad es que existen muchos factores de peso que conllevan a los adolescentes a cometer actos vandálicos.

Causas de la conducta delictiva de niños y adolescentes. Factor Personal: anormalidades mentales, las psicopatía, la psicosis, las desviaciones psíquicas y demás enfermedades mentales, que se encuentran en la mayor parte de los jóvenes delincuentes y que provienen de alteraciones preconcepcionales del germen, que pueden determinarse mejor así: Padres anormales, en quienes existen neuropatías fijadas en la familia, engendran hijos predispuesto a las mismas neuropatías o que sufren de tensiones en el desarrollo intelectual. Padres alcohólico, sifilíticos o tuberculosos, tienen descendientes degenerado, que resultan epilépticos, neurasténicos, histéricos, débiles mentales o anómalos del sentido y del carácter.

Factores Sociales: Acerca del hogar adecuado e inadecuado se señalan los hogares incompletos miserables e incompetentes como causa del abandono del niño y jóvenes. Factores Extra familiares: Se han estimado como tales: el urbanismo, que desintegra la familia, porque aleja los obreros de su casa obligados a trabajar todo el día en fabrica y talleres distantes. Las Malas compañías, que se explican por varias causas: espíritu de asociación; una vida desagradable en un hogar frío, donde no exista compresión, la influencia que ejercen en los niños los jóvenes depravados y de costumbre perniciosa una vez el espíritu errabundo; la pandilla; la vida callejera; el espíritu de burla a la policía y a la vigilancia, y la inasistencia escolar.

Errores educativos, los niños consentidos o semi-abandonados, así mismo no aprenden a establecer los límites adecuados en sus relaciones con los demás, y crecen con aptitud para tolerar cualquier frustración. Ausencia de reglas y control puede producir indecisión e inseguridad, y la ansiedad de éste proceso puede producir también en el niño agresividad e inadaptación; de ahí la búsqueda ulterior de compensación y el refugio en la banda.

¿Cómo prevenir? Se debe realizar una labor preventiva que posibilite un mayor acceso a la cultura y al deporte. Hacer saber a los alumnos las consecuencias (ley penal) Invitar a especialistas para charlas del tema Inculcar respeto a la autoridad Tratar el tema en consejos de curso Fomentar metas y proyectos de vida. Dar a conocer que hay oportunidades (becas, créditos etc.) que los pueden sacar de la pobreza. Prevención de drogas

para los efectos de esta ley, se consideran Adolescentes. LEY-20084 ESTABLECE UN SISTEMA DE RESPONSABILIDAD DE LOS ADOLESCENTES POR INFRACCIONES A LA LEY PENAL Artículo 3º.- Límites de edad a la responsabilidad. […]Mayores de 14 y menores de 18 años, los que, para los efectos de esta ley, se consideran Adolescentes. Artículo 5º.- Prescripción. La prescripción de la acción penal y de la pena será de 2 años, con excepción de las conductas constitutivas de crímenes, respecto de las cuales será de 5 años, y de las faltas, en que será de 6 meses.

De las sanciones en general Artículo 6°.- Sanciones. En sustitución de las LEY 20191 penas contempladas en el Código Penal y en las leyes Art. único Nº 1 complementarias, a las personas condenadas según esta D.O. 02.06.2007 ley sólo se les aplicará la siguiente Escala General de Sanciones Penales para Adolescentes: a) Internación en régimen cerrado o semicerrado con programa de reinserción social; b) Libertad asistida especial; c) Libertad asistida; d) Prestación de servicios en beneficio de la comunidad; e) Reparación del daño causado; g) Multa y Amonestación. Penas accesorias: a) Prohibición de conducción de vehículos motorizados, y b) Comiso de los objetos, documentos e instrumentos de los delitos según lo dispuesto en el Código Penal, el Código Procesal Penal y las leyes complementarias.

De las sanciones privativas de libertad consisten en la internación en régimen semicerrado con programa de reinserción social y en la internación en régimen cerrado con programa de reinserción social. Estos programas de reinserción social ser realizarán, en lo posible, con la colaboración de la familia. la modalidad de internación en régimen semicerrado con programa de reinserción social consistirá en la residencia obligatoria del adolescente en un centro de privación de libertad, sujeto a un programa de reinserción social a ser desarrollado tanto al interior del recinto como en el medio libre.

Programa personalizado de actividades a) Las medidas a adoptar para la asistencia y cumplimiento del adolescente del proceso de educación formal o de reescolarización. b) El desarrollo periódico de actividades de formación, socioeducativas y de participación, especificando las que serán ejecutadas al interior del recinto y las que se desarrollarán en el medio libre,

Sanciones mixtas. - En los demás casos en que LEY 20191 fuere procedente la internación en régimen cerrado o T. COMPLEMENTARIO semicerrado, ambas con programa de reinserción social, Nº 1 el tribunal podrá imponer complementariamente una D.O. 16.06.2007 sanción de libertad asistida en cualquiera de sus formas, por un máximo que no supere el tiempo de la condena principal

Tabla Demostrativa Extensión de la sanción y penas aplicables Desde 5 años y 1 día: - Internación en régimen cerrado con programa de reinserción social. - Internación en régimen semicerrado con programa de reinserción social. Desde 3 años y un día a 5 años: - Internación en régimen semicerrado con programa de reinserción social. - Libertad asistida especial. Desde 541 días a 3 años: - Libertad asistida en cualquiera de sus formas. - Prestación de servicios en beneficio de la comunidad.

Tabla Demostrativa Extensión de la sanción y penas aplicables Desde 61 a 540 días: - Internación en régimen semicerrado con programa de reinserción social. - Libertad asistida en cualquiera de sus formas. - Prestación de servicios en beneficio de la comunidad. - Reparación del daño causado. Desde 1 a 60 días: - Multa. - Amonestación. La duración de las sanciones de libertad asistida, libertad asistida especial y prestación de servicios a la comunidad

Derechos y garantías de la ejecución a) Ser tratado de una manera que fortalezca su respeto por los derechos y libertades de las demás personas, resguardando su desarrollo, dignidad e integración social. b) Ser informado de sus derechos y deberes con relación a las personas e instituciones que lo tuvieren bajo su responsabilidad. C) Contar con asesoría permanente de un abogado. Tratándose de adolescentes sometidos a una medida privativa de libertad, éstos tendrán derecho a: i) Recibir visitas periódicas, en forma directa y personal, al menos una vez a la semana; ii) La integridad e intimidad personal; iii) Acceder a servicios educativos, y iv) La privacidad y regularidad de las comunicaciones, en especial con sus abogados.

Núcleos problemáticos 1. Obstáculos normativos y problemas del diseño legal e institucional 2. Determinación de la carga y flujos del sistema 3. Oferta programática 4. Creación de un sistema especializado, formación y capacitación de las instituciones involucradas 5. Fortalecimiento institucional, seguimiento y coordinación