DISPOSICIONES GENERALES Capitulo I. OBLIGACIÓN DEL PAGO DEL IMPUESTO ART. 31 CONSTITUCIONAL Art. 1 CFF Las PF y PM están obligados a contribuir para.

Slides:



Advertisements
Presentaciones similares
QUINTA RESOLUCION DE MODIFICACIONES A LA RMF. QUINTA RESOLUCION Para los efectos del artículo 31, fracción III, primer párrafo de la Ley del ISR,
Advertisements

Regularización de Adeudos Fiscales.
DECLARACIÓN INFORMATIVA DE OPERACIONES CON TERCEROS (IVA)
AUTOFACTURACION REGLA 2.5.
Ley del IVA - El IVA se calcula aplicando al valor 16%
DISPOSICIONES GENERALES Artículo 5 El Instituto tiene el carácter de organismo fiscal autónomo, con personalidad jurídica y patrimonio propios, con facultades.
Teoría de las contribuciones
Artículo 303 del TLCAN y su instrumentación y aplicación en México
Comprobantes fiscales FBA Artículo 29.- Cuando las leyes fiscales establezcan la obligación de expedir comprobantes, deberán reunir los requisitos. 29-A.-I.-
FACTURACION ELECTRONICA
LEY DEL IMPUESTO A LOS DEPÓSITOS EN EFECTIVO (LIDE) D.O.F. 01 DE OCTUBRE DE 2007 EN VIGOR A PARTIR DEL PRIMERO DE JULIO DE HERIBERTO CASTILLO VILLANUEVA.
Contribución Empresarial a Tasa Única (CETU)
LAS RECIENTES REFORMAS FISCALES Y SU IMPACTO EN LAS UNIVERSIDADES
2.2 Disposiciones Generales de las Personas Físicas
Sesión 5: Facultad revisora o de comprobación. Primera parte.
Sesión 8: Los Créditos Fiscales
LEY DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO
TRATAMIENTO FISCAL DE SUELDOS Y SALARIOS 2014
INSTITUTO TECNOLOGICO DE ALTAMIRA
REGIMEN DE INCORPORACION CPC Francisco Cárdenas Guerrero
REGIMEN DE INCORPORACION FISCAL
INTRODUCCION A LOS IMPUESTOS
Reforma Fiscal Pagarán el IVA, a través de cualquiera de las siguientes opciones:  En los términos generales que la Ley establece  Mediante estimativa.
ASPECTOS FISCALES APLICABLES A LAS IPES Administración General de Asistencia al Contribuyente.
DECLARACIÓN INFORMATIVA DE OPERACIONES CON TERCEROS (IVA) Arts. 32-G CFF, 32, fracc. V y VIII LIVA, regla , y RMF 2007 y Anexo 1.
Asociaciones Religiosas
Auditoria y Dictamen fiscal.
Impuestos Como Persona Moral
Introducción a las contribuciones
APLICACIÓN PRÁCTICA DEL CFF
Cierre Fiscal 2011 Alternativas y Oportunidades Febrero 10, 2012.
REFORMA FISCAL INGRESOS CON RELACIÓN AL PIB.
Fiscalía Especial Contra la Corrupción.  El Sistema Tributario se regirá por los principios de legalidad, proporcionalidad, generalidad y equidad, de.
IVA SOBRE FLUJOS DE EFECTIVO
SOCIEDAD COOPERATIVA DE CONSUMO
Art 190, 191, 192 Mayra Coello Gianella Carrera Jose Quiros
Sistema de registro fiscal CP Nicolás Pérez Méndez
Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo Facultad de Contaduría y Ciencias Administrativas Sindicato de Profesores de la Universidad Michoacana.
DEVOLUCIONES AUTOMÁTICAS Fecha: 08/02/ CRITERIOS PARA DEVOLUCIONES AUTOMATICAS CRITERIOS 1.- Es una facilidad administrativa para el contribuyente.
IMPUESTOS.
M. En D. Luis Eduardo Ugalde Tinoco. Especialidad en Derecho Notarial
MAESTRIA EN IMPUESTOS PROCESO PENAL FEDERAL AVERIGUACIÓN PREVIA PENAL ORDEN DE APREHENSIÓN JUDICIAL TÉRMINO CONSTITUCIONAL DECLARACIÓN PREPARATORIA RESOLUCIÓN.
Estructura de la Ley Aduanara
PERSONAS MORALES CON FINES NO LUCRATIVOS
HERENCIAS, LEGADOS Y TESTAMENTOS II PARTE FISCAL C.P. y M.I. PATRICIA DEL ANGEL RIVAS.
COLEGIO DE ABOGADOS DE LIMA
CAPTACIÓN Presentamos el nuevo producto Retiro Dinámico Inbursa, el cual ofrece: Un Instrumento de Ahorro a Largo Plazo para el Retiro/Jubilación.
C.P.C. Jaime Aguirre Villalobos, M.I.
IMPUESTOS INDIRECTOS CAPACITACION FISCAL HERNANDEZ Y ASOCIADOS SC C.Dra. Ma.Teresa Hdez Alv.
PAGOS PROVISIONALES Personas Morales 2007 ISR
Gerardo Yáñez Betancourt Otoño 2006
Dr. José Francisco Báez Corona
MANEJO DEL PROCESO TRIBUTARIO DE PERSONAS MORALES
DISPOSICIONES GENERALES
ESTATUTO ADUANERO TITULO X : OTRAS OPERACIONES ADUANERAS.
1 Aplicación práctica Opciones y herramientas previstas en las disposiciones fiscales Que pueden aplicar las empresas ante la crisis financiera.
Introducción a la Contabilidad Desarrollo de Contenidos
Luis Raúl Ramírez García LEY DE INGRESOS DE LA FEDERACIÓN PARA EL EJERCICIO FISCAL DEL AÑO 2012 (DOF 15 de noviembre de 2011)
UNIVERSIDAD AUTONOMA DE COAHUILA FACULTAD DE CIENCIAS DE LA ADMINISTRACION LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA ART. 1° Y 2° YANETH BERENICE ALBA LOMAS BEATRIZ.
Impuestos Federales.
TESIS II:DERECHO TRIBUTARIO
IMPUESTOS A LOS INGRESOS
Es el régimen conforme al cual pueden pagar impuestos todas las personas físicas que se dediquen a actividades empresariales Si tiene un negocio comercial.
ISR DE LAS PERSONAS MORALES.
“TRANSFORMACIÓN DE SOFOM A S. A. O S. A. P. I
Aspectos Fiscales Septiembre Avances 2008 Perspectivas 2009.
Auditorias Electrónicas y Reformas fiscales 2016
Asociación en participación. Artículo 17-B  Concepto – conjunto de personas que realicen actividades empresariales que participan de las utilidades o.
 Es una asociación de trabajadores constituida para la defensa y promoción de intereses profesionales, económicos o sociales de sus miembros.
UNIDAD IV NORMATIVIDAD ADUANERA NACIONAL
Transcripción de la presentación:

DISPOSICIONES GENERALES Capitulo I

OBLIGACIÓN DEL PAGO DEL IMPUESTO ART. 31 CONSTITUCIONAL Art. 1 CFF Las PF y PM están obligados a contribuir para los gastos públicos Son obligaciones de los mexicanos: IV. Contribuir para los gastos públicos, así de la Federación, como del Distrito Federal o del Estado y Municipio en que residan, de la manera proporcional y equitativa que dispongan las leyes.

SUJETO Todas las personas físicas o morales que realicen los siguientes actos o actividades en territorio nacional. ART. 1 LIVA

OBJETO Enajenen bienes Presten servicios independientes Importen bienes o servicios Otorguen el uso o goce temporal de bienes ART. 1 LIVA

BASE El valor de los actos o actividades por los que se deba pagar el impuesto TASA 16 % 0% Tasa general ART. 1 LIVA Traslación expresa y por separado

DETERMINACION DEL IMPUESTO  Disminuirá del impuesto a su cargo el impuesto que se le hubiese retenido. El contribuyente  Pagara la diferencia entre el impuesto a su cargo y el que hubiese pagado en la importación de bienes o servicios. ART. 1 LIVA

MULTA POR OMISION DEL PAGO Cuando la omisión total o parcial del pago sea descubierta por las autoridades fiscales se aplicará una multa del 55% al 75% de las contribuciones omitidas. Artículo 76 CFF

OBLIGACION DE RETENER EL IMPUESTO Contribuyentes Reciban servicios personales independientes Adquieran desperdicios para para ser utilizados como insumo de su actividad industrial o para su comercialización Reciban servicios de autotransporte terrestre de bienes, prestados por personas físicas o morales. Reciban servicios prestados por comisionistas, cuando estos sean personas físicas. Sean personas fisicas o morales que adquieran bienes tangibles o los usen o gocen temporalmente. Instituciones de crédito que adquieran bienes mediante dación en pago Sean personas morales ART. 1°.-A LIVA

V.- Expedir comprobantes fiscales por las retenciones del impuesto y proporcionar mensualmente a las autoridades fiscales, a través de los medios y formatos electrónicos que señale el SAT, la información sobre las personas a las que se les hubiesen retenido el impuesto establecido en esta ley, a mas tardar el día 17 del mes inmediato posterior al que corresponda dicha información. ART. 32 III LIVA Las obligaciones de los contribuyentes:

RETENCION DE IVA ART. 3° RIVA DOS TERCERAS PARTES = 10.66%  Prestación de servicios profesionales independientes  Prestación de servicios de comisión  Otorgamiento del uso o goce temporal de bienes 4%  Servicios de autotransporte terrestre de bienes

NO EFECTUARAN LA RETENCIÓN Las personas físicas o morales que estén obligadas al pago del impuesto exclusivamente por la importación de bienes. ART. 1-A LIVA

ART. 108 INCISO E CFF Comete el delito de defraudación fiscal quien con uso de engaños o aprovechamiento de errores, omita total o parcialmente el pago de alguna contribución u obtenga un beneficio indebido con perjuicio del fisco federal.. e) Omitir contribuciones retenidas, recaudadas o trasladadas.

ART. 108 INCISO E CFF I. Con prisión de tres meses a dos años, cuando el monto de lo defraudado no exceda de $1,369, II. Con prisión de dos años a cinco años cuando el monto de lo defraudado exceda de $1,369, pero no de $2,054, III. Con prisión de tres años a nueve años cuando el monto de lo defraudado fuere mayor de $2,054, El delito de defraudación fiscal se sancionará con las penas siguientes:

ART. 1°.-A LIVA CONTRAPRESTACIONES EFECTIVAMENTE COBRADAS Se reciban en efectivo, bienes o servicios Cuando el interés del acreedor queda satisfecho mediante cualquier forma Cheque Títulos de crédito distintos al cheque Pagos en documentos, vales o tarjetas Cuando sean aceptados por los contribuyentes Cuando sea efectivamente pagados en la fecha del cobro Cuando efectivamente se cobren

Se tendrá la obligación de pagar el impuesto en la prestación de servicios en el momento en el que se cobren efectivamente las contraprestaciones ART. 17 LIVA

Enajenación de bienes  Animales y vegetales no industrializados  Medicinas de patentes y productos destinados a la alimentación.  Hielo y agua no gaseosa ni compuesta  Ixtle, palma y lechuguilla  Tractores para accionar implementos agrícolas.  Fertilizantes, plaguicidas, herbicidas y fungicidas  Invernaderos hidropónicos y equipos integrados a ellos  oro, joyería, piezas plásticas u ornamentales y lingotes cuyo contenido mínimo de dicho material sea del 80 %  Libros, periódicos y revistas ART. 2-A LIVA TASA 0%

 Los prestados directamente a los agricultores y ganaderos  Molienda o trituración de maíz o trigo  Los de pasteurización de leche  Los prestados en invernaderos hidropónicos  Los de despepite de algodón en rama  Los de sacrificio de ganado y aves de corral  Los de reaseguro  Los de suministro de agua para uso domestico TASA 0% ART. 2°-A LIVA Prestación de servicios independientes

USO Y GOCE TEMPORAL DE BIENES ART 2°.-A LIVA Tractores para accionar implementos agrícolas Invernaderos hidropónicos y equipos integrados a ellos para producir temperatura y humedad

EXPORTACION ART 2°.-A LIVA La enajenación de bienes intangibles realizada por persona residente en el país a quien resida en el extranjero. El uso o goce temporal, en el extranjero de bienes intangibles proporcionados por personas residentes en el país. El aprovechamiento en el extranjero de servicios prestados por residentes en el país La transportación internacional de bienes prestada por residentes en el país y los servicios portuarios de carga, descarga, alijo, almacenaje, custodia, estiba y acarreo dentro de los puertos e instalaciones portuarias, siempre que se presten en maniobras para la exportación de mercancías La transportación aérea de personas y de bienes, prestada por residentes en el país, por la parte del servicio que en los términos del penúltimo párrafo del artículo 16 no se considera prestada en territorio nacional.

TASA PARA ALIMENTOS PREPARADOS ART 2 LIVA

Obligaciones de la federación, el Distrito Federal, los estados, lo municipios y sus organismos descentralizados e instituciones publicas de seguridad social. ART 3 LIVA ART 12 RIVA Las misiones diplomáticas deberán aceptar invariablemente la traslación del impuesto

IMPUESTO ACREDITABLE Es el impuesto al valor agregado que haya sido trasladado al contribuyente y el propio impuesto que el hubiese pagado con motivo de la importación de bienes o servicios ART 4 LIVA

ACREDITAMIENTO DEL IMPUESTO Consiste en restar el impuesto acreditable, de la cantidad que resulte de aplicar a los valores señalados en esta Ley, la tasa que corresponda según sea el caso. ART 4 LIVA

Erogaciones estrictamente indispensables IVA trasladado en forma expresa y por separado Efectivamente pagado Se entere en los plazos establecidos ART 5 LIVA

SALDO A FAVOR ART 6 LIVA Cuando resulte saldo a favor el contribuyente podrá: Acreditarlo contra el impuesto a su cargo que le corresponda en los meses siguientes hasta agotarlo Solicitar su devolución o llevar a cabo su compensación con otros impuestos.

COMPENSACION  Derive de impuestos federales  Los administre la misma autoridad  Si se tuviera remanente podrá solicitar su devolución  Deberán presentar el aviso de la compensación dentro de los 5 días siguientes a aquel en el que la misma se haya efectuado, acompañado de la documentación que al efecto se solicite de forma oficial ART 23 CFF

DEVOLUCION DE BIENES, DESCUENTOS O DEVOLUCIONES DE ANTICIPOS O DEPOSITOS El contribuyente que reciba la devolución de bienes enajenados, otorgue descuentos o bonificaciones o devuelva los anticipos o los depósitos recibidos, deducirá en la siguiente declaración, el monto de los actos o actividades por los que deba pagar el impuesto, siempre que se compruebe con la debida documentación que el impuesto al valor agregado se restituyó.

Lo dispuesto en este artículo no será aplicable cuando por los actos que sean objeto de la devolución, descuento o bonificación, se hubiere efectuado la retención. En este supuesto los contribuyentes deberán presentar declaración complementaria para cancelar los efectos de la operación respectiva.

DISPOSICIONES TRANSITORIAS DE LA LEY DEL IVA