TOPICOS LEGALES DEL COMERCIO EXTERIOR Jhoan Bajaña Mercedes Saud Joseph Dumani.

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Transcripción de la presentación:

TOPICOS LEGALES DEL COMERCIO EXTERIOR Jhoan Bajaña Mercedes Saud Joseph Dumani

ART GARANTIAS ESPECIFICAS Podrán constituirse en dinero en efectivo, notas de debito, cheques certificados, u otra administración tributaria central. Se deberá presentar una garantía específica a favor del servicio nacional de aduana del ecuador, en dólares en los siguientes casos:

A) Para la admisión temporal con perfeccionamiento activo o reexportación en el mismo estado, el declarante deberá presentar una garantía por el monto que equivale al 100% de los tributos suspendidos objeto de importación. La vigencia de la garantía será po los días que tenga el operador de culminación del régimen.

B) Para empresas nacionales que realicen transporte publico de pasajeros y carga nacional o nacionalizada con naves o aeronaves que ingresen al país bajo el régimen de admisión temporal con reexportación en el mismo, se presentara garantía por el 0,25% de los tributos a garantizar.

C) Para arribo forzoso, los medios de transporte utilizados serán considerados como garantía en calidad de prenda especial a favor del servicio nacional de aduana del ecuador.

D) Para el regimen aduanero de transito, se presentara una garantia al 100% de los eventuales tributos o en el caso de medio de transporte podra tomarse como garantia, en calidad de prenda especial a favor del servicio nacional de aduana del Ecuador. E) Ingreso al territorio nacional de los vehiculos de uso privado para turismo, el vehiculo podra constituirse en garantia como prenda especial.

F) Ingreso al territorio nacional de naves o aeronaves destinadas a reparacion al regimen temporal con perfeccionamiento activo, el bien ingresado se constituira como garantia. G) Mercancias que se importen al pais bajo regimen feria internacional, se rendira una garantia equivalente al 100% del valor de tributos a mercancias sujetas a imposicion y con vigencia no menor a 15 dias adicionales al plazo concedida por la autoridad audanera, para la permanecia en el pais de las mercancias bajo dicho regimen.

H) Cuando no se presente el certificado de origen o no cumple con las formalidades, se presentara una garantia conforme lo que digan los convenios internacionales o por el monto equivalente a los derechos arancelarios por un plazo de 15 dias no renovables eso aplica en el caso de no presentacion del certificado de origen; y por un plazo no mayor a 40 dias contados desde la fecha del levante de mercancias, prorrogables por 40 dias mas, aplica al caso de que hubiera presentado el certificado pero este no cumpliera con las formalidades. Vencido el mismo se procedera a la ejecucion inmediata de la garantia por el monto que hubieren tenido que cancelar sin el beneficio tributario.

I) cuando se presenten controversias previo el pago de los tributos al comercio exterior declarados, se podra presentar garantia hasta un plazo de 180 dias renovables hasta que se dicte resolucion definitiva equivalente al monto de los tributos objetos de la contraversia.

J) Cuando la visa se encontrare en tramite parala exencion de menaje de casa y/o equipo de trabajo, debera presentar una garantia del 100% por los tributos de los bienes que forman parte del menaje, con una vigencia maxima de 180 dias calendarios. De no presentar la visa con el plazo establecido se ejecutara la garantia de conformidad con disposciones legales vigentes.

K) Cuando la resolucion administrativa de exoneracion de tributos se encuentre en tramite, se presentara una garantia con el uno por ciento del valor d elos bienes en espera de autorizacion del beneficio tributario. L) En desaduanamiento directo, se presentara una garantia aduanera por el cien por ciento de tributos del despacho para formalidades aduaneras la que estara vigente por el plazo de 30 dias.

M) En descargas directa, se presentara una garantia por el cien por ciento de los tributos derivados del despacho, para cumplimiento de formalidades aduaneras, que estara vigente por el plazo de 30 dias. N) Cuando las misiones diplomaticas y oficinas consulares acreditadas en el pais, ingresen mercancias exentas, deberan presentar cartas de garantia diplomatica suscritas por maxima autoridad de la institucion; para el cumpliemiento de las formalidades aduaneras. El plazo de vigencia debera constar en la carta de garantia.

O) Instituciones del estado que conforman el sector publico deberan presentar cartas de garantias emitidas por maxima autoridad, que avaluen el cumpliemiento de las formalidades aduaneras. El plazo debera constar en la carta y dependera del regimen aduanero. Las garantias especificas deberan ser presentadas ante la direccion distrital, el cual se realice el tramite requerido conforme lo señalado anteriormente.