CONTRATOS ELECTRONICOS

Slides:



Advertisements
Presentaciones similares
Personas físicas o jurídicas que contratan a título oneroso para su consumo final la adquisición o locación de bienes o servicios. No se incluyen bienes.
Advertisements

MANEJO DE INSTRUMENTOS JURIDICOS LABORALES
Sociedad Mercantil o Comercial
Asegurar la cobranza con el nuevo sistema de facturación electrónica.
Diseño de la Herramienta Informática
Firma digital en el ecuador
CIVIL PERSONAS I ANGELO VALLEJO AVILES.
Ley De Servicios De La Sociedad De La INFORMACION Y Del Comercio ELECTRÓNICO.
Administración de Certificados Digitales
LEY Y PROCESO LEGISLATIVO (creación de la ley)
El contrato electrónico
ALGUNOS ASPECTOS JURIDICOS SOBRE EL CONTRATO ELECTRONICO Por Luís Alfonso Jurado Viscarra.
Procesos jurisdiccionales
SESIÓN 1 LA CONTRATACIÓN PÚBLICA
Ley Nº “Transparencia de la Función Pública”
Uso de firma electrónica en Ventanilla Trámite Municipal División Tecnologías de la Información Subsecretaría de Economía.
Quinto Bloque NOMBRE DE LA PRÁCTICA GENERAL:
Manifestación del consentimiento para la celebración, modificación y terminación de contratos de servicios financieros La situación en Argentina Hugo N.L.
Lic. Ma. Isabel Reyes Sánchez
AUTORA: Nicole Anamaría Rivera Vega
FORMACION DEL CONTRATO
CONTRATOS Importancia: “El derecho comercial gira alrededor del contrato aunque reconoce que sólo aporta a la teoría general principios de excepción” (C.
ACTO ADMINISTRATIVO MSO.
Aspectos legales del E-commerce de Servicios Autor : Magdalena Pueyrredon Consultaline.com
NEGOCIO JURIDICO Y ACTO JURIDICO
PROCESO ARBITRAL. CENTRO DE ESTUDIOS SOCIALES FUTUROS CREDITOS PERU SA.
Artículo 1 Se entenderá por medio de pago electrónico las tarjetas de débito, las tarjetas de crédito, los instrumentos.
Noticias de Impuestos NOTICIAS FISCALES Nuestra Gente: Otto Karím Guzmán Barrera Socio Angela Osorio de Argueta Socia
 Importancia: “El derecho comercial gira alrededor del contrato aunque reconoce que sólo aporta a la teoría general principios de excepción” (C. Malagarriga)
Formación del Contrato
ESCUELA DE DERECHO OBLIGACIONES II MSc. Claudia M Alvarado H. Abg.
CONTRATACIÓN ELECTRÓNICA (Contrato electrónico = acto jurídico bilateral o multilateral destinado a crear, modificar, transferir, extinguir derechos y.
- Definición - Requisitos - Eficacia - Extinción
Resolución alternativa de conflictos
 Firma electrónica es el conjunto de datos que identifican a una persona o empresa en particular, mismos que suelen unirse al documento que se envía.
Pág. 1 Ampliación Objeto Social de ETB Objeto Actual (+) Propuesta compilados Artículo 5. OBJETO SOCIAL: La sociedad tiene como objeto principal la prestación.
ESPIONAJE Se denomina espionaje a la práctica y al conjunto de técnicas asociadas a la obtención encubierta de datos o información confidencial.
FIRMA DIGITAL.
Contratos.
Acto Jurídico Alejandro Abarca Apablaza 5 de Mayo.
© Febrero 2002, Francisco Javier Merino Villoria CONTRATACIÓN ELECTRÓNICA EN EL NUEVO REGLAMENTO III CONGRESO DE GESTIÓN SANITARIA Javier Merino Asesor.
CONCEPTUALIZACIÓN DEL DERECHO NOTARIAL CATEGORIAS E INSTITUCIONES QUE LO COMPONEN Carlos Manuel Castro.
Este artículo se refiere a los motivos por los que se podría suspender el certificado de firma electrónica:  a. Sea dispuesto por el Consejo Nacional.
Tema 2 – Implantación de mecanismos de seguridad activa
RECURSO DE REVISIÓN. Recibida la solicitud, si no es clara o no contiene los elementos necesarios para la localización de la información, deberá prevenirse.
Contratos CODIGO CIVIL FEDERAL
L.I. ARMANDO ONOFRE MARTÍNEZ.
CONTRATOS Contrato de mandato.
Elementos de los contratos
Unidad 1: Concepto y Naturaleza de la Ética
 Es un contrato consensual en cuya virtud uno de los estipulantes, llamado “mandatario”, es encargado por el otro, que recibe el nombre de “mandante”,
L o g o Documentos Legales Elaborado por: Ing. Edson Rodriguez.
DEFINICIÓN DE CONTRATO ADMINISTRATIVO
Integrantes: Díaz, Paula Procopio, Solange
CLASIFICACION DEL COMERCIO
FIRMA DIGITAL Eduardo Chiara Galván.
Firma Electrónica Eduardo Chiara Galván
MANIFESTACIÓN DE VOLUNTAD POR MEDIOS ELECTRÓNICOS
CONTRATOS INFORMÁTICOS
CONTRATOS PREPARATORIOS
1 DERECHO DE TRANSPORTES TEMA N° 06: CONTRATO DE TRANSPORTE DE CARGA GENERAL Profesor: Enrique Becerra Medina.
CARLOS MOLINA SANDOVAL
Contratos de Compra y Venta Internacional
II.- LOS INSTRUMENTOS NOTARIALES.
Legislación del Comercio Electrónico Universidad Mundial
CÓDIGO CIVIL Y COMERCIAL DE LA NACIÓN. Seccion 3° Forma y prueba del acto jurídico.
Para que se configure un contrato debe existir: OFERTA: -Propuesta de contrato dirigida a una o más personas (información del oferente, mercancía, condiciones.
Isabel Madrigal Ballestero Costa Rica.  ". todas las negociaciones que tienen lugar entre un empleador, un grupo de empleadores, o una organización o.
Transcripción de la presentación:

CONTRATOS ELECTRONICOS POR: ERIKA SALAZAR MENDOZA Asesor Legal. CIA WITHMORY SRL. HYUNDAI HEAVY CORPORATIONS, esalazar@ciawithmory.com.pe / Catedrático UJCM – UNFV 987222863

Según nuestra legislación el contrato es mucho más que un papel firmado. Conforme lo establece el Artículo 1351º del Código Civil: “El Contrato es  el acuerdo de dos o mas partes  para crear, regular, modificar o extinguir  una relación jurídica patrimonial”. PALABRA CLAVE: “Acuerdo”.

¿Contratos electrónicos o contratos informáticos?. Existen matices de opiniones doctrinarias  que básicamente varían de un país a otro, definiendo al contrato informático  como los contratos que tienen por objeto el intercambio de bienes o servicios informáticos, tal como lo considera la legislación Argentina y española.

No se puede otorgar  tipicidad contractual  a un conjunto de transacciones  comerciales  en función de los bienes o servicios  sobre los que recaen las prestaciones que han de ejecutar los contratantes obligados, porque de ser así, tendríamos  tantos contratos como bienes y servicios existen, por el contrario los contratos electrónicos tienen una acepción mucho más amplia y comprende a todos los contratos  que se celebren a través de medios electrónicos, informáticos  o telemáticos.

¿Cómo se define un contrato electrónico? “El contrato electrónico es  el acuerdo de dos o más partes  para crear, regular, modificar o extinguir  una relación jurídica patrimonial, utilizando medios electrónicos”. Los medios electrónicos,  son definidos como aquellos instrumentos que hacen posible la comunicación entre dos o más personas, utilizando infraestructura y aparatos de telecomunicaciones.

LA REALIDAD SIEMPRE SUPERA A LA LEY. Con un simple “si acepto”. DISTANCIA FISICA. Contratos entre ausentes,  y se encuentra estipulado en el Artículo  1374º del Código Civil,  cuyo artículo fue modificado por el Articulo 1 de la Ley 27291, publicada  el 24 de Junio del año 2,000. En esta modificación, basándose en el principio de la libertad contractual, existe la posibilidad de que las personas utilicen los medios electrónicos, ópticos u otros análogos para celebrar contratos.

Artículo 1373º del Código Civil, “los contratos quedan celebrados y perfeccionados  en el momento  y lugar  en que la aceptación es conocida por el oferente”. Tratándose de la celebración de contratos a través de medios electrónicos, obviamente la distancia constituye una barrera que hace difícil dilucidar en que momento se perfecciona el contrato.

Nuestra legislación  ha optado por la teoría mixta:  la teoría del conocimiento y la teoría de la recepción, por cuya razón el Artículo 1374º completa el círculo de la perfección del contrato al mencionar que la oferta, su revocación, la aceptación, o cualquier  otra declaración contractual, se consideran conocidas  cuando llegan al ámbito jurídico  del destinatario.

ACUSE DE RECIBO Para que un contrato sea perfeccionado es necesaria que la oferta sea conocida por el destinatario. ¿Cómo acreditar esta situación? Para encontrar una respuesta a esta pregunta los legisladores pensaron en una solución técnica denominada “acuse de recibo”. Pues, la única forma de acreditar que el destinatario tuvo conocimiento de la oferta y consecuentemente se perfeccionó el contrato es demostrable mediante un acuse de recibo. En el uso de los e-mails existe la posibilidad de configurar los correos que se envían a fin de conocer en que momento el destinatario lee el correo enviado, y consecuentemente esta información es remitida a nuestro correo. Esta notificación constituye “acuse de recibo”, jurídicamente válido para tener conocimiento de la aceptación del contrato.

En consecuencia, es menester señalar a manera de conclusión que en el Perú los contratos electrónicos se encuentran plenamente difundidos, y utilizados en las transacciones e-commerce, y se encuentra plenamente legislado, pero con insuficiente difusión doctrinaria.

GRACIAS