Previsión Social En la exposición de motivos de la Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR) se estableció que para mejorar la arquitectura de este impuesto.

Slides:



Advertisements
Presentaciones similares
QUINTA RESOLUCION DE MODIFICACIONES A LA RMF. QUINTA RESOLUCION Para los efectos del artículo 31, fracción III, primer párrafo de la Ley del ISR,
Advertisements

RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL DEL ESTADO
Ley del IVA - El IVA se calcula aplicando al valor 16%
HOMBRE CLAVE.
Ley del Impuesto Sobre la Renta
INDICE ESQUEMA 2010 FACTURACION IMPRESA FACTURACION POR MEDIOS PROPIOS FACTURACION POR MEDIO DE UN PROVEEDOR AUTORIZADO DE COMPROBANTES FISCALES DIGITALES.
Características del Producto
Programa del 1 er Empleo / IMSS CPyA Juliana Rosalinda Guerra Gonzalez CROSS.
Nuevo Esquema de Pagos Electrónicos (NEPE)
Comprobantes fiscales FBA Artículo 29.- Cuando las leyes fiscales establezcan la obligación de expedir comprobantes, deberán reunir los requisitos. 29-A.-I.-
BANCO DE ALIMENTOS PARA EL DESARROLLO SOCIAL, A.C.
CPC Elio F. Zurita Morales, MI
[Nombre y firma del trabajador]
LEY DEL IMPUESTO A LOS DEPÓSITOS EN EFECTIVO (LIDE) D.O.F. 01 DE OCTUBRE DE 2007 EN VIGOR A PARTIR DEL PRIMERO DE JULIO DE HERIBERTO CASTILLO VILLANUEVA.
ESTÍMULO FISCAL EN RELACIÓN CON LOS PAGOS POR SERVICIOS EDUCATIVOS D.O.F. 15 de Febrero de 2011 Colegiaturas.
Nuevo Esquema de Pagos Electrónicos (NEPE)
2.2 Disposiciones Generales de las Personas Físicas
Nuevas Obligaciones con Hacienda Iglesia del Nazareno en México, A. R
REGIMEN DE INCORPORACION FISCAL
Reforma Fiscal Pagarán el IVA, a través de cualquiera de las siguientes opciones:  En los términos generales que la Ley establece  Mediante estimativa.
ISR PERSONAS MORALES INGRESOS 1.
Asociaciones Religiosas
Impuestos Como Persona Moral
Introducción a las contribuciones
C.Dra. Ma. Teresa Hernandez Alv. ANALISIS A LA PREVISION SOCIAL.
SEGURIDAD SOCIAL.
Reglamentos de la Ley de Equidad Tributaria Mayo2008.
Asociaciones Religiosas
Efectos fiscales de las Prestaciones de Previsión Social.
Preguntas Frecuentes 1.- ¿Se pueden actualizar otros planes a Elige? Por el momento no aplica Actualiza para este plan 2.-En qué moneda se va a poder vender.
Pasos para implementar un plan de pensiones en una empresa.
SOCIEDAD COOPERATIVA DE CONSUMO
Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo Facultad de Contaduría y Ciencias Administrativas Sindicato de Profesores de la Universidad Michoacana.
Sesión Plenaria Fiscal. Comité Fiscal. 13/03/09. DECLARACIONES INFORMATIVAS Ley del Impuesto a los depósitos en efectivo. Ley del Impuesto Sobre la Renta.
DEVOLUCIONES AUTOMÁTICAS Fecha: 08/02/ CRITERIOS PARA DEVOLUCIONES AUTOMATICAS CRITERIOS 1.- Es una facilidad administrativa para el contribuyente.
TALLER DE ACTUALIZACION FISCAL 2014 Domingo, 19 de Abril de 2015.
M. En D. Luis Eduardo Ugalde Tinoco. Especialidad en Derecho Notarial
IMPLICANCIAS TRIBUTARIAS DEL FIDEICOMISO Dra. Mónica Benites M.
PERSONAS MORALES CON FINES NO LUCRATIVOS
Artículo 1 Se entenderá por medio de pago electrónico las tarjetas de débito, las tarjetas de crédito, los instrumentos.
Ley Federal del Trabajo
Deducibilidad de las donaciones
Aspectos relevantes de la RF
Presentación Código Fiscal de la Federación
HERENCIAS, LEGADOS Y TESTAMENTOS II PARTE FISCAL C.P. y M.I. PATRICIA DEL ANGEL RIVAS.
CAPTACIÓN Presentamos el nuevo producto Retiro Dinámico Inbursa, el cual ofrece: Un Instrumento de Ahorro a Largo Plazo para el Retiro/Jubilación.
C.P.C. Jaime Aguirre Villalobos, M.I.
SESION 8/ /03/2015 LUNES COMUNIDAD VIRTUAL ANAFINET TABULLARI.- Tenedores de libros, antecedente de los CONTADORES PUBLICOS. ATTORNATOS.- Abogados.
Reglamento Interior de Trabajo
Deducibilidad de beneficios adicionales a los trabajadores
INGRESOS EXENTOS POR SALARIOS LISR Prestaciones de trabajadores de salario mínimo e ingresos por horas extras (art. 109 fracción I) Prestaciones de trabajadores.
BANCARIZACION TRANSACCIONES POR MONTOS MAYORES A BOLIVIANOS
EROGACIONES CON FINES SOCIALES Art. 32 LISR. 1)Las erogaciones para la construcción, mantenimiento y operación de: viviendas, escuelas, hospitales y servicios.
Junta de Asistencia Privada Sinaloa, diciembre 2008 Transparencia de las Donatarias Autorizadas.
El efectivo y equivalente de efectivo
Impuesto Sobre la Renta
“ASPECTOS NORMATIVOS CONTABLES” Mtro. Anastacio Granillo Solis
RENTAS DE CAPITAL Y DEL TRABAJO
UNIVERSIDAD AUTONOMA DE COAHUILA LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA ART. 4 EQUIPO # 3 FACULTAD DE CIENCIAS DE LA ADMINISTRACION SISTEMA IMPOSITIVO EXTRANJERO.
IMPUESTOS A LOS INGRESOS
IMPUESTO SOBRE LA RENTA (MISCELANEA FISCAL 2015)
ISR DE LAS PERSONAS MORALES.
TÍTULOS DEL BANCO CENTRAL TBC
CONTRATOS PLURIANUALES
Obligaciones Fiscales. Institución de Asistencia Privada Son entidades con personalidad jurídica y patrimonio propio, sin propósito de lucro que, con.
IMPACTO DE LA REFORMA EN SUELDOS Y SALARIOS MA Y MI RUBEN FELIX VALLEJO CALDERON.
Salario. Art. 82. Salario es la retribución que debe pagar el patrón al trabajador por su trabajo. El salario es una retribución que se paga en efectivo.
 Es una asociación de trabajadores constituida para la defensa y promoción de intereses profesionales, económicos o sociales de sus miembros.
ARTICULO 58 CODIGO DEL TRABAJO. ARTICULO 58 El empleador deberá deducir de las remuneraciones los impuestos que las graven, las cotizaciones de seguridad.
Asociación Nacional de Especialistas Fiscales de Monterrey, A.C. Novedades en Materia Fiscal del 10 de Febrero al 09 de Marzo de Marzo 9 de 2016.
Transcripción de la presentación:

Previsión Social En la exposición de motivos de la Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR) se estableció que para mejorar la arquitectura de este impuesto se debe restablecer el principio de simetría fiscal. Este principio establece un parámetro de vinculación entre los contribuyentes y de equilibrio entre ingresos y gastos, de manera que si a una persona física o moral le corresponde el reconocimiento de un ingreso que será gravado, a su contraparte que realiza el pago -que genera ese ingreso-, debe corresponderle una deducción. Por lo que se propuso acotar la deducción de las erogaciones por remuneraciones que a su vez sean ingresos para el trabajador considerados exentos por la LISR.

Así las cosas, conforme a la nueva LISR las aportaciones realizadas a los fondos de pensiones y jubilaciones, así como las erogaciones por remuneraciones que sean ingresos exentos del ISR para el trabajador1 como son la previsión social, gratificaciones anuales, horas extra, prima vacacional, entre otros, serán deducibles en un 47%. Sin embargo, cuando las prestaciones otorgadas en el ejercicio, no disminuyan respecto de las otorgadas en el ejercicio fiscal anterior3, la deducción será de un 53%. (Artículo 28, fracción XXX LISR)

Es importante señalar que la previsión social es un concepto que se refiere en un primer aspecto, a la atención de futuras contingencias que permitan la satisfacción de necesidades del orden económico del trabajador y su familia, ante la eventual imposibilidad material de aquel para hacerles frente, con motivo de la actualización de accidentes de trabajo e incapacidades para realizarlo; sin embargo, la previsión social no sólo debe entrañar la ayuda al trabajador y su familia, ante la actualización de siniestros u otras circunstancias que impidan al primero continuar en el desarrollo de su labor, sino que su significado debe entenderse en el sentido de que la clase social trabajadora pueda, de modo integral, alcanzar la meta de llevar una existencia decorosa y digna, a través del otorgamiento de otros satisfactores de índole económico, cultural, social y recreativo, con los cuales se establezcan bases firmes para el mejoramiento de su calidad de vida

De lo anterior podemos señalar que las prestaciones de previsión social comprenden las becas educacionales para los trabajadores o sus hijos, guarderías infantiles, vales de despensa, ayuda de trasporte, instalaciones deportivas, fondo de ahorro, seguro de vida, entre otras. VALES DE DESPENSA En relación a los vales de despensa que los contribuyentes otorguen a sus trabajadores, de acuerdo con las nuevas disposiciones en materia de ISR, serán deducibles siempre que se entreguen mediante los monederos electrónicos que para tales efectos autorice el Servicio de Administración Tributaria (SAT). (Art. 27, fracción XI, LISR) Para los efectos anteriores, en la Resolución Miscelánea Fiscal para 2014 (RMF para 2014), el SAT estableció el concepto de vale de despensa como aquel que es proporcionado a través de monedero electrónico y permite a los trabajadores que los reciben, adquirir canastillas de alimentos en términos de la Ley de Ayuda Alimentaria para los Trabajadores. (Regla I.3.3.1.26)

Asimismo, se prevé lo que debe entenderse por monedero electrónico de vale de despensa, señalando que es cualquier dispositivo tecnológico que se encuentre asociado a un sistema de pagos que proporcione, por lo menos, los servicios de liquidación y compensación de los pagos que se realicen entre los patrones contratantes de los monederos electrónicos, los trabajadores beneficiarios de los mismos, los emisores autorizados de los monederos electrónicos y los enajenantes de despensas. (Regla I.3.3.1.27) La autoridad fiscal establece claramente que dichos monederos electrónicos están limitados a la adquisición de despensas dentro del territorio nacional, no podrán utilizarse para disponer de efectivo, intercambiarse por títulos de crédito, u obtener bienes distintos a despensas. (Regla I.3.3.1.27)

DEDUCIBILIDAD DE LA NÓMINA Forma de pago De acuerdo con la nueva LISR, para que las personas morales puedan deducir la nómina de sus trabajadores, deberán realizarla por los medios que la propia ley señala y expedir los comprobantes fiscales que correspondan. Lo anterior, en virtud de que el artículo 27, fracción III, de la LISR, ya no comprende la excepción prevista en la Ley anterior, es decir, que éste requisito no aplicaba al pago de salarios, por lo que, de acuerdo a lo que prevé el citado precepto legal, para que sea deducibles aquellos pagos por concepto de salarios cuyo monto sea mayor a $2,000.00, deberán realizarse a través de los medios que establece dicho precepto legal.

En efecto, conforme al artículo 27, fracción III, de la LISR, las deducciones deberá reunir entre otros requisitos, los siguientes: a) Estar amparadas con un comprobante fiscal. b) Los pagos cuyo monto exceda de $2,000.00 deberán efectuarse, a través de alguno de los siguientes medios: i. Transferencia electrónica de fondos desde cuentas abiertas a nombre del contribuyente en instituciones que componen el sistema financiero y las entidades que para tal efecto autorice el Banco de México; ii. Cheque nominativo de la cuenta del contribuyente, el cual deberá contener la clave en el registro federal de contribuyentes de quien lo expide, así como en el anverso del mismo la expresión "para abono en cuenta del beneficiario"; iii. Tarjeta de crédito; iv. Tarjeta de débito; v. Tarjeta de servicios; o vi. Los denominados monederos electrónicos autorizados por el Servicio de Administración Tributaria.

En caso de que el pago de las erogaciones se realice en poblaciones o zonas rurales donde no hay servicios financieros, las autoridades fiscales podrán liberar de la obligación de pagarlas a través de los medios antes referidos. En relación a las diversas formas de pago señaladas en los párrafos anteriores, la Ley Federal del Trabajo establece que el salario debe pagarse en moneda de curso legal, ya que por Ley no se permite hacerlo en mercancías, vales, fichas o cualquier otro signo representativo con que se pretenda substituir la moneda. No obstante lo anterior, previo consentimiento del trabajador, el pago del salario podrá efectuarse por medio de depósito en cuenta bancaria, tarjeta de débito, transferencias o cualquier otro medio electrónico . En estos casos, la Ley Federal del Trabajo prevé que los gastos o costos que originen estos medios alternativos de pago los debe cubrir el patrón