Ley de Transparencia y del Derecho de Acceso a la Información Pública

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Transcripción de la presentación:

Ley de Transparencia y del Derecho de Acceso a la Información Pública Grupo de Transparencia y del Derecho de Acceso a la Información Pública Procuraduría General de la Nación

Derecho de Acceso a Información Pública 90´s: 10 países con leyes de AIP. 2014: 100 países (75% de la población mundial). Es un derecho humano (CIDH).

Derecho de Acceso a Información Pública La información pública NO es de los funcionarios o entidades; es de las personas, es de todos. Las entidades públicas tienen una razón de ser. El voto no es suficiente como forma de participación y control. Los ciudadanos piden cuentas constantemente y pueden participar en la toma de decisiones. Gracias a las nuevas tecnologías, las distancias y escaso tiempo, las personas esperan un acceso rápido y efectivo de los servicios del Estado. El derecho de acceso a la información es un “derecho llave”.

Derecho de Acceso a la Información (LEY 1712 DE 2014) Definición: “Toda persona puede conocer sobre la existencia y acceder a la información pública”. Titular del derecho: “Toda persona puede conocer sobre la existencia y acceder a la información pública”. Información pública: “Toda información que un sujeto obligado genere, obtenga, adquiera o controle en su calidad de tal”. Principio de máxima publicidad.

Derecho de Acceso a la Información (LEY 1712 DE 2014) Sujetos obligados: Entidades públicas de todos los órdenes y niveles. Partidos políticos y grupos significativos de ciudadanos. Privados que ejerzcan función pública, servicios públicos, autoridad pública, presten servicios públicos o administren recursos públicos. Entidades que administren instituciones parafiscales, fondos o recursos de naturaleza u origen público. Obligaciones: Divulgar proactivamente la infromación pública y responder (…) de manera adecuada las solicitudes de información, Gestionar información pública.

El derecho fundamental de Acceso a la Información conlleva tres obligaciones: Divulgación proactiva Acceso a la Información Transp. Activa Gestión de la información Respuesta a solicitudes Transp. Pasiva

SOLICITUD DE INFORMACIÓN

Responder de manera adecuada SOLICITUD DE INFORMACIÓN TÉRMINO RESPUESTA Escrita, Oral, Electrónica No es necesaria fundamentar la solicitud Solicitud respetuosa y clara (No es un reclamo, solicitud de gestión o de reunión) 10 días Escrita. Preferencia: Vía electrónica Gratuita o costo de reproducción y envío Oportuna Veraz Completa Actualizada Motivada

EXCEPCIONES: (Ley o Constitución) Regla general: ACCESO A INFORMACIÓN PÚBLICA Gratuidad, celeridad, facilitación, no discriminación, eficacia, calidad. EXCEPCIONES: (Ley o Constitución) Info clasificada: daño de derechos a personas naturales o jurídicas. Info reservada: daño a los intereses públicos.

LA INFORMACIÓN PÚBLICA NO PODRÁ SER RESERVADA O LIMITADA SALVO POR DISPOSICIÓN CONSTITUCIONAL O LEGAL Información clasificada: Ámbito propio de una persona natural o jurídica Derecho de las personas a la intimidad (Habeas Data) Derecho a la vida, salud o seguridad Secretos comerciales, industriales y profesionales Información reservada: Daño a intereses públicos Defensa y seguridad nacional Relaciones internacionales Etapa de investigación Macroeconomica y financiera Otros Publicación parcial Reserva Temporal (15 años)

Defensoría del Pueblo, La tutela y el derecho a la salud 2013 (2014) El derecho fundamental al derecho de petición es el más invocado en las tutelas en Colombia En el 2013, 48% (218.656) de las 454.500 tutelas interpuestas en el país correspondieron al derecho de petición. Defensoría del Pueblo, La tutela y el derecho a la salud 2013 (2014)

Defensoría del Pueblo, La tutela y el derecho a la salud 2013 (2014) El derecho fundamental al derecho de petición es el más invocado en las tutelas en Colombia Defensoría del Pueblo, La tutela y el derecho a la salud 2013 (2014)

La PGN presta el servicio de supervigilancia del Derecho de Petición Grupo de Supervigilancia del Derecho de Petición de la Procuraduría Auxiliar para Asuntos Constitucionales vigilanciaderechodepeticion@procuraduria.gov.co http://www.procuraduria.gov.co/html/sitio_guia/docs/formatos/3%20-%20formato%20solicitud%20supervigilancia%20dp%202.pdf

El Ministerio Público adelanta el procedimiento especial de solicitud de información con identificación reservada Artículo 4, PARÁGRAFO. Cuando el usuario considere que la solicitud de la información pone en riesgo su integridad o la de su familia, podrá solicitar ante el Ministerio Público el procedimiento especial de solicitud con identificación reservada. Sentencia C-274 de 2013. Tal procedimiento, no supone una labor de indagación sobre los motivos por los cuales existe la amenaza, no exige una demostración de interés por parte del solicitante, ni permite que la Procuraduría valore esos motivos ni niegue tal posibilidad. http://www.procuraduria.gov.co/portal/solicitud_informacion_identificacion_reservada.page

Acceso a la Información El derecho fundamental de acceso a la información conlleva tres obligaciones Divulgación proactiva Acceso a la Información Transp. Activa Gestión de la información Respuesta a solicitudes Transp. Pasiva

Transparencia Activa/Proactiva Información mínima obligatoria respecto a la estructura del sujeto obligado. Publicidad de la contratación. Información mínima obligatoria respecto a servicios, procedimientos y funcionamiento del sujeto obligado.

Esquemas de publicación de información: Término: 6 meses de entrada en vigencia la ley. Entidades Nacionales Entidades en Territorio Decreto Reg. 103 20 Enero de 2015 (Paragrafo 2: ventanilla electrónica, sitio wed oficial y medio electrónico institucional) 1 Año 1 Año y 6 meses

Deberán contener los esquemas de publicación: Clases de información. Información mínima. Manera en la que publicará la información. Cuadros de clasificación documental – AGN. Periodicidad de la información.

Registros de Activos de Información: Para su creación y actualización tendrán el término igual al de vigencia de la ley. Entidades Nacionales Entidades en Territorio 6 meses 1 Año

-Categorías de información publicada por el sujeto. -Todo registro disponible para ser solicitado por el público y medio de disponibilidad o medio alternativo. (ej: físico, digital, grupos étnicos, personas con discapacidad) -Índices de información: pública, clasificada, reservada.

MÍNIMOS DE INFORMACIÓN

Información mínima respecto a estructura Artículo 9: Información mínima respecto a estructura Estructura orgánica, funciones y deberes, ubicación de sus sedes y áreas, divisiones o departamentos, y horario de atención. Presupuesto general, ejecución presupuestal histórica anual y planes de gasto público para cada año fiscal Directorio (cargo, correos electrónico y teléfono del despacho de funcionarios y escalas salariales  Normas generales y reglamentarias, políticas, lineamientos o manuales, las metas y objetivos de las unidades administrativa Plan de compras anual, contrataciones adjudicadas para la vigencia Plazos de cumplimiento de los contratos Plan Anticorrupción y de Atención al Ciudadano Hoja de Vida Formato DAFP

Artículo 11: Información mínima respecto a servicios, procedimientos y funcionamiento Procedimientos, lineamientos, políticas en materia de adquisiciones y compras, todos los datos de adjudicación y ejecución de contratos, incluidos concursos y licitaciones Mecanismo de presentación directa de solicitudes, quejas y reclamos a disposición del público en relación con acciones u omisiones del sujeto obligado, junto con un informe de todas las solicitudes, denuncias y los tiempos de respuesta. Mecanismo o procedimiento por medio del cual el público pueda participar en la formulación de la política o el ejercicio de las facultades de ese sujeto obligado Registro de los documentos publicados; registro de Activos de Información Publicar datos abiertos, para lo cual deberán teniendo en cuenta excepciones.

los informes de gestión, evaluación y auditoría del sujeto obligado Artículo 11: Información mínima respecto a servicios, procedimientos y funcionamiento Detalles pertinentes sobre todo servicio que brinde directamente al público, incluyendo normas, formularios y protocolos de atención Información de trámites que se pueden agotar en la entidad, incluyendo la normativa relacionada, el proceso, los costos asociados y los distintos formatos o formularios requeridos (SUIT) Descripción de los procedimientos que se siguen para tomar decisiones en las diferentes áreas Contenido de toda decisión y/o política que haya adoptado y afecte al público, junto con sus fundamentos y toda interpretación autorizada de ellas los informes de gestión, evaluación y auditoría del sujeto obligado mecanismo interno y externo de supervisión, notificación y vigilancia pertinente del sujeto obligado

Matriz de Cumplimiento Ley 1712 de 2014 Ejemplo: http:/wp.presidencia.gov.co/sitios/dapre/Paginas/ley-transparencia-acceso-informacion.aspx

La gestión de las entidades nacionales tiene mucho por mejorar 25% de las entidades nacionales no ha ingresado ningún tipo de información en el SIGEP (Sistema de Información y Gestión del Empleo Público). Fuente: SIGEP, 2014 – Departamento Administrativo de la Función Pública. Decreto 19/2012. 66% de las entidades nacionales no cuentan con un Programa de Gestión Documental (PGN). Fuente: Archivo General de la Nación, 2013. Decreto 2609/2012 62% de las entidades nacionales no publicaron de manera oportuna el Plan Anual de Adquisiciones (PAA) en el SECOP al 31 de enero de 2014. Fuente: SECOP, 2014. Decreto 1510 de 2013. Circular Externa No. 2/2013. Res. 5313/2002 – Contraloría General de la República.

Diagnóstico La transparencia activa evita que se recurra a la tutela sin embargo la gestión de la información en las entidades públicas sigue siendo crítica 92% de las entidades públicas (10.615/11.580) que deben reportar avances en la implementación de la Ley de Archivos, no lo hicieron o evidencian un cumplimiento nulo (Archivo General de la Nación, 2013). 48% de las entidades territoriales y 22% de entidades del orden nacional no cumplieron con los estándares óptimos en los índices de Gobierno en línea (Min. Tic, 2013). 46% de las entidades nacionales (210/456) y 44% de las entidades territoriales (3.469/7.878) publicaron el Plan de adquisiciones en el SECOP (Agencia Compra Eficiente, 2014)

5 GRANDES FUNCIONES DEL MINISTERIO PÚBLICO COMO ÓRGANO GARANTE DE LA LEY 1712 DE 2014 1. Promoción y capacitación a sujetos obligados y ciudadanía sobre el uso y cumplimiento de la Ley. 2. Elaboración de relatoría e informes sobre el cumplimiento de las decisiones de tutela. 3. Vigilancia y seguimiento al cumplimiento de la Ley por parte de los sujetos obligados. 4. Implementación del procedimiento especial de solicitud con identificación reservada. 5. Imponer de sanciones disciplinarias.

La Ley de Transparencia y del Derecho de Acceso a la Información requiere un Ministerio Público sólido y articulado Comité de Transparencia y del Derecho de Acceso a la Información Pública Procurador General de la Nación Defensor del Pueblo Representante de los Personeros Director del Instituto del Ministerio Público Secretaría Técnica: Coordinador del Grupo Transparencia y del Derecho de Acceso a la Información

Carrera 5 # 15-80 - Piso 20. Tel. 5878750, Ext 12096 Gracias Grupo de Transparencia y del Derecho de Acceso a la Información Pública Procuraduría General de la Nación Carrera 5 # 15-80 - Piso 20. Tel. 5878750, Ext 12096 grupotransparencia@procuraduria.gov.co http://www.procuraduria.gov.co/portal/grupo-transparencia.page

Decreto 103 del 20 de enero de 2015 Reglamentación de la Ley 1712 en relación a los instrumentos de gestión de la información.

Títulos: I. Disposiciones generales. II. Publicación y divulgación – Transparencia Activa. III. Accesibilidad y otras directrices. IV. Gestión de solicitudes Transparencia Pasiva. V. Gestión de la información clasificada y reservada. VI. Instrumentos de gestión de la información pública. VII. Seguimiento a la gestión de la información.