PROPUESTAS PARA LA ARTICULACIÓN Y DESARROLLO DEL SISTEMA NACIONAL DE TRANSPARENCIA. Mtro. Francisco Javier Mena Corona Comisionado Propietario de la CAIPTLAX.

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Transcripción de la presentación:

PROPUESTAS PARA LA ARTICULACIÓN Y DESARROLLO DEL SISTEMA NACIONAL DE TRANSPARENCIA. Mtro. Francisco Javier Mena Corona Comisionado Propietario de la CAIPTLAX. Durango, Mayo de 2015.

Propuestas para articular el Sistema Nacional de Transparencia Debe estar integrado además de las instancias que señala al Ley General de Transparencia, por todos y cada uno de los integrantes de los órganos garantes; La importancia y el rumbo de este sistema; La importancia de impulsar a nivel nacional el principio de máxima publicidad, la transparencia de la información y la apertura gubernamental, desarrollando líneas estratégicas de acción.

“Articulo 28. El Sistema Nacional se integra por el conjunto orgánico y articulado de sus miembros, procedimientos, instrumentos y políticas, con el objeto de fortalecer la rendición de cuentas del Estado mexicano. Tiene como finalidad coordinar y evaluar las acciones relativas a la política pública transversal de transparencia, acceso a la información y protección de datos personales, así como establecer e implementar los criterios y lineamientos, de conformidad con lo señalado en la presente Ley y demás normatividad aplicable.” “Articulo 29. El Sistema Nacional se conformará a partir de la coordinación que se realice entre las distintas instancias…”

Debemos evaluarnos a nosotros mismos como parte integral del Sistema Nacional de Transparencia, más allá de protocolos y procedimientos, debemos generar criterios y lineamientos que nos permitan tener de manera clara un diagnóstico real, acorde a las fortalezas, oportunidades, debilidades y amenazas.

Instituto Nacional de Acceso a la Información y Protección de Datos; Los Organismos Garantes de las Entidades Federativas; Auditoría Superior de la Federación; Archivo General de la Nación, y Instituto Nacional de Estadística y Geografía.

El objetivo primario del análisis consiste en obtener conclusiones sobre la forma en que el objeto estudiado (S.N.T.) será capaz de afrontar los cambios y las turbulencias en el contexto, (oportunidades y amenazas) a partir de sus fortalezas y debilidades internas.

PROPUESTA DE METODOLOGÍA DE EVALUACION DEL SNT Presentación Derivado de las atribuciones que ha otorgado la Ley General de Transparencia al SNT, entre las cuales se encuentran, la de evaluar a las acciones relativas a la política publica transversal de transparencia, acceso a la información y protección de datos personales, así como establecer los criterios y lineamientos. La importancia de evaluar radica en conocer el estado de cumplimiento en un primer plano de los organismos que integran el SNT y en un segundo momento a los Sujetos Obligados, en base a este, podamos emitir las recomendaciones necesarias para la mejora continua.

Construcción de Indicadores Índice de Cumplimiento + Índice de Cumplimiento + Índice de conocim. Índice General de la Información Pública de Requerimientos del ARI = de Cumplimiento de Oficio ICIPO ICR ICARI IGC

1) Índice de Cumplimiento de la Información Pública de Oficio (ICIPO) Este índice muestra el resultado de la verificación que se realiza a los portales de transparencia en cuanto a la publicación de la información mínima de oficio establecida, de acuerdo a los Criterios y Metodología de Evaluación de la información Pública de Oficio que deben difundir los Órganos Garantes sus Portales de Internet, con el objetivo de medir la calidad de la Información Pública de Oficio que tiene publicada en su página web. Este índice tendrá un valor de 50% y se obtendrá con la siguiente fórmula: =Σ *100 ∗.50 n Donde: ICIPO: Índice de cumplimiento de la Información Pública de Oficio (escala sobre 100). Σ =1= Suma de los criterios aplicables que se encuentran publicados en su portal n= Número de criterios aplicables 50= Valor del índice

2) Índice de Cumplimiento de los Requerimientos () Este índice establece el cumplimiento de las recomendaciones, requerimientos y demás documentos análogos que en materia de acceso a la información. En cada uno de ellos, se evaluará en dos aspectos: 1. Tiempo: que se entreguen dentro del plazo que estipule. 2. Forma: que cumplan con los requisitos que establezca la normatividad. Se obtiene con la siguiente fórmula: =[Σ_=1] ∗ 100 *.30 n Donde: =Índice de cumplimiento de los requerimientos. Σ_== Suma de los informes y requerimientos que hayan atendido los Órganos Garantes. n = Número del total de los informes y requerimientos solicitados. 30= Valor del índice

3) Índice de Conocimiento del ARI (ICARI) La aplicación de un examen de veinte preguntas sobre la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información. Del cual se pretende la realización de dos diferentes cuestionarios de opción múltiple, valor de cada variable será de un punto porcentual. Se obtendrá a través de la siguiente fórmula: Donde: ICARI= Índice de Conocimiento del ARI Σ= Res_== Suma de las Respuestas Positivas del ARI. n = número total de acciones. 20= Valor del índice

INDICE GENERAL DE CUMPLIMIENTO Este nos muestra el índice final por Sujeto Obligado: =()+((O)+(CARI) Donde = Índice General de Cumplimiento. ICIPO = Índice de cumplimiento de la Información Pública de Oficio. = Índice de Cumplimiento de los Requerimientos. ICARI = Índice de Conocimiento del ARI. 100= Valor del índice

Lo anterior nos permitirá obtener de manera clara y precisa un diagnóstico para acceder a una mejor toma de decisiones y que el SNT, obtenga mayores herramientas para su funcionamiento.

MUCHAS GRACIAS !!!