Tipificación estatutaria de la licencia del docente que forma parte del Programa. Esto sería despejado en breve desde la Mesa Intersectorial. Tipificación.

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Transcripción de la presentación:

Tipificación estatutaria de la licencia del docente que forma parte del Programa. Esto sería despejado en breve desde la Mesa Intersectorial. Tipificación estatutaria de la licencia del docente que forma parte del Programa. Esto sería despejado en breve desde la Mesa Intersectorial. ¿Los docentes que pertenecen a más de una modalidad (por ejemplo técnica y primaria) deben hacer ambas o eligen una capacitación? Deben realizarla en cada nivel ¿Los docentes que pertenecen a más de una modalidad (por ejemplo técnica y primaria) deben hacer ambas o eligen una capacitación? Deben realizarla en cada nivel ¿Los docentes que tienen carga horaria en CABA (que por lo general no los autoriza a venir a las Jornadas Provinciales) deben poder asistir a la capacitación del PNFP del viernes? ¿Dicho de otra forma, la ciudad debiera autorizarlos dado que el plan de capacitación es nacional? ¿Los docentes que tienen carga horaria en CABA (que por lo general no los autoriza a venir a las Jornadas Provinciales) deben poder asistir a la capacitación del PNFP del viernes? ¿Dicho de otra forma, la ciudad debiera autorizarlos dado que el plan de capacitación es nacional? El programa es federal, por lo tanto ningún docente de CABA va tener dificultades. El programa es federal, por lo tanto ningún docente de CABA va tener dificultades. Cuando es suplente y termina su suplencia en la escuela en la que está capacitándose ¿cómo acreditaría la participación? Podrá seguir con el Programa aunque no trabaje más en esa escuela. Cuando es suplente y termina su suplencia en la escuela en la que está capacitándose ¿cómo acreditaría la participación? Podrá seguir con el Programa aunque no trabaje más en esa escuela. ¿Otorga puntaje docente? Al culminar los tres años del Programa ¿Otorga puntaje docente? Al culminar los tres años del Programa ACTA ACUERDO

La Plata, octubre de Consideraciones para la realización de las Jornadas Institucionales (Agosto 2014). Inspector Jefe Regional, en el marco de la Mesa Regional del PNFP Cada Inspector Jefe Regional, en el marco de la Mesa Regional del PNFP, deberá prever y establecer el cronograma de las jornadas institucionales para cada nivel y modalidad. El mismo deberá ser elevado a la Dirección Provincial de Gestión Educativa y podrá considerar una única fecha para la totalidad de las instituciones, o diferentes fechas para los distritos, dentro del período establecido por la Mesa Jurisdiccional La Plata, octubre de 2014

La organización del cronograma deberá garantizar la participación de los capacitadores y de los inspectores areales en la jornada, como mínimo, en al menos una de las instituciones del universo de escuelas a cargo de los mismos.

La determinación del cronograma regional involucra también a las Instituciones de nivel superior de gestión pública y privada dependientes de la Dirección Provincial de Educación Superior y de la Dirección Provincial de Educación de Gestión Privada que realizarán la jornada en la fecha prevista en el Distrito

obligatorias, independientemente de su situación de revista Las jornadas son obligatorias, en tanto se trata de una formación en servicio, para todos los docentes y equipos institucionales alcanzados por el Programa, independientemente de su situación de revista (titular, provisional o suplente).

una duración mínima de cuatro horas. Las jornadas institucionales tendrán en cada establecimiento una duración mínima de cuatro horas. El docente deberá cumplirlas en la escuela donde ha elegido certificar el Programa Nacional de Formación Permanente.

Cuando se trate de establecimientos con más de un turno, el equipo directivo deberá organizar sus turnos de desempeño en ese día, a fin de garantizar la presencia de alguno de sus miembros en el desarrollo de la jornada en cada uno de los turnos establecidos por Planta Orgánica Funcional. Cuando se trate de establecimientos con más de un turno, el equipo directivo deberá organizar sus turnos de desempeño en ese día, a fin de garantizar la presencia de alguno de sus miembros en el desarrollo de la jornada en cada uno de los turnos establecidos por Planta Orgánica Funcional.

En caso de que un docente se desempeñara en escuelas alcanzadas por el Programa en más de un nivel, deberá elegir una por cada uno de los niveles a los efectos de su participación, considerando los alcances de la Resolución CFE Nº 219/14 que prevé la certificación y la acreditación del Programa por nivel educativo. Esta consideración alcanza también a los docentes de Educación Secundaria y de Educación Superior

En caso de que un docente tenga el día de la Jornada Institucional desempeño laboral en más de un establecimiento del mismo nivel involucrado en el PNFP, deberá optar en cuál desarrollar todas las acciones del PNFP a los efectos de la certificación, pero formará parte del proceso de construcción colectiva que se inicie en las otras escuelas a las que asistirá siempre que no exista superposición horaria en el desarrollo de la Jornada. El establecimiento que el docente eligió para participar en el mes de junio será el mismo durante todo el desarrollo del Programa, dado que será la institución por la que certificará el proceso formativo.

Los docentes que durante el día en que se realiza la Jornada Institucional tienen a su cargo horas o módulos en más de una institución (una alcanzada por el PNFP y otra que no) participarán en la Jornada Institucional. La certificación extendida por la institución servirá a los efectos de constancia de asistencia en la escuela que debió prestar servicios ese día, sean estos servicios de gestión pública o privada.

la certificación de asistencia, Cada establecimiento deberá extender a los docentes participantes la certificación de asistencia, según el modelo que se adjunta. La misma deberá conservarse a los efectos de la posterior acreditación de esta formación

la nómina de los docentes El equipo de conducción a cargo de la Jornada Institucional deberá garantizar el registro escrito y archivo en la institución de la nómina de los docentes que participen en cada una de las jornadas

actividad de interés público del estado en la jurisdicción La definición del PNFP como actividad de interés público del estado en la jurisdicción, la estructura de conducción y el cronograma de Jornadas se han establecido en Resolución del Consejo General de Cultura y Educación, tramitada por expediente Nº /14.

será analizada y resuelta en forma específica a través del Inspector Jefe Distrital en comunicación con la Coordinación del Programa y la Dirección Provincial Cualquier situación particular no prevista en la presente, será analizada y resuelta en forma específica a través del Inspector Jefe Distrital en comunicación con la Coordinación del Programa y la Dirección Provincial de Gestión Educativa. Los criterios para su resolución serán siempre, garantizar el espíritu del Programa y los deberes y derechos de los trabajadores involucrados.

El presente acuerdo no pauta aspectos referidos a la acreditación/certificación. Los mismos serán analizados oportunamente, una vez avanzado el desarrollo de la Primera cohorte involucrada en el PNFP.

Subsecretaría de Educación – Dirección Provincial de Educación Inicial Dirección Provincial de Educación Primaria Dirección Provincial de Educación Secundaria Dirección Provincial de Educación Superior Dirección Provincial de Educación de Gestión Privada Dirección Provincial de Gestión Educativa Dirección de Educación Técnica Dirección de Educación Agraria Dirección Provincial de Proyectos Especiales

SADOP – Miguel Ángel Arzel SADOP – Horacio Rodríguez UPCN – Alejandro Ojeda UPCN – Ana María Necol UDA – Karina Zavala UDA – Gabriela Amadeo FEB – Diego Altolaguirre SUETRA – Diego Cantero FEB – Julieta Escande SUTEBA - Mariana Cattaneo,