Ley Orgánica de Prevención,Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo (LOPCYMAT Articulos: 1- 11 – 39- 40- 53- 54- 55 – 56 – 59 – 69 – 112 - 116 Desarrollo.

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Transcripción de la presentación:

Ley Orgánica de Prevención,Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo (LOPCYMAT Articulos: 1- 11 – 39- 40- 53- 54- 55 – 56 – 59 – 69 – 112 - 116 Desarrollo Personal y Responsabilidad Social LOPCYMAT 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 Neida Duque . C.I. 10.745.732

Terminos a definir Desarrollo Personal y Responsabilidad Social Lopcymat LEY ORGÁNICA DE PREVENCIÓN, CONDICIONES Y MEDIO AMBIENTE DE TRABAJO, Instrumento jurídico que forma parte del Sistema Integral de Seguridad Social de Venezuela. Los elementos más resaltantes de la LOPCYMAT son la creación de los Comités de Seguridad y Salud Laboral (CSSL), el planteamiento de criterios técnicos actualizados en materia de higiene, seguridad y ergonomía; así como también el establecimiento de los deberes y derechos de los trabajadores y empleadores. Contempla además sanciones que van de 25 a 100 unidades tributarias por cada trabajador expuesto en caso de infracciones en materia de Salud y Seguridad Laboral. Inpsasel: El Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laboral, es un organismo autónomo adscrito al Ministerio del Trabajo Desarrollo Personal y Responsabilidad Social LOPCYMAT 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 Neida Duque . C.I. 10.745.732

Desarrollo Personal y Responsabilidad Social Objeto de la LOPCYMAT Articulo 1 Establecer bases para garantizar condiciones de seguridad, salud y bienestar en trabajo Establecer sanciones por incumplimiento de la normativa Desarrollar lo dispuesto en la Constitución y en la Ley Orgánica del Sistema de Seguridad Social Normar lo relativo a la Responsabilidad Objetiva de los Empleadores Regular la Responsabilidad del Patrono cuando existe culpa Desarrollo Personal y Responsabilidad Social LOPCYMAT 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 Neida Duque . C.I. 10.745.732

Desarrollo Personal y Responsabilidad Social POLÍTICA NACIONAL DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (Art. 11)‏ La Política Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo, topicos de grande importancia en beneficio de la calidad de vida de los trabajadores como son utilización del tiempo libre, descanso, recreación y turismo social, la prevención de accidentes y enfermedades ocupacionales, la discapacidad laboral, el amparo y protección a los trabajadores que laboren de manera individual, igualdad de oportunidades y criterios que impidan la discriminación, protección de niños y adolescentes, la formación relacionada con la seguridad y salud en el trabajo,establecimiento de metodologías para vigilancia epidemiológica y políticas competentes en el área de seguridad. DE LOS SERVICIOS DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (Art. 39)‏ Cada Cooperativa o Asociación Comunitaria, debe crear un servicio propio, dependiendo de la actividad económica que desarrolle, en el resto de los casos puede contar con un servicio mancomunado. Estos servicios serán responsables solidariamente en materia de seguridad y salud en el trabajo. Estos servicios deben estar registrados ante el Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales (INPSASEL) y deberán contar con garantía suficiente que cubra su eventual responsabilidad. El objetivo de estos servicios es la promoción, prevención y vigilancia en materia de seguridad, salud, condiciones y medio ambiente del trabajo, para proteger los derechos humanos a la vida, a la salud e integridad personal de los trabajadores. Desarrollo Personal y Responsabilidad Social LOPCYMAT 1 1 1 2 2 2 3 3 3 4 4 4 5 5 5 6 6 6 7 7 7 8 8 8 9 10 Neida Duque . C.I. 10.745.732

BIENESTAR DEL TRABAJADOR FUNDIONES DEL SERVICIO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO Protección del trabajor en todos los aspectos durante su permanencia en el area de trabajo Art. 40 Promover y velar por el tiempo libre, descanso diario, vacaciones y suministrar examenes clínicos necesarios a los trabajadores Desarrollar y mantener un Sistema de Vigilancia Epidemiológica de accidentes y enfermedades ocupacionales FUNCIONES Elaborar planes de seguridad y de formación para los trabajadores BIENESTAR DEL TRABAJADOR Desarrollo Personal y Responsabilidad Social LOPCYMAT 1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 6 6 7 7 8 8 Neida Duque . C.I. 10.745.732

LOS DERECHOS SON IRRENUNCIABLES DERECHOS Y DEBERES DE LOS TRABAJADORES Y TRABAJADORAS DERECHOS DEBERES ARTICULO 53 ARTICULO 54 1.- Ser informados al inicio de su actividad, de las condiciones en que ésta se va a desarrollar. 2.- Recibir formación teórica y práctica, en la prevención de accidentes de trabajo y enfermedades ocupacionales. 3.- Rehusarse a trabajar a interrumpir una tarea o actividad, cuando exista un peligro inminente que ponga en riesgo su vida. 4.- Denunciar condiciones inseguras o insalubres de trabajo. 5.- Ser reubicados de sus puestos de trabajo o a la adecuación de sus tareas por razones de salud, rehabilitación o reinserción laboral. 6.- Que se le realicen periódicamente exámenes de salud preventivos 1.- Ejercer las labores derivadas de su contrato con sujeción a las normas de seguridad y salud en el trabajo. 2.- Usar en forma correcta y mantener en buenas condiciones los Equipos de Protección Personal (EPP) e instalaciones. 3.- Hacer buen uso y cuidar las instalaciones de trabajo. 4.- Mantener condiciones de orden y limpieza en su puesto de trabajo. 5.- Informar de inmediato, de la existencia de una condición insegura capaz de causar daños a la salud o a la vida. 6.- Participar activamente en forma directa o a través de la elección de representantes, en los Comité de Seguridad y Salud Laboral (CSSL). LOS DERECHOS SON IRRENUNCIABLES Desarrollo Personal y Responsabilidad Social Arquitectura de Sitios Web 2/8 Sistema Automatizado de Ingreso y Consulta para Foros LOPCYMAT 1 1 1 2 2 2 3 3 3 4 4 4 5 5 5 6 6 6 7 7 7 8 8 8 9 10 Neida Duque . C.I. 10.745.732

Desarrollo Personal y Responsabilidad Social DERECHOS Y DEBERES DE LOS EMPLEADORES Y EMPLEADORAS DERECHOS DEBERES ARTICULO 55 ARTICULO 56 1.- Exigir a sus trabajadores y trabajadoras el cumplimiento de las normas de higiene, seguridad, ergonomía, las políticas de prevención y el uso adecuado de las instalaciones y EPP. 2.- Recibir información y capacitación en materia de salud, higiene, seguridad, por parte de los organismos competentes. 3.- Proponer en el CSSL las amonestaciones a los trabajadores (as) que incumplan con los deberes establecidos en el art. 54 de la presente ley. 4.- Ejercer la defensa en caso de imputaciones o denuncias que puedas acarrearle sanciones en virtud de lo establecido en la presente ley. Informar por escrito a los trabajadores (as) y al CSSL de las condiciones inseguras. 2.- Elaborar con la participación de los trabajadores (as), el Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo de la empresa. 3.- Notificar al Instituto Nacional de Prevención Salud y Seguridad Laborales (INPSASEL), con carácter obligatorio, las enfermedades ocupacionales, los accidentes de trabajo dentro del ámbito laboral previsto por esta Ley. 4.- Llevar un registro actualizado de las condiciones de prevención, seguridad y salud laborales. 5.- Organizar y mantener los Servicios de seguridad y Salud en el Trabajo previstos en esta ley. Desarrollo Personal y Responsabilidad Social LOPCYMAT 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 Neida Duque . C.I. 10.745.732

Desarrollo Personal y Responsabilidad Social CONDICIONES Y AMBIENTE EN QUE DEBE DESARROLLARSE EL TRABAJO (Art. 59)‏ Se establecen disposiciones expresas sobre Higiene, Seguridad y Ergonomía, regulándose lo relativo a las Condiciones y Ambiente en que debe desarrollarse el trabajo; protección adecuada a niños, niñas y adolescentes y personas con discapacidad, sistema de trabajo y maquina; política y programa de seguridad, de reconocimiento, evaluación y control de condiciones peligrosas; el descanso, disfrute del tiempo libre de los trabajadores, su alimentación y actividades deportivas. Asi como también no ser sujeto de ningún tipo de discriminación y garantisar el auxilio inmediato ante cualquier accidente o enfermedad, además proporcionarle un lugar de trabajo sano en función de sus tareas, todo ello para garantizar el bienestar del trabajador. DEFINICIÓN DE ACCIDENTES DE TRABAJO (Art. 69)‏ Todo suceso que produzca una lesión o la muerte, resultante de una acción en el curso, por el hecho o con ocasión del trabajo. La lesión producto de la exposición a agentes físicos, mecánicos, químicos, biológicos, psicosociales, condiciones metereológicas. Los accidentes que sufra el trabajador en el trayecto hacia y desde su centro de trabajo, y 6los que sucedan en ejercicio de actividad sindical Desarrollo Personal y Responsabilidad Social LOPCYMAT 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 Neida Duque . C.I. 10.745.732

Desarrollo Personal y Responsabilidad Social SISTEMA DE INFORMACIÓN DE RECREACIÓN, UTILIZACIÓN DEL TIEMPO LIBRE, DESCANSO Y TURISMO SOCIAL (Art. 112)‏ “El Instituto Nacional de Capacitación y Recreación de los Trabajadores creará y mantendrá actualizado un sistema de información para el seguimiento, control y evaluación de los programas de promoción e incentivo a la recreación, utilización del tiempo libre, descanso y turismo social, en correspondencia con el Sistema de Información de la Seguridad Social”. DE LOS TIPOS DE RESPONSABILIDADES (Art. 116)‏ “El incumplimiento de los empleadores o empleadoras en materia de seguridad y salud en el trabajo dará lugar a responsabilidades administrativas, así como, en su caso, a responsabilidades penales y civiles derivadas de dicho incumplimiento” Desarrollo Personal y Responsabilidad Social 8/8 LOPCYMAT 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 Neida Duque . C.I. 10.745.732

Desarrollo Personal y Responsabilidad Social CONCLUSIONES La Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo, es parte de la nueva seguridad social de Venezuela, nuestro ordenamiento jurídico posee una serie de preceptos legales de suma importancia que obligan a las empresas a dar cumplimiento a las condiciones mínimas de higiene y seguridad social, que permitan lugares seguros de trabajo, que se establezcan sistemas de prevención social para evitar posibles accidentes o enfermedades profesionales, y así evitar el pago de las indemnizaciones respectivas. Esta Ley no sólo ordena la regulación de las obligaciones y responsabilidades de los empleadores y trabajadores, sino que constituye una plataforma para impulsar una nueva cultura de la salud y la seguridad en el trabajo, como es la humanización de los sitios de trabajo, y en función de esta idea también aborda el tema de la recreación, utilización del tiempo libre, descanso y turismo social, como objetivo principal . http://www.inpsasel.gov.ve/paginas/lopcymat.htm Desarrollo Personal y Responsabilidad Social 8/8 LOPCYMAT 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 Neida Duque . C.I. 10.745.732