ULTIMAS NOVEDADES LABORALES CÉSAR PUNTRIANO ROSAS.

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Transcripción de la presentación:

ULTIMAS NOVEDADES LABORALES CÉSAR PUNTRIANO ROSAS

INAFECTACION DE GRATIFICACIONES Ley N° 29351, publicada el 1° de Mayo de 2009, establece que las gratificaciones de Julio y Diciembre que se paguen en Julio y Diciembre del presente año y en el 2010 estarán inafectas temporalmente a todo tipo de aportaciones, contribuciones y descuentos, excepto otros establecidos por ley o autorizados por el trabajador, similar previsión se dispone respecto a los aguinaldos que perciben los trabajadores del sector público. ¿A qué estaría inafecta? AFP ONP SCTR SENATI Y ESSALUD?

INAFECTACION DE GRATIFICACIONES El artículo 3° de la Ley señala que el monto que los empleadores abonan como aporte a EsSalud respecto a las gratificaciones (9%) será abonado a los trabajadores bajo la forma de bonificación extraordinaria de carácter temporal, no remunerativo ni pensionable.

INAFECTACION DE GRATIFICACIONES Se aplicaría a: Régimen común. Régimen agrario (Diferenciar lo que corresponde a gratificaciones de la Remuneración Diaria Mínima). Régimen de construcción civil. Otros casos: Esperar reglamento.

LIBRE DISPONIBILIDAD CTS El 1 de Mayo de 2009 también se publicó la Ley Nº norma que establece que los trabajadores comprendidos dentro de los alcances del Decreto Supremo N° TR, Texto Único Ordenado de la Ley Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) podrán disponer del ciento por ciento (100%) de los depósitos de CTS que se efectúen en los meses de mayo y noviembre de 2009.

LIBRE DISPONIBILIDAD CTS A partir del año 2010 se restringirá progresivamente la disposición de los depósitos de CTS de acuerdo al siguiente cronograma: -Depósito efectuado en Mayo : El trabajador sólo dispondrá hasta el 40% del mismo. -Depósito efectuado en Noviembre : El trabajador sólo dispondrá hasta el 30% del mismo. -A partir de los depósitos de Mayo 2011 y hasta la extinción del vínculo laboral: El trabajador podrá disponer de sus cuentas de CTS, sólo del 70% del excedente de seis remuneraciones brutas, para lo que el empleador deberá comunicar a las instituciones financieras respecto del equivalente al monto intangible de cada trabajador.

LIBRE DISPONIBILIDAD CTS Desde el año 2011 ya no operará la regla sobre libre disposición del 50% del dinero de la cuenta CTS (vigente para depósitos hasta noviembre 2008) pues la intención de la ley es hacerla nuevamente intangible. Si bien nos parece apropiada esta intención, sin duda resulta contradictoria con la perforación de los depósitos que se efectuará los dos primeros años.

MUCHAS GRACIAS!