MINISTERIO DE ENERGIA Y MINAS Dirección General de Electricidad

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Transcripción de la presentación:

MINISTERIO DE ENERGIA Y MINAS Dirección General de Electricidad Dirección de Normas www.mimem.gob.pe MEM / DGE / DN

PARTICIPANTES EN EL MERCADO ELECTRICO CR CL Emp. Generación Emp. Transmisión Emp. Distribución MEM / DGE / DN

GENERALIDADES Objetivos: Los niveles mínimos de calidad de los servicios eléctricos, incluido el alumbrado público. Las obligaciones de las empresas eléctricas y los clientes que operan bajo el régimen de la Ley de Concesiones Eléctricas D.L. Nº 25844. MEM / DGE / DN

GENERALIDADES Aplicación: Imperativa para el suministro de servicios relacionados con la generación, transmisión y distribución de la electricidad sujetos a la regulación de precios, y; A los suministros sujetos al régimen de libertad de precios, en todo aquello que no hayan acordado o no hayan pactado en contrario. MEM / DGE / DN

GENERALIDADES Definiciones: Suministrador: Entidad que provee servicio/suministro de energía a otra o a un usuario final del mercado libre o regulado (G, T, D). MEM / DGE / DN

GENERALIDADES Definiciones: Cliente: Usuario o entidad que recibe un servicio/suministro de energía para el consumo propio o para ventas a terceros (G, D, CL, CR). MEM / DGE / DN

GENERALIDADES Definiciones: Tercero: Todo aquel, que sin participar directamente en un acto de compraventa de un servicio eléctrico, está conectado al sistema, participa en transferencia de energía o influye en la calidad de ésta (G, T, D,CL, CR). MEM / DGE / DN

Prestar el servicio con el nivel de calidad de acuerdo a la NTCSE. RESPONSABILIDADES Suministrador: Prestar el servicio con el nivel de calidad de acuerdo a la NTCSE. Proporcionar a la autoridad, toda información que solicite, procesada o no, y brindarle facilidades para verificarla. Pagar compensaciones a sus clientes afectados por deficiencia de la calidad del producto dentro de los plazos fijados en la norma. MEM / DGE / DN

RESPONSABILIDADES Cliente: Responder ante su suministrador por las perturbaciones que inyecte en la red excediendo las tolerancias establecidas en la NTCSE. Mejorar sus emisiones al ser notificado por su suministrador, luego de comprobada la falta (a través de un proceso de medición tal como se establece en la NTCSE). MEM / DGE / DN

RESPONSABILIDADES Terceros: Propietarios de transmisión o "redes de acceso abierto" responden ante sus clientes por interrupciones y perturbaciones que originan. Resarcen a sus clientes las compensaciones que paguen a causa de las deficiencias. Transferencia de energía en condiciones de mala calidad desde un COES o entre sus integrantes: COES investiga e identifica a los integrantes del sistema responsables, e informa a la Autoridad para que garantice las retribuciones a los suministradores afectados MEM / DGE / DN

ETAPAS DE APLICACIÓN DE LA NORMA MEM / DGE / DN

DS. 009-99-EM (99-04-11) : 1º Modificatoria. DISPOSITIVOS LEGALES DS. 020-97-EM (97-10-11) : NTCSE. DS. 009-99-EM (99-04-11) : 1º Modificatoria. DS. 013-2000-EM (00-07-27) : 2º Modificatoria, 1º ampliación de la 2º etapa. DS. 017-2000-EM (00-09-18) : 2º Ampliación de la 2º etapa. DS. 040-2001-EM (01-07-17) : 3º Modificatoria. MEM / DGE / DN

Norma Técnica de Calidad de Servicio Eléctrico (NTCSE) PRODUCTO Tensión Perturbaciones Frecuencias SUMINISTRO Interrupciones SERVICIO COMERCIAL Trato Atención Medición ALUMBRADO PUBLICO Niveles de Iluminación CALIDAD MEM / DGE / DN

Variación Sostenida de Tensión (Vk) TENSION Variación Sostenida de Tensión (Vk) Periodo de Control : mensual Periodo de medición : 7 días Intervalo de medición : 15 minutos Tolerancias : Urbano ± 5% Urbano/Rural ± 7.5% MEM / DGE / DN

Variación Sostenida de Frecuencia (fk) Periodo de Control : mensual Periodo de medición : 1 mes Intervalo de medición : 15 minutos Tolerancia : ± 0.6% MEM / DGE / DN

Variación Súbitas de Frecuencia (VSF) Periodo de Control : mensual Periodo de medición : 1 mes Intervalo de medición : 1 minuto Tolerancia : ± 1.0 Hz MEM / DGE / DN

Integral de Variaciones Diarias de Frecuencia (IVDF) Expresada en Ciclos r: es la suma algebraica de los valores de la integral, para cada uno de los días del año calendario, anteriores al día en que se evalúa la IIVDF Periodo de Control : mensual Periodo de medición : 1 mes Intervalo de medición : 24 horas Tolerancia : ± 600 ciclos MEM / DGE / DN

PERTURBACIONES Amónicas: Son ondas de tensión o corriente, con frecuencias múltiplos de números enteros de la frecuencia fundamental. Cuando estas se combinan con la onda sinusoidal fundamental forman la onda distorsionada, repetitiva, no sinusoidal. MEM / DGE / DN

PERTURBACIONES Flicker: Fluctuaciones rápidas de tensión, cuya frecuencia se encuentran entre 0.5 y 25 Hz, originan variaciones de la iluminación (en focos incandecentes), siendo un fenómeno visualmente perceptible al ojo humano, la fencuencia crítica es alrededor de los 10 Hz. MEM / DGE / DN

PERTURBACIONES (compensaciones suspendidas) Amónicos Individuales de Tensión (Vi) Se controla desde: i = 2 hasta i = 40 MEM / DGE / DN

PERTURBACIONES (compensaciones suspendidas) Distorsión Total por Amónicos de Tensión (THD) Periodo de Control : mensual Periodo de medición : 7 días Intervalo de medición : 10 minutos Tolerancia : ± 3.0 % (MAT/AT) ± 8.0 % (MT/BT) MEM / DGE / DN

PERTURBACIONES (compensaciones suspendidas) Indice de Severidad por Flicker de Corta Duración (Pst) Definido según la IEC 1000 4-15 (antes IEC 868 ) Periodo de Control : mensual Periodo de medición : 7 días Intervalo de medición : 10 minutos Tolerancia : 1.0 MEM / DGE / DN

Número de Interrupciones por Cliente (N) Duración Total Ponderada por Cliente (D) di : Es la duración individual de la interrupción i. Ki = Son factores de ponderación de las interrupciones por tipo:   Interrupciones programadas por: Expansión o reforzamiento : Ki = 0.25 Mantenimiento: : Ki = 0.50   Imprevistas : Ki = 1.00 MEM / DGE / DN

Periodo de Control : semestral Tolerancia : INTERRUPCIONES Periodo de Control : semestral Tolerancia : Para Sector Típico de Distribución 2; las tolerancias para “N” y “D” se incrementan en 30% en forma definida. Para Servicios Urbano-Rural y Rural; las tolerancias se incrementan para Baja Tensión Urbano-Rural : (N: más 50%, D: más 100%) Rural : (N: más 50%, D: más 250%) MEM / DGE / DN

Longitud Porcentual de Vías con Deficiencia de Alumbrado l(%) ALUMBRADO PUBLICO Longitud Porcentual de Vías con Deficiencia de Alumbrado l(%) Periodo de Control : mensual Lungidud de la Muestra : 1% Tolerancia : 10% MEM / DGE / DN

Compensaciones Unitarias en US$/kHh MEM / DGE / DN

COMPENSACIONES / Fórmulas Donde: a, b, c, d, e, g; son las compensaciones unitarias Ai , B1i , Bm , B2i , Ci , Di , E , G; son los factores de proporcionalidad. MEM / DGE / DN

RESULTADOS DE LA APLICACIÓN / Evolución de Indicadores Promedios Indicador : N MEM / DGE / DN

RESULTADOS DE LA APLICACIÓN / Evolución de Indicadores Promedios Indicador : D MEM / DGE / DN

CALIDAD DEL SERVICO COMERCIAL TRATO AL CLIENTE: Razonable, satisfactorio y sin demoras excesivas a sus solicitudes y reclamos. Suministros Nuevos / Ampliación de Potencia: Sin modificación de redes: hasta 21 días. Con modificación de redes: hasta 56 días. Reconexiones: 24 horas después de pagos correspondientes. MEM / DGE / DN

CALIDAD DEL SERVICO COMERCIAL TRATO AL CLIENTE: Razonable, satisfactorio y sin demoras excesivas a sus solicitudes y reclamos. Opciones Tarifarias: Cambio hasta una vez por año Sin equipo de medición: Hasta 07 días. Con equipo de medición: hasta 20 días. Reclamaciones por errores de medición: hasta 30 días útiles para informe de solución. MEM / DGE / DN

CALIDAD DEL SERVICO COMERCIAL MEDIOS DE ATENCIO AL CLIENTE: Satisfactoria e informarle sobre los derechos y obligaciones del cliente y del suministrador. Facturas: Especificar en forma desagregada los rubros y montos de las compensaciones pagadas al cliente. En abril y setiembre c/año, informar derechos del cliente. En enero y julio c/año obligaciones del suministrador. MEM / DGE / DN

CALIDAD DEL SERVICO COMERCIAL MEDIOS DE ATENCIO AL CLIENTE: Satisfactoria e informarle sobre los derechos y obligaciones del cliente y del suministrador. Registro de reclamaciones: Sistema informático auditable en el deben registrarse todos las solicitudes o reclamos del cliente. Libro de observaciones foliado y rubricado por la Autoridad. Donde el cliente puede anotar sus observaciones, críticas o reclamaciones con respecto al servicio. MEM / DGE / DN

CALIDAD DEL SERVICO COMERCIAL MEDIOS DE ATENCIO AL CLIENTE: Satisfactoria e informarle sobre los derechos y obligaciones del cliente y del suministrador. Centros de atención telefónica/fax: 24 horas diarias y 7 días de semana. MEM / DGE / DN

CALIDAD DEL SERVICO COMERCIAL PRESICION DE LA MEDIAD DE LA ENERGIA: La energía facturada no debe incluir errores de medida mayores que los estándares establecidos para los medidores de energía. Evaluación semestral con mediciones mensuales en muestras sobre el universo de clientes, estratificadas por: Opción tarifaria Marca del medidor antigüedad de los medidores MEM / DGE / DN

RESULTADOS DE LA APLICACIÓN / Compensaciones Año 2000 1 786 000 US$ 3 579 000 US$ MEM / DGE / DN

RESULTADOS DE LA APLICACIÓN Empresas: Han adquirido la cultura de mediciones, respondido en forma eficiente y rápida. Han manifestado su inconformidad con algunos aspectos de la norma. Clientes: Están tomando conciencia de exigir niveles de calidad adecuados. MEM / DGE / DN

RESULTADOS DE LA APLICACIÓN En General: Se tiene un mejor conocimiento de los niveles de calidad en nuestros sistemas eléctricos. Mejora sustancial de la calidad de los servicios eléctricos. MEM / DGE / DN

MEDIDAS ADOPTADAS Se convocó a un grupo de trabajo a empresas eléctricas y grandes clientes, para que expusieran sus obervaciones y propuestas. Se revisó la NTCSE vigente, actualizandola mediante D.S. Nº 040-2001-EM (2001-07-17): Ajuste de tolerancias, teniendo en cuenta la realidad de nuestros sistemas. Compensaciones que no atenten contra la estabilidad económica de las empresas. Aspectos técnicos y legales que coadyuven a una mejor aplicación de la NTCSE. Se convocará a un grupo de trabajo para el estudio integral referido a perturbaciones. MEM / DGE / DN