EL DECOMISO- INCAUTACION

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Transcripción de la presentación:

EL DECOMISO- INCAUTACION

EL DECOMISO Es la privación coactiva de los bienes privados por razones de interés público. Como institución de derecho público no tiene como finalidad afectar la cosa decomisada para uso público; pues aquella no cambia con su desapoderamiento.

¿Cuál es la diferencia entre incautación y decomiso? Incautación es la situación que afecta a un bien que ha sido retenido por las autoridades competentes, por existir indicios de que dicho bien ha sido utilizado en la comisión de un delito. Esta retención es temporal hasta que exista una sentencia respecto al caso. Decomiso es cuando el tribunal apoderado del caso, mediante sentencia comprueba que el bien que estaba incautado se utilizó en la comisión del delito o es producto de dicho delito, por lo que se ordena que la propiedad del bien se transfiera a favor del Estado.

a) El decomiso como sanción de Policía Tratándose del decomiso por motivos de seguridad, moralidad, salud pública; las cosas decomisadas pueden ser destruidas. En este sentido el decomiso es la pérdida definitiva del bien, sin derecho a indemnización alguna, ya que en estos casos la propiedad privada no se toma para destinarla a uso público.

a) El decomiso como sanción de Policía - Videos pornografía infantil o que afecten la intimidad personal, etc. MORALIDAD -Un muro a punto de desmoronarse, un animal rabioso, explosivos, etc. PUEDEN SER DESTRUIDOS SEGURIDAD -Medicamentos, insumos, alimentos en mal estado o adulterados, etc. SALUD PUBLICA

b) El decomiso como sanción penal Es considerada una sanción accesoria que afecta al condenado en su patrimonio; pero que al mismo tiempo tiene la finalidad de prevención. La destrucción de los bienes objetos de delito no es obligatoria, toda vez que los instrumentos pueden ser aprovechados por el Estado ( siempre que no pertenezcan a un tercero no responsable)

El Código Penal Peruano contempla como una de las medidas coercitivas de carácter real. Así pues, el secuestro o incautación recaen sobre objetos utilizados en la comisión de un delito; siendo el decomiso una medida definitiva que se establece con la sentencia condenatoria. R.M. Nº 245-2006-JUS (22/06/2006) - Reglamento de la Cadena de Custodia de Elementos Materiales, Evidencias y Administración de Bienes Incautados.

Delitos contra el Patrimonio Cultural: Artículos 228, 230, 231º (decomiso) Delitos contra el Orden Financiero y Monetario: Artículos 252º, 253º, 254º Delitos contra la Salud Pública: Artículos 279º, 279º(A), 288º, 288º(A), 294º, y artículos relacionados con el trafico ilícito de drogas. Delitos contra la Ecología: Artículos 308º y 309º.

La Incautación y el Comiso en el ámbito Aduanero no hablamos de una sanción; sino de una medida preventiva que puede dar lugar a un comiso posterior, siempre que el infractor no presente la documentación sustentatoria o no lo haga dentro del plazo de ley. 2. Comiso: En el caso de el Comiso, el infractor pierde los bienes que son materia de la sanción; de manera definitiva una vez producida la incautación.

Servicio Aduanero Nacional Ley General de Aduanas (Dec. Leg Servicio Aduanero Nacional Ley General de Aduanas (Dec. Leg. 1053 ( 27 Jun 08) TUO del Código Tributario D.S. 135-99-EF Administración Aduanera se encarga de la administración recaudación, control, fiscalización aduanera del tráfico internacional Mercadearías, medios de transportes y personas dentro del territorio aduanero

Sujetos de la obligación tributaria Activo: Acreedor.- Gobierno Central Pasivo: Contribuyentes y responsables Contribuyentes (dueño o consignatarios) Sujetos de la obligación tributaria Mercaderías en abandono legal Rematadas Adjudicadas Destruidas Entregas al sector competente Mercaderías en abandono voluntario Pueden ser Objeto de Comiso

SUNAT procederá a destruir las siguientes mercaderías en situación de abandono legal voluntario o comiso: (Art. 187) Las contrarias a la soberanía nacional Las que atenten contra la salud, el medio ambiente, la moral o el orden público establecido Las que se encuentren vencidas o en mal estado Los cigarrillos y licores Las que deban ser destruidas según opinión del sector competente Otras mercaderías señaladas por DS., refrendado por el Ministerio de Economía y Finanzas

Procedimientos Aduaneros Decreto Legislativo Nro. 1053 Proceso Contencioso Administrativo Proceso no contencioso Cobranzas coactiva (Código Tributario) La sanción de comiso será reclamable dentro del plazo de veinte (20) días computados a partir del dìa siguiente de su notificación Las sanciones administrativas que se impongan seràn apelables en ùltima instancia ante el superintendente Nacional Adjunto de Adunas, cuya resoluciòn agotarà la vìa administrativa

Proceso de Incautación y Comiso en el delito Aduanero Ley de Delitos Aduaneros Nº 28008 DS. 121-2003 Reglamento Contrabando Receptación Defraudación de rentas Tráfico de mercancías prohibidas y restringidas. 1. Comisión de un delito Ha de tener un valor mayor a 2 UIT. lega Sino se convierte en infracción, que se sanciona: Suspensión o cancelación Definitiva de licencias, Concesiones o autorizaciones Comiso de Mercancías. Multa Internamiento temporal del vehículo Con el que se cometió la infracción. Cierre temporal o definitivo Del local.

Proceso de Incautación y Comiso en el delito Aduanero Mercancías Medios de transporte Bienes y efectos que constituyan delito 2. Fiscal ordena la incautación de: Esto se hará; hasta que se expida: Que van a ser custodiados Por la administración Aduanera (almacenes) Sentencia Condenatoria Sentencia Absolutoria Dispone su devolución Se procede al Decomiso

Sanción de incautación o comiso de acuerdo con la Ley General de Aduanas Se aplica dicha sanción cuando: Habiendo ingresado al amparo de un beneficio tributario se incumpla La finalidad y demás condiciones para el cual fue otorgado. 1. 2. Carezca de la documentación aduanera pertinente. Cuando las mercancías incautadas no son reclamadas dentro Del plazo de 20 días, caerán en comiso por el solo mandato de Ley; sin que se expida la resolución administrativa correspondiente.

Sanción de incautación o comiso de acuerdo con la Ley General de Aduanas La SUNAT emite una resolución de Comiso que puede ser reclamada por el involucrado; que puede apelar ante el tribunal fiscal en la vía administrativa. La SUNAT, no puede disponer de la mercancía hasta que no haya una resolución firme y consentida respecto del reclamo.

¿Qué ocurre con las mercancías comisadas? Según el Art. 88 de la Ley General de Aduanas Las mercancías que hayan sido objeto de comiso administrativo serán: DESTRUIDAS INCINERADAS REMATADAS ADJUDICADAS

El Decomiso en INDECOPI ¿ Quiénes están a cargo? Las Comisiones; oficinas; o el tribunal de Defensa de la Competencia y de la Propiedad Intelectual del Indecopi, ordenan la incautación o decomiso de bienes; ya sea de manera provisional o definitiva. Proceso Luego de consentida la resolución de primera instancia o agotada la vía administrativa de Indecopi; los bienes incautados o decomisados serán adjudicados por el Directorio del Indecopi a entidades que desarrollen labores o programas de apoyo social; etc. Tratándose de un signo distintivo ilegítimo, se procederá a la destrucción o eliminación de dicho signo.

Algunos ejemplos de infracciones tributarias sancionadas con comiso No obtener el comprador los comprobantes de pago sobre compras efectuadas Remitir o poseer bienes sin los precintos adheridos a los productos No sustentar la posesión de bienes, mediante los comprobantes de pago Elaborar o comercializar clandestinamente bienes gravados mediante la sustracción a los controles fiscales Remitir bienes sin el comprobante de pago, guìa de remisión y otros, etc. etc.