JUICIO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
El proceso del contencioso administrativo es un medio de control constitucional y por medio del juicio fiscal se impugnan actos administrativos que se consideran de carácter ilegal.
Dentro del contencioso administrativo se contará con 45 días después de notificado el acto a impugnar, para poder realizar la presentación de la demanda de nulidad que debe ser considerada como la primera etapa para la consecución del objetivo del afectado.
Ley que lo regula Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, establecido en el Capitulo II y el art. 19 al 123
ANTE QUIEN SE TRAMITA El juicio se tramita ante el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa.
PARTES DEL JUICIO CONTECIOSO ADMINISTRATIVO Demandante Demandado Tercero interesado
Prueba Es la actividad necesaria que implica demostrar la verdad de un hecho, su existencia o contenido según los medios establecidos por ley.
Fase Probatoria Ofrecimiento de prueba.- El demandado y demandante ofrecen al juez las pruebas con las que cuentan. Admisión de la prueba.- El juez califica la procedencia de las pruebas ofrecidas Preparación de las pruebas.- Participa el órgano jurisdiccional, las partes y algunos terceros, se citan a peritos y testigos.
Desahogo de pruebas.- Es cuando se han ofrecido las pruebas presentadas. Valoración de las pruebas.- El juez valora las pruebas ofrecidas por las partes, enfocadas a los hechos objeto del litigio.
PREVIO Y ESPECIAL PRONUNCIAMIENTO El juicio será de previo y especial pronunciamiento cuando: Incompetencia en razón de territorio Acumulación de juicios. Nulidad de notificaciones. Recusación por causa de impedimento. Reposición de autos.